TEMA 47.
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Título del Test:![]() TEMA 47. Descripción: El C. T. E. II |




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De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según el apartado III, a los edificios, establecimientos o zonas de uso sanitario o asistencial de carácter ambulatorio se les debe aplicar las condiciones particulares del uso: Hospitalario. Pública concurrencia. Administrativo. Comercial. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según el apartado III, a los edificios cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (Residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centro de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones específicas: Hospitalario. Pública concurrencia. Administrativo. Comercial. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1, en la tabla 1.1, toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando se superen los siguientes límites para zonas de uso Residencial Vivienda: 500 m². 2.500 m². 250 m². Siempre en todo caso. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1, en la tabla 1.1, toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando se superen los siguientes límites para zonas de uso Administrativo, Comercial o docente cuya superficie exceda : 500 m². 2.500 m². 250 m². Siempre en todo caso. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1, en la tabla 1.1, toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando se superen los siguientes límites para zonas de uso Aparcamiento cuya superficie exceda : 500 m². 2.500 m². 100 m². Siempre en todo caso. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1, en la tabla 1.1, para edificios de uso Administrativo, la superficie construida de todo sector de incendio no debe exceder de: 2.500 m². 500 m². 10.000 m² cuando estén protegidos con una instalación automática de extinción. 2.500 m² cuando estén protegidos con una instalación automática de extinción. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1 según la tabla 1.1, a la hora de establecer las condiciones de compartimentación en sectores de incendio los elementos que separan viviendas entre sí deben ser al menos: EI 90. EI 60. EI 120. EI 180. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI, conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 1, en la tabla 2.2, la zonas o locales de riesgo especial deben disponer de un vestíbulo de independencia en cada comunicación del local con el resto del edificio: Siempre en todo caso. Sólo en zonas calificadas de riesgo medio y alto. Sólo en zonas calificadas de riesgo alto. Sólo en zonas calificadas de riesgo bajo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, de cara a evitar la propagación exterior de un incendio los elementos verticales separadores de otro edificio deben ser al menos: EI 90. EI 60. EI 120. EI 180. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, la clase de reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada que ocupen más del 10% de su superficie para fachadas de altura superior a 18 m será: D-s3, d0. C-s3, d0. B-s3, d0. A2-s3, d0. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, la clase de reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada que ocupen más del 10% de su superficie para fachadas de una altura hasta 18 m será: D-s3, d0. C-s3, d0. B-s3, d0. A2-s3, d0. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, la clase de reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada que ocupen más del 10% de su superficie para fachadas de una altura hasta 10 m será: D-s3, d0. C-s3, d0. B-s3, d0. A2-s3, d0. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, la clase de reacción al fuego de los sistemas de aislamiento situados en el interior de cámaras ventiladas de una altura hasta 28 m será: D-s3, d0. C-s3, d0. B-s3, d0. A2-s3, d0. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 2, en el punto 1, la clase de reacción al fuego de los sistemas de aislamiento situados en el interior de cámaras ventiladas de una altura superior a 28 m será: D-s3, d0. C-s3, d0. B-s3, d0. A2-s3, d0. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 6, en la tabla 3.1, para un aparcamiento situado bajo un uso distinto, la resistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales será de: R 90. R 120. R 90 cuando se trate de aparcamientos robotizados. R 180 si la altura de evacuación del edificio excede de 28 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 6, en el punto 3, los elementos estructurales de una escalera protegida o de un pasillo protegido que estén contenidos en el recinto de éstos, serán como mínimo: R 30. R 90. R 120. R 60. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 4, en la tabla 1.1, en general, se dispondrán extintores portátiles (de eficacia 21A-113B) a una distancia como máximo desde todo origen de evacuación de: 30 metros. 15 metros. 50 metros. 25 metros. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 3, en la tabla 4.1, en cuanto a elementos de evacuación, la anchura mínima en pasillos previstos para 10 personas, como máximo, y estos sean usuarios habituales serán de: 1,20 m. 0,60 m. 0,80 m. 1,50 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 3, en la tabla 5.1, en uso hospitalario, zonas de hospitalización o de tratamiento intensivo: No son admitidas escaleras para evacuación descendentes no protegidas. Son admitidas escaleras para evacuación descendentes no protegidas, en todo caso. Son admitidas escaleras para evacuación descendentes no protegidas, en altura de evacuación de escaleras inferior a 15 m. Son admitidas escaleras para evacuación descendentes no protegidas, en general. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 3, en el punto 6, abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida: Prevista para el paso de más de 500 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos. Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos. Prevista para el paso de más de 100 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o en los demás casos. Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o en los demás casos. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 3, según el punto 7, las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de: 50 m². 40 m². 30 m². 20 m². De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 3, en el punto 8, ¿en qué aparcamientos se debe instalar un sistema de control de humos de incendio?. En todos. Con más de 50 plazas. Los que tengan la consideración de abierto. En los que no tengan la consideración de abierto. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 4, en la tabla 1.1, se dispondrá columna seca en uso administrativo si la altura de evacuación excede de: 50 m. 15 m. 34 m. 24 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 4, en la tabla 1.1, en uso general, las bocas de incendio se dispondrán: En zonas de riesgo especial medio en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas. En zonas de riesgo especial bajo en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas. En zonas de riesgo especial alto en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas. En zonas de riesgo especial intermedio en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 5, en el punto 1.2, los edificios con una altura de evacuación descendente mayor que 9 m deben disponer de un espacio de maniobra para los bomberos que cumpla las siguientes condiciones a lo largo de las fachadas en las que estén situados los accesos principales: Anchura mínima libre 5 m. Anchura mínima libre 10 m. Anchura mínima libre 20 m. Anchura mínima libre 15 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de seguridad en caso de incendio (CTE DB SI), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SI 6, en la tabla 3.1, la resistencia de los elementos estructurales en planta baja, en vivienda unifamiliar será como mínimo: R 60. R 180. R 30. R 90. La Tabla 5.1. de la Sección 3 del CTE DB SI divide a las escaleras en tres tipos: Ventilada, no ventilada y sobrepresionada. De hormigón, de acero y de madera. Escalera abierta, escalera semiabierta y escalera cerrada. No protegida, protegida y especialmente protegida. Según CTE DB SI, Sección 4, Tabla 1.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios en general: Se dispondrá ascensor de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda 14 m. Se dispondrá ascensor de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda 18 m. Se dispondrá ascensor de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda 24 m. Se dispondrá ascensor de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda 28 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 3.2, las barreras de protección en el caso de huecos de escaleras de anchura menor que 40 cm tendrán una altura de: 0,90m como mínimo. 1,00 m cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 m. 1,10 m cuando la diferencia de cota que protegen exceda de 1,10m. 1,00 m cuando la diferencia de cota es mayor de 6 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según el Anejo A, el término uso restringido: Excluye los edificios de viviendas. Incluye el interior de las viviendas y las zonas comunes de los edificios de viviendas. Incluye el interior de las viviendas, pero excluye las zonas comunes de los edificios de viviendas. Incluye el exterior y el interior de los edificios de viviendas. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.3, los itinerarios cuya pendiente exceda del 4%: Se considerarán rampa. La pendiente transversal máxima será del 3%. Los tramos tendrán una longitud de 20 m como máximo. Los tramos tendrán una longitud de 16 m como máximo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 2, en el punto 1.1, los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación estarán a una altura como mínimo de: 2,00 m. 2,10 m. 2,20 m. 2,50 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 4, en el punto 2.1, contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes entre otros: Los itinerarios no accesibles. Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 150 personas. Todos los aseos. Las señales de seguridad. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 5, en el punto 2, en los graderíos a los que les es de aplicación, la diferencia de cota entre cualquier fila de espectadores y alguna salida del graderío será como máximo de: 3 m. 4 m. 2,25m. 3,5 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 6, en el punto 1.2.2, en las piscinas infantiles, los cambios de profundidad se resolverán mediante pendientes que serán, como máximo: El 6%. El 8%. El 10%. El 12%. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 7, en el punto 2, en las zonas de uso Aparcamiento la pendiente del espacio de acceso y espera en su incorporación al exterior será como máximo del: 4%. 5%. 6%. 10%. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones según la sección SUA 8, en la tabla 2.1, cuando la eficacia E requerida para una instalación de protección contra el rayo esté comprendida dentro de los límites 0 ≤ E < 0,80: El nivel de protección correspondiente es 1. El nivel de protección correspondiente es 2. El nivel de protección correspondiente es 3. La instalación de protección contra el rayo no es obligatoria. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones según la sección SUA 8, en la tabla 2.1, cuando la eficacia E requerida para una instalación de protección contra el rayo esté comprendida dentro de los límites 0,95 ≤ E < 0,98: El nivel de protección correspondiente es 1. El nivel de protección correspondiente es 2. El nivel de protección correspondiente es 3. La instalación de protección contra el rayo no es obligatoria. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según el anejo A, el espacio de transferencia lateral de un inodoro accesible en uso público tendrá una anchura: ≥ 80 cm a un lado. ≥ 75 cm a un lado. ≥ 80 cm a ambos lados. ≥ 120 cm a un lado. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en la tabla 1.1, los suelos se clasifican, en función de su valor de resistencia al deslizamiento Rd, en: 3 clases. 4 clases. 5 clases. 6 clases. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en la tabla 1.2, la clase exigible a los suelos localizados en zonas exteriores es: 0. 1. 2. 3. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en la tabla 1.2, la clase exigible a los suelos localizados en escaleras de zonas interiores secas es: 0. 1. 2. 3. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.1, en escaleras de uso restringido la anchura de cada tramo será de: 0,80 m, como mínimo. 0,90 m, como mínimo. 1 m, como mínimo. 1,20 m, como mínimo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.2, en escaleras de uso general para uso Residencial vivienda, incluso escalera de comunicación con aparcamiento, la anchura de cada tramo: 0,80 m, como mínimo. 0,90 m, como mínimo. 1 m, como mínimo. 1,20 m, como mínimo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.2, en escaleras de uso general para uso Sanitario (Exceptuando zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obligan a giros de 90º o mayores), la anchura de cada tramo: 0,80 m, como mínimo. 0,90 m, como mínimo. 1 m, como mínimo. 1,20 m, como mínimo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.2.3, en las mesetas de planta de las escaleras de zonas de uso público: No habrá pasillos de anchura inferior a 1,50 m. No habrá puertas. No habrá puertas situados a menos de 50 cm de distancia del primer peldaño de un tramo. No habrá puertas situados a menos de 40 cm de distancia del primer peldaño de un tramo. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 4.2.4, el pasamanos de las escaleras se prolongará 30 cm en los extremos, al menos en un lado: Obligatoriamente. En todo tipo de escaleras. En escaleras que dispongan de ascensor como alternativa. En escaleras que no dispongan de ascensor como alternativa. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 1, en el punto 5, los acristalamientos que se encuentren a una altura de más de 6 m sobre la rasante exterior con vidrio transparente cumplirán las condiciones de este punto en edificios de uso: Residencial Vivienda. Público. Pública concurrencia. Sanitario. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según el anejo A, en uso Comercial y uso Pública Concurrencia se consideran de uso privado: Los patios de butacas. Todas las zonas excepto las restringidas al público. Los aseos accesibles. Los camerinos. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 3, en el punto 1, cuando las puertas de un recinto tengan dispositivo para su bloqueo desde el interior y las personas puedan quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo: No existirá algún sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior del recinto. Dichos recintos tendrán iluminación controlada desde el exterior. Dichos recintos tendrán iluminación controlada desde su interior y su exterior. Existirá algún sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior del recinto. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad de utilización y Accesibilidad (CTE DB-SUA), conforme al real decreto 314/2006 y sus modificaciones, según la sección SUA 2, en el punto 1.1, la altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo: 2,10 m en zonas de uso restringido. 2,00 m en zonas de uso restringido. 2,50 m en el resto de las zonas que no sean de uso restringido. 2,30 m en el resto de las zonas que no sean de uso restringido. Según el CTE DB-SUA, la Clase exigible a los suelos en zonas interiores húmedas con superficies con pendiente menor que el 6% será: Clase 2. Clase 0. Clase 4. Clase 1. Según el CTE DB-SUA, excepto en zonas de uso restringido, en cuanto a suelos, los desniveles que no excedan de 50 mm se resolverán con una pendiente: Que no exceda el 5%. Que no exceda el 25%. Que no exceda el 50%. Que no exceda el 40%. Según el CTE DB-SU, el número mínimo de peldaños en cada tramo de escaleras de uso general, salvo excepciones, será de: 3 peldaños. 6 peldaños. 9 peldaños. 2 peldaños. Según el CTE DB-SUA, en escaleras de uso general, para tramos rectos, las dimensiones mínimas de sus peldaños serán: Huella 280 mm y contrahuella 130 mm. Huella 260 mm y contrahuella 130 mm. Huella 240 mm y contrahuella 130 mm. Huella 290 mm y contrahuella 130 mm. Según el CTE DB-SUA, la anchura mínima útil de un tramo de escaleras en un centro de uso docente con escolarización infantil será: 1000 mm. 800 mm. 900 mm. Dependerá del grado de ocupación, siendo cuando mínimo 800 mm, salvo que comunique con zona accesible que será de 1000 mm. Según el CTE DB-SUA, las rampas que pertenezcan a itinerarios accesibles con longitud menor a 3 m, tendrán una pendiente máxima de: Del 8%. Del 10%. Del 6%. Del 12%. Según el CTE DB-SUA, las rampas de circulación de vehículos en aparcamientos que también estén previstas para la circulación de personas, y no pertenezcan a un itinerario accesible, tendrán una pendiente máxima de: Del 10%. Del 12%. Del 16%. Del 20%. Según el CTE DB-SUA, si una rampa pertenece a un itinerario accesible: Los tramos serán rectos o con un radio de curvatura de al menos 30 m y de una anchura de 1,20 m, como mínimo. Los tramos serán rectos y de una anchura constante de 1,5 m, como mínimo. Los tramos serán rectos y de una anchura constante de 1,1 m, como mínimo. Los tramos serán rectos y de una anchura constante de 1,0 m, como mínimo. Según el CTE DB-SUA, en rampas de escuelas infantiles y en centros de enseñanza primaria se dispondrá de un segundo pasamanos que estará situado a una altura: Comprendida entre 60 y 75 cm. Comprendida entre 65 y 80 cm. Comprendida entre 60 y 70 cm. Comprendida entre 65 y 75 cm. Según el CTE DB-SUA, en zonas de circulación, en la zona de altura comprendida entre 15 cm y 2,20 m a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo y que vuelen más de: 10cm. 15 cm. 20 cm. 25 cm. Según el CTE DB-SUA, los acristalamientos reversibles estarán equipados con un dispositivo que los mantenga bloqueados en la posición invertida durante su limpieza: Salvo cuando sean traslucidos. Salvo cuando sean practicables o fácilmente desmontables. Salvo cuando sean opacos. En todos los casos. Según el CTE DB-SUA, La altura libre de paso en zonas de circulación que no sean de uso restringido, ni en los umbrales de las puertas, será: 2700 mm. 2850 mm. 2500 mm. 2200 mm. Según el CTE DB-SUA, cuando las puertas de un recinto tengan dispositivo para su bloqueo desde el interior y las personas puedan quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo, existirá algún sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior del recinto: En ningún caso. Excepto en el caso de los baños de viviendas. Excepto en el caso de los baños o los aseos de viviendas. En todos los casos. Según el DB-SUA, la iluminancia mínima exigida en unas escaleras, en zona interior, para circulación de personas será: 100 lux. 200 lux. 20 lux. 50 lux. Según el CTE DB-SUA, la iluminancia mínima exigida en unas escaleras, en zona exterior, para circulación de personas será: 30 lux. 20 lux. 75 lux. 50 lux. Según el CTE DB-SUA, contará con alumbrado de emergencia todo recinto cuya ocupación sea mayor que: 250 personas. 1000 personas. 100 personas. 10 personas. Según el CTE DB-SUA, en cuanto al alumbrado de emergencia, con el fin de proporcionar una iluminación adecuada, las luminarias se situarán a una distancia por encima del nivel del suelo de al menos: 3 m. 2 m. 5 m. 4 m. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a las condiciones de los graderíos para espectadores de pie, la pendiente no será mayor del: 80%. 50%. 30%. 20%. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a piscinas a las que les es aplicable esta normativa, la profundidad máxima del vaso en piscinas infantiles será de: 1500 mm. 300 mm. 600 mm. 500 mm. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a piscinas a las que les es aplicable esta normativa, excepto en las piscinas infantiles, que profundidad mínima bajo el agua alcanzarán las escaleras: 2000 mm. 500 mm. 50 mm. 1000 mm. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a piscinas a las que les es aplicable esta normativa, los cambios de profundidad se resolverán mediante: Escalones, en todo caso. Escalones, en general. Escalones, en piscinas infantiles. Pendientes. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a piscinas a las que les es aplicable esta normativa, el revestimiento interior del vaso será: De color claro. De color verde claro. De color oscuro. De color azul oscuro. Según el CTE DB-SUA, en cuanto a las zonas de uso Aparcamiento a las que les es aplicable esta normativa, debe señalizarse, conforme a lo establecido en el código de la circulación la velocidad máxima de circulación de: 20 km/h. 30 km/h. 50 km/h. 60 km/h. Según el CTE DB-SUA, será necesaria la instalación de un sistema de protección contra el rayo cuando la frecuencia esperada de impactos Ne: Sea igual que el riesgo admisible Na. Sea mayor que el riesgo admisible Na. Sea menor que el riesgo admisible Na. Sea mayor que el riesgo admisible Nf. Según CTE SUA Seguridad de utilización y accesibilidad - Impacto con elementos fijos, la altura libre en los umbrales de las puertas será como mínimo. 1,90. 1,95. 2,00. 2,05. Según el CTE DB-SUA (4), Seguridad de Utilización y Accesibilidad, el tiempo requerido para que las señales de seguridad de salida de evacuación estén iluminadas al 100% de la iluminación requerida, es de: 5 s. 10 s. 20 s. 60 s. Según el CTE DB-SUA (4), Seguridad de Utilización y Accesibilidad, el tiempo requerido para que las señales de seguridad de salida de evacuación estén iluminadas al 50% de la iluminación requerida, es de: 5 s. 10 s. 20 s. 60 s. El CTE DB SUA (1), Seguridad de utilización y Accesibilidad, a lo largo de una misma escalera de uso general, la huella (H) y la contrahuella (C) cumplirán la relación siguiente: 54 cm ≤ 2C + H ≤ 70 cm. 50 cm ≤ 2C + H ≤ 74 cm. 13 cm ≤ 2C + H ≤ 18,5 cm. 13 cm ≤ 2C + H ≤ 28 cm. Según el CTE DB-SUA, en escaleras de uso restringido, para tramos rectos, las dimensiones mínimas de sus peldaños serán: Huella 280 mm y contrahuella 130 mm. Huella 260 mm y contrahuella 130 mm. Huella 240 mm y contrahuella 130 mm. Huella 220 mm y contrahuella 200 mm. ¿Cuál es la sección del DB SUA dedicada a la seguridad frente al riesgo de caídas?. SUA 1. SUA 2. SUA 3. SUA 4. ¿Cuál es la sección del DB SUA dedicada a la seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada?. SUA 1. SUA 2. SUA 3. SUA 4. ¿Cuál es la sección del DB SUA dedicada a la seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo?. SUA 5. SUA 6. SUA 7. SUA 8. El DB SUA establece que, excepto en zonas de uso restringido o exteriores y con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, el suelo debe cumplir que no tendrá juntas que presenten un resalto mayor que: 1 mm. 2 mm. 4 mm. 8 mm. Cuando se dispongan barreras para delimitar zonas de circulación, ¿Cuál será la altura mínima que deberán tener según el DB SUA?. 600 mm. 700 mm. 800 mm. 900 mm. En una zona de circulación de una zona común de un edificio de uso residencial vivienda, ¿se puede disponer de acuerdo con el DB SUA un escalón aislado o dos consecutivos?. Si. No. Si, pero solo si tiene menos de 3 plantas. Ninguna de las anteriores. En una zona de circulación dentro de un centro comercial. ¿Se puede disponer según el DB SUA un escalón aislado o dos consecutivos?. No. Si. No, a menos que tengan menos de 1.000 m2 de superficie útil. Ninguna de las anteriores. En escaleras de uso restringido. ¿Cuál es la anchura mínima de cada tramo?. 800 mm. 900 mm. 1000 mm. 1200 mm. En una escalera de uso general, ¿Cuántos peldaños como mínimo tendrá cada tramo según el DB SUA?. 1 peldaños. 2 peldaños. 3 peldaños. 4 peldaños. Según el DB SUA, en una escalera de uso general, entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no variará más de…. ± 5 mm. ± 8 mm. ± 10 mm. ± 15 mm. Según el DB SUA, ¿Cómo pueden ser los tramos en zonas de hospitalización?. Solo tipo recto. Solo rectos o curvos. Solo rectos, curvos o mixtos. Ninguna de las anteriores. Según el DB SUA, en tramos curvos de escaleras de uso general, la anchura útil debe excluir las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que: 160 mm. 170 mm. 180 mm. 190 mm. El DB SUA establece que, como caso general, la fuerza de apertura de las puertas de salida será, como máximo, de…. 120 N. 130 N. 140 N. 150 N. Según el DB SUA, ¿contarán con alumbrado de emergencia las señales de seguridad?. No, nunca. Si, salvo dos condiciones. Si, siempre. Ninguna de las anteriores. ¿Quedan excluidas las piscinas de viviendas unifamiliares de la aplicación de la sección 6 del DB SUA?. No. Si, salvo dos condiciones. Si. Ninguna de las anteriores. Según el DB SUA, las barreras de protección de las piscinas tendrán una altura mínima de: 900 mm. 1000 mm. 1100 mm. 1200 mm. ¿Es aplicable a garajes de una vivienda unifamiliar la sección SUA 7 del DB SUA?. No. Si, salvo dos condiciones. Si. Ninguna de las anteriores. ¿Cómo representa en la sección SUA 8 la frecuencia esperada de impactos de rayo?. Na. Ne. Nc. Ni. Según el DB SUA, los itinerarios peatonales utilizables por el público se identificarán mediante pavimento diferenciado, en plantas de aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con una superficie mayor que…. 2.000 m2. 3.000 m2. 4.000 m2. 5.000 m2. ¿Según el DB SUA en Uso Comercial, Pública concurrencia o aparcamiento de uso público. ¿Cuántas plazas de aparcamiento accesibles deberá haber?. 1 cada 25 o fracción. Al menos 10 plazas por cada 1000 m2 construidos y situados de 15 m de la entrada principal del centro comercial. 1 cada 33 o fracción. Ninguna de las anteriores. En un cine, ¿Qué reserva de plazas debe haber para usuarios de silla de ruedas según el DB SUA?. Ninguna. Una silla cada 100. Dos silla cada 100. Tres silla cada 100. El DB SUA establece que en el ámbito de la protección de desniveles, en las zonas de uso público se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que sean susceptibles de causar caídas y que no excedan de…. 0,25 m. 0,35 m. 0,45 m. 0,55 m. Según el DB SUA ¿Para un edificio de uso residencial vivienda cómo debe estar diseñada una barrera de protección en la altura comprendida entre los 30 y 50 cm sobre el nivel del suelo?. No existirán puntos de apoyo, incluidos salientes sensiblemente horizontales con más de 5 cm de saliente. No existirán puntos de apoyo excepto los necesarios para el anclaje. Solo podrá haber salientes de hasta 3 cm de largo. Ninguna de las anteriores. En zonas de hospitalización o de tratamientos intensivos, el DB SUA establece que la profundidad de las mesetas de las escaleras en las que el recorrido obligue a giros de 180º será como mínimo de: 1,00 m. 1,60 m. 2,60 m. 1,50 m. Según el DB SI, ¿qué anchura debe tener la franja mínima que separe las zonas edificadas de las áreas forestales?. 15 m. 20 m. 25 m. 30 m. Según el DB SI, ¿Cómo se clasifica el grado de riesgo de los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios?. De riesgo leve, grave y muy grave. De riesgo relativo o absoluto. De riesgo alto, medio y bajo. De riesgo normal e inminente. Según el DB SI, ¿de qué clase serán los cerramientos formados por elementos textiles, tales como carpas?. Clase T1. Clase T2. Clase M1. Clase M2. EL DB SI establece que cuando la puerta esté situada en un itinerario accesible según DB SUA, dicha fuerza no excederá, en general: 10 N. 25 N. 50 N. 100 N. Según el DB SI, ¿en uso residencial vivienda, las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con rótulo "SALIDA"?. No. Sí. Sí, pero solo si el edificio tiene una ocupación superior a 200 persoans. Ninguna de las anteriores. Según el DB SI, se debe instalar un sistema de control de humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, entre otros, en establecimientos de uso comercial o pública concurrencia cuya ocupación exceda de: 100 personas. 250 personas. 500 personas. 1000 personas. Según el DB SI, deben disponer de un espacio de maniobra para los bomberos los edificios con una altura de evacuación descendente mayor que: 9 m. 18 m. 20 m. 40 m. Según el DB SI, la señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios deben cumplir lo establecido en: El Real Decreto 2267/2004, de 3 de septiembre. El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo. El Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre. Ninguna de las anteriores. El DB SI establece que en el caso de que el edificio esté equipado con columna seca debe haber acceso para un equipo de bomberos a una distancia de cada punto de conexión a ella de: Menos de 5 m. Menos de 9 m. Menos de 18 m. Menos de 25 m. En general y al margen de las excepciones, el DB SI establece que las estructuras sustentantes de cerramientos formados por elementos textiles, tales como carpas, serán. R20. R30. R40. R50. Según el DB SI en los establecimientos comerciales en los que no esté previsto el uso de carros, los puntos de paso a través de las cajas podrán considerarse como elementos de evacuación, siempre que su anchura libre sea ¿de cuanto como mínimo?. 0,70 m. 0,80 m. 0,90 m. 1,20 m. Según el DB SI, ¿Cómo tiene que ser las paredes de un vestíbulo de independencia?. EI30. EI60. EI100. EI120. Según el DB SI, ¿qué aspectos hay que tener presentes para determinar la densidad de ocupación?. El uso previsto y la superficie del local. El uso previsto, la zona y el tipo de actividad. El uso previsto, la superficie del local y el tipo de actividad. El uso previsto y el tipo de actividad. Según el DB SI, ¿Qué que porcentaje puede aumentarse la longitud de los recorridos de evacuación cuando se trate de sectores de incendio protegidos con una instalación automática de extinción?. 15%. 25%. 30%. 35%. Según el DB SI, ¿qué aspectos hay que tener presentes para determinar la capacidad de evacuación de las escaleras en función de su anchura?. Anchura de la escalera, sentido de la evacuación (ascendente o descendentes), si está protegida o no. Anchura de la escalera, si está protegida o no y número de plantas. Anchura de la escalera, sentido de la evacuación (ascendente o descendentes), si está protegida o no y número de plantas. Ninguna de las anteriores. En relación con las puertas situadas en recorridos de evacuación, el DB SI considera aplicada la fuerza de apertura abatible de forma estática en el borde de la hoja, perpendicularmente a la misma y a una altura de... 500 ± 10 mm. 750 ± 10 mm. 1000 ± 10 mm. 1000 ± 5 mm. Según el DB SI, ¿es especialmente necesario disponer señales indicativas de dirección de los recorridos de evacuación frente a una salida de un recinto con ocupación mayor que 50 personas que acceda lateralmente a un pasillo?. No, sería especialmente necesaria con una ocupación mayor que 100 personas. Si, ya que se supera el límite crítico de 50 personas. Depende del uso. Ninguna de las anteriores. Según el DB SI, ¿un edificio de uso residencial público debe disponer de una columna seca?. No, nunca. Si, siempre. Si, pero solo cuando la altura de evacuación excede de 28 m. Si, pero solo cuando la altura de evacuación excede 24 m. Según el DB SI, ¿un aparcamiento debe de disponer columna seca?. No, nunca. Si, pero solo cuando existen más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, con tomas en todas sus plantas. Si, siempre. No, excepto si tiene más de 5 plantas sobre rasante y ningún edificio colindante a menos de 500 m la posee. Según el DB SI, ¿de que diámetro serán las bocas de incendio equipadas para uso de aparcamiento?. 25 mm. 45 mm. 30 mm. 50 mm. Según el DB SI, los viales de aproximación de los vehículos de los bomberos a los espacios de maniobra deben cumplir, suponiendo que no sean tramos curvos, con las siguientes condiciones: Una anchura y altura mínima libre y una capacidad portante del vial. Una anchura y altura libre y que estén exento de arbolado en 50 m. Una anchura y altura libre y que estén exento de obstáculos verticales en un radio de 50 m. Una anchura y altura mínima libre y que el firme sea asfalto u hormigón. Según el DB SI, ¿Cuándo se admite que un elemento estructural tiene suficiente resistencia al fuego?. Cuando supera el ensayo de Chomsky. Cuando supera el ensayo de Freddy. Si, durante la duración del incendio, el valor de la temperatura observada para un tiempo "t" en el interior del elemento es un 10% inferior al valor de la temperatura garantizada para dicho tiempo. Si, durante la duración del incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho elemento. No se excluyen del ámbito de aplicación del CTE-DB HE Limitación de la demanda energética: Los cambios de uso de edificios existentes. Las construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. Las edificaciones o partes de las mismas que, por sus características de utilización, estén abiertas de forma permanente. Ninguna de las anteriores. La exigencia básica relativa a la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación es la: HE1. HE2. HE3. HE4. Según la CTE-DB-HE 4, “Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria” en el apartado de mantenimiento, el fluido refrigerante pertenece al: Sistema eléctrico y de control. Sistema de acumulación. Sistema de captación. Circuito hidráulico. Según la CTE-DB-HE 1, “Limitación de demanda energética”, El cociente entre la radiación solar a incidencia normal que se introduce en el edificio a través del acristalamiento y la que se introduciría si el acristalamiento se sustituyese por un hueco perfectamente transparente, se denomina. Factor de sombra. Factor de temperatura de la superficie interior. Factor solar. Factor solar modificado. La permeabilidad al aire de una ventana o puerta se define en el DB HE ahorro de energía como: La propiedad de dejar pasar el aire cuando se encuentra sometida a una presión diferencial. La propiedad de dejar pasar el aire cuando se encuentra sometida a una diferencia de temperatura. La propiedad de no dejar pasar el aire cuando se encuentra sometida a una presión diferencial. La propiedad de no dejar pasar el aire cuando se encuentra sometida a una diferencia de temperatura. La inclinación óptima del sistema generador de agua caliente sanitaria para demanda preferente en invierno será según la sección HE 4 del Código Técnico de la Edificación: La latitud geográfica. La latitud geográfica más 10 º. La latitud geográfica menos 10 º. La latitud geográfica junto con las sombras. ¿Qué documento básico limita el riesgo de aparición de humedades de condensación, superficiales e intersticiales?: El DB-HE 1 Limitación de la demanda energética. El DB-SE 2 Aptitud al servicio. El DB-HS 1 Protección frente a la humeda. Ninguna de ellas. Según se establece en el Documento Básico HE Ahorro de Energía, la sección HE 0: "Limitación del consumo energético" es de aplicación a intervenciones en edificios existentes, entre otros, en los siguientes casos: Todos los cambio de uso sin excepciones. Reformas en las que se renueven de forma conjunta las instalaciones de generación térmica y más del 25% de la superficie total de la envolvente térmica final del edificio. Ampliaciones en las que se incremente la superficie o el volumen construido de la unidad de uso o unidades de uso sobre las que se intervenga. Ninguna de las anteriores. Según establece en el Documento Básico de Ahorro de Energía, la Sección HE 5: "Generación mínima de energía eléctrica", es de aplicación a: Ampliaciones de edificios existentes, con uso distinto al residencial privado, cuando incrementen la superficie construida en más de 1.000 m2. Edificios de nueva construcción y ampliaciones de edificios existentes, con uso distinto al residencial privado, cuando superen o incrementen la superficie construida de 3.000 m2. Edificios de uso residencial privado. Edificios de nueva construcción, con uso distinto al residencial privado, cuando superen o incrementen la superficie construida de 1.000 m2. Según establece en el Documento Básico de Ahorro de Energía, la Sección HE 0: "Limitación del consumo de demanda energética", cual de los siguientes supuestos, considerados como excluidos del ámbito de aplicación es incorrecto: Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. Ampliación de edificios existentes. Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales. Edificios aislados con una superficie útil inferior a 50 m2. Según establece en el Documento Básico de Ahorro de Energía, la Sección HE 4: "Contribución de Agua Caliente Sanitaria", en el caso de que algún mes del año la contribución solar pudiera sobrepasar el 100% de la demanda energética, se adoptará cualquiera de las siguientes medidas. Indica cual es errónea: Dotar a la instalación de la posibilidad de disipar excedentes. Tapado total del campo de captadores. Vaciado parcial del campo de captadores. Desvío de los excedentes energéticos a otras aplicaciones existentes. La sección HE4 del Documento Básico HE es de aplicación en los edificios de nueva construcción con una demanda de ACS superior a: 100 l/d. 150 l/d. 200 l/d. 250 l/d. En ampliaciones o intervenciones en edificios existentes, la sección HE 4 del Documento Básico DB HE es de aplicación: Cuando la demanda inicial de ACS del edificio existente sea superior a 2.500 l/d y la intervención suponga un incremento superior al 100% de la demanda inicial. Cuando la demanda inicial de ACS del edificio existente sea superior a 2.500 l/d y la intervención suponga un incremento superior al 50% de la demanda inicial. Cuando la demanda inicial de ACS del edificio existente sea superior a 5.000 l/d y la intervención suponga un incremento superior al 100% de la demanda inicial. Cuando la demanda inicial de ACS del edificio existente sea superior a 5.000 l/d y la intervención suponga un incremento superior al 50% de la demanda inicial. De acuerdo con la sección HE 4 del Documento Básico DB HE, la contribución mínima de energía procedente de fuentes renovables cubrirá, al menos: el 65% de la demanda energética anual de ACS y para climatización de piscina. el 70% de la demanda energética anual de ACS y para climatización de piscina. el 90% de la demanda energética anual de ACS y para climatización de piscina. el 80% de la demanda energética anual de ACS y para climatización de piscina. La sección HE 4 Documento Básico DB HE establece que la contribución mínima de energía procedente de fuentes renovables podrá reducirse al 60% cuando la demanda de ACS sea inferior a: 500 l/d. 1000 l/d. 2500 l/d. 5000 l/d. Para poder considerar la contribución renovable a efectos de la sección HE 4 del Documento Básico DB HE, de las bombas de calir destinadas a la producción de ACS y/o climatización de piscina, éstas deberán disponer de un valor de rendimiento medio estacional (SCOP dhw) superior a: 1,15 cuando sean accionadas mediante energía térmica. 2,5 cuando sean accionadas eléctricamente. Ambas respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Según la sección HE 4 del Documento Básico DB HE, el valor de rendimiento medio estacional se determinará para la temperatura de preparación del ACS, que no será inferior a: 22,5 ºC. 30 ºC. 45 ºC. 60 ºC. En el cado de piscinas descubiertas existentes que pasen a ser cubiertas, ¿es de aplicación la sección HE 4 del DB HE?. Si, siempre. Si, cuando se renueve la instalación de generación térmica. No, salvo que la demanda de ACS sea superior a 5.000 l/día. No, nunca. En relación con la generación de energía eléctrica procedente de fuentes renovables, el DB HE 5 dispone que la potencia obligatoria a instalar no será inferior a: 10 kW. 20 kW. 30 kW. 100 kW. Indique en cuál de los siguientes situaciones no es de aplicación la sección HE 3 del Documento Básico DB HE;. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. intervenciones en edificios existentes con cambio de uso caracter´sitico del edificio. Edificios aislados con una superficie total superior a 50 m2. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Según la sección HE 3 del Documento Básico DB HE, las instalaciones de iluminación de cada zona dispondrán de un sistema de control y regulación que incluya: Un sistema de encendidos por horario centralizado en cada cuadro eléctrico. Un sistema de encendido y apagado manual externo al cuadro eléctrico. Ambas respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las anteriores es correcta. ¿Cuántas zonas climáticas de invierno considera el Documento DB HE?. 4. 6. 10. 12. A efectos de la sección HE 3 del Documento Básico DB HE, están excluidas de la exigencia de incorporar sistemas de aprovechamiento de luz natural: Las habitaciones de hospital. Las habitaciones de vivienda. Ambas respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las anteriores es correcta. Indique cuál de los siguientes aspectos no es necesario que considere el procedimiento de determinación del consumo energético del edificio, de acuerdo con la sección HE 0 del Documento Básico DB HE: Las solicitaciones exteriores, las solicitaciones interiores y las condiciones operacionales. Las necesidades de los servicios de calefacción, refrigeración, ACS y ventilación, control de humedad. El diseño, emplazamiento y orientación del edificio. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. EL DB HE 0 establece que las condiciones operacionales para espacios en uso residencial privado se definen por el siguiente parámetro: Distribución horaria del consumo de ACS. Temperatura de consigna baja y alta. Ambas respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las anteriores es correcta. EL DB HE 0 excluye de su ámbito de aplicación: Los edificios de nueva construcción e intervenciones de edificios existentes. Las construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización superior a 2 años. Los edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de los mismos, de baja demanda energética. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. La exigencia de que instalaciones térmicas de la que dispongan los edificios deben ser apropiadas para lograr el bienestar térmico de sus ocupantes se desarrolla, de acuerdo con lo indicado en la sección HE 2 del Documento Básico DB HE: En el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. En la sección HE 0 del Documento Básico DB HE. En la sección HE 2 del Documento Básico DB HE. En el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril. Según el Anejo C del Documento Básico DB HE, la envolvente térmica está compuesta por: Todos las particiones interiores, incluyendo sus puentes térmicos, que delimitan todos los espacios habitables del edificio o parte del edificio. Todos las particiones interiores, excluyendo sus puentes térmicos, que delimitan todos los espacios habitables del edificio o parte del edificio. Todos los cerramientos y particiones interiores, incluyendo sus puentes térmicos, que delimitan todos los espacios habitables del edificio o parte del edificio. Todos los cerramientos y particiones interiores, excluyendo sus puentes térmicos, que delimitan todos los espacios habitables del edificio o parte del edificio. Según el DB HE 4, en el caso de recuperación de energía residual procedente de equipos de refrigeración en edificios residenciales no se podrá contabilizar un aprovechamiento de energía por este motivo: Superior al 20% de la extraída. Superior al 50% de la extraída. Inferior al 50% de la extraída. Ninguna de las anteriores es correcta. Según el Anejo F del CTE DB HE, la demanda de referencia de ACS para edificios de uso residencial privado se obtiene considerando unas necesidades de: 17 l/d por persona (a 45ºC). 25 l/d por persona (a 45ºC). 28 l/d por persona (a 60ºC). 35 l/d por persona (a 60ºC). |