TEMA 36 (3)
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Título del Test:
![]() TEMA 36 (3) Descripción: LO 7/2021 de 26 de mayo |



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Según la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, la petición de datos por parte de la Policía Judicial será: Motivada, concreta y concisa. Proporcionada, congruente y oportuna. Ambas son correctas. En el caso de solicitud por parte de las autoridades judiciales, el Ministerio Fiscal o a la Policía Judicial, de datos, informes, antecedentes y justificantes que les soliciten y que sean necesarios para la investigación y enjuiciamiento de infracciones penales o para la ejecución de las penas: El interesado no será informado de la transmisión de sus datos a las autoridades competentes. El interesado será informado de la transmisión de sus datos a las autoridades competentes. El interesado será informado de la facilitación de acceso a sus datos por dichas autoridades de, a fin de garantizar la actividad investigadora. El responsable del tratamiento deberá revisar la necesidad de conservar, limitar o suprimir el conjunto de los datos personales contenidos en cada una de las actividades de tratamiento bajo su responsabilidad: Como máximo cada 3 años. Como máximo, cada 3 meses. como máximo cada 20 años. Con carácter general, salvo que concurran factores como la existencia de investigaciones abiertas o delitos que no hayan prescrito, la no conclusión de la ejecución de la pena, reincidencia, necesidad de protección de las víctimas u otras circunstancias motivadas que hagan necesario el tratamiento de los mismos, el plazo máximo para la supresión de los datos será de: 20 años. 3 años. 3 meses. Se entenderá por videocámara fija: Aquella anclada a un soporte fijo o fachada, aunque el sistema de grabación se pueda mover en cualquier dirección. Aquella anclada a un soporte fijo o fachada, siempre que el sistema de grabación no se pueda mover. Aquella anclada a un soporte fijo o fachada, siempre que el sistema de grabación no se pueda mover más de 180º en el eje horizontal. Los propietarios y, en su caso, los titulares de derechos reales sobre los bienes afectados por estas instalaciones, o quienes los posean por cualquier título: Están obligados a facilitar y permitir su instalación y mantenimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan. No están obligados a facilitar y permitir su instalación y mantenimiento, sin perjuicio de las indemnizaciones que procedan. Están obligados a facilitar y permitir su instalación y mantenimiento, sin derecho a indemnización. Según la Ley Orgánica 7/2021 de 26 de mayo, la toma de imágenes mediante cámaras móviles por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Ha de ser conjunta a la toma de sonido. Está supeditada a la existencia de un peligro o evento concreto. Ambas son correctas. En los supuestos de dispositivos móviles, las autorizaciones no se podrán conceder en ningún caso: Con carácter indefinido o permanente, siendo otorgadas por un periodo máximo de 1 mes prorrogable por otro. Con carácter indefinido o permanente, siendo otorgadas por un periodo máximo improrrogable de 1 año. Con carácter indefinido o definitivo, siendo otorgadas por un periodo máximo de 1 mes prorrogable por otro. Realizada la filmación, si la grabación captara la comisión de hechos que pudieran ser constitutivos de infracciones penales, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Pondrán la cinta o soporte original de las imágenes y sonidos en su integridad, a disposición judicial a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas desde su grabación. Pondrán la cinta o soporte original de las imágenes y sonidos en su integridad, a disposición judicial a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 24 horas desde su grabación. Pondrán la filmación a disposición judicial a la mayor brevedad posible y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas desde su grabación. Realizada la filmación, si la grabación captara la comisión de hechos que pudieran ser constitutivos de infracciones penales, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: De no poder redactarse el atestado en el plazo debido, se relatarán verbalmente los hechos a la autoridad judicial, o al Ministerio Fiscal, junto con la entrega de la grabación. De poder redactarse el atestado en el plazo debido, se relatarán verbalmente los hechos a la autoridad judicial, o al Ministerio Fiscal, junto con la entrega de la grabación. De no poder redactarse el atestado en el plazo debido, se relatarán por escrito los hechos a la autoridad judicial, o al Ministerio Fiscal, junto con la entrega de la grabación. Según la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales: Las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de 3 meses desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, sujetas a una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto. Las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de 1 mes desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves en materia de seguridad pública, sujetas a una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto. Las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de 3 meses desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas muy graves en materia de seguridad pública, sujetas a una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto. |




