Tema 4.9
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Tema 4.9 Descripción: 4.9 TE Nº5 |




Comentarios |
---|
patriciaseret ( hace 4 años ) ![]() Corregido, gracias! |
En el RD 20/2012, de 13 de Julio, se modifica: El IVA del precio de los billetes, acogido al tipo impositivo reducido, pasando del 8% al 10% para compras realizadas a partir del 1 de septiembre de 2012, repercutiendo en el precio final a cobrar al cliente. El ámbito de aplicación de los servicios de Cercanías, creando Rodalies en Cataluña, a partir del 1 de septiembre de 2012. El ámbito de aplicación de los OSP, excluyendo a Rodalies en Cataluña. El IVA del precio de los billetes, acogiéndose al tipo impositivo reducido, pasando del 10% al 8% para compras realizadas a partir del 1 de septiembre de 2012, repercutiendo en el precio final a cobrar al cliente. El ámbito de aplicación del RD 20/2012 de 13 de Julio, por el que se modifica el IVA del precio de los billetes, es: Ninguna es correcta. Todos los núcleos de Cercanías, incluyendo Madrid y Rodalies. Todos los núcleos de Cercanías, excluyendo Madrid y Rodalies. Todos los núcleos de Cercanías y FEVE, excluyendo el núcleo de Cercanías de Santander. Según las condiciones de aplicación de la T.E. Nº5, los títulos de transporte NO serán válidos: Si no han sido adquiridos en puntos de venta propios de Renfe, excepto si la venta se ha producido en ruta de forma excepcional. Si han sido adquiridos puntos ajenos autorizados. Sin la correspondiente impresión mecánica. Sin la correspondiente impresión mecánica, realizada en el momento de la emisión, excepto en los títulos emitidos y cargados en la TSC. De acuerdo con las condiciones de aplicación de la T.E. Nº5, tipos de plaza y clase: Plaza sentada, preferentemente. Clase única. Plaza sentada o de pie, indistintamente. Clase única. Plaza sentada. Clase turista o preferente, indistintamente. Plaza de pie. Clase turista o preferente. Según las condiciones de aplicación de la T.E. Nº5, ¿dónde pueden adquirirse los títulos de transporte?. En taquillas y máquinas autoventa. En puntos de venta propios de Renfe y por teléfono. En puntos de venta ajenos autorizados o en ruta. En puntos de venta propios de Renfe, ajenos autorizados o en ruta, en casos excepcionales. ¿En cuál de los siguientes casos el título de transporte SÍ es válido?. Cuando se presentan varios títulos de transporte simultánea o consecutivamente para obtener un descuento en caso de prolongación de viaje con destino fuera del núcleo de Cercanías. Cuando ha sido transferido a bordo del tren, durante el viaje. Cuando el DNI no coincide con el titular de un abono Multiviaje nominativo. Cuando el billete no ha sido imprimido mecánicamente en el momento de la emisión. En caso de que el interventor encuentre a un viajero cuyo título de transporte le ha sido transferido a bordo: No ocurrirá nada ya que tanto los títulos sencillos como multiviaje nominativos son transferibles a bordo. Se considerará viajero sin billete válido, aplicándose la Tarifa Especial Nº1 o, en su defecto, el apartado 12 de las Condiciones Particulares de Contratación de Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías de Renfe Operadora. Se considerará viajero sin billete válido, aplicándose la Tarifa Especial Nº5 o, en su defecto, el apartado 17 de las Condiciones Generales de Contratación de Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías de Renfe Operadora. No ocurre nada siempre que el título no sea nominativo; en caso contrario se aplicará la Tarifa Especial Nº3 "viajero sin título de transporte válido - mejora de clase - prolongación de recorrido". ¿Qué ocurre cuando el interventor comprueba que el DNI de un viajero NO coincide con el titular de un abono Multiviaje nominativo?. El abono multiviaje se le retira, pudiendo el titular original solicitarlo a la Gerencia de la Dirección de Viajeros Urbanos e Interurbanos, y se procede a la regularización del viaje con arreglo al a T.E. Nº5 para viajeros sin billete válido. Se procede a regularizar el viaje con arreglo a la T.E. Nº5 para viajeros sin billete válido, dando parte a la Dirección de Viajeros Urbanos e Interurbanos. El abono multiviaje se le retira permanentemente, se procede a la regularización del viaje y se sanciona al viajero con arreglo a la T.E. Nº5 para viajeros sin billete válido. El abono multiviaje se le retira, pudiendo el titular original solicitarlo a la Gerencia de la Dirección de Viajeros Urbanos e Interurbanos, y se procede a sancionar al viajero con arreglo a la T.E. Nº5 para viajeros sin billete válido. De acuerdo con la T.E. Nº5, las reclamaciones deberán realizarse: En el plazo de 2 días en la taquilla o por escrito a Renfe Viajeros. En el momento de la expedición, por escrito, a la oficina de la taquilla donde se hubiera expedido. En el momento de la expedición, en la taquilla o, si no hubiera personal, en otra estación o por escrito a cualquier oficina de Renfe-Operadora. En el plazo de 10 días en la taquilla o, si no hubiera personal, en otra estación o por escrito a cualquier oficina de Renfe-Operadora. Si un viajero solicita en una reclamación el reintegro del importe de un billete, y éste ha sido adquirido mediante el consorcio de transportes: La solicitud se tramitará igualmente. La solicitud no se tramitará, debiendo presentarla ante el consorcio de transportes. La solicitud se remitirá al consorcio gestor, con el informe de la estación, para que se analice y resuelva. La solicitud se tramitará, previa resolución del consorcio gestor, que acompañará con un informe valorable. Validez de un billete sencillo: 3 horas siguientes a la hora de su expedición. 4 horas siguientes a la hora de su expedición. Solamente es válido para el primer tren que salga a continuación de su expedición. Ninguna es correcta. Jeje: Ida y Regreso. Ida y Vuelta. ¿Qué peculiaridad tiene el billete de ida y regreso en los núcleos de Barcelona, Bilbao y Madrid?. Que el viaje de regreso debe realizarse dentro de las 2 horas siguientes a la realización del viaje de ida. No existen particularidades en esos tres núcleos, sólo en Barcelona, Madrid y Asturias. Que el viaje de regreso se puede realizar a lo largo del día siguiente al de la emisión, excepto en fines de semana y festivos. Que el viaje de regreso se puede realizar a lo largo del día siguiente al de la emisión. ¿Qué peculiaridad tiene el billete de ida y regreso en el núcleo de Cercanías de Asturias?. Que el viaje de regreso se puede realizar al día siguiente si se ha adquirido en viernes o víspera de festivo. Que el viaje de regreso se puede realizar al día siguiente, excepto si se ha adquirido en viernes o víspera de festivo. Que el viaje de regreso se puede realizar al día siguiente si se ha adquirido en fin de semana o festivo. Que el viaje de regreso se debe realizar dentro de las 2 horas siguientes a la finalización del viaje de ida. Señale la incorrecta respecto al billete de ida y regreso: Es válido para realizar 2 viajes en la fecha figurada en el billete. El trayecto de regreso tiene que ser necesariamente inverso al trayecto de ida. El trayecto de regreso es válido, en general, hasta la finalización del servicio regular del día de su emisión. Los billetes de ida y regreso a precio de billete sencillo se emitirán exclusivamente en los días y relaciones en los que no sean válidos los billetes de ida y vuelta. Señale la incorrecta respecto al billete de ida y vuelta: La vuelta se puede realizar al día siguiente de su emisión en los núcleos de Madrid, Bcn, Bilbao y Asturias. Lleva una reducción de precio sobre el precio de 2 billetes sencillos. La ida es válida durante las 2 horas siguientes a su expedición. Sólo se venden de lunes a viernes no festivos en trayectos en los que no exista bonotren, cesando su venta en aquellos núcleos que implanten el bonotren. Tipos de abonos multiviajes: Bonotren, abono mensual, abono mensual ilimitado, abono estudio, abono trimestral universitario de Madrid, abono trimestral cercanías Barcelona, Tarjeta Studio. Bonotren, abono mensual, bonotren mensual ilimitado, abono estudio, abono trimestral universitario de Madrid, abono trimestral universitario Barcelona, Tarjeta Studio. Bonotren, abono mensual ilimitado, abono estudio, abono trimestral universitario de Madrid, abono trimestral universitario Barcelona, abono trimestral cercanías Barcelona, Tarjeta Studio. Bonotren, abono mensual, abono mensual ilimitado, abono estudio, abono mensual universitario de Madrid, abono anual cercanías Barcelona, Tarjeta Studio. Viajes de abonos multiviaje: Bonotren. Abono mensual. Abono mensual ilimitado. Abono estudio. Abono trimestral universitario Madrid. Abono trimestral Cercanías Barcelona. ¿Cuál de los siguientes abonos multiviaje NO es nominativo?. Abono Mensual. Abono Mensual Ilimitado. Bonotren. Todos los abonos son nominativos. En caso de que el Bonotren se cargue en una TSC Personalizada, ¿pueden viajar varios viajeros?. No, ya que la TSC Personalizada es nominativa. Sí, ya que el Bonotren no es nominativo. Sí, siempre que se formalicen el mismo número de viajes que de viajeros y tengan el mismo origen y destino. Sí, siempre que el titular de la TSC esté presente y viaje con el resto de viajeros. Validez de abonos multiviaje: Bonotren. Abono mensual. Abono mensual ilimitado. Abono estudio. Abono trimestral universitario Madrid. Abono trimestral Cercanías Barcelona. En caso de cancelación manual de un Bonotren por parte del interventor, el procedimiento será: No es posible cancelar manualmente un Bonotren; solo Abono Mensual. Anotar la hora y línea en el espacio reservado para la anotación manual, en orden inverso a la mecanizada y sin coincidir con otra anotación en la misma casilla. Anotar la fecha, hora, estación y línea en el espacio reservado para la impresión mecanizada, en el mismo orden que la mecanizada y coincidiendo con otra anotación en la misma casilla. Anotar la fecha, hora y línea en el espacio reservado para la impresión mecanizada, en orden inverso a la mecanizada y sin coincidir con otra anotación en la misma casilla. Los viajes de un Abono Mensual pueden realizarse: En núcleos con control de acceso, 2 viajes diarios, independientemente del sentido del viaje; núcleos sin control de acceso, 1 viaje de ida + 1 viaje de vuelta. 1 viaje de ida + 1 viaje de vuelta. 2 viajes diarios, independientemente del sentido del viaje. En núcleos con control de acceso, 1 viaje de ida + 1 viaje de vuelta; núcleos sin control de acceso, 2 viajes diarios, independientemente del sentido del viaje. Antelación de compra en abonos multiviaje: Bonotren. Abono mensual. Abono mensual ilimitado. Abono estudio. Abono trimestral universitario Madrid. Abono trimestral Cercanías Barcelona. Núcleos con Abono Estudio: Sevilla, Málaga y Cádiz. Murcia-Alicante, Valencia; a partir de 2012/13 en Cádiz, Málaga y Sevilla. Cadiz, Málaga y Sevilla; a partir de 2012/13 en Murcia-Alicante y Valencia. Bilbao, Asturias, Zaragoza y Coruña-Santiago-Vigo. ¿Pueden los Erasmus adquirir el Abono trimestral universitario de Madrid?. Sí, siempre que estén matriculados en la UAH, UAM Cantoblanco, UC3 o URJC. No, independientemente de la universidad en la que estén matriculados. Sí, independientemente de la universidad en la que estén matriculados. Sí, si tienen residencia en Madrid. ¿Qué trenes están autorizados para circular en Cercanías?. Los trenes de Cercanías, exclusivamente. Cualquier tren que disponga de clase única y Tarifa 1, con paradas en estaciones de origen y destino dentro del núcleo. Trenes de Cercanías y MD que realicen paradas en estaciones de origen y destino dentro del núcleo. Trenes de Cercanías y todos aquellos que dispongan de clase única y Tarifa 1, con paradas en estaciones de origen y destino dentro del núcleo. ¿Puede limitarse, en determinadas circunstancias, el acceso a trenes de cercanías por parte de los viajeros (con billete)?. No, solamente en caso de no presentar un título de transporte válido. Sí, a viajeros con billetes sencillos, ida y vuelta o ida y regreso, a trenes que por acontecimientos especiales se hayan programado adicionalmente al servicio ordinario. Sí, a viajeros con abonos multiviaje, a trenes que por acontecimientos especiales se hayan programado adicionalmente al servicio ordinario. Sí, exclusivamente en Zaragoza, a trenes MD con Tarifa 1, 2 o 4 que tienen asignada parada dentro del núcleo, a viajeros con billetes sencillos, ida y vuelta o ida y regreso. ¿Qué valor de partida se utiliza para el cálculo de precios con descuento en Cercanías?. El precio del billete sencillo, únicamente, al que se le aplica un coeficiente reductor, redondeando siempre a múltiplos de 5 céntimos. El precio del viaje de Bonotren (precio bonotren / 10), al que se le aplica un coeficiente reductor, redondeando siempre a múltiplos de 10 céntimos. El precio del viaje de ida y vuelta con descuento sobre 2 sencillos, menos el porcentaje fijo del 20%. El precio del billete sencillo, únicamente, al que se le aplica un porcentaje de descuento que varía en función del núcleo y la anticipación de compra, redondeando siempre a múltiplos de 5 céntimos. Señale la incorrecta: Las TSC "Renfe&Tú": Tienen un aspecto similar a una tarjeta de crédito, con un chip electrónico que carga los títulos de transporte de Cercanías. La TSC pasa a ser el billete en sí, abriendo el paso sobre los sistemas de control. Existen dos tipos: Personalizada y No Personalizada. Las TSC Personalizadas son de plástico y valen 2€, frente a las No Personalizadas, que son de cartón y valen 0,50€. ¿Es posible prolongar el viaje dentro o fuera del núcleo de Cercanías?. Sí, previa comunicación y regularización en la estación de origen, excepto en Asturias. Sí, previa comunicación y regularización en la estación de origen, excepto en Madrid y Barcelona. Sólo es posible prolongar el viaje dentro del núcleo de Cercanías, previa comunicación y regularización en la estación de origen o en ruta. Sí, previa comunicación y regularización del viaje en ruta, excepto en Madrid y Barcelona. ¿Cuál es el procedimiento a seguir para prolongar el viaje dentro del núcleo de Cercanías?. En ruta, se abona un billete complementario que se calcula tomando como zona de origen la última estación en la que el tren paró, y tasando por zonas o kilometraje hasta el destino, con excepción de Asturias. En la estación de destino, se abona un billete complementario que se calcula tomando como zona de origen la última estación para la que el billete original fuera válido, y tasando por zonas o kilometraje hasta donde el viajero se ha apeado. En ruta, se abona la totalidad de un billete sencillo desde la estación de origen del viajero hasta la de destino, descontándose el precio del billete original. En la estación de origen, se abona un billete complementario que se calcula tomando como zona de origen la última estación para la que el billete original sea válido, y tasando por zonas o kilometraje, excepto en Madrid y Barcelona. Condiciones de prolongación de viaje fuera del núcleo de Cercanías: Ninguna es correcta. Abono de la totalidad del precio del viaje desde el origen hasta el destino a Tarifa 1 de Media Distancia, descontándose el importe previamente abonado, excepto en títulos multiviaje, que no admiten prolongación fuera del núcleo. No es posible la prolongación fuera del núcleo. Abono de un billete complementario, tomando como estación de origen la última para la cual el billete original fuera válido y tasando por zonas o kilometrajes hasta la estación de destino, descontándose el importe previamente abonado al billete complementario, y con excepción de abonos trimestrales o abonos estudio, que no admiten prolongación fuera del núcleo. En Cercanías, si un viajero desprovisto de título de transporte válido se niega a al pago inmediato del billete sencillo más el recargo previsto, estará sujeto a: Título VII, Art. 90 de la Ley del Sector Ferroviario 39/2003. Modificación de la ley 39/2003 del Sector Ferroviario, recogida en la Ley 15/2009. Título III, Capítulo IV, Sección I, Art. 90 del Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario. Todas son correctas. ¿Dónde está establecido el recargo previsto para los viajeros sin título de transporte válido?. En las Condiciones Generales del Contrato de Transporte con Viajeros de Cercanías con la empresa ferroviaria Renfe Operadora. En las Condiciones Particulares del Contrato de Transporte con Viajeros de Cercanías con la empresa ferroviaria Renfe Viajeros. En el Título VII, Art. 90 de la Ley del Sector Ferroviario 39/2003. En la Modificación de la Ley 39/2003 del Sector Ferroviario, recogida en la Ley 15/2009. En lo previsto para viajeros sin título de transporte válido, ¿qué ocurre en aquellos núcleos integrados total o parcialmente en consorcios de transporte?. Nada, se sancionará como está previsto en el resto de núcleos. Se podrá adoptar como importe la sanción establecida por el Consorcio, como en el núcleo de Barcelona. Se podrá sumar el importe de la sanción establecida por el Consorcio a la de Renfe, como en el núcleo de Barcelona. Se podrá elegir entre sancionar con el importe establecido por el Consorcio o por el de Renfe, como en el núcleo de Madrid. ¿Está autorizada la detención en ruta?. Sí, en casos excepcionales en los que el viajero suponga un peligro para el resto de viajeros, el personal, las instalaciones o para sí mismo. No, en ningún caso. No, excepto si el viajero supone un peligro para el resto de viajeros. Sí, en casos excepcionales en los que el viajero infrinja lo establecido en las PRR. De acuerdo con la Tarifa Especial Nº5, en caso de pérdida, robo o extravío del billete o abono: Sólamente en caso de abonos nominativos se podrá duplicar o emitir un justificante de viaje. No se facilitará duplicado ni justificante, excepto para títulos emitidos en TSC personalizadas, en cuyo caso deberá ser adquirida otra tarjeta. No admite reemisión. Solamente en caso de abonos nominativos, acreditando la identidad el viajero, podrá duplicarse, actualizándose el saldo. ¿Pueden reintegrarse los Títulos Multiviaje?. Solamente si se presentan para su anulación antes del comienzo de su periodo de validez. No, nunca. Sí, en cualquier caso. Solo los nominativos. |