TEMA 33
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Título del Test:
![]() TEMA 33 Descripción: VIOGÉN 2 |



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Definición: Administración Central del Sistema Viogén 2: Órgano encargado de la gestión técnica y operativa del Sistema. Se encarga de supervisar la correcta implementación de procedimientos mediante multitud de acciones distribuidas y organizadas en módulos específicos orientados a dar cumplimiento a sus objetivos generales y secundarios. Órgano encargado de la gestión general y operativa del Sistema. Se encarga de supervisar la correcta implementación de procedimientos mediante multitud de acciones distribuidas y organizadas en módulos específicos orientados a dar cumplimiento a sus objetivos generales y específicos. Órgano encargado de la gestión informática y operativa del Sistema. Se encarga de supervisar la correcta implementación de procedimientos mediante multitud de acciones distribuidas y organizadas en módulos específicos orientados a dar cumplimiento a sus objetivos generales y secundarios. Definición: Caso. Unidad de registro en el Sistema VioGén-2 que recopila la información relacionada con la víctima y el agresor, el nivel de riesgo identificado y las medidas de protección adoptadas para prevenir futuras agresiones junto con otras anotaciones de interés. Proceso administrativo mediante el cual se registra en el Sistema VioGén-2 la información inicial de un Caso, una vez identificados la víctima y el agresor, incluyendo datos relevantes para evaluar el riesgo y aplicar las medidas de protección correspondientes. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Alta de un Caso. Unidad de registro en el Sistema VioGén-2 que recopila la información relacionada con la víctima y el agresor, el nivel de riesgo identificado y las medidas de protección adoptadas para prevenir futuras agresiones junto con otras anotaciones de interés. Proceso administrativo mediante el cual se registra en el Sistema VioGén-2 la información inicial de un Caso, una vez identificados la víctima y el agresor, incluyendo datos relevantes para evaluar el riesgo y aplicar las medidas de protección correspondientes. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Agresor. Unidad de registro en el Sistema VioGén-2 que recopila la información relacionada con la víctima y el agresor, el nivel de riesgo identificado y las medidas de protección adoptadas para prevenir futuras agresiones junto con otras anotaciones de interés. Aquellos que, tras haber sido denunciados o condenados por hechos de violencia de género con otras víctimas, continúan ejerciendo estas conductas violentas, tanto con nuevas víctimas como de manera reiterada con la misma mujer. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Caso resistente. Casos que debido a sus características especiales (como su especial relevancia, menores en situación de riesgo, agresores persistentes, entre otros), presentan una elevada probabilidad de reincidencia de nuevas agresiones e incluso de agresiones letales a las víctimas. Estos Casos requieren una intervención específica para garantizar una protección más eficaz. Son aquellos en los que, debido a las circunstancias particulares del caso o la situación de la víctima, el personal policial enfrenta serias dificultades para proporcionar la asistencia y protección necesarias para prevenir una nueva agresión. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Caso de alta complejidad. Casos que debido a sus características especiales (como su especial relevancia, menores en situación de riesgo, agresores persistentes, entre otros), presentan una elevada probabilidad de reincidencia de nuevas agresiones e incluso de agresiones letales a las víctimas. Estos Casos requieren una intervención específica para garantizar una protección más eficaz. Son aquellos en los que, debido a las circunstancias particulares del caso o la situación de la víctima, el personal policial enfrenta serias dificultades para proporcionar la asistencia y protección necesarias para prevenir una nueva agresión. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Caso supervisado. Casos que debido a sus características especiales (como su especial relevancia, menores en situación de riesgo, agresores persistentes, entre otros), presentan una elevada probabilidad de reincidencia de nuevas agresiones e incluso de agresiones letales a las víctimas. Estos Casos requieren una intervención específica para garantizar una protección más eficaz. Son aquellos en los que, debido a las circunstancias particulares del caso o la situación de la víctima, el personal policial enfrenta serias dificultades para proporcionar la asistencia y protección necesarias para prevenir una nueva agresión. Caso sometido a una fase temporal de seguimiento especial antes de su Inactivación definitiva. Abordan aquellos supuestos de alta complejidad o riesgo cualificado, garantizando una mayor precisión en la evaluación y seguimiento de las situaciones que requieren especial atención. Definición: Inactivación de caso. Procedimiento mediante el cual un Caso deja de estar bajo seguimiento activo en el Sistema VioGén-2 debido a circunstancias como la reducción del riesgo, inexistencia de medidas o penas judiciales, la imposibilidad o falta de necesidad de mantener medidas de protección. Procedimiento para cancelar un Caso en el Sistema VioGén-2, ya sea por sentencia absolutoria firme del interesado; auto de sobreseimiento libre del imputado o procesado o sentencia condenatoria firme que se haya ejecutado y haya transcurrido el plazo legal para la cancelación de antecedentes. Caso sometido a una fase temporal de seguimiento especial antes de su Inactivación definitiva. Abordan aquellos supuestos de alta complejidad o riesgo cualificado, garantizando una mayor precisión en la evaluación y seguimiento de las situaciones que requieren especial atención. Definición: Baja de un caso. Procedimiento mediante el cual un Caso deja de estar bajo seguimiento activo en el Sistema VioGén-2 debido a circunstancias como la reducción del riesgo, inexistencia de medidas o penas judiciales, la imposibilidad o falta de necesidad de mantener medidas de protección. Procedimiento para cancelar un Caso en el Sistema VioGén-2, ya sea por sentencia absolutoria firme del interesado; auto de sobreseimiento libre del imputado o procesado o sentencia condenatoria firme que se haya ejecutado y haya transcurrido el plazo legal para la cancelación de antecedentes. Caso sometido a una fase temporal de seguimiento especial antes de su Inactivación definitiva. Abordan aquellos supuestos de alta complejidad o riesgo cualificado, garantizando una mayor precisión en la evaluación y seguimiento de las situaciones que requieren especial atención. Definición: Caso inactivo. Procedimiento mediante el cual un Caso deja de estar bajo seguimiento activo en el Sistema VioGén-2 debido a circunstancias como la reducción del riesgo, inexistencia de medidas o penas judiciales, la imposibilidad o falta de necesidad de mantener medidas de protección. Aquellos que, tras haber estado registrados como Activos en el Sistema, ya no necesitan ser objeto de control policial directo, dando que cumplen con los criterios de Inactivación establecidos en el Protocolo. Un Caso Inactivo puede ser reactivado en cualquier momento si surgen nuevos hechos relacionados o si las circunstancias cambian y así lo aconsejan. Caso sometido a una fase temporal de seguimiento especial antes de su Inactivación definitiva. Abordan aquellos supuestos de alta complejidad o riesgo cualificado, garantizando una mayor precisión en la evaluación y seguimiento de las situaciones que requieren especial atención. Definición: Nivel de riesgo. Clasificación del nivel de amenaza hacia la víctima, asignada por el Sistema VioGén-2 en niveles progresivos: Bajo, Medio, Alto o Extremo, y utilizada para orientar la aplicación de medidas de protección adecuadas según el grado de riesgo identificado. Clasificación del nivel de amenaza hacia la víctima, asignada por el Sistema VioGén-2 en niveles progresivos: No apreciado, Bajo, Medio, Alto o Extremo, y utilizada para orientar la aplicación de medidas de protección adecuadas según el grado de riesgo identificado. Clasificación del nivel de amenaza hacia la víctima, asignada por el Sistema VioGén-2 en niveles progresivos: Bajo, Medio, Alto o Muy Alto, y utilizada para orientar la aplicación de medidas de protección adecuadas según el grado de riesgo identificado. Definición: Evaluación del riesgo. Clasificación del nivel de amenaza hacia la víctima, asignada por el Sistema VioGén-2 en niveles progresivos: Bajo, Medio, Alto o Extremo, y utilizada para orientar la aplicación de medidas de protección adecuadas según el grado de riesgo identificado. Procedimiento técnico que consiste en estimar la probabilidad de que se produzca una nueva victimización violenta, en un periodo de tiempo determinado, a partir de la valoración de una serie de factores e indicadores de riesgo o protección que han demostrado estar asociados con la reincidencia en este ámbito. Proceso dimanante del resultado de la evaluación del riesgo que persigue el objetivo de reducir las posibilidades de una nueva agresión mediante la adopción de las medidas preventivas y de protección adecuadas, con el fin de salvaguardar la seguridad de la víctima. Definición: Gestión del riesgo. Clasificación del nivel de amenaza hacia la víctima, asignada por el Sistema VioGén-2 en niveles progresivos: Bajo, Medio, Alto o Extremo, y utilizada para orientar la aplicación de medidas de protección adecuadas según el grado de riesgo identificado. Procedimiento técnico que consiste en estimar la probabilidad de que se produzca una nueva victimización violenta, en un periodo de tiempo determinado, a partir de la valoración de una serie de factores e indicadores de riesgo o protección que han demostrado estar asociados con la reincidencia en este ámbito. Proceso dimanante del resultado de la evaluación del riesgo que persigue el objetivo de reducir las posibilidades de una nueva agresión mediante la adopción de las medidas preventivas y de protección adecuadas, con el fin de salvaguardar la seguridad de la víctima. Definición: Evaluación mediante sistema actuarial del riesgo. Aporta un nivel de riesgo no sujeto a modificación por los profesionales a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo asociados científicamente al pronóstico concreto. Aporta un nivel de riesgo sujeto a modificación por los profesionales una vez obtenido a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo presentes. Herramienta utilizada en el Sistema VioGén-2 para llevar a cabo la valoración inicial del riesgo, y ante reincidencia, en casos de violencia de género, considerando varios factores, combinando sus indicadores de y realizando una formulación del nivel de riesgo en varias categorías con el objetivo de ajustar las medidas de protección tras una agresión. Definición: Evaluación mediante sistema semiactuarial o actuarial ajustado del riesgo. Aporta un nivel de riesgo no sujeto a modificación por los profesionales a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo asociados científicamente al pronóstico concreto. Aporta un nivel de riesgo sujeto a modificación por los profesionales una vez obtenido a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo presentes. Herramienta utilizada en el Sistema VioGén-2 para llevar a cabo la valoración inicial del riesgo, y ante reincidencia, en casos de violencia de género, considerando varios factores, combinando sus indicadores de y realizando una formulación del nivel de riesgo en varias categorías con el objetivo de ajustar las medidas de protección tras una agresión. Definición: Formulario VPR. Aporta un nivel de riesgo no sujeto a modificación por los profesionales a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo asociados científicamente al pronóstico concreto. Aporta un nivel de riesgo sujeto a modificación por los profesionales una vez obtenido a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo presentes. Herramienta utilizada en el Sistema VioGén-2 para llevar a cabo la valoración inicial del riesgo, y ante reincidencia, en casos de violencia de género, considerando varios factores, combinando sus indicadores de y realizando una formulación del nivel de riesgo en varias categorías con el objetivo de ajustar las medidas de protección tras una agresión. Definición: Formulario VPER. Aporta un nivel de riesgo no sujeto a modificación por los profesionales a partir de la combinación algorítmica de los factores de riesgo asociados científicamente al pronóstico concreto. Herramienta semiactuarial utilizada en el Sistema VioGén-2 para evaluar periódicamente el nivel de riesgo durante el seguimiento de un Caso, atendiendo a escenarios dinámicos, para llevar a cabo la valoración del riesgo considerando varios factores, combinando sus indicadores y realizando una formulación del nivel de riesgo en varias categorías con el objetivo de ajustar las medidas de protección conforme a la evolución de la situación. Herramienta utilizada en el Sistema VioGén-2 para llevar a cabo la valoración inicial del riesgo, y ante reincidencia, en casos de violencia de género, considerando varios factores, combinando sus indicadores de y realizando una formulación del nivel de riesgo en varias categorías con el objetivo de ajustar las medidas de protección tras una agresión. Definición: Agresor persistente. Aquellos que, tras haber sido denunciados o condenados por hechos de violencia de género con otras víctimas, continúan ejerciendo estas conductas violentas, tanto con nuevas víctimas como de manera reiterada con la misma mujer. Son aquellos en los que, debido a las circunstancias particulares del caso o la situación de la víctima, el personal policial enfrenta serias dificultades para proporcionar la asistencia y protección necesarias para prevenir una nueva agresión. Agresores que, debido a sus características especiales (como su especial relevancia, menores en situación de riesgo, entre otros), presentan una elevada probabilidad de reincidencia de nuevas agresiones e incluso de agresiones letales a las víctimas. Definición: Agresor. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia su cónyuge o persona ligada a él por análoga relación de afectividad aún sin convivencia, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia su esposa o mujer ligada a él por análoga relación de afectividad aún sin convivencia, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Persona identificada como inicialmente responsable de conductas de violencia de género hacia una mujer, ya sea mediante actos consumados, intentos de agresión o amenazas. Definición: Caso resistente. Cuando la víctima, aunque no renuncia de manera expresa a su protección, dificulta el desarrollo de las medidas de seguridad llevadas a cabo por parte del personal policial para asegurar su protección. Cuando la víctima renuncia voluntaria y reiteradamente a su protección de manera explícita, lo que impide que el personal policial pueda llevar a cabo las medidas de protección necesarias. Ambas son correctas. Cuando se tenga noticia de un homicidio o intento de homicidio en el ámbito VIOGEN: No se inactivará el Caso si está dado de alta en el Sistema, ni se grabará ninguna otra información si el caso no se encuentra en el Sistema, siendo la encargada de todo ello la Administración Central del Sistema VioGén-2. Se inactivará el Caso si está dado de alta en el Sistema, y se grabará toda la información si el caso no se encuentra en el Sistema, siendo la encargada de todo ello la Administración Central del Sistema VioGén-2. No se inactivará el Caso si está dado de alta en el Sistema, ni se grabará ninguna otra información si el caso no se encuentra en el Sistema, siendo la encargada de todo ello Red Nacional de Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno o las Unidades de violencia sobre la mujer. Cuando se tenga noticia de un homicidio o intento de homicidio en el ámbito VIOGEN las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Darán traslado de la información relevante y oportuna a la Red Nacional de Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno y de Unidades de violencia sobre la mujer. Darán traslado de la información relevante y oportuna, en su caso, a la Administración Central del Sistema VioGén-2. Ambas son correctas. En la actual Instrucción 1/2025 del Protocolo para la valoración del nivel de riesgo de violencia de género y seguimiento de los casos a través del sistema VIOGÉN-2: El nivel NO APRECIADO se refiere conceptualmente al nivel de riesgo que existe en la población general sin la influencia de factores adicionales específicos. El nivel BAJO, es el nivel riesgo que se esperaría encontrar en una persona promedio de una población específica de mujeres víctimas considerando algunos factores de riesgo adicionales. Ambas son correctas. Cuando se procede a dar de alta un caso en el sistema VIOGÉN-2: Será preceptiva la consulta al Sistema VioGén-2 para determinar si constan, de forma conjunta o separada, en algún Caso previo. Será preceptiva la incorporación del caso en el sistema, y la posterior adición de las circunstancias del mismo a un caso ya existente, de estar ya la víctima de alta en el sistema. Ambas son correctas. Se dará de alta un nuevo caso en el sistema VIOGÉN-2: Cuando víctima y agresor no se encuentren registrados en el ámbito de un mismo caso. Cuando víctima y agresor se encuentren registrados en el ámbito de un mismo caso inactivo. Cuando víctima y agresor se encuentren registrados en el ámbito de un mismo caso dado de baja. Se encargará de mantener actualizado el caso en el sistema VIOGÉN 2: Las unidades de asignación del caso. Red Nacional de Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno. Las Unidades de violencia sobre la mujer. El cambio de asignación del caso basado en un nuevo domicilio de la víctima se realizará: A través de la Administración Central del Sistema VioGén-2. A través de Red Nacional de Unidades de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones del Gobierno. A través del módulo correspondiente del Sistema VIOGÉN 2. Sistema VIOGÉN 2, la primera valoración policial del riesgo será realizada por: El personal de la Unidad de Atención a la Familia de la Policía Nacional (UFAM). El personal que instruya las diligencias y se ocupe de las primeras investigaciones. El personal de la Comisaría de Atención y Protección a la Mujer, Mayor y Menor de Policía Municipal, en su caso. El formulario VPR: Podrá ser cumplimentado por la víctima o directamente por el personal policial actuante. Lo cumplimentará la víctima. Lo cumplimentará directamente el personal policial actuante. La valoración policial del nivel de riesgo: Precisará que la víctima interponga denuncia, antes de abandonar la sede policial. Será realizada necesariamente antes de que la víctima abandone la sede policial. Se deberá realizar sin la víctima presente. La valoración policial del nivel de riesgo (señale la incorrecta): Precisará que la víctima interponga denuncia, antes de abandonar la sede policial. Será realizada necesariamente antes de que la víctima abandone la sede policial. Se podrá realizar aunque la víctima no interponga denuncia. El pazo para la incorporación definitiva de la VPR consolidada en el Sistema VIOGÉN 2 será de: 24 horas. 48 horas. 72 horas. El resultado de la valoración podrá ser modificado por le personal policial: Podrá ser modificado al alza. Podrá ser modificado al alza y a la baja. No podrá ser modificado. Son casos de especial relevancia en el Sistema VIOGÉN 2 será de: Los casos potencialmente letales. Aquellos en que existen menores en riesgo. Aquellos con agresor persistente. El resultado de la VPR se comunicará: A la víctima, y se incluirá en el Atestado policial. A la víctima y al agresor, y se incluirá en el Atestado policial. A la autoridad judicial y fiscal, y se incluirá en el Atestado policial. Son casos de alta complejidad en el Sistema VIOGÉN 2: Los casos de especial relevancia. Casos con menores en situación de riesgo. Agresores reincidentes. Casos Resistentes y víctimas especialmente vulnerables. Los casos de especial relevancia. Casos con menores en situación de desamparo. Agresores reincidentes. Son casos de alta complejidad en el Sistema VIOGÉN 2: Los casos de especial relevancia. Casos con menores en situación de riesgo. Agresores persistentes. Casos Persistentes y víctimas especialmente vulnerables. Los casos de especial relevancia. Casos con menores en situación de desamparo. Agresores persistentes. Las diligencias adicionales en el Sistema VIOGÉN 2 pueden ser: Especial relevancia. Menores en riesgo. Agresor persistente. Especial relevancia. Menores en desamparo. Agresor persistente. Especial relevancia. Menores en riesgo. Caso resistente. La valoración policial de la evolución del riesgo se deberá efectuar siempre que: El tiempo transcurra sin que se produzca reincidencia, atendiendo al nivel de riesgo previo. No se haya recopilado nueva información sobre la víctima, el agresor o circunstancias del caso que puedan afectar a la valoración del riesgo. A solicitud de la Autoridad Judicial o Fiscal, siempre que esa solicitud esté asociada a un posible hecho reincidente. Cuando se produzca un hecho significativo, como una nueva denuncia (reincidencia policial) o un quebrantamiento de medidas por el agresor: Se realizará una nueva Valoración Policial del Riesgo. Se realizará una Valoración Policial de la Evolución del Riesgo. Se pondrá en conocimiento de la Autoridad Judicial y Fiscal sin realizar valoración policial. La primera VPER se realizará, en todo caso, en el plazo máximo de 15 días: Para los Casos en niveles de riesgo Medio, Alto y Extremo, una vez se desarrolle la primera actuación judicial, del tipo que sea, y en los casos con nivel de riesgo Bajo que, tras esta primera actuación judicial, pasen a contar con medidas judiciales. Para los Casos en niveles de riesgo Medio, Alto y Extremo que, una vez se desarrolle la primera actuación judicial, pasen a contar con medidas judiciales. Para los Casos en niveles de riesgo Bajo, Medio, Alto y Extremo, una vez se desarrolle la primera actuación judicial, del tipo que sea, y en los casos con nivel de riesgo que, tras esta primera actuación judicial, pasen a contar con medidas judiciales. La primera VPER se realizará, excepcionalmente, una vez transcurrido el plazo de 7 días: En los casos con nivel de riesgo Medio y Alto, calificados como de especial relevancia por llevar aparejada una diligencia adicional. En los casos con nivel de riesgo Alto y Extremo, calificados como de especial relevancia por llevar aparejada una diligencia adicional. En los casos con nivel de riesgo Extremo, calificados como de especial relevancia por llevar aparejada una diligencia adicional. Las medidas policiales asociadas al nivel del riesgo en la Instrucción de la SES 1/2025 de 15 de enero de 2025 aparecen: En el Anexo I. En el Anexo II. En el Anexo III. Las medidas de alejamiento u orden de protección adoptadas tras la primera actuación judicial será comunicadas policialmente: A la víctima. Al autor. Ambas son correctas. Después de la primera VPER, en un caso de riesgo EXTREMO, si el caso evoluciona sin incidentes conocidos, las siguientes Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo de realizarán: Antes de 24 horas. Antes de 48 horas. Antes de 72 horas. Después de la primera VPER, en un caso de riesgo ALTO, si el caso evoluciona sin incidentes conocidos, las siguientes Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo de realizarán: Antes de 7días. Antes de 30 días. Antes de 72 horas. Después de la primera VPER, en un caso de riesgo MEDIO, si el caso evoluciona sin incidentes conocidos, las siguientes Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo de realizarán: Antes de 7días. Antes de 30 días. Antes de 60 días. Después de la primera VPER, en un caso de riesgo BAJO, si el caso evoluciona sin incidentes conocidos, y no tiene medidas judiciales en vigor, las siguientes Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo de realizarán: Antes de 90 días. Antes de 30 días. Antes de 60 días. Después de la primera VPER, en un caso de riesgo BAJO, si el caso evoluciona sin incidentes conocidos, que tiene medidas judiciales en vigor, las siguientes Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo de realizarán: Antes de 90 días. Antes de 30 días. Antes de 60 días. El resultado de las Valoraciones Policiales de la Evolución del Riesgo se comunicará a la autoridad Judicial y Fiscal: En caso de variación del nivel de riesgo, al alza, mediante oficio. En caso de variación del nivel de riesgo, al alza o la baja, mediante oficio. En caso de variación del nivel de riesgo, a la baja, mediante oficio. Definición de Caso Supervisado: Caso sometido a una fase temporal de seguimiento especial antes de su Inactivación definitiva. Abordan aquellos supuestos de alta complejidad o riesgo cualificado, garantizando una mayor precisión en la evaluación y seguimiento de las situaciones que requieren especial atención. Aquellos que, tras haber estado registrados como Activos en el Sistema, ya no necesitan ser objeto de control policial directo, dando que cumplen con los criterios de Inactivación establecidos en el Protocolo. Aquellos bajo seguimiento y control policial directo, siendo de aplicación las medidas policiales de protección correspondientes al nivel de riesgo y Plan de Seguridad Personalizado. Con carácter general, permanecerán Supervisados cuando se acrediten medidas judiciales en vigor o el nivel de riesgo sea Medio, Alto o Extremo. Como norma general, se podrán inactivar los casos con nivel de riesgo: Bajo. Medio. No Apreciado. Será necesario para inactivar los Casos en el sistema VIOGÉN 2, como norma general: Que hayan sido decretadas Medidas Judiciales Penales o que en la actualidad estén en vigor. Que se haya contactado al menos una vez con la víctima y se haya reevaluado el riesgo tras la primera actuación judicial en que NO se concedió la orden de protección. Ambas son correctas. Será necesario para inactivar los Casos en el sistema VIOGÉN 2, como norma general: Que no hayan sido decretadas Medidas Judiciales Penales o que en la actualidad estén en vigor. Cuando las circunstancias concretas de la situación de vulnerabilidad de la mujer víctima y/o sus hijos e hijas menores y la peligrosidad o persistencia del agresor pongan de manifiesto, de manera fehaciente, y a juicio de la persona evaluadora, que no se dan las condiciones objetivas para una reproducción de la agresión. Ambas son correctas. Se podrá inactivar, excepcionalmente, los Casos en el sistema VIOGÉN 2, con independencia del nivel de riesgo: Cuando concurra alguna circunstancia que imposibilite o haga innecesaria la protección de una víctima y/o impida de forma efectiva una nueva agresión. Por la renuncia voluntaria, manifiesta y reiterada de la víctima a su protección. Ambas son correctas. En el sistema VIOGÉN 2, con independencia del nivel de riesgo, se considera innecesaria la protección de una víctima: Cuando no se la localice durante, al menos, 3 meses. Cuando no se la localice durante, al menos, 9 meses. Cuando no se la localice durante, al menos, 6 meses. En el sistema VIOGÉN 2, con independencia del nivel de riesgo, se considera innecesaria la protección de una víctima: Fallecimiento de víctima o agresor. Fallecimiento de la víctima. Fallecimiento del agresor. En el sistema VIOGÉN 2, con independencia del nivel de riesgo, se considera innecesaria la protección de una víctima: La salida al extranjero, salvo que el agente protector considere que esta salida no deba conllevar la Inactivación. La salida al extranjero de la víctima, salvo que el agente protector considere que esta salida no deba conllevar la Inactivación. La salida al extranjero del agresor, salvo que el agente protector considere que esta salida no deba conllevar la Inactivación. En el sistema VIOGÉN 2, con independencia del nivel de riesgo, se considera innecesaria la protección de una víctima: Internamiento en un centro de custodia/establecimiento penitenciario o semejante que imposibilite el acercamiento físico de la víctima hacia el agresor. Internamiento en un centro de custodia/establecimiento penitenciario o semejante que imposibilite el acercamiento físico del agresor hacia la víctima. Ambas son correctas. En un caso VIOGÉN Inactivado por circunstancias que imposibilitaban o hacían innecesario su seguimiento según la Instrucción 1/2025 de la SES, una vez que esas circunstancias varían: Se realizará VPER y se reactivará el caso si el nivel de riesgo apreciado por sistema es Alto o Extremo. Se realizará VPER y se reactivará el caso si el nivel de riesgo apreciado por sistema es Medio o superior, o tiene medidas judiciales en vigor. Se realizará VPR y se reactivará el caso si el nivel de riesgo apreciado es Medio o Alto. En un caso VIOGÉN Inactivado previamente, se procederá a su reactivación: Mediante VPR si se produce denuncia o quebrantamiento. Mediante VPER si se produce denuncia o quebrantamiento. Mediante Oficio si se produce denuncia o quebrantamiento. En un caso VIOGÉN Inactivado por circunstancias que imposibilitaban o hacían innecesario su seguimiento según la Instrucción 1/2025 de la SES, una vez que esas circunstancias varían: En los supuestos concretos de salida del centro penitenciario con motivo de la libertad del autor (sea provisional o definitiva) para Casos que sean o hayan sido de Especial Relevancia y el ingreso en prisión tenga que ver con hechos de violencia de género, aunque ya no haya medidas judiciales en vigor, se utilizará el Formulario VPR. En los supuestos concretos de salida del centro penitenciario con motivo de la libertad del autor (sea provisional o definitiva) para Casos que sean o hayan sido de Especial Relevancia y el ingreso en prisión tenga que ver con hechos de violencia de género, aunque ya no haya medidas judiciales en vigor, se utilizará el Formulario VPER. En los supuestos concretos de salida del centro penitenciario con motivo de la libertad del autor (sea provisional o definitiva) para Casos que sean o hayan sido de Especial Relevancia y el ingreso en prisión tenga que ver con hechos de violencia de género, aunque ya no haya medidas judiciales en vigor, mediante OFICIO. Se podrá inactivar, excepcionalmente, los Casos en el sistema VIOGÉN 2: Por la renuncia voluntaria, manifiesta y reiterada de la víctima a su protección, cuando el caso se de nivel de riesgo Bajo o Medio, tenga o no medidas judiciales en vigor. Por la renuncia voluntaria, manifiesta y reiterada de la víctima a su protección, con independencia del nivel de riesgo. Por la renuncia voluntaria, manifiesta y reiterada de la víctima a su protección, cuando el caso se de nivel de riesgo Bajo o Medio, cuando no tenga medidas judiciales en vigor. Se deberán SUPERVISAR previamente a su inactivación,, aquellos Casos en el sistema VIOGÉN 2 que puedan inactivarse, cuando: En algún momento a lo largo del último año, hayan sido evaluados como de Especial Relevancia o Menores en Riesgo. En algún momento a lo largo de los últimos 6 meses, hayan sido evaluados como de Especial Relevancia o Menores en Riesgo. En algún momento a lo largo de los últimos 3 meses, hayan sido evaluados como de Especial Relevancia o Menores en Riesgo. Se deberán SUPERVISAR previamente a su inactivación,, aquellos Casos en el sistema VIOGÉN 2 que puedan inactivarse, cuando: En los últimos 3 meses, hayan obtenido en algún momento una valoración del nivel de riesgo Medio, Alto o Extremo mediante cualquier formulario del Sistema VioGén-2. En los últimos 6 meses, hayan obtenido en algún momento una valoración del nivel de riesgo Medio, Alto o Extremo mediante cualquier formulario del Sistema VioGén-2. En los últimos 12 meses, hayan obtenido en algún momento una valoración del nivel de riesgo Medio, Alto o Extremo mediante cualquier formulario del Sistema VioGén-2. Se deberán SUPERVISAR previamente a su inactivación,, aquellos Casos en el sistema VIOGÉN 2 que puedan inactivarse, cuando: Durante los 6 primeros meses tras la primera denuncia en el Sistema, hayan registrado, al menos, dos denuncias posteriores. Durante los 3 primeros meses tras la primera denuncia en el Sistema, hayan registrado, al menos, dos denuncias posteriores. Durante los 12 primeros meses tras la primera denuncia en el Sistema, hayan registrado, al menos, dos denuncias posteriores. En los seguimientos de los casos Supervisados: Realización de una VPR en el momento en el que el Caso pase a estar Supervisado. Para todos los casos, excepto Especial Relevancia, el periodo mínimo inicial de Supervisión será de 6 meses, prorrogable a otros 3 meses a juicio del personal policial especializado. Para todos los casos, excepto Especial Relevancia, el periodo mínimo inicial de Supervisión será de 3 meses, prorrogable a otros 3 meses a juicio del personal policial especializado. En los seguimientos de los casos Supervisados: Para los casos de Especial Relevancia, el periodo mínimo inicial de Supervisión será de 6 meses, prorrogable a otros 2 periodos de 3 meses a juicio del personal policial especializado. Para los casos de Especial Relevancia, el periodo mínimo inicial de Supervisión será de 3 meses, prorrogable a otros 3 periodos de 3 meses a juicio del personal policial especializado. Para los casos de Especial Relevancia, el periodo mínimo inicial de Supervisión será de 3 meses, prorrogable a otros 2 periodos de 3 meses a juicio del personal policial especializado. En los seguimientos de los casos Supervisados, para la inactivación de los mismos a la finalización del periodo de supervisión: Será necesaria VPER de riesgo bajo y entrevista con la víctima. Será necesaria VPR de riesgo bajo y entrevista con la víctima. Será necesaria VPER de riesgo bajo o medio y entrevista con la víctima. Serán considerados Casos de Alta Complejidad en el Sistema VIOGÉN 2 aquellos: Especial Relevancia. Menores en Situación de riesgo. Agresores Persistentes. Casos Resistentes y víctimas especialmente vulnerables. Casos con factores agravantes como multirreincidencia, agresiones muy graves y tentativas de homicidio. Ambas son correctas. |




