TEMA 36 (2)
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Título del Test:
![]() TEMA 36 (2) Descripción: Reglamento RD 596/99 |



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El RD 596/1999 de 16 de abril, no se aplicará: Ambas son correctas. A las instalaciones fijas de videocámaras que realicen las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en sus inmuebles, siempre que éstas se dediquen exclusivamente a garantizar la seguridad y protección exterior de los mismos. A las instalaciones fijas de videocámaras que realicen las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en sus inmuebles, siempre que éstas se dediquen exclusivamente a garantizar la seguridad y protección interior de los mismos. El RD 596/1999 de 16 de abril, se aplicará: A las instalaciones fijas de videocámaras que realicen las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en sus inmuebles, siempre que éstas se dediquen exclusivamente a garantizar la seguridad y protección interior o exterior de los mismos. En los casos en que las instalaciones fijas de videocámaras no sean de titularidad de las FCS, pero exista por parte de estas un control y dirección efectiva del proceso completo de captación, grabación y visionado. Cuando la finalidad de las instalaciones fijas cuya titularidad no pertenezca a las FCS, sea la seguridad interior o exterior de sus inmuebles. Podrá solicitar autorización para la instalación fija de videocámaras: El Delegado del Gobierno en las provincias de la Comunidad Autónoma. Los Subdelegados del Gobierno correspondientes en las provincias de la Comunidad Autónoma. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias de la Comunidad Autónoma salvo en aquellas que sean sede de la Delegación de Gobierno. Podrá iniciar de oficio el procedimiento de autorización para la instalación fija de videocámaras: El Delegado del Gobierno en las provincias de la Comunidad Autónoma donde tenga su sede la Delegación, y en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias de la Comunidad Autónoma. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias de la Comunidad Autónoma salvo en aquellas que sean sede de la Delegación de Gobierno. Podrá solicitar autorización para la instalación fija de videocámaras: Los Alcaldes o el Concejal competente en materia de seguridad ciudadana, respecto de la Policía Local de su municipio. Los Subdelegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Los Delegados del Gobierno en la Comunidad Autónoma. La solicitud para la instalación de cámaras fijas se dirigirá: Al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de que se trate. Al máximo responsable de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de la provincia de que se trate. Al Alcalde o Concejal competente, en su caso, en materia de Seguridad Ciudadana. Podrá solicitar autorización para la instalación fija de videocámaras: Los Alcaldes o el Concejal competente en materia de seguridad pública, respecto de la Policía Local de su municipio. El Jefe de la Comisaría Provincial de Policía y el Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en sus respectivas demarcaciones, por conducto del Subdelegado del Gobierno. Los Delegados del Gobierno en la Comunidad Autónoma. ¿Cuál es el plazo en que la Comisión de Garantías de la Videovigilancia deberá emitir el informe sobre la instalación de videocámaras fijas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, según el RD 596/1999 de 16 de abril?. 1 mes desde la fecha de la recepción de la solicitud. 15 días desde la fecha de la recepción de la solicitud. 10 días desde la fecha de la recepción de la solicitud. ¿Cuál es el plazo en que el Delegado del Gobierno resolverá la solicitud de instalación de videocámaras fijas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, según el RD 596/1999 de 16 de abril?. 2 meses desde el día siguiente a la fecha de la recepción de la solicitud. 2 meses desde la fecha de la recepción de la solicitud. 2 meses desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido el plazo para la concesión de la solicitud de instalación de cámaras fijas: Se entenderá concedida. Se entenderá denegada. Se entenderá desestimada. Contra la resolución administrativa por la que se concede o deniega la instalación de cámaras fijas por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Cabrá interponer potestativamente recurso de reposición o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que pone fin a la vía administrativa. Cabrá interponer potestativamente recurso de reposición o recurso extraordinario de revisión, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que pone fin a la vía administrativa. Cabrá interponer recurso directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que pone fin a la vía administrativa. Podrán formular la solicitud para la utilización de videocámaras móviles: Los mandos operativos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por el conducto reglamentario. El Alcalde o el concejal competente en materia de seguridad ciudadana, respecto a la policía local de su municipio. Ambas son correctas. Será competente para autorizar la utilización de videocámaras móviles por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, en todo caso. El Subdelegado del Gobierno en la Provincia. El Subdelegado del Gobierno en la Provincia, salvo en aquellas que sean sede de la Delegación o en las Comunidades Autónomas uniprovinciales. ¿Cuál es el plazo en que se resolverá la solicitud de utilización de videocámaras móviles por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, según el RD 596/1999 de 16 de abril?. 1 mes desde el día siguiente a la fecha de la recepción de la solicitud. 2 meses desde la fecha de la recepción de la solicitud. 1 mes desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. La autorización para la instalación de cámaras fijas tendrá carácter: Revocable. Temporal. Indeterminado. Transcurrido el plazo para la concesión de la solicitud de instalación de cámaras móviles: Se entenderá desestimada. Se entenderá denegada. Se entenderá concedida. Contra la resolución administrativa por la que se concede o deniega la instalación de cámaras móviles por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Cabrá interponer potestativamente recurso de reposición o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que pone fin a la vía administrativa, en caso de que la resolución haya sido emitida por el Delegado del Gobierno. Cabrá interponer recurso de alzada, o recurso potestativo de reposición, en caso de que la resolución haya sido emitida por el subdelegado del Gobierno. Ambas son correctas. Cuando, por razones de máxima urgencia o imposibilidad de obtener la autorización a tiempo, se hayan captado imágenes por cámaras móviles no autorizadas: Se procederá a remitir las imágenes al Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, y a la Comisión de Garantías de la Videovigilancia, en el plazo máximo de 72 horas. Se procederá a comunicar el hecho al Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, en el plazo máximo de 24 horas, debiendo remitir ineludiblemente informe motivado al respecto dentro de las 24 horas siguientes. Se procederá a comunicar el hecho al Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, en el plazo máximo de 24 horas, debiendo remitir obligatoriamente informe motivado al respecto dentro de las 24 horas siguientes. Cuando, por razones de máxima urgencia o imposibilidad de obtener la autorización a tiempo, se hayan captado imágenes por cámaras móviles no autorizadas: El Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, lo pondrá en conocimiento de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia, en el plazo máximo de 72 horas desde que se realizó la grabación, remitiendo el informe motivado de la Fuerza o Cuerpo de Seguridad que tomó las imágenes. El Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, lo pondrá en conocimiento de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia, en el plazo máximo de 24 horas desde que se realizó la grabación, remitiendo el informe motivado de la Fuerza o Cuerpo de Seguridad que tomó las imágenes. Se procederá a comunicar el hecho al Delegado o Subdelegado del Gobierno correspondiente en cada caso, en el plazo máximo de 72 horas. Las autorizaciones sobre videocámaras fijas o móviles se renovarán previa solicitud: Presentada con 2 meses de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo de 1 año. Presentada con 1 mes de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo de 1 año. Presentada con 2 meses de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo superior a 1 año. Las autorizaciones sobre videocámaras fijas o móviles se renovarán previa solicitud: Presentada con 1 mes de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo inferior a 1 año. Presentada con 2 meses de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo inferior a 1 año. Presentada con una antelación mínima de la mitad del tiempo por el que fueron concedidas, aquellas cuya autorización inicial lo fuera por plazo máximo inferior a 1 año. Las autorizaciones sobre videocámaras fijas o móviles se renovarán previa solicitud: Presentada con 2 meses de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo superior a 1 año. Presentada con 2 meses de antelación para aquellas autorizaciones concedidas por el plazo máximo inferior a 1 año. Presentada con una antelación mínima de la mitad del del tiempo por el que fueron concedidas, aquellas cuya autorización inicial lo fuera por plazo máximo inferior a 1 mes. Serán responsables de la custodia de las imágenes obtenidas por cámaras fijas y móviles por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Los órganos competentes para formular la solicitud de instalación o utilización. El Delegado del Gobierno en las provincias sede de la Delegación o en las CC.AA. uniprovinciales. El Subdelegado del Gobierno. Según el RD 596/1999 de 16 de abril, las grabaciones deberán ser destruidas por la autoridad que tenga encomendada su custodia material: En el plazo máximo de 1 mes a contar desde el mismo día de su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública. En el plazo máximo de 3 meses a contar desde el mismo día de su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública. En el plazo máximo de 2 meses a contar desde el mismo día de su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública. Son vocales de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia (señalar la incorrecta): El Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. Un Alcalde en representación de los municipios de la Comunidad Autónoma. Actuará como Secretario, el Subdelegado del Gobierno de la Provincia donde tenga su sede el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. Son vocales de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia: El Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, y un Abogado del Estado designado por el Director del Servicio Jurídico del Estado. Ambas son correctas. Un Representante de la Administración General del Estado, propuesto por el Secretario de Estado de Seguridad. Actuará como Secretario, el Secretario general de la Delegación de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Preside la Comisión de Garantías de Videovigilancia: El Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. El Fiscal Jefe del del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma. El Delegado del Gobierno de la Comunidad Autónoma. |




