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tema 4 tributario

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Título del Test:
tema 4 tributario

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tema 4 tributario

Fecha de Creación: 2026/05/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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Conforme al art. 133.1 CE, ¿la potestad originaria para establecer tributos corresponde a quién?. Exclusivamente al Estado mediante ley orgánica. Exclusivamente al Estado mediante ley. Al Estado y a las CC.AA. mediante ley. Al Estado mediante reglamento ejecutivo.

¿Qué implica la denominada potestad tributaria "derivada" de las CC.AA.?. Está sometida únicamente a la Constitución. Está sometida a la Constitución y a los reglamentos estatales. Está doblemente condicionada por la Constitución y las leyes. Está condicionada exclusivamente por la LOFCA.

Según la doctrina constitucional consolidada, ¿el Estado es competente para qué?. Regular exclusivamente sus propios tributos. Regular sus tributos y el marco general del sistema tributario. Regular únicamente la Hacienda General. Regular exclusivamente los tributos cedidos.

¿En qué artículo de la CE se recoge la competencia exclusiva del Estado sobre "Hacienda General"?. Art. 133.2 CE. Art. 157.1 CE. Art. 149.1.14ª CE. Art. 156.1 CE.

¿En qué norma se dictó la LOFCA en desarrollo de?. Art. 149.1.14ª CE. Art. 157.3 CE. Art. 133.1 CE. Art. 156.2 CE.

Conforme a la doctrina constitucional, ¿las CC.AA. pueden elegir libremente el modelo de financiación aplicable?. Pueden elegir libremente el modelo de financiación aplicable. Participan en la decisión del modelo pero no pueden elegirlo unilateralmente. Carecen de participación en el modelo de financiación. Deben aprobar el modelo por unanimidad.

¿Cuál es el órgano principal de cooperación financiera entre Estado y CC.AA.?. Senado. Tribunal de Cuentas. Consejo de Estado. Consejo de Política Fiscal y Financiera.

¿Qué son los impuestos estatales cedidos?. Tributos autonómicos cuya titularidad corresponde a las CC.AA. Tributos estatales cuya titularidad originaria corresponde al Estado. Tributos locales gestionados por las CC.AA. Tributos propios de régimen foral.

¿Qué regula fundamentalmente el TRLRHL?. El sistema de financiación autonómica. El sistema de financiación foral. El sistema de ingresos de Ayuntamientos y Diputaciones. Exclusivamente los impuestos municipales obligatorios.

¿A quién corresponde la potestad sobre la creación y regulación de tributos propios locales?. A las CC.AA. Exclusivamente a los Ayuntamientos. Exclusivamente al Estado. A las Diputaciones Provinciales.

¿Cómo fueron calificadas las primeras Haciendas autonómicas?. Haciendas corresponsables. Haciendas de suficiencia tributaria. Haciendas de participación normativa. Haciendas de transferencias.

¿En qué se centraron excesivamente los primeros modelos de financiación autonómica?. La corresponsabilidad fiscal. La autonomía financiera. La suficiencia de ingresos. La armonización fiscal europea.

En los modelos posteriores a 1997, ¿qué adquiere mayor protagonismo?. La centralización tributaria. La autonomía financiera y corresponsabilidad fiscal. La prohibición absoluta de cesión tributaria. La eliminación de competencias normativas autonómicas.

Según la STC 65/2020, ¿el incremento de financiación tributaria autonómica desde 1997 se produjo principalmente mediante qué?. Creación masiva de tributos propios. Incremento de tasas autonómicas. Cesión de tributos estatales. Recargos sobre tributos locales.

Conforme al art. 156.1 CE, la autonomía financiera de las CC.AA. debe ejercerse con arreglo a los principios de qué?. Neutralidad y progresividad. Coordinación y solidaridad. Igualdad y suficiencia financiera. Territorialidad y capacidad económica.

¿Qué implica la vertiente del ingreso de la autonomía financiera?. Libertad absoluta de gasto. Capacidad para fijar el déficit público. Capacidad para establecer y exigir tributos propios. Participación obligatoria en impuestos locales.

¿La autonomía financiera tiene carácter instrumental respecto de qué?. La soberanía tributaria. La autonomía política. La unidad presupuestaria. La estabilidad económica europea.

¿Qué se prohíbe a las CC.AA. según el art. 157.2 CE?. Crear tributos propios. Gestionar tributos cedidos. Adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio. Participar en impuestos estatales.

¿Dónde se recoge la prohibición de doble imposición entre tributos autonómicos y estatales?. Art. 31 CE. Art. 6.2 LOFCA. Art. 157.1 CE. Art. 9 LOFCA.

Tras la reforma de 2009 del art. 6.3 LOFCA, ¿a qué se refiere la prohibición respecto de tributos locales?. Materias imponibles. Rendimientos patrimoniales. Hechos imponibles. Competencias normativas.

Según la jurisprudencia constitucional, ¿el concepto de "materia imponible" es qué?. Más restringido que el de hecho imponible. Idéntico al de hecho imponible. Más amplio que el de hecho imponible. Exclusivo de los tributos estatales.

Conforme al art. 10.1 LOFCA, ¿qué son los tributos cedidos?. Los creados y gestionados enteramente por las CC.AA. Los establecidos y regulados por el Estado cuyo producto corresponde a la Comunidad Autónoma. Los establecidos conjuntamente por Estado y CC.AA. Los recargos autonómicos sobre tributos estatales.

¿Cuál es actualmente el porcentaje cedido del IRPF a las CC.AA. de régimen común?. 33%. 40%. 50%. 58%.

¿A quién corresponde la gestión del IVA actualmente?. Las CC.AA. La AEAT. Las Diputaciones Forales. Los Ayuntamientos.

Constituye un impuesto estatal cedido con rendimiento cedido del 100% y gestión autonómica, ¿cuál?. IVA. IS. IP. IRNR.

¿Qué finalidad persiguen generalmente los tributos propios autonómicos?. Exclusivamente recaudatoria. Principalmente extrafiscal. Exclusivamente sancionadora. Exclusivamente redistributiva.

¿Cómo son normalmente los recargos autonómicos?. Crean un tributo completamente independiente. Solo pueden establecerse sobre tasas estatales. Consisten normalmente en una alícuota añadida sobre un impuesto estatal. Están prohibidos por la LOFCA.

¿Sobre qué impuestos no pueden establecer recargos las CC.AA.?. IRPF. IVA en todo caso. Impuesto sobre Hidrocarburos. ISD.

En el régimen foral vasco, ¿cómo se llama el importe transferido anualmente a la Hacienda estatal?. Participación. Cupo. Aportación estatal. Fondo compensatorio.

Respecto a los impuestos locales, ¿a qué corresponde el establecimiento obligatorio?. ICIO e IIVTNU. IBI, IAE e IVTM. IBI e ICIO exclusivamente. IAE e IIVTNU exclusivamente.

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