TEMA 4.1 CYM
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Título del Test:
![]() TEMA 4.1 CYM Descripción: Tipo test apuntes propios |



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¿Qué artículo del Código Civil establece el concepto legal de la posesión natural y civil?. Artículo 430. Articulo 432. Articulo 438. Articulo 446. ¿Qué notas características del sistema latino de la posesión se observan en el artículo 430 del Código Civil?. La buena fe y la mala fe. El animus y el corpus. El justo título y la usucapión. La posesión exclusiva y la coposesión. Según el artículo 432 del Código Civil, ¿cuál de las siguientes opciones describe la posesión en concepto de dueño?. Es una típica expresión de la posesión natural. Es aquella en la que se posee la cosa para conservarla perteneciendo el dominio a otro. Es la más típica expresión de la posesión civil. Es la posesión adquirida por ministerio de la ley sin tenencia corpórea. ¿Cómo define el artículo 433 del Código Civil al poseedor de buena fe?. Al que adquiere la cosa mediante actos clandestinos o violentos. Al que se halla en caso contrario al poseedor que conoce los vicios. Al que ignora que en su título o modo de adquirir existe vicio que lo invalida. Al que posee la cosa en concepto de tenedor para conservarla. ¿Qué establecen los artículos 441 y 444 del Código Civil respecto a la posesión viciosa o injusta?. Que los actos meramente tolerados, los clandestinos y los ejecutados con violencia no afectan a la posesión. Que la posesión violenta convalida los vicios transcurrido un mes. Que los actos clandestinos convierten automáticamente al poseedor en poseedor de buena fe. Que la autoridad propia del poseedor prevalece sobre los medios judiciales. ¿Cómo se denomina a la coposesión cuando varias personas tienen la cosa o ejercitan el derecho?. Posesión exclusiva. Pro indiviso. Posesión ficticia. Posesión civilísima. ¿Cuál es la aplicación más importante de la posesión ficticia, presunta o "civilísima"?. La adquisición de bienes muebles mediante la posesión a non domino. La transmisión hereditaria regulada en el artículo 440 del Código Civil . El ejercicio del interdicto de retener y recobrar. La usucapión ordinaria de bienes inmuebles. Según el artículo 440 del Código Civil, ¿cuándo se entiende transmitida la posesión de los bienes hereditarios al heredero?. En el momento de la inscripción registral de la partición de la herencia . Desde el momento en que el heredero toma posesión material de los bienes. Sin interrupción y desde el momento de la muerte del causante, en el caso de que llegue a adirse (aceptarse) la herencia. Transcurrido un año desde el fallecimiento del causante. ¿Quiénes pueden ser sujetos o titulares de la posesión según el texto?. Únicamente las personas naturales con capacidad plena de obrar . Tanto las personas naturales como las jurídicas . Exclusivamente las personas físicas mayores de edad . Las corporaciones públicas, excluyendo a los particulares. Según el artículo 437 del Código Civil, ¿qué puede ser objeto de posesión?. Absolutamente todas las cosas existentes en la naturaleza. Solo y exclusivamente los bienes inmuebles inscritos en el Registro de la Propiedad. Las cosas y derechos que sean susceptibles de apropiación. Únicamente los derechos reales de garantía como la prenda y la hipoteca. ¿Qué clase de cosas quedan indudablemente excluidas de la posesión según el estudio del tema?. Las cosas que están fuera del comercio (como las cosas comunes, públicas y sagradas). Los bienes muebles corporales susceptibles de tráfico mercantil. Las cosas que poseen autonomía e individualidad propia. Los derechos reales susceptibles de ejercicio continuado. En relación con las cosas incorporales o derechos, ¿sobre cuáles se entiende por lo general que solo puede recaer la posesión?. Sobre todos los derechos reales sin excepción. Sobre los derechos de crédito y de familia . Sobre los derechos reales, excluyendo los que no son susceptibles de ejercicio continuado y estable (como la prenda y la hipoteca. Exclusivamente sobre el derecho de propiedad y el usufructo legal. ¿Qué regla de gran amplitud establece el artículo 446 del Código Civil respecto a la protección posesoria?. Todo poseedor tiene derecho a recuperar la cosa mediante su propia autoridad y fuerza. Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión, y si fuere inquietado, amparado o restituido por los medios legales. Solo el poseedor civil y en concepto de dueño puede ser amparado judicialmente. La protección posesoria decae si el poseedor actual no demuestra un justo título. ¿A qué medios se confía exclusivamente la protección posesoria según el texto y el artículo 441 del Código Civil?. A la propia autoridad y autotutela del poseedor ofendido. A los medios judiciales, prohibiendo la perturbación o el despojo por propia autoridad . Al acuerdo arbitral obligatorio entre los vecinos colindantes . A la intervención directa de las autoridades administrativas locales. ¿A través de qué cauce procesal de carácter sumario se determinan los medios judiciales de defensa posesoria en la Ley de Enjuiciamiento Civil?. El juicio ordinario. El juicio verbal . El procedimiento monitorio especial . El acto de jurisdicción voluntaria. ¿Qué finalidad persigue el "interdicto de recobrar"?. Recuperar la posesión de la que se nos despojó. Retener de forma preventiva la propiedad ante una perturbación leve . Modificar el concepto posesorio de tenedor a dueño . Impugnar la buena fe del poseedor posterior. ¿Qué finalidad tiene el "interdicto de retener" dentro de la tutela posesoria?. Recuperar la posesión de la que se nos despojó por la fuerza. Hacer cesar aquellos actos que, sin privar de la posesión, la perturban. Adquirir la posesión por ministerio de la ley en el caso de herencias . Exigir judicialmente la exhibición del justo título del poseedor actual. ¿De cuánto tiempo dispone el poseedor para acudir a los Tribunales a partir del despojo o perturbación para promover el procedimiento judicial posesorio?. El plazo de 6 meses . El plazo de 1 año. El plazo de 3 años. El plazo de 20 años. ¿En qué se basa principalmente el poseedor para promover el procedimiento judicial de recuperación de la posesión en los interdictos?. En la demostración de la titularidad dominical de la finca . En el solo hecho de ser poseedor, sin entrar en la cuestión de si le corresponde o no el derecho a poseer . En la inscripción registral obligatoria de su título de adquisición . En el consentimiento unánime de los coposeedores pro indiviso. ¿Qué procedimiento protege al poseedor privado de su posesión sobre una cosa inmueble basándose en el principio de legitimación registral (artículo 38 de la Ley Hipotecaria)?. El juicio verbal sumario de desahucio . La acción del artículo 41 de la Ley Hipotecaria. El interdicto de adquirir de jurisdicción voluntaria . La acción publiciana de dominio. ¿Qué establece la presunción de buena fe a favor de todo poseedor (según las presunciones posesorias)?. Que se presume de buena fe mientras no se pruebe lo contrario. Que la buena fe inicial se presume destruida automáticamente a los seis meses . Que la mala fe posterior no afecta a la presunción de titularidad registral . Que el poseedor está obligado a exhibir su justo título en todo momento. Según el artículo 436 del Código Civil, ¿qué presunción rige sobre el concepto posesorio?. Se presume que la posesión cambia de concepto cada diez años. Se presume el disfrute de la posesión en el mismo concepto en que se adquirió. Se presume que todo tenedor posee en concepto de dueño salvo prueba en contra. Se presume que la posesión civil se transforma en natural por el transcurso del tiempo. ¿Qué dispone el artículo 459 del Código Civil respecto al poseedor actual que demuestra haber poseído en época anterior?. Se presume que ha poseído también durante el tiempo intermedio . Se le obliga a probar de forma fehaciente cada día de posesión transcurrida . Se entiende interrumpida la prescripción adquisitiva. Pierde el beneficio de la presunción de buena fe inicial. Conforme al artículo 466 del Código Civil, ¿qué se presume a favor de quien recupera conforme a derecho la posesión indebidamente perdida?. Que la ha recuperado con nuevos vicios de clandestinidad. Que ha disfrutado de ella sin interrupción para todos los efectos que puedan resultar a su favor. Que el plazo del interdicto vuelve a empezar desde cero. Que se transforma en usufructo legal. ¿Qué establece el artículo 449 del Código Civil sobre la extensión de la posesión de bienes inmuebles?. Se extiende exclusivamente a los frutos pendientes pero no a los separados . Se extiende a los muebles y objetos que se hallan dentro de ellos . Excluye cualquier presunción sobre los bienes incorporales que contenga . Requiere título inscrito para afectar a los muebles interiores. ¿Qué prevé el artículo 448 del Código Civil en favor del poseedor en concepto de dueño?. Que tiene la presunción de que posee con justo título y no se le puede obligar a exhibirlo. Que está obligado a exhibir el documento fehaciente de compraventa ante cualquier reclamante. Que su posesión se considera siempre de mala fe si carece de inscripción. Que no puede adquirir la propiedad por usucapión ordinaria. ¿Qué efecto fundamental produce la posesión cuando es en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida durante los plazos legales?. La extinción inmediata del derecho de usufructo . La transformación de la posesión en propiedad por medio de la usucapión o prescripción adquisitiva. La conversión automática de la posesión civilísima en coposesión . La nulidad del título de adquisición registral. ¿Qué precepto del Código Civil regula los modos de adquisición de la posesión?. El artículo 430. El artículo 438. El artículo 446 . El artículo 460. Según la interpretación doctrinal del artículo 438 del Código Civil, ¿qué significa la "ocupación material"?. Su aprehensión física (utilizándose la palabra sin su estricto sentido técnico de adquisición de dominio). La adquisición de la propiedad por prescripción adquisitiva . El acto de jurisdicción voluntaria de posesión judicial. La entrega o tradición fingida de la cosa. ¿A qué se refiere el segundo medio de adquisición del artículo 438 ("quedar las cosas sujetas a la acción de nuestra voluntad")?. A la aprehensión real y efectiva de la cosa mueble . A una aprehensión ficticia donde la cosa queda en la esfera de poder del poseedor . Al interdicto de adquirir de carácter sumario . A la posesión civilísima por ministerio de la ley. ¿Qué supuestos pueden subsumirse dentro de la frase "actos propios y formalidades legales" del artículo 438 del Código Civil?. La entrega o tradición, el ejercicio del interdicto de adquirir y el acto de jurisdicción voluntaria de posesión judicial. El abandono, la destrucción total de la cosa y la cesión onerosa. La posesión de año y día y la usucapión extraordinaria. La renuncia de los comuneros y la consolidación de cuotas. ¿Qué establecen las reglas sobre las personas que pueden adquirir la posesión (artículo 443 del Código Civil)?. Los menores e incapaces no pueden adquirir ningún tipo de posesión bajo ningún concepto. Toda persona puede adquirir la posesión, necesitando los menores la asistencia de sus representantes legítimos para usar sus derechos, y las personas con discapacidad conforme a las medidas de apoyo establecidas . Exclusivamente las personas jurídicas mediante sus representantes legales . Los menores emancipados requieren autorización judicial previa para cualquier acto posesorio. ¿Dónde se enumeran de forma general los modos de perder la posesión?. En el artículo 430 del Código Civi. En el artículo 460 del Código Civil. En el artículo 546 del Código Civil. En el artículo 392 del Código Civil. ¿Cuál de las siguientes opciones NO constituye una causa legal de pérdida de la posesión recogida en el Código Civil?. Por abandono de la cosa o del animal. Por cesión hecha a otro por título oneroso o gratuito . Por el transcurso de un mes de posesión pacífica por un tercero . Por la posesión de otro, aun contra la voluntad del antiguo poseedor, si la nueva posesión hubiese durado más de un año. Respecto a la pérdida de la posesión de las cosas muebles, ¿qué establece el artículo 461 del Código Civil?. Se entiende perdida desde el mismo instante en que el poseedor aparta de ella la vista . No se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque este ignore accidentalmente su paradero . Se pierde de forma automática al expirar el plazo de un año . Se extingue por el mero transcurso de seis meses sin uso continuado. |




