TEMA 33
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Título del Test:
![]() TEMA 33 Descripción: OPOSICIÓN ADMINISTRATIVO |



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Con base en los anteproyectos elaborados por las Consejerías y demás agencias y sociedades a las que se refiere el artículo 31 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en las estimaciones de ingresos y en la previsible actividad económica durante el ejercicio presupuestario siguiente, la Consejería competente en materia de Hacienda someterá, el anteproyecto de Ley del Presupuesto, con separación de los estados de ingresos y gastos correspondientes a la Junta de Andalucía y sus instituciones, y de los relativos a sus agencias administrativas, de régimen especial y públicas empresariales referidas en el artículo 33.2.c) de esta Ley, y sus consorcios, al acuerdo de: La Comisión Delegada para Asuntos Económicos, previo estudio y deliberación del Consejo de Gobierno. La Presidencia de la Junta de Andalucía, previo estudio y deliberación de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. El Consejo de Gobierno, previo estudio y deliberación de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. La Presidencia de la Junta de Andalucía, previo estudio y deliberación del Consejo de Gobierno. Según el artículo 43 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista en él crédito, la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, elevará al acuerdo del Consejo de Gobierno la remisión de un proyecto de Ley al Parlamento de: Concesión de una prórroga presupuestaria. Concesión de un Anticipo de Tesorería. Concesión de un crédito extraordinario. Concesión de un suplemento de crédito. El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán, de acuerdo con el artículo 32 a) del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía: Los derechos reconocidos durante el mismo, cualquiera que sea el periodo de que deriven. Los derechos liquidados durante el mismo, cualquiera que sea el periodo de que deriven. Los derechos liquidados durante el ejercicio corriente. Los derechos reconocidos durante el ejercicio corriente. Según el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, con carácter excepcional y en los casos previstos en la pregunta anterior podrán autorizarse Anticipos de Tesorería, con el límite máximo en cada ejercicio del: 2 por ciento de los créditos autorizados por la Ley del Presupuesto. 4 por ciento de los créditos autorizados por la Ley del Presupuesto. 6 por ciento de los créditos autorizados por la Ley del Presupuesto. 8 por ciento de los créditos autorizados por la Ley del Presupuesto. En relación con la estructura de los estados de gastos y de ingresos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, señale la respuesta incorrecta, según el artículo 34 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía: La estructura del Presupuesto de ingresos y gastos se determinará por la Consejería competente en materia de Hacienda, teniendo en cuenta la organización de la Junta de Andalucía, de sus agencias administrativas, de régimen especial y públicas empresariales referidas en el artículo 2.c), sus consorcios e instituciones, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos, las finalidades y objetivos que con estos últimos se propongan conseguir y los programas de inversiones previstos en los correspondientes planes económicos vigentes. El estado de gastos aplicará la clasificación orgánica, y económica. Los gastos de inversión se clasificarán territorialmente. El estado de ingresos aplicará la clasificación orgánica y económica. |




