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TEMA 4 FACTURACIÓN

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Título del Test:
TEMA 4 FACTURACIÓN

Descripción:
examen compraventa tema 4

Fecha de Creación: 2022/12/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

Valoración:(9)
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No es un requisito esencial para la validez de la factura: cuota tributaria. firma del expedidor. La fecha de expedición.

La cuota tributaria del IVA se obtiene. multiplicando el importe de la mercancía por el tipo del IVA. Multiplicando la base imponible por el tipo. aplicando el tipo sobre la base menos el descuento.

No puedes expedir factura simplificada: un fontanero para la factura superiores a 400€, IVA incluido. un supermercado. un restaurante cuando el importe de la factura no exceda de 3000€, IVA incluido.

La factura recapitulativa no se expide: por periodos mensuales. antes de dia 16 del periodo mensual que se facture a un empresario. antes del dia 16 del periodo mensual que se facture q un particular.

El recargo de equivalencia se aplica sobre: el importe de los productos. el importe neto. la misma base que el IVA.

El recargo de equivalencia que corresponde a las mercancías gravadas con el 21% del IVA es: 0,05%. 1,40%. 5,20%.

el plazo para la expedición de una factura cuyo destinatario es un empresario: un mes desde la realización de la operación. el momento del envío de la mercancía. antes del dia 16 del mes siguiente a la operación.

El descuento comercial se aplica sobre: el importe de los productos mas los gastos. el importe de los productos. base imponible.

El descuento por volumen o rapel se aplica: sobre la base imponibles. sobre el resultante de aplicar el descuento comercial. sobre el importe de los productos mas los gastos.

Los gastos que se facturan junto con la operación principal: Forman parte de la base imponible. no se someten al IVA. se someten al IVA que les corresponda por su naturaleza.

En las facturas de servicios prestados por profesionales: se descuentan el IVA y el IRPF. se carga el IVA y se retiene el IRPF. se aplica el IVA una vez calculada el IRPF.

No es cierto que las facturas de los profesionales: únicamente las puede expedir el profesional. las puede expedir el destinatario del servicio. pueden ser facturas electrónicas.

segun la ley general tributaria las facturas deben conservarse: 4 años desde que se expiden. 4 años desde que se presenta la declaración del impuesto. 6 años a partir del ultimo asiento.

Las facturas pueden conservarse: por medios electrónicos. solo en papel. ambas son verdaderas.

para que existan suplidos es necesario: que la factura se expida a nombre de quien la solicita. que se haya actuado por mandato del cliente. que se expida en papel.

Las facturas rectificativas no se expiden: que se modifica la base imponible. si la factura original no cumple algún requisito. cuando se pierde el original.

Los destinatarios de factura, cuando la reciban, la registrarán: por el número que les dio el expedidor. en el orden en que la reciban. por la fecha de expedición.

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