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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 38 Policía Local CLM

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Título del test:
Tema 38 Policía Local CLM

Descripción:
Ley sobre tráfico

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
23/11/2021

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 35
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Temario:
Nomenclatura de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a motor y Seguridad Vial RDL 6/2015 de 30 de octubre. RD 6/2015 de 30 de octubre. RDL 6/2015 de 29 de octubre. RD 6/2015 de 29 de octubre.
Señala la estructura del RDL 6/2015 de 30 de octubre "Ley sobre Tráfico, Vehículos a motor y Seguridad Vial" 1 Artículo único 115 artículos 6 Títulos 1 Título Preliminar 118 artículos 7 Títulos 116 artículos.
Cuál es el Título Preliminar de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título I de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título II de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título III de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título IV de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título V de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
Cuál es el Título VI de la Ley 6/2015? Disposiciones Generales Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial Normas de comportamiento en la circulación. De la señalización Autorizaciones administrativas Régimen sancionador Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
De quien es competencia: La expedición y revisión de los permisos y licencias para conducir vehículos a motor y ciclomotores y de la autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, con los requisitos sobre conocimientos, aptitudes técnicas y psicofísicas y periodicidad que se determinen reglamentariamente, así como la declaración de la nulidad, lesividad o pérdida de vigencia de aquéllos De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: El canje, de acuerdo con las normas reglamentarias aplicables, de los permisos de conducción y de la autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas expedidos en el ámbito militar y policial por los correspondientes en el ámbito civil, así como el canje, la inscripción o la renovación de los permisos expedidos en el extranjero cuando así lo prevea la legislación vigente. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: Las autorizaciones de apertura de centros de formación de conductores y la declaración de nulidad, lesividad o pérdida de vigencia de aquéllas, así como los certificados de aptitud y autorizaciones que permitan acceder a la actuación profesional en materia de enseñanza de la conducción y la acreditación de la destinada al reconocimiento de las aptitudes psicofísicas de los conductores, con los requisitos y condiciones que reglamentariamente se determinen. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La matriculación y expedición de los permisos de circulación de los vehículos a motor, remolques, semirremolques y ciclomotores, así como la declaración de nulidad, lesividad o pérdida de vigencia de dichos permisos, en los términos que reglamentariamente se determine. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: Las autorizaciones o permisos temporales y provisionales para la circulación de vehículos. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: Las normas especiales que posibiliten la circulación de vehículos históricos y fomenten la conservación y restauración de los que integran el patrimonio histórico. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La retirada de los vehículos de la vía fuera de poblado y la baja temporal o definitiva de la circulación de dichos vehículos. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: Los registros de vehículos, de conductores e infractores, de profesionales de la enseñanza de la conducción, de centros de formación de conductores, de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores y de manipulación de placas de matrícula, en los términos que reglamentariamente se determine. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local, así como la denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación y de seguridad en dichas vías. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación, ordenación y gestión del tráfico en vías interurbanas y en travesías, estableciendo para estas últimas fórmulas de cooperación o delegación con las Entidades Locales, y sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones y de las facultades de otros departamentos ministeriales. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: Las directrices básicas y esenciales para la formación y actuación de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, sin perjuicio de las atribuciones de las corporaciones locales, con cuyos órganos se instrumentará, de común acuerdo, la colaboración necesaria. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La autorización de pruebas deportivas que tengan que celebrarse utilizando en todo o parte del recorrido carreteras estatales o travesías, previo informe de las Administraciones titulares de las vías públicas afectadas, e informar, con carácter vinculante, las que vayan a conceder otros órganos autonómicos o municipales, cuando tengan que circular por vías públicas o de uso público en que la Administración General del Estado tiene atribuida la ordenación, gestión, control y vigilancia del tráfico De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: El cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por motivos medioambientales, en los términos que reglamentariamente se determine De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La coordinación de la estadística y la investigación de accidentes de tráfico, así como las estadísticas de inspección técnica de vehículos, en colaboración con otros organismos oficiales y privados, en los términos que reglamentariamente se determine De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La realización de las pruebas, reglamentariamente establecidas, para determinar el grado de intoxicación alcohólica, o por drogas, de los conductores que circulen por las vías públicas en las que tiene atribuida la ordenación, gestión, control y vigilancia del tráfico De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La determinación del cuadro de las enfermedades y discapacidades que inhabilitan para conducir y los requisitos sanitarios mínimos para efectuar los reconocimientos para su detección, así como la inspección, control y, en su caso, suspensión o cierre de los establecimientos dedicados a esta actividad. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La determinación de las drogas que puedan afectar a la conducción, así como de las pruebas para su detección y, en su caso, sus niveles máximos. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La coordinación de la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La suscripción de tratados y acuerdos internacionales relativos a la seguridad de los vehículos y de sus partes y piezas, así como dictar las disposiciones pertinentes para implantar en España la reglamentación internacional derivada de los mismos. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación de aquellas actividades industriales que tengan una incidencia directa sobre la seguridad vial y, en especial, la de los talleres de reparación de vehículos De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación del transporte de personas y, especialmente, el transporte escolar y de menores, a los efectos relacionados con la seguridad vial. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación del transporte de mercancías, especialmente, el de mercancías peligrosas, perecederas y contenedores, de acuerdo con la reglamentación internacional, a los efectos relacionados con la seguridad vial. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina, por medio de agentes propios, del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La autorización de pruebas deportivas cuando discurran íntegra y exclusivamente por el casco urbano, exceptuadas las travesías De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
De quien es competencia: La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales. De la Administración General del Estado Del Ministerio del Interior (O.A. Jefatura Central de Tráfico) De los municipios.
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