TEMA 4-Decreto 104
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El decreto 104 tiene por objeto. Establecer y regular los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidsd e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centrosdocentes se constituyan en elementis dinamizadores de la transfiracion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de mayir vulnerabilidad y riesgo de exclusion. Establecer los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidsd e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centrosdocentes se constituyan en elementis dinamizadores de la transfiracion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de mayir vulnerabilidad y riesgo de exclusion. Regular los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidsd e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centrosdocentes se constituyan en elementis dinamizadores de la transfiracion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de mayir vulnerabilidad y riesgo de exclusion. Establecer y regular los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidsd e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centrosdocentes se constituyan en elementis dinamizadores de la transfiracion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de menor vulnerabilidad y riesgo de exclusion. En el marco de la Comunidad Valenciana ¿dónde se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano?: a) Ley 1/2206. b) Decreto 132 /2020. c) Decreto 104/2018. d) Orden 20/2019. El decreto 104 tiene por objeto. Establecer y regular los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centros docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformacion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de mayor vulnerabilidad y riesgo de exclusion. Establecer los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sustema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidsd e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centrosdocentes se constituyan en elementis dinamizadores de la transfiracion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de mayir vulnerabilidad y riesgo de exclusion. Establecer los principios en el desarrollo al modelo inclusivo en el sistema social Valenciano para los principios de equidad e igualdad de oportunidades al acceso, participación, permanencia y proceso del alumno y que los centros docentes se transformen en dinamizadores hacia la igualdad para todos/as. Establecer y regular los principios y actuaciones encamibadas al desarrollo de un modelo inclusivo en el sistema educativo valenciano para hacer efectivos los principios de equidad e igualdad de oportunidades en el acceso,participacion, permanencia y progreso de todo el alumnado y conseguir que los centros docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformacion social hacia la igualdad y la plena inclusion de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentren en situacion de menor vulnerabilidad y riesgo de exclusion. El ambito de aplicacion del decreto 104 sera. Los centros docentes sostenidos con fondos publicos de niveles educativos no universitarios ,los centros privados no sostenidos con fondos publicos tambien deberan desarrollar una educacin inclusiva. Los centros docentes sostenidos con fondos publicos de niveles educativos universitarios ,los centros privados no sostenidos con fondos publicos tambien deberan desarrollar una educacin inclusiva. Los centros docentes sostenidos con fondos publicos de niveles educativos no universitarios ,los centros privados sostenidos con fondos publicos tambien deberan desarrollar una educacin inclusiva. Los centros docentes sostenidos con fondos publicos de niveles educativos no universitarios ,los centros privados sostenidos con fondos publicos y los centros privados no sostenidos con fondos publicos tambien deberan desarrollar una educacin no inclusiva. Principios generales de la educacion inclusiva, art3. Parte de la base de que cada alumno tiene necesidades unicas y la consideracion de la diversidad como valor positivo que mejora y enriquece el proceso de aprendizaje y enseñanza . Tiene como propisito dar respuesta educativa que favorezca al maximo el desarrollo de todo el alumnado y elimine todas las formas de exclusion, desigualdad y vulnerabilidad , teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entirnos seguros ,saludables, sostenibles y democraticos en los qye todas las personas sean valoradas por igual. Supone garantizar la igualdad de oportunidsdes en el acceso, la participacion y el aprendizaje del alumno en contextos comunes y al mismo tiempo posibilita el aprendizaje a lo largo de la vida. Tiene como propisito dar respuesta educativa que favorezca al maximo el desarrollo de todo el alumnado y elimine todas las formas de exclusion, desigualdad y vulnerabilidad , teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entirnos seguros ,saludables y sostenibles. ¿En el cuál de las siguientes normas se indica que “La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene necesidades únicas y la consideración de la diversidad como un valor positivo que mejora y enriquece el proceso de aprendizaje y enseñanza”?. a) Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de las personas con discapacidad. b) Plan Valenciano de Inclusión y Cohesión Social. c) Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. d) Orden 20/2019, de 30 de abril de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano. La educación inclusiva según la UNESCO es concebida como un proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de: a) Una mayor participación en el aprendizaje. b) Las actividades culturales y comunitarias. c) Reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo. d) Todas son correctas. Señale cuál es el ámbito de aplicación del Decreto 104/2018, según el artículo 2: a) Todos los centros docentes educativos públicos y privado. b) Todos los centros privados de acuerdo con lo que marquen las leyes Estatales. c) Todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos de niveles educativos no universitarios del sistema educativo valenciano. d) Todos los centros docentes educativos públicos y universitarios. La educación inclusiva parte de la base de que cada alumno/a: a) Tiene necesidades únicas. b) Tiene necesidades parecidas. c) Posee valores que enriquecen su proceso de aprendizaje. d) De que el alumno es un ser holístico. Según el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: a) El ámbito de aplicación son todos los centros docentes no universitarios y universitarios del sistema educativo valenciano. b) El objeto del presente decreto busca, entre otros objetivos, conseguir que los centros docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformación social hacia la igualdad y la plena inclusión de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de exclusión. c) La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene respuestas únicas que van en detrimento del proceso de aprendizaje y enseñanza. d) El modelo de educación inclusiva debe estar presente solo en los planes, programas y actuaciones que los centros desarrollan en los grupos con alumnado que presente necesidades educativas especiales. Uno de los siguientes NO es un principio general del Decreto 104/2018, de 27 de julio: a) La educación inclusiva tiene como propósito dar una respuesta educativa que favorezca el máximo desarrollo de todo el alumnado, y elimine todas las formas de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad, teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entornos seguros, saludables, sostenibles y democráticos, en los que todas las personas sean valoradas por igual. b) La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene necesidades parecidas y la consideración de la diversidad como un valor positivo que mejora y enriquece el proceso de aprendizaje y enseñanza. c) La escuela inclusiva requiere un análisis y reflexión sobre las barreras que generan desigualdades, la planificación de las actuaciones de mejora, la aplicación de los cambios de manera eficaz y la evaluación de su impacto, desde la perspectiva que el camino hacia la inclusión es un proceso continuo de mejora. d) El modelo de educación inclusiva debe estar presente en todos los planes, programas y actuaciones que los centros desarrollan en todas las etapas y niveles educativos que impartan. Uno de los siguientes NO es un principio general del Decreto 104/2018, de 27 de julio: a) La educación inclusiva tiene como propósito dar una respuesta educativa que favorezca el máximo desarrollo de todo el alumnado, y elimine todas las formas de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad, teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entornos seguros, saludables, sostenibles y democráticos, en los que todas las personas sean valoradas por igual. b) La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene necesidades casi unicas y la consideración de la diversidad como un valor positivo que mejora y enriquece el proceso de aprendizaje y enseñanza. c) La educación inclusiva supone garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso, la participación y el aprendizaje del alumnado en contextos comunes y, al mismo tiempo, posibilita el aprendizaje a lo largo de toda la vida. d) La escuela inclusiva requiere un análisis y reflexión sobre las barreras que generan desigualdades, la planificación de las actuaciones de mejora, la aplicación de los cambios de manera eficaz y la evaluación de su impacto, desde la perspectiva que el camino hacia la inclusión es un proceso continuo de mejora. Uno de los siguientes NO es un principio general del Decreto 104/2018, de 27 de julio: a) La educación inclusiva tiene como propósito dar una respuesta educativa que favorezca el máximo desarrollo de todo el alumnado, y elimine todas las formas de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad, teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entornos seguros, saludables, sostenibles y democráticos, en los que todas las personas sean valoradas por igual. b) La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene necesidades parecidas y la consideración de la diversidad como un valor positivo que mejora y enriquece el proceso de aprendizaje y no enseñanza. c) La escuela inclusiva requiere un análisis y reflexión sobre las barreras que generan desigualdades, la planificación de las actuaciones de mejora, la aplicación de los cambios de manera eficaz y la evaluación de su impacto, desde la perspectiva que el camino hacia la inclusión es un proceso continuo de mejora. d) El modelo de educación inclusiva debe estar presente en todos los planes, programas y actuaciones que los centros desarrollan en todas las etapas y niveles educativos que impartan. Uno de los siguientes NO es un principio general del Decreto 104/2018, de 27 de julio: a) La educación inclusiva comporta la participación de toda la comunidad educativa, lo que contribuye a la cohesión de toda las personas miembros y desarrolla las competencias sociales y emocionales, la ayuda mutua y la resolución pacífica de conflictos, que deben ser objeto de trabajo Implícito y sistemático. b) La escuela inclusiva requiere que los espacios, servicios, procesos, materiales y productos puedan ser utilizados por todo el alumnado y por las personas miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación y se incorporen las condiciones que aseguren la accesibilidad física, cognitiva, sensorial y emocional. c) La educación inclusiva requiere la aplicación flexible de múltiples recursos –organizativos, curriculares, materiales y personales– para atender las situaciones en que el alumnado necesita algún tipo de apoyo, ya sea de manera transitoria o a lo largo de toda la escolaridad, optando siempre que sea posible por actuaciones ordinarias, sin perjuicio de que determinado alumnado pueda requerir también medidas de carácter más específico. d) La orientación educativa es un elemento sustancial en el proceso hacia la inclusión, que da apoyo a la evaluación y a la intervención educativa, y contribuye a la dinamización pedagógica, a la calidad y a la innovación. La educación inclusiva requiere la aplicación flexible de múltiples recursos de tipo: a) Organizativo. b) Curriculares. c) Materiales y personales. d) Todas son correctas. En virtud del artículo 3 del Decreto 104/2018, la educación inclusiva tiene como propósito dar una respuesta educativa que favorezca el máximo desarrollo de todo el alumnado, y el elimine todas las formas de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad, teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro del entornos seguros, saludables, sostenibles y: a) Vigilados. b) Democráticos. c) Familiares. d) Acogedores. Según el artículo 3: De acuerdo con el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, en el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. La educación inclusiva tiene como propósito: a) Adoptar el término inclusión educativa como sinónimo de integración, ,revocando el término sin modificar el concepto en su esencia. b) Dar una respuesta educativa que favorezca el máximo desarrollo de todo el alumnado , y elimine todas las formas de exclusión, desigualdad y vulnerabilidad, teniendo en cuenta un modelo coeducativo, dentro de entornos seguros, saludables, sostenibles y democrático, en los que todas las personas sean valoradas por igual. c) Fomentar la participación única del profesorado en todas las decisiones relacionadas con la atención educativa al alumnado con necesidades especiales, puesto que es lo que contribuye a la cohesión de todas las personas pertenecientes a la comunidad educativa. d) Considerar que la diversidad empeora y empobrece el proceso de aprendizaje y enseñanza, sobre todo en el alumnado que no requiere apoyos personales. La educación inclusiva comporta la colaboración con otros sectores; indique cual no es un sector de colaboración: a) Ámbito de la salud. b) Bienestar social. c) Servicios jurídicos. d) Servicios de protección a la infancia y adolescencia. ART.3 La escuela inclusiva requiere que los espacios, servicios, procesos, materiales y productos puedan ser utilizados por todo el alumnado y por las personas miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de discriminación y se incorporen las condiciones que aseguren la accesibilidad física, cognitiva, sensorial y. emocional. personal. pedagógica. social. Las líneas generales de actuación que caracterizan el modelo de escuela inclusiva y garantizan el desarrollo de sus principios son (señale lo incorrecto): a) La identificación y la eliminación de barreras en el contexto. b) La movilización de recursos para dar respuesta a la diversidad. c) El compromiso con los demás y la diversidad. d) El desarrollo de un currículo para la inclusión. E)el compromiso con la cultura y los valores inclusivos. Según el artículo 4 del del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, el primer elemento de actuación hace referencia: a) A la movilización de recursos que aumente la capacidad del centro escolar para responder a la diversidad del alumnado y al hecho de ofrecer propuestas flexibles en la organización y en la provisión de apoyos para la personalización y la individualización de la enseñanza, que dé respuesta a las necesidades para la inclusión del conjunto del alumnado. b) A la identificación y la eliminación de barreras que pueden estar presentes en el contexto escolar y sociocultural y en todas las dimensiones que definen la escuela inclusiva: las culturas; los procesos de planificación, la organización y el funcionamiento y las prácticas. c) Al hecho de asumir un compromiso con la cultura y los valores de la educación inclusiva, e implementarlos de manera sistemática y planificada en las prácticas educativa. d) Al desarrollo de un currículo para la inclusión. La estructura y el contenido del currículo deben responder a los principios de relevancia, de pertinencia y de sostenibilidad. Según el artículo 4 del del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, el segundo elemento de actuación hace referencia: a) A la movilización de recursos que aumente la capacidad del centro escolar para responder a la diversidad del alumnado y al hecho de ofrecer propuestas flexibles en la organización y en la provisión de apoyos para la personalización y la individualización de la enseñanza, que dé respuesta a las necesidades para la inclusión del conjunto del alumnado. b) Al hecho de asumir un compromiso con la cultura y los valores de la educación inclusiva, e implementarlos de manera sistemática y planificada en las prácticas educativa. c) Al desarrollo de un currículo para la inclusión. La estructura y el contenido del currículo deben responder a los principios de relevancia, de pertinencia y de sostenibilidad. Según el artículo 4 del del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, el TERCER elemento de actuación hace referencia: a) A la movilización de recursos que aumente la capacidad del centro escolar para responder a la diversidad del alumnado y al hecho de ofrecer propuestas flexibles en la organización y en la provisión de apoyos para la personalización y la individualización de la enseñanza, que dé respuesta a las necesidades para la inclusión del conjunto del alumnado. b) Al hecho de asumir un compromiso con la cultura y los valores de la educación inclusiva, e implementarlos de manera sistemática y planificada en las prácticas educativa. c) Al desarrollo de un currículo para la inclusión. La estructura y el contenido del currículo deben responder a los principios de relevancia, de pertinencia y de sostenibilidad. El cuarto elemento hace referencia al desarrollo de un currículo para la inclusión. La estructura y el contenido del currículo deben responder a los principios de … (señale lo incorrecto): a) Relevancia. b) Preferencia. c) Pertinencia. d) Sostenibilidad. Según el artículo 4: Para la gestión del currículo, tanto en los procesos de planificación como en su desarrollo, se ha de tener presente la diversidad de todo el alumnado y cumplir con unos requisitos: (señale lo correcto): a) Estimular la motivación y la implicación del alumnado en su proceso de aprendizaje y permitir que se sienta reconocido y representado. b) Aplicar medios de representación y de expresión múltiples y diversos que posibiliten las individualizaciones y personalizaciones para dar respuesta a los diferentes ritmos de aprendizaje, motivaciones, intereses y circunstancias del alumnado. c) Complementar contenidos y criterios de evaluación referentes al conocimiento, el respeto y la valoración de la diversidad personal, social y cultural, así como a la perspectiva, identidad y expresión de género y a la diversidad sexual y familiar existente en la sociedad, que se incorporen de manera transversal en todas las áreas, materias y módulos del currículo. d) Utilizar metodologías activas y secuencias didácticas disciplinarias e interdisciplinarias que promuevan la interacción, la colaboración y la cooperación, que aprovechen los recursos del entorno y que preparen al alumnado para la participación social y la inserción laboral. e) Establezcan y formalicen las relaciones con el entorno para que los centros educativos aprovechen las redes de recursos sociales y culturales de la comunidad y, a su vez, se transformen en un recurso comunitario. e) Aplicar procesos e instrumentos participativos de evaluación del alumnado que tengan en consideración todos los elementos que intervienen e influyen en el proceso de aprendizaje y que faciliten la planificación de la respuesta educativa, la identificación y la organización de los apoyos y, en última instancia, la titulación del alumnado o la acreditación de las competencias alcanzadas, para facilitar su inserción sociolaboral. f) Seleccionar y elaborar materiales curriculares y didácticos que promuevan la interacción, permitan diversos niveles de participación y aprendizaje, utilicen opciones múltiples de motivación, representación de la información y expresión y respeten los criterios de accesibilidad, igualdad, no discriminación y sostenibilidad. g) Realizar las adaptaciones del área, la materia o el módulo de los programas específicos de atención a la diversidad tomando como referencia las programaciones didácticas del nivel. Asimismo, las adaptaciones curriculares individuales significativas deben tener como referencia las unidades didácticas del grupo-clase. Según el artículo 5: Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, la consellería competente en materia de educación debe desarrollar unas acciones; señale la incorrecta: 1. Establecer los criterios, indicadores, procedimientos y modelos para efectuar el proceso de análisis e identificación de los factores que favorecen y dificultan la inclusión en los centros docentes y en las políticas que lleva a cabo la conselleria competente en materia de educación. 2. Diseñar y proporcionar a los centros educativos los protocolos, las directrices y las orientaciones necesarias para facilitar la implantación del modelo inclusivo y la respuesta a la diversidad. 3. Disponer las condiciones que posibiliten la accesibilidad física, sensorial, cognitiva y emocional de los centros docentes y de los servicios educativos. 4. Proveer los medios humanos y materiales necesarios, la oferta de escolarización y los ajustes razonables para hacer efectiva la inclusión de todo el alumnado en condiciones de equidad y calidad, y dar respuesta a la diversidad de capacidades, intereses, motivaciones y otras circunstancias personales, familiares y sociales. 5. Elaborar e implantar proyectos educativos y planes de actuaciones con los principios de una escuela educativa. Según el artículo 5: Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, la consellería competente en materia de educación debe desarrollar unas acciones; señale la incorrecta: 1. Incorporar fórmulas flexibles de escolarización, tanto en la modalidad presencial como en la modalidad a distancia. 2. Disponer becas y ayudas al estudio que garanticen la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación y compensen las situaciones de desventaja en el acceso y permanencia en el sistema educativo. 3. Planificar la oferta formativa necesaria y regular las actuaciones en las etapas postobligatorias para dar respuesta a la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones, con el fin de que el alumnado consiga un nivel de cualificación que aumente sus posibilidades de inserción sociolaboral o pueda continuar sus estudios. 4. Establecer planes para combatir el absentismo escolar y el abandono prematuro y facilitar vías de reincorporación al sistema educativo que posibiliten el aprendizaje a lo largo de la vida. 5. Elaborar e implantar proyectos educativos y planes de actuaciones con los principios de una escuela educativa. 6.Realizar, junto a otras administraciones y entidades, acciones preventivas encaminadas a sensibilizar y tomar conciencia de la diversidad, a respetar y aceptar las diferencias y a erradicar la violencia de género y cualquier otra forma de violencia por causa de intolerancia. Según el artículo 5: Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, la consellería competente en materia de educación debe desarrollar unas acciones; señale la incorrecta: 1. Incorporar fórmulas flexibles de escolarización, tanto en la modalidad presencial como en la modalidad a distancia. 2. Disponer becas y ayudas al estudio que garanticen la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación y compensen las situaciones de desventaja en el acceso y permanencia en el sistema educativo. 3. Planificar la oferta formativa necesaria y regular las actuaciones en las etapas postobligatorias para dar respuesta a la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones, con el fin de que el alumnado consiga un nivel de cualificación que aumente sus posibilidades de inserción sociolaboral o pueda continuar sus estudios. 4. Establecer planes para combatir el absentismo escolar y el abandono prematuro y facilitar vías de reincorporación al sistema educativo que posibiliten el aprendizaje a lo largo de la vida. 5. Elaborar junta con implantar proyectos educativos y planes de actuaciones con los principios de una escuela educativa. 6.Realizar, junto a otras administraciones y entidades, acciones preventivas encaminadas a sensibilizar y tomar conciencia de la diversidad, a respetar y aceptar las diferencias y a erradicar la violencia de género y cualquier otra forma de violencia por causa de intolerancia. Según el artículo 5: Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, la consellería competente en materia de educación debe desarrollar unas acciones; señale la incorrecta: 1. Garantizar la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijas e hijos, en los procesos de evaluación de los centros docentes y en el desarrollo del proyecto educativo. 2. Organizar dispositivos de información, orientación y asesoramiento integral a las familias del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y otras necesidades, para que conozcan los medios y recursos que tienen a su alcance para dar respuesta a las necesidades de sus hijas e hijos en los diferentes ámbitos. 3. Asegurar la participación activa del profesorado en la orientación del alumnado y el asesoramiento de las familias durante todo el proceso de aprendizaje de sus hijas e hijos. 4. Garantizar la participación de todo el alumnado, tanto por lo que respecta a su presencia en los diferentes espacios y actividades, como en la toma de decisiones sobre los procesos que afectan a la gestión del centro, a su proceso de aprendizaje y al desarrollo personal. 5.Poner en marcha planes de sensibilización y toma de conciencia dirigidos a la comunidad educativa que tengan como finalidad el desarrollo de actitudes y comportamientos que promuevan la convivencia pacífica, el respeto a la diversidad, la igualdad y la inclusión de todas las personas. 6.Establecer los procedimientos para la supervisión y evaluación de la inclusión en los centros docentes y en las políticas llevadas a cabo por la conselleria competente en materia de educación. Según el artículo 6: Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, los centros docentes deben desarrollar acciones como: a) Diseñar todas sus actuaciones considerando que algunos alumnos no pueden participar y aprender. b) Llevar a cabo, dentro del ámbito de sus competencias, las actuaciones que posibiliten la accesibilidad física, sensorial, cognitiva emocional de toda la comunidad educativa. c) poner en marcha planes de sensibilización y toma de conciencia dirigidos a la comunidad educativa previa autorización de la Conselleria de educación, Cultura y Deporte. d) Favorecer la participación pasiva del alumno y sus familias. Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, los centros docentes, especialmente los órganos de gobierno, coordinación y participación deben desarrollar una de las siguientes acciones:señala la incorrecta: 1. Analizar los factores que favorecen o dificultan la inclusión educativa, a partir de las directrices y los indicadores facilitados por la conselleria competente en materia de educación. 2. Elaborar e implementar su proyecto educativo y el plan de actuación para la mejora de acuerdo con los principios de la escuela inclusiva. 3. Diseñar todas sus actuaciones considerando que todo el alumnado pueda participar y aprender. 4. Planificar, adecuar y disponer la organización, las condiciones, las medidas y los apoyos que permiten el máximo nivel de inclusión de todo el alumnado. 5. Llevar a cabo, dentro del ámbito de sus competencias, las actuaciones que posibiliten la accesibilidad física, sensorial, cognitiva y emocional de toda la comunidad educativa. 6. Gestionar adecuadamente los medios humanos y materiales de los que se dispone con criterios de calidad, eficacia, eficiencia y sostenibilidad. 7. Implementar actuaciones preventivas y activar, en primera instancia, las medidas generales u ordinarias con el fin de garantizar la inclusión de todo el alumnado. 8.Garantizar la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijas e hijos, en los procesos de evaluación de los centros docentes y en el desarrollo del proyecto educativo. Con el fin de asegurar la implantación y el desarrollo de un modelo educativo inclusivo, los centros docentes, especialmente los órganos de gobierno, coordinación y participación deben desarrollar una de las siguientes acciones:señala la incorrecta: 1. Poner en marcha planes de sensibilización y toma de conciencia dirigidos a la comunidad educativa que tengan como finalidad el desarrollo de actitudes y comportamientos que promuevan la convivencia pacífica, el respeto a la diversidad, la igualdad y la inclusión de todas las personas. 2. Incorporar en su planificación las actuaciones que hacen posible el desarrollo de un modelo coeducativo y un espacio escolar libre de todo tipo de desigualdad o mecanismos discriminatorios por razón de sexo. 3.Planificar y participar en acciones formativas dirigidas al conjunto de profesionales del centro, con el fin de adquirir las competencias necesarias para desarrollar el modelo inclusivo y diseñar proyectos de innovación que lo generalicen y lo actualicen. 4. Establecer procedimientos de autoevaluación y mejora de los procesos de aprendizaje y enseñanza y de todas las actuaciones que hacen posible la implantación del modelo de escuela inclusiva, con la implicación del profesorado y de toda la comunidad educativa. 5. Abrir el centro educativo a su entorno mediante la colaboración en el desarrollo de planes y programas de desarrollo comunitario, el aprovechamiento de los recursos del contexto y la participación en redes de trabajo y de intercambio de experiencias con otros centros educativos o entidades. 6. Abrir el centro educativo a su entorno mediante la colaboración en el desarrollo de planes y programas de desarrollo comunitario, el aprovechamiento de los recursos del contexto y la participación en redes de trabajo y de intercambio de experiencias con otros centros educativos o entidades. 7. Favorecer la participación activa del alumnado, las familias, la comunidad educativa en general y los agentes del entorno, en la elaboración, puesta en marcha y revisión de iniciativas que tienen como finalidad dar apoyo y promover la equidad y la educación inclusiva. 8.Garantizar la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijas e hijos, en los procesos de evaluación de los centros docentes y en el desarrollo del proyecto educativo. 9.Facilitar la orientación y el asesoramiento al alumnado y a las familias en los procesos de desarrollo personal, académico y profesional. Según el artículo 7 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell , los centros docentes concretarán y organizarán, dentro de su proyecto educativo y el plan de actuación para la mejora (PAM), las medidas para hacer efectiva esta participación, que deberán ajustarse a: a) A las necesidades, las características y la diversidad de las familias. b) A la realidad del centro y del entorno social y cultural. c) Sin descuidar especialmente la atención a las familias que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad. d) Todas son correctas. La participación del alumnado en las actividades de grupo y del centro ¿en cuál de los siguientes artículos del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano se encuentra?. a) Artículo 4. b) Artículo 8. c) Artículo 17. d) Artículo 20. Según el artículo 8 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, cual es la incorrecta. a) Solo el alumnado que no presenta necesidades educativas especiales tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación. b) La conselleria competente en materia de educación establecerá las medidas para que el alumnado reciba la información necesaria, sea escuchado y participe en las decisiones que afectan a su proceso de aprendizaje, en determinados aspectos de la gestión del centro y en el desarrollo y la evaluación del proyecto educativo. c) Los centros docentes concretarán las medidas para hacer efectiva dicha participación de acuerdo con el reglamento orgánico y funcional vigente y la normativa vigente que regula, organiza y da competencias al consejo escolar de centro y al consejo escolar municipal. d) Todo el alumnado tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación. articulo 9 Dentro del ámbito de los consejos escolares municipales, con el fin de garantizar el trabajo colaborativo dirigido a la inclusión, se elaborarán. planes de entorno. planes integrales. planes de diversidad. planes de inclusion. La conselleria competente en materia de educación coordinará la elaboración de. un mapa de prestaciones y recursos comunitarios. planes de entorno. planes de diversidad. planes de integracion. La Administración de la Generalitat desarrollará, mediante actuaciones conjuntas entre las instituciones autonómicas y locales. un mapa de prestaciones y recursos comunitarios. planes de entorno. programas o medidas de actuación integral. planes de integracion. En referencia al artículo 11 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, todos los elementos del proyecto educativo de centro (PEC): a) Deben tener los principios y líneas de actuación del modelo inclusivo dando respuesta a la diversidad y necesidades del alumno en el contexto Social. b) Deben tener los principios y líneas de actuación del modelo inclusivo dando respuesta a la diversidad y necesidades del alumno en el contexto Socio-Comunitario. c) Deben tener los principios y líneas de actuación del modelo inclusivo dando respuesta a la diversidad y necesidades del alumno en el contexto Familiar. d) deben tener los principios y líneas de actuación del modelo inclusivo dando respuesta a la diversidad y necesidades del alumno en el contexto Sociosanitario. Los resultados de la evaluación del xxx formarán parte de la memoria anual del centro y servirán para que los órganos colegiados de gobierno, de coordinación y de participación, de manera consensuada, prioricen las actuaciones que se deben incorporar al plan de actuación para la mejora del curso siguiente. El proyecto educativo. Plan de actuación para la mejora. El plan de actuación personalizado. todas son correctas. Constituyen la parte pedagógica de la programación general anual (PGA) y está formado por el conjunto de actuaciones planificadas por un centro con el fin de mejorar la calidad educativa, a partir de las necesidades identificadas en el proceso de evaluación continua…(Artículo 12). a) Plan de refuerzo. b) Plan de actuación para la mejora. c) Programa de aula compartida. d) Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Entre las actuaciones a poner en marcha, de acuerdo con la regulación de las diferentes etapas educativas, se preverán las siguientes:señala la incorrecta. a) La concreción anual del currículo y de todos los planes que forman parte del proyecto educativo del centro. c) La organización de grupos flexibles heterogéneos. b) La organización de los grupos con criterios exclusivos. d) La organización de actividades de refuerzo y de profundización. f) La organización de la optatividad. h) Las actividades complementarias. i) El programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR). j) El programa de refuerzo para el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria (PR4). k) El programa de aula compartida (PAC).g) La organización de las horas de libre disposición del centro. profundización. l) Otras actuaciones curriculares, de acceso y de participación autorizadas por la conselleria competente en materia de educación para dar respuesta a las necesidades del alumnado. Según el artículo 13 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: a) La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo de la manera más temprana posible, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos e iniciar la respuesta educativa tan pronto como sea posible. b) La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo en el primer trimestre de cada año académico, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos. c) La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo al finalizar cada año académico, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos para el siguiente año académico. d) La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo cuando lo soliciten los progenitores del alumnado, con el fin de preservar la integridad e intimidad de la familia de dicho alumnado. Según el artículo 13 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: a) La identificación previa a la escolarización de las condiciones y circunstancias de vulnerabilidad se realizará por los servicios con competencias en sanidad, igualdad y políticas inclusivas, que deberán poner la información en conocimiento de los servicios especializados de orientación, para que determinen las necesidades educativas del alumnado y pueda articularse la respuesta educativa más adecuada desde el mismo momento en que se inicie la escolaridad, en los términos que determinen las administraciones educativas. b) La identificación previa a la escolarización de las condiciones y circunstancias de vulnerabilidad se realizará por el profesorado, que deberán poner la información en conocimiento de los servicios especializados de orientación, para que determinen las necesidades educativas del alumnado y pueda articularse la respuesta educativa más adecuada desde el mismo momento en que se inicie la escolaridad, en los términos que determinen las administraciones educativas. c) La identificación previa a la escolarización de las condiciones y circunstancias de vulnerabilidad se realizará por los servicios servicios especializados de orientación, que deberán poner la información en conocimiento de los servicios especializados de orientación, para que determinen las necesidades educativas del alumnado y pueda articularse la respuesta educativa más adecuada desde el mismo momento en que se inicie la escolaridad, en los términos que determinen las administraciones educativas. d) ninguna es correcta. Según el artículo 13 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: a)La identificación de las necesidades específicas de apoyo educativo corresponde a los servicios especializados de orientación. Cuando el alumnado requiere una respuesta personalizada e individualizada que comporta medidas curriculares extraordinarias o apoyos especializados, es preceptivo que los servicios especializados de orientación efectúen una evaluación socio psicopedagógica y emitan el informe socio psicopedagógico correspondiente, que habrá de determinar la intensidad y duración de los apoyos y aportar orientaciones para elaborar el plan de actuación personalizado (PAP). b) La identificación de las necesidades específicas de apoyo educativo corresponde a los servicios especializados de orientación. Cuando el alumnado requiere una respuesta personalizada e individualizada que comporta medidas curriculares extraordinarias o apoyos especializados, es preceptivo que los servicios especializados de orientación efectúen una evaluación socio psicopedagógica y emitan el informe socio psicopedagógico correspondiente, que habrá de determinar la intensidad y duración de los apoyos y aportar orientaciones para elaborar el plan de actuación personalizado (PAM). c) La identificación de las necesidades específicas de apoyo educativo corresponde a el profesorado. Cuando el alumnado requiere una respuesta personalizada e individualizada que comporta medidas curriculares extraordinarias o apoyos especializados, es preceptivo que los servicios especializados de orientación efectúen una evaluación socio psicopedagógica y emitan el informe socio psicopedagógico correspondiente, que habrá de determinar la intensidad y duración de los apoyos y aportar orientaciones para elaborar el plan de actuación personalizado (PAP). d) ninguna es correcta. El plan de actuación para la mejora constituye: a) La parte evaluadora del plan general anual. b) La parte socio-comunitaria de esa plan para la mejora. c) La parte pedagógica de la programación general anual (PGA). d) Ninguna es correcta. Según el artículo 12: Constituyen la parte pedagógica de la programación general anual (PGA) y está formado por el conjunto de actuaciones planificadas por un centro con el fin de mejorar la calidad educativa, a partir de las necesidades identificadas en el proceso de evaluación continua. a) Plan de refuerzo. b) Plan de actuación para la mejora. c) Programa de aula compartida. d) Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. El PMAR es: a) Programa mensual de aprendizaje raído. b) Programa de mejora de alumnos reestructurados. c) Programa de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento. d) Programa de Mejora del Aprendizaje y Refuerzo. ¿Qué es el PR4?. a) Un programa de aula compartida. b) Un programa de respuestas para el refuerzo del alumnado. c) Son medidas a adoptar en los programas de rendimiento. d) Un programa de refuerzo para el cuarto curso de la ESO. Según el artículo 14: Las medidas de respuesta educativa para la inclusión constituyen: a) Las actuaciones educativas planificadas con la finalidad de eliminar las barreras identificadas en los diversos contextos donde se desarrolla el proceso educativo de todo el alumnado. b) Contribuyen a la personalización del alumnado en su de aprendizaje. c) Se presenta como documento acreditativo. d) Todas son correctas. Según el artículo 14: Las medidas dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que requieren una respuesta personalizada e individualizada de carácter extraordinario que implique apoyos especializados adicionales: a) Constituyen el cuarto nivel de respuesta educativa para la inclusión. b) Se incluye en el tercer nivel de respuesta para la inclusión. c) No es una medica de respuesta educativa para la inclusión. d) Se puede considerar una medida tanto del tercer como del cuarto nivel de respuesta educativa para la inclusión. El proyecto educativo de centro, según indica el artículo 14 : a) Es el documento en el que se establecen los criterios para definir las medidas de respuesta educativa para la inclusión, las cuales se organizan en tres niveles de concreción de carácter sumatorio y progresivo. b) Es el documento en el que se establecen los criterios para definir las medidas de respuesta educativa para la inclusión, las cuales se organizan en cuatro niveles de concreción de carácter no sumatorio y progresivo. c) Es el documento en el que se establecen los criterios para definir las medidas de respuesta educativa para la inclusión, las cuales se organizan en cuatro niveles de concreción de carácter sumatorio y progresivo. d) Es el documento en el que se establecen los criterios para definir las medidas de respuesta educativa para la inclusión, las cuales se organizan en cuatro niveles de concreción de carácter único. Según el artículo 14: En referencia al Plan de Actuación Personalizado señale lo incorrecto: a) Se ha de elaborar a partir de la propuesta efectuada en el informe socio psicopedagógico. b) Orienta la organización de la respuesta educativa. c) Recoge las medidas y los apoyos necesarios, los criterios para su retirada, el seguimiento del progreso del alumnado, las actuaciones de transición y el itinerario formativo personalizado, con el fin de favorecer la progresión hacia una mayor inclusión y la inserción laboral. d) Será elaborado por el Estado, coordinado por la tutoría del Centro, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación y la participación de los diferentes profesionales que intervienen, las familias y los profesores. e)La evaluación anual de la efectividad de las medidas desarrolladas formará parte de este plan, y ha de realizarse de manera colaborativa con la participación de la familia y, siempre que sea posible, del alumnado. f)La conselleria competente en materia de educación fijará los criterios y el modelo para la elaboración de este plan, que forma parte del expediente académico de la alumna o el alumno. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, indica la medida que no está incluida en el primer nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). a) Medidas generales programadas. b) Medidas que implican procesos de planificación. c) La gestión general. d) La organización de los apoyos del centro. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, indica la medida que no está incluida en el segundo nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). a) Medidas que se determinan en el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia. b) Medidas que se determinan en las unidades didácticas. c) Medidas que se determinan en el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora. d) Medidas que se determinan en PAP. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, indica la medida que no está incluida en el CUARTO nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). a) Actividades de enriquecimiento o refuerzo. b) Adaptaciones curriculares individuales significativas. c) Adaptaciones de acceso que requieren materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. d) Programas específicos que requieren adaptaciones significativas del currículo. E)Programas singulares para el aprendizaje de habilidades sociales y de autorregulación del comportamiento y las emociones. f) Flexibilización de la escolarización. g) Prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con necesidades educativas especiales. H) Determinación de la modalidad de escolarización. I) Atención transitoria al alumnado que, por condiciones de salud mental, requiere apoyos en contextos educativos externos. J) Medidas de apoyo en contextos externos al centro para el alumnado en situación de enfermedad, desprotección, medidas judiciales u otras situaciones. SELECCIONA LA INCORRECTA,Primer nivel de respuesta. Se dirige a toda la comunidad educativa y a las relaciones del centro con el entorno socio comunitario. Lo constituyen las medidas que implican los procesos de planificación, la gestión general y la organización de los apoyos del centro. Los órganos de gobierno, de coordinación y de participación del centro, de acuerdo con sus competencias, proponen y aprueban dichas medidas, las cuales aplicará toda la comunidad educativa con la colaboración de agentes externos cuando sea necesario. Los documentos que concretan las medidas del primer nivel de respuesta son el proyecto educativo de centro y el plan de actuación para la mejora (PAM). Está dirigido a todo el alumnado del grupo-clase. SELECCIONA LA INCORRECTA, segundo nivel de respuesta. Lo constituyen las medidas generales programadas para un grupo-clase que implican apoyos ordinarios. Lo constituyen las medidas que implican los procesos de planificación, la gestión general y la organización de los apoyos del centro. Las medidas en este nivel incluyen el diseño y aplicación de programaciones didácticas que den respuesta a la diversidad de todo el alumnado del grupo, incluyendo las actividades de ampliación y refuerzo para el desarrollo competencial y la prevención de dificultades de aprendizaje, así como actuaciones transversales que fomenten la igualdad, la convivencia, la salud y el bienestar. Dichas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría del grupo, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación, el profesorado especializado de apoyo y, en su caso, la colaboración de agentes externos, de acuerdo con sus competencias. Las medidas se determinan en las unidades didácticas, así como en el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora. SELECCIONA LA INCORRECTA,cuarto nivel de respuesta. Lo constituyen las medidas dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que requiere una respuesta personalizada e individualizada de carácter extraordinario que implique apoyos especializados adicionales. Dichas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría del grupo, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación, el profesorado especializado de apoyo y, en su caso, la colaboración de agentes externos, de acuerdo con sus competencias. Atendiendo al carácter extraordinario de este nivel, es preceptivo, en todos los casos, la realización de una evaluación socio psicopedagógica y la emisión del informe socio psicopedagógico correspondiente. Las medidas extraordinarias incluyen las adaptaciones curriculares individuales significativas, las adaptaciones de acceso que requieren materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias, los programas específicos que requieren adaptaciones significativas del currículo, y los programas singulares para el aprendizaje de habilidades de autorregulación del comportamiento y las emociones o habilidades de comunicación interpersonal y de relación social en los contextos habituales y de futura incorporación. En este nivel se organizan, igualmente, las medidas de flexibilización de la escolarización, las prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con necesidades educativas especiales, la determinación de la modalidad de escolarización o las medidas transitorias que faciliten la continuidad del proceso educativo del alumnado que, por sus condiciones de salud mental, requiere apoyos adicionales especializados en contextos educativos externos al centro escolar al que asiste habitualmente. Dichas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría del grupo, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación. El equipo educativo cuenta con la colaboración del profesorado especializado de apoyo y, en su caso, del personal no docente de apoyo y otros agentes externos, de acuerdo con sus competencias y según determine la evaluación socio psicopedagógica preceptiva. SELECCIONA LA INCORRECTA,tres nivel de respuesta. Lo constituyen las medidas dirigidas al alumnado que requiere una respuesta diferenciada, individualmente o en grupo, que implican apoyos ordinarios adicionales. Este nivel incluye medidas curriculares que tienen como referencia el currículo ordinario y como objetivos que el alumnado destinatario promocione con garantías a niveles educativos superiores, obtenga la titulación correspondiente en los cambios de etapa y se incorpore en las mejores condiciones al mundo laboral. Incluye la organización de actividades de enriquecimiento o refuerzo, las adaptaciones de acceso al currículo que no implican materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias y, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, también la organización del currículo en ámbitos de aprendizaje o el desarrollo de programas específicos de atención a la diversidad, regulados por la Administración o de diseño propio por los centros docentes como parte de su proyecto educativo. Las medidas de este tipo destinadas al alumnado que cursa las enseñanzas postobligatorias, de régimen especial y de formación de personas adultas. Las medidas del tercer nivel se determinan en el plan de atención a la diversidad, el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora. se incluyen las actuaciones de acompañamiento y apoyo personalizado para cualquier alumna o alumno que en un momento determinado pueda necesitarlas, incidiendo especialmente en las actuaciones que le impliquen emocionalmente, refuercen su autoestima, el sentido de pertenencia al grupo y al centro, y preparan para interacciones positivas en contextos sociales habituales. Las medidas se determinan en el plan de atención a la diversidad, el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora y en el plan de actuacion personalizada. En este nivel se organizan, igualmente, las medidas transitorias que facilitan la continuidad del proceso educativo del alumnado que, por enfermedad, desprotección, medidas judiciales o que por cualquier circunstancia temporal se encuentre en riesgo de exclusión, requiere apoyos ordinarios en contextos educativos externos al centro escolar al que asiste habitualmente. Todas estas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación y la colaboración del profesorado especializado de apoyo y, en su caso, de otros agentes externos, de acuerdo con sus competencias.. art.17 deberán formar parte de los planes de formación del profesorado, selecciona la falsa. La sensibilización hacia la inclusión educativa. la formación continua. la promoción de la investigación. la difusión de sus resultados. la divulgación de los principios establecidos en este decreto a toda la comunidad educativa. las buenas prácticas. En cuanto a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es falsa, según el artículo 20?. a) Se desarrolla en el capítulo IV del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano. b) Toso el alumnado, excepto circunstancias excepcionales recogidas en el decreto, ha de escolarizarse en centro educativos ordinarios. c) En el centro de educación especial el alumnado podrá permanecer hasta los dieciocho años. d) En las unidades específicas ubicadas en centros ordinarios, el alumnado podrá permanecer hasta el máximo de edad, que indique la normativa aplicable a la etapa que imparta el centro del que forman parte. e) En el centro de educación especial el alumnado podrá permanecer hasta los 21 años. Según el artículo 20: La escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y el alumnado con situaciones que requieren medidas para la compensación de desigualdades se llevará a cabo: a) De manera equilibrada en todos los centros ordinarios sostenidos con fondos públicos y en ningún caso podrá superar una cuarta parte del total de alumnado matriculado en cada centro. b) De manera equilibrada en todos los centros ordinarios sostenidos con fondos públicos o privados y en ningún caso podrá superar una cuarta parte del total de alumnado matriculado en cada centro. c) De manera equilibrada en todos los centros ordinarios sostenidos con fondos públicos en ningún caso podrá superar una tercera parte del total de alumnado matriculado en cada centro. d) De manera equilibrada en todos los centros ordinarios sostenidos con fondos públicos y privados y en ningún caso podrá superar una tercera parte del total de alumnado matriculado en cada centro. ¿En cuál de los siguientes artículos el Decreto 104/20188, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, se indica que el alumnado tiene el derecho a ser escolarizado en un puesto escolar gratuito en la enseñanza básica y en el segundo ciclo de Educación Infantil en condiciones de igualdad y calidad; así como a la escolarización de todo el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo; y la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, orientación afectivo –sexual, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal y social?. a) Artículo 4. b) Artículo 8. c) Artículo 17. d) Artículo 20. Según el artículo 20: En los centros de educación especial que dispongan de programas formativos el alumnado podrá permanecer hasta: a) Los 18 años. b) Los 21 años. c) Los 24 años. d) Los 30 años. Conforme al artículo 21 del Decreto 104/2018, la escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se rige por los principios de normalización e inclusión y asegura: a) La no discriminación. b) La igualdad efectiva en el acceso educativo. c) La permanencia en el sistema educativo. d) Todas son correctas. Según el artículo 21: La consellería competente en materia de educación debe garantizar que la escolarización del alumnado que accede de forma tardía al sistema educativo valenciano se lleve a cabo teniendo en cuenta: a) Sus circunstancias personales. b) Sus conocimientos, destrezas y competencias. c) Edad e historial académico. d) Todas son correctas. Según el artículo 22: La consellería competente en materia de educación facilitará las medidas oportunas para que el alumnado que, por situaciones de enfermedad, por medidas de carácter judicial o por otras razones de carácter excepcional, no puede asistir al centro educativo, reciba la atención educativa adecuada. Esta atención educativa del alumnado que no puede asistir al centro educativo por las razones indicadas tiene carácter compensatorio y puede ser de diferentes tipos: a) Las unidades pedagógicas hospitalarias, la atención domiciliaria, los centros de reeducación de menores y la escolarización transitoria en la educación a distancia. b) Las unidades pedagógicas hospitalarias, la atención primaria de salud, los centros de reeducación de menores y la escolarización transitoria en la educación a distancia. c) Las unidades pedagógicas hospitalarias, la atención primaria, los centros de menores y la escolarización transitoria en la educación a distancia. d) Ninguna es correcta. De acuerdo con el artículo 21 del Decreto 104/2018,de 27 de julio, del Consell¿ quién autoriza las unidades específicas en centros ordinarios para facilitar la inclusión del alumnado que requiera una respuesta con determinadas necesidades específicas de apoyo?. a) El departamento de orientación educativa. b) El personal docente. c) El director del centro. d) La Conselleria competente en materia de educación. De acuerdo con el artículo 21 del Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, del Consell, en el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, el alumnado con NEE derivadas de discapacidades graves o severas debe escolarizarse: a) Centros de educación especial en todo caso. b) De manera excepcional , debe escolarizarse en centros educativos ordinario. c) En centros educativos ordinario y , de manera excepcional en centros de educación especial, cuando se acuerdo con los informes preceptivos se justifique que requiere apoyos y medidas de alta intensidad e individualización que no pueden ser prestados con las medidas de atención a la diversidad disponible en los centros ordinarios. d) En centros de educación especial, y de manera excepcional en centros educativos ordinarios, teniendo en cuenta sus circunstancias personales, destrezas y competencias, y en todo caso, cuando los centros ordinarios no puedan introducir medidas de flexibilización. cual es l acorrecta .art.24. La conselleria competente en materia de educaciónen colaboración con las consellerias competentes en materia de igualdad y políticas inclusivas y de ocupación y con las entidades locales, propiciará la formación de todas las personas a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, y las actuaciones encaminadas a hacer que las personas que han abandonado los estudios vuelvan a la formación reglada y obtengan por otras vías un nivel de cualificación mínimo o una titulación superior a la que tienen, a fin de mejorar sus posibilidades de empleo y de inserción sociolaboral. La conselleria competente en materia de educaciónen colaboración con las consellerias competentes en materia de igualdad y políticas inclusivas y de ocupación y con las entidades locales, propiciará la formación de todas las personas a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, y las actuaciones encaminadas a hacer que las personas que han abandonado los estudios vuelvan a la formación reglada y obtengan por otras vías un nivel de cualificación mínimo o una titulación no superior a la que tienen, a fin de mejorar sus posibilidades de empleo y de inserción sociolaboral. La conselleria competente en materia de educaciónen colaboración con las consellerias competentes en materia de igualdad y políticas inclusivas y de ocupación y con las entidades locales, propiciará la formación de todas las personas a lo largo de la vida, solo dentro y no fuera del sistema educativo, y las actuaciones encaminadas a hacer que las personas que han abandonado los estudios vuelvan a la formación reglada y obtengan por otras vías un nivel de cualificación mínimo o una titulación superior a la que tienen, a fin de mejorar sus posibilidades de empleo y de inserción sociolaboral. art.25 Deberán integrarse en el conjunto de la oferta formativa dirigida al alumnado que finaliza la etapa de Educación Secundaria Obligatoria sin que haya obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, cual es la falsa. las enseñanzas de la formación básica de personas adultas, en las modalidades presencial o a distancia, que incluyen los estudios conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria;. los estudios de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y los cursos preparatorios de acceso a un ciclo formativo de grado medio;. todos aquellos programas específicos para personas jóvenes ofertados por la conselleria competente en materia de empleo, siempre que respondan a los requisitos formativos del alumnado. los estudios de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior y los cursos preparatorios de acceso a un ciclo formativo de grado medio;. podrá acceder a los programas que puedan ofrecer las consellerias competentes en materia de educación, de igualdad y políticas inclusivas y de ocupación. El alumnado de hasta veinte años que presenta signos de inadaptación y riesgo de exclusión social con necesidades educativas derivadas de situaciones socioeconómicas y socioculturales especialmente desfavorecidas,. El alumnado de hasta veintiún años que presenta signos de inadaptación y riesgo de exclusión social con necesidades educativas derivadas de situaciones socioeconómicas y socioculturales especialmente desfavorecidas,. El alumnado de hasta veintiún años que presenta signos de inadaptación y riesgo de exclusión social con necesidades educativas derivadas de situaciones socioeconómicas y socioculturales especialmente favorecidas,. El alumnado de hasta veinte años que presenta signos de inadaptación y riesgo de exclusión social con necesidades educativas especiales. Según el artículo 29: La orientación educativa y profesional forma parte de la función docente y se integra en el proceso educativo a través de diferentes ámbitos de actuación. Señalar la opción incorrecta: a) La docencia. b) La tutoría. c) Los servicios especializados de orientación. d) El seguimiento. Según el artículo 29 Los profesionales de orientación educativa ofrecen al centro educativo. asesoramiento, colaboración, acompañamiento y asistencia técnica especializada y llevan a cabo acciones orientadoras preventivas y proactivas que promueven la inclusión, la convivencia y el conocimiento de los itinerarios formativos que favorecen la inserción laboral, además del trabajo directo y personalizado con el alumnado. asesoramiento, participación, acompañamiento y asistencia técnica especializada y llevan a cabo acciones orientadoras preventivas y proactivas que promueven la inclusión, la convivencia y el conocimiento de los itinerarios formativos que favorecen la inserción laboral, además del trabajo directo y personalizado con el alumnado. asesoramiento, colaboración, acompañamiento y asistencia técnica especializada y llevan a cabo acciones orientadoras preventivas y proactivas que promueven la inclusión, la convivencia y el conocimiento de los itinerarios formativos que favorecen la inserción profesional, además del trabajo directo y personalizado con el alumnado. asesoramiento, participación, acompañamiento y asistencia técnica especializada y llevan a cabo acciones orientadoras preventivas y proactivas que promueven la inclusión, la convivencia y el conocimiento de los itinerarios formativos que favorecen la inserción profesional, además del trabajo directo y personalizado con el alumnado. ¿Cuál de los siguientes objetivos NO está incluido en el Artículo 30 sobre la orientación educativa, psicopedagógica y profesional?. a) Promover el aprendizaje autodidacta y la independencia académica del alumnado. k) Prevenir las dificultades del aprendizaje para contribuir a la consecución de las finalidades de la educación. b) Contribuir, colaborar y acompañar en la organización del proceso de aprendizaje y enseñanza de manera que resulte lo más ajustado posible a las necesidades de cada alumna y alumno, desde una perspectiva inclusiva y personalizada. c) Cooperar y colaborar en la prevención de conductas de violencia en cualquiera de sus manifestaciones para garantizar que los centros educativos sean espacios seguros de convivencia. d) Promover programas o acciones que contribuyan al desarrollo personal, emocional, profesional y social del alumnado. e) Ayudar al alumnado y a sus familias en los momentos de transición o de toma de decisiones que afectan a su desarrollo personal, académico o profesional de acuerdo con sus capacidades, expectativas y valores. f) Contribuir a la promoción de los valores de equidad, igualdad en la diferencia, diálogo igualitario, solidaridad, tolerancia, respeto y justicia propios de una sociedad inclusiva y democrática. g) Promover programas que mejoren la convivencia y las relaciones personales entre los diversos integrantes de la comunidad educativa y de la sociedad en general. h) Aportar una competencia psicopedagógica al centro. i) Elaborar materiales de información, orientación y asesoramiento profesional utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones. j) Informar y orientar al alumnado y a la ciudadanía, sobre las oportunidades de acceso a la ocupación y la oferta de cursos de perfeccionamiento o especialización, así como de las posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales y de progreso en estas a lo largo de la vida. ¿Cuál es uno de los objetivos de la orientación educativa y profesional a lo largo de la vida según el Artículo 31?. a) Asegurar que los alumnos completen su educación secundaria. b) Acompañar la formación del alumnado y de las personas adultas participantes a lo largo de la vida como un proceso continuo, planificado y organizado. c) Garantizar el acceso gratuito a recursos educativos en línea. d) Proveer becas para estudiantes de bajos recursos. Según el Artículo 34, ¿quién diseñará planes de seguimiento y evaluación de las culturas, políticas y prácticas inclusivas en los centros?. a) La Comisión Delegada del Consell de Inclusión y Derechos Sociales. b) La consellería competente en materia de educación. c) La Inspección de Educación. d) Los centros docentes. De acuerdo con el Artículo 33, ¿qué puede hacer la Comisión Delegada del Consell de Inclusión y Derechos Sociales?. a) Organizar eventos educativos para promover la inclusión. b) Requerir información de las actuaciones que se desarrollen y proponer medidas o actuaciones a la consellería competente en materia de educación. c) Financiar proyectos educativos en centros específicos. d) Designar a los directores de los centros educativos. art11.4.Los resultados de la evaluación formarán parte de la memoria anual del centro y servirán para que los órganos colegiados de gobierno, de coordinación y de participación, de manera consensuada, prioricen las actuaciones que se deben incorporar al plan de actuación para la mejora del curso siguiente. El proyecto educativo. Plan de actuación para la mejora. El plan de actuación personalizado. todas son correctas. está formado por el conjunto de actuaciones planificadas por un centro con el fin de mejorar la calidad educativa, a partir de las necesidades identificadas en el proceso de evaluación continua…(Artículo 12). a) Plan de refuerzo. b) Plan de actuación para la mejora. c) Programa de aula compartida. d) Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Constituyen la parte pedagógica de la programación general anual (PGA) y está formado por el conjunto de actuaciones planificadas por un centro con el fin de mejorar la calidad educativa, a partir de las necesidades identificadas en el proceso de evaluación continua…(Artículo 12). a) Plan de refuerzo. b) Plan de actuación para la mejora.PAM. c) Programa de aula compartida. d) Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, indica la medida que no está incluida en el primer nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). a) Medidas generales programadas.M. b) Medidas que implican procesos de planificación. c) La gestión general. d) La organización de los apoyos del centro. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano,primer nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). Se dirige a toda la comunidad educativa y a las relaciones del centro con el entorno socio comunitario. Lo constituyen las medidas que implican los procesos de planificación, la gestión general y la organización de los apoyos del centro. Los órganos de gobierno, de coordinación y de participación del centro, de acuerdo con sus competencias, proponen y aprueban dichas medidas. Los documentos que concretan las medidas del primer nivel de respuesta son el proyecto educativo de centro y el plan de actuación para la mejora (PAM). Las medidas se determinan en las unidades didácticas, así como en el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora. Atendiendo al carácter extraordinario de este nivel, es preceptivo, en todos los casos, la realización de una evaluación socio psicopedagógica y la emisión del informe socio psicopedagógico correspondiente. Lo constituyen las medidas generales programadas para un grupo-clase que implican apoyos ordinarios. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano,segundo nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). dirigidas al alumnado que requiere una respuesta diferenciada, individualmente o en grupo, que implican apoyos ordinarios adicionales. incluye medidas curriculares que tienen como referencia el currículo ordinario. actuaciones transversales que fomenten la igualdad, la convivencia, la salud y el bienestar. incluyendo las actividades de ampliación y refuerzo para el desarrollo competencial y la prevención de dificultades de aprendizaje. Las medidas se determinan en las unidades didácticas, así como en el plan de acción tutorial y el plan de igualdad y convivencia contenidos en el proyecto educativo de centro y su concreción en el plan de actuación para la mejora. Atendiendo al carácter extraordinario de este nivel, es preceptivo, en todos los casos, la realización de una evaluación socio psicopedagógica y la emisión del informe socio psicopedagógico correspondiente. Lo constituyen las medidas generales programadas para un grupo-clase que implican apoyos ordinarios. Está dirigido a todo el alumnado del grupo-clase. Dichas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría del grupo, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación, el profesorado especializado de apoyo y, en su caso, la colaboración de agentes externos, de acuerdo con sus competencias. Las medidas en este nivel incluyen el diseño y aplicación de programaciones didácticas que den respuesta a la diversidad de todo el alumnado del grupo. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano,tercer nivel de respuesta educativa: (Artículo 14). Lo constituyen las medidas dirigidas al alumnado que requiere una respuesta diferenciada, individualmente o en grupo, que implican apoyos ordinarios adicionales. Este nivel incluye medidas curriculares que tienen como referencia el currículo ordinario y como objetivos que el alumnado destinatario promocione con garantías a niveles educativos superiores, obtenga la titulación correspondiente en los cambios de etapa y se incorpore en las mejores condiciones al mundo laboral. Incluye la organización de actividades de enriquecimiento o refuerzo. las adaptaciones de acceso al currículo que no implican materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, también la organización del currículo en ámbitos de aprendizaje o el desarrollo de programas específicos de atención a la diversidad, regulados por la Administración o de diseño propio por los centros docentes como parte de su proyecto educativo. Las medidas de este tipo destinadas al alumnado que cursa las enseñanzas postobligatorias, de régimen especial y de formación de personas adultas. se incluyen las actuaciones de acompañamiento y apoyo personalizado para cualquier alumna o alumno que en un momento determinado pueda necesitarlas, incidiendo especialmente en las actuaciones que le impliquen emocionalmente, refuercen su autoestima, el sentido de pertenencia al grupo y al centro, y preparan para interacciones positivas en contextos sociales habituales. Dichas medidas las planifica, desarrolla y evalúa el equipo educativo, coordinado por la tutoría del grupo, con el asesoramiento de los servicios especializados de orientación. El equipo educativo cuenta con la colaboración del profesorado especializado de apoyo y, en su caso, del personal no docente de apoyo y otros agentes externos, de acuerdo con sus competencias y según determine la evaluación socio psicopedagógica preceptiva. En este nivel se organizan, igualmente, las medidas de flexibilización de la escolarización. las prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con necesidades educativas especiales,. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano,cuarto nivel de respuesta educativa.medidas extraordinarias: (Artículo 14). adaptaciones curriculares individuales significativas. adaptaciones de acceso que requieren materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. programas específicos que requieren adaptaciones significativas del currículo. programas singulares para el aprendizaje de habilidades de autorregulación del comportamiento y las emociones o habilidades de comunicación interpersonal y de relación social en los contextos habituales y de futura incorporación. las medidas de flexibilización de la escolarización. las prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con necesidades educativas especiales. medidas transitorias que faciliten la continuidad del proceso educativo del alumnado que, por sus condiciones de salud mental, requiere apoyos adicionales especializados en contextos educativos externos al centro escolar al que asiste habitualmente. la determinación de la modalidad de escolarización. la organización de actividades de enriquecimiento o refuerzo. las adaptaciones de acceso al currículo que no implican materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. El Decreto 104/ 2018, de 27 de julio, desarrolla los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano,cuarto nivel de respuesta educativa.medidas NO extraordinarias: (Artículo 14). adaptaciones curriculares individuales significativas. adaptaciones de acceso que requieren materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. programas específicos que requieren adaptaciones significativas del currículo. programas singulares para el aprendizaje de habilidades de autorregulación del comportamiento y las emociones o habilidades de comunicación interpersonal y de relación social en los contextos habituales y de futura incorporación. las medidas de flexibilización de la escolarización. las prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con necesidades educativas especiales. medidas transitorias que faciliten la continuidad del proceso educativo del alumnado que, por sus condiciones de salud mental, requiere apoyos adicionales especializados en contextos educativos externos al centro escolar al que asiste habitualmente. la determinación de la modalidad de escolarización. la organización de actividades de enriquecimiento o refuerzo. las adaptaciones de acceso al currículo que no implican materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias. ART.18 La asignación de recursos especializados al alumnado con necesidades educativas especiales y con necesidades de compensación de desigualdades en todos los centros ordinarios sostenidos con fondos públicos se llevará a cabo, SELEECIONA LA FALSA. priorizando el máximo nivel de inclusión en las aulas ordinarias. teniendo como criterio dar respuesta a las necesidades educativas. sin que sea necesaria la existencia de un espacio físico diferenciado destinado exclusivamente a la atención de este alumnado. siendo necesaria la existencia de un espacio físico diferenciado destinado exclusivamente a la atención de este alumnado. art.18.Para el alumnado con discapacidad u otras necesidades que lo requiera, se harán ajustes personalizados o se proveerán materiales de apoyo individualizados. cuando no sea posible la utilización de los medios ordinarios disponibles en el centro ni su adaptación. cuando sea posible la utilización de los medios ordinarios disponibles en el centro ni su adaptación. no es necesario hacer ajustes razonables. los materiales de apoyo seran comunes. art.18 La conselleria competente en materia de educación regulará su composición, funciones, criterios de intervención y mecanismos de coordinación, para asegurar. la multidisciplinariedad y complementariedad de sus actuaciones. la complejidad y complementariedad de sus actuaciones. la multidisciplinariedad y complicidad de sus actuaciones. la multidisciplinariedad y no complementariedad de sus actuaciones. La conselleria competente en materia de educación podrá adscribir personal adicional especializado de carácter itinerante, para dar apoyo complementario a los centros educativos. a los centros de educación especial, a los servicios psicopedagógicos escolares o a la direcciones territoriales de Educación. a los centros ordinarios, a los servicios psicopedagógicos escolares o a la direcciones territoriales de Educación. a los centros de educación especial, a los servicios psicopedagógicos escolares o a la direcciones territoriales de sanidad. a los centros de educación ordinaros, a los servicios psicopedagógicos escolares o a la direcciones territoriales de Educación y ciencia. art.18 constituyen apoyos personales para facilitar el desarrollo de la respuesta a las necesidades del alumnado. personal del centro, no docente. toda la comunidad educativa. alumnado y a las familias y a los agentes o entidades del contexto socio comunitario. personal del centro, docente. los centros docentes universitarios. Según el artículo 20: En los centros de educación especial que dispongan de programas formativos el alumnado podrá permanecer hasta: a) Los 18 años. b) Los 21 años. c) Los 24 año. d) Los 30 años. Según el artículo 20: En las unidades específicas ubicadas en centros ordinarios, el alumnado podrá permanecer hasta: a) Los 18 años. b) Los 21 años. c) Los 24 años. d) el máximo de edad que indique la normativa aplicable a la etapa que imparta el centro del que forman parte. Según el artículo 21: El alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o severas, debe escolarizarse. a) en centros educativos ordinarios y de manera excepcional, en centros de educación especial, cuando de acuerdo con los informes preceptivos se justifique que no requiere apoyos y medidas de alta intensidad e individualización que no pueden ser prestados con las medidas de atención a la diversidad disponibles en los centros ordinarios. b)en centros de educación especial. c) en centros educativos ordinarios y de manera excepcional, en centros de educación especial, cuando de acuerdo con los informes preceptivos se justifique que requiere apoyos y medidas de alta intensidad e individualización que no pueden ser prestados con las medidas de atención a la diversidad disponibles en los centros ordinarios. d) en centros educativos ordinarios. art.21.la conselleria competente en materia de educación dispondrá la creación de centros educativos ordinarios especializados como respuesta al alumnado con determinadas necesidades específicas de apoyo, que en ningún caso supondrá una opción segregadora para el alumnado y será de libre elección para las familias. Estos centros funcionarán también como centros de. experimentación y de recursos para la promoción y difusión de buenas prácticas. recursos para la promoción y difusión de buenas prácticas. especiales para la promoción y difusión de buenas prácticas. educacion especial. art.21.Los centros ordinarios, de manera excepcional, podrán introducir medidas de flexibilización en el inicio o la duración de las diferentes etapas educativas, siempre que esta medida favorezca su desarrollo y su integración socioeducativa. para el alumnado. necesidades educativas especiales. altas capacidades. alumnado de incorporación tardía. y otras necesidades que la Administración educativa determine. todas son correctas. art.22.La atención educativa del alumnado que no puede asistir al centro educativo por por situaciones de enfermedad, por medidas de carácter judicial o por otras razones de carácter excepcional, tiene carácter compensatorio y puede ser de diferentes tipos: las unidades pedagógicas hospitalarias, la atención domiciliaria, los centros de reeducación de menores y la escolarización transitoria en la educación a distancia.La atención educativa mediante la educación a distancia puede ser transitoria y combinar las modalidades de educación presencial y a distancia con el apoyo de una atención tutorial específica. La atención educativa mediante la educación a distancia puede ser transitoria con las modalidad de educación presencial. las unidades pedagógicas hospitalarias, los centros de reeducación de menores y la escolarización transitoria en la educación a distancia. las unidades pedagógicas hospitalarias, la atención domiciliaria y la escolarización transitoria en la educación a distancia. art.22 Cuando las situaciones de salud estén asociadas a problemas graves de salud mental y los informes técnicos, médicos y educativos justifiquen que la respuesta educativa no puede llevarse a cabo en las condiciones adecuadas en su centro ordinario, la Administración podrá determinar la escolarización transitoria de este alumnado en. unidades educativas terapéuticas – hospitales de día. los centros de reeducación de menores. la escolarización transitoria en la educación a distancia. unidades pedagógicas hospitalarias. Los centros de Educación Secundaria que imparten enseñanzas de Formación Profesional podrán ofrecer programas formativos específicos, preferentemente vinculados a cualificaciones profesionales de nivel 1, dirigidos específicamente a personas con discapacidad intelectual. leve o moderada. grave. moderada y media. media. art 28.Los centros de formación de personas adultas contribuir para que las personas adultas participantes con necesidades específicas de apoyo educativo. desarrollen el máximo nivel de autonomía personal. adquieran las habilidades y competencias para el desarrollo integral. aprendizaje a lo largo de la vida. adquieran las habilidades y competencias para el aprendizaje. Según el artículo 29: la orientación educativa, psicopedagógica y profesional debe planificarse como un proceso continuo y organizado, de manera colaborativa e interdisciplinaria en el marco del currículo establecido, y debe quedar recogida en los proyectos educativos de los centros a lo largo de todas las etapas, en los espacios de: Señalar la opción incorrecta: a) La docencia. b) La tutoría. c) orientación especializada. d) El seguimiento. La orientación acompaña la formación del alumnado y de las personas adultas participantes a lo largo de la vida como un proceso, según el Artículo 31. a) continuo, planificado y desorganizado que propicia la autonomía en la gestión de las competencias personales, profesionales, cívicas y sociales y en la toma de decisiones. b) continuo, planificado y organizado que propicia la autonomía en la gestión de las competencias personales, profesionales, cívicas y sociales y en la toma de decisiones. c) continuo y planificado que propicia la autonomía en la gestión de las competencias personales, profesionales, cívicas y sociales y en la toma de decisiones. d) continuo y organizado que propicia la autonomía en la gestión de las competencias personales, profesionales, cívicas y sociales y en la toma de decisiones. CEFIRE. servicios especializados de orientación. centros de formación, innovación y recursos no educativos. centros de formación, innovación y recursos educativos. centros especializados de formación, innovación y recursos educativos. art.35 Los servicios especializados de orientación y los centros de formación, innovación y recursos educativos (CEFIRE) colaborarán con los centros docentes y facilitarán el apoyo necesario en los procesos de. seguimiento y evaluación. las buenas prácticas. inclusión. inclusión y actuacion. Las decisiones sobre la escolarización están sujetas a un seguimiento continuado por los centros docentes y por los servicios competentes con el fin de garantizar su caracter. Revisable y reversible.lo cual es perceptivo en el cambio de etapa. No revisable. Revisable y reversible ,lo cual no es perceptivo en el cambio de etapa. Revisable y reversible.lo cual es perceptivo en los momentos de transicion. |