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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETEMA 4 (4-A)

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Título del test:
TEMA 4 (4-A)

Descripción:
Test 4 del Tema 4

Autor:
Violeta
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
18/04/2024

Categoría:
Otros

Número preguntas: 18
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Temario:
Las acciones positivas son: Disfrute de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo Diferencias biológicas que nos marcan nuestro sexo desde el momento del nacimiento no justifican la desigualdad de trato entre mujeres y hombres Las estrategias destinadas a establecer la igualdad de oportunidades por medio de unas medidas que permitan contrastar o corregir aquellas discriminaciones que son el resultado de prácticas o sistemas sociales Ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
El techo de cristal es: Discriminación laboral de las mujeres por su dedicación a las tareas derivadas de la maternidad Alta concentración femenina y masculina en determinados sectores de actividad y empleo, provocando que aquellos sectores relacionados con tareas atribuidas como naturales a las mujeres conlleven un menor reconocimiento social y económico Desigual concentración de mujeres y hombres en puestos de jerarquía laboral, relegando a las mujeres puestos de responsabilidad inferior por razón de su sexo Barrera invisible, pero eficaz que se presenta en el itinerario profesional de las mujeres y que impide la promoción de éstas a altos puestos de decisión y poder.
Es discriminación directa: La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro La situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable Trato desigual que no tiene una causa justa, objetiva y razonable que lo justifique y que origina un resultado negativo a un colectivo históricamente perjudicado Tratamiento desigual en función de la pertenencia a un sexo como categoría social, individual o biológica.
La reorganización, mejora, desarrollo y evaluación de los procesos políticos para incorporar, por parte de los actores involucrados en dichos procesos, una perspectiva de igualdad de género en todos los niveles y fases de todas las políticas es: El mainstreaming de género La v.g. El techo de cristal Los estereotipos.
Es un documento que evalúa e identifica los efectos potenciales en un proyecto normativo o actos administrativos, sobre la situación de mujeres y hombres incorporando propuestas de modificación de las mismas en caso de que la previsión de efectos sea negativa: Informe de Transversalidad de Género Informe de Evaluación de Impacto de Género Informe de V.G. Informe de Situación de la Mujer.
Es una concentración por sexo en puestos de actividad y de empleo según la cual las mujeres ocuparían los grados y niveles de responsabilidad y salario más bajos: Discriminación indirecta Discriminación directa Segregación vertical Segregación horizontal.
Es la concentración de mujeres y hombres en ámbitos específicos de actividad y de empleo según el modelo tradicional de asignación de roles: Discriminación directa Discriminación indirecta Segregación horizontal Segregación vertical.
Es el conjunto de prácticas, símbolos, representaciones, normas y valores sociales que las sociedades elaboran a partir de las diferencias sexuales y a partir de las cuales se derivan las desigualdades entre mujeres y hombres: Sistema sexo-género Segregación horizontal Segregación vertical Transversalidad.
Se trata de creencias sobre comportamientos, conductas, roles y expectativas asociadas a hombres y mujeres. Su formación se produce por la repetición de esquemas de pensamiento tradicional e infundado sobre la feminidad y la masculinidad: Roles de género Estereotipos de género Segregación horizontal Techo de cristal.
Es la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable: Discriminación directa por razón de sexo Discriminación directa por razón de género Discriminación indirecta por razón de sexo Discriminación indirecta por razón de género.
Es la recogida y desglose por sexo de la información estadística que hace posible un análisis comparativo entre las específicas situaciones de mujeres y hombres: Brecha de género Corresponsabilidad Datos desagregados por sexo Transversalidad.
La corresponsabilidad es: Responsabilidad compartida y reparto equilibrado de actividades domésticas y de cuidado de menores y personas dependientes a su cargo entre mujeres y hombres Armonización de los tiempos Recogida y desglose por sexo de datos Comportamiento de naturaleza sexual.
Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona: Acoso sexual Acoso por razón de sexo Discriminación directa Discriminación indirecta.
Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o que produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona: Acoso por razón de sexo Acoso sexual Discriminación directa Discriminación indirecta.
Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con: El embarazo La maternidad Todas son correctas Todas son falsas.
Se considera discriminación indirecta por razón de sexo, la situación en que una disposición, criterio o prácticas aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica: Puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados No puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados No puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad ilegítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados Puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad ilegítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
El resultado de aplicar la perspectiva de género a una actuación normativa se denomina: Informe de Impacto de Género Análisis de Género Datos desagregados por sexo Transversalidad.
Se entenderá por perspectiva de género: Instrumento del que se valdrán las A.A.P.P. para alcanzar el objetivo de la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo, desarrollando las acciones y medidas previstas El análisis de la realidad social que surge al considerar las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de las mujeres y de los hombres, atendiendo a los distintos modos y valores en los que han sido socializados El análisis de la realidad privada que surge al considerar las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de las mujeres y de los hombres, atendiendo a los distintos modos y valores en los que han sido socializados Colaboración con otras A.A.P.P. y Entidades públicas con el fin de garantizar la igualdad de mujeres y hombres.
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