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TEMA 5 INTRODUCCIÓN SCIOS SOCIALES

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Título del Test:
TEMA 5 INTRODUCCIÓN SCIOS SOCIALES

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Fecha de Creación: 2026/11/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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1. ¿Qué norma jurídica supone la universalización de los servicios sociales, antes gestionados dentro de la Seguridad Social, convirtiéndolos en servicios públicos estatales financiados a cargo del presupuesto del Estado y para todos los ciudadanos?. Real Decreto 36/1978, de 16 de noviembre, de reforma de la Gestión Institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo. La Ley 193/1963 sobre Bases de la Seguridad Social. La Ley 14/1986 General de Sanidad. La Ley de Bases de Régimen Local de 1985.

2. En materia de servicios sociales, el "Libro Blanco de la Seguridad Social" de 1977 propugnaba: La transferencia a la Administración del Estado de los servicios sociales de la Seguridad Social. La privatización de la gestión asistencial. Mantener los servicios sociales ligados exclusivamente a las cotizaciones laborales. La supresión inmediata del INAS.

3. Tras el Real Decreto 36/1978, la gestión de la protección pública se estructura mediante tres Institutos. ¿Cuál de ellos se encomienda a los servicios sociales complementarios?. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Instituto Nacional de la Salud (INSALUD). Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO). Instituto Nacional de Empleo (INEM).

4. La locución expresa "servicios sociales" aparece mencionada textualmente en la Constitución Española de 1978 únicamente en el: Artículo 39 (protección de la familia). Artículo 49 (atención a personas con discapacidad). Artículo 50 (bienestar de la tercera edad). Artículo 41 (sistema de Seguridad Social).

5. ¿En qué artículo de la Constitución Española de 1978 se establece que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencia exclusiva en materia de "Asistencia Social"?: En el artículo 148.1.20ª. En el artículo 149.1.17ª. En el artículo 147.1. En el artículo 50.

6. El artículo 149.1.17ª de la Constitución Española de 1978 reservó como competencia exclusiva del Estado: La legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social. La gestión de los centros municipales de servicios sociales. La regulación del voluntariado y la beneficencia privada. La gestión directa de las residencias de ancianos.

7. En el texto de la Constitución Española de 1978 no existe un tratamiento global y unificado de los servicios sociales, sino menciones a grupos o colectivos específicos. ¿En qué artículos se contemplan la protección de la familia y de la infancia respectivamente?. Artículo 25. Artículo 39. Artículo 48. Artículo 50.

8. En la Constitución de 1978, la atención y política pública orientada a los ciudadanos con discapacidad ("disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos") se consagra en el: Artículo 49. Artículo 14. Artículo 42. Artículo 51.

9. La palabra "beneficencia" ha desaparecido del vocabulario constitucional y estatutario de la España democrática, figurando únicamente con carácter de competencia exclusiva en el Estatuto de Autonomía de: Aragón. Navarra. Baleares. Extremadura.

10. El artículo 14 de la Carta Social Europea (ratificada por España) recoge: La obligación del Estado de crear y fomentar los servicios sociales, organizados, tutelados y financiados por el mismo. La obligación de que los servicios sociales sean gestionados en exclusiva por el sector privado. La erradicación de las prestaciones sociales asistenciales. La obligatoriedad del régimen de copago universal.

11. Entre los rasgos distintivos que caracterizaban el sistema de asistencia social al inicio de la Transición española se encuentra: Un carácter y orientación benéfica, filosofía paternalista, asistencia individualizada y falta de orientación preventiva. Un sistema técnico descentralizado y con alta participación comunitaria. Una amplia red de derechos subjetivos plenamente garantizados. La financiación exclusiva mediante impuestos ecológicos.

12. Durante el periodo de transición política, la falta de respaldo democrático inicial en los Ayuntamientos frente a las crecientes demandas sociales apoyadas por organizaciones sindicales y políticas se resolvió por: La presión ciudadana y la implantación de una dinámica que alimentaba la aparición de nuevas demandas. La intervención militar de los centros benéficos. La supresión de las licencias municipales de asistencia. El restablecimiento de las Cédulas de Pedir del siglo XVI.

13. El Libro Verde y el Libro Blanco de la política social europea señalaron como desafíos centrales para la Europa social: La desestructuración social y la nueva pobreza. La vuelta al régimen de servidumbre agrícola. La eliminación de los sindicatos de trabajadores. La abolición de la educación pública.

14. Respecto a la naturaleza de las prestaciones en las leyes autonómicas de servicios sociales de última generación, la tendencia predominante es configurarlas como: Un derecho subjetivo plenamente exigible ante la Administración. Una ayuda meramente discrecional según la disponibilidad económica. Una prestación graciable derivada de la caridad eclesiástica. Un seguro privado obligatorio contratado por el usuario.

15. En la Constitución Española de 1978, la garantía del principio de libertad e igualdad sustanciales y el mandato a los poderes públicos de remover los obstáculos que impidan su plenitud se recoge en el: Artículo 9.2. Artículo 14. Artículo 1.1. Artículo 128.

16. El Auxilio Social, creado durante la Guerra Civil (1936), cambió de denominación en el año 1974 pasando a llamarse: Instituto Nacional de Asistencia Social (INAS). INSERSO. Fondo de Protección Benéfico Social. Instituto Nacional de Previsión.

17. En la Constitución de 1978, el artículo 42 establece la obligación del Estado de velar especialmente por los derechos económicos y sociales de: Los trabajadores españoles en el extranjero y orientar la política hacia su retorno. Los jóvenes de entre 16 y 25 años. Las personas reclusas en centros penitenciarios. La población rural desfavorecida.

18. La recomendación constitucional dirigida a los poderes públicos para promover la participación libre e eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural se encuentra en el: Artículo 48. Artículo 39. Artículo 14. Artículo 50.

19. ¿En qué artículo de la Constitución Española de 1978 se dispone que las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social?. Artículo 25.2. Artículo 18. Artículo 49. Artículo 148.

20. Las desigualdades más acusadas en la intensidad de protección y niveles de desarrollo de los Servicios Sociales dentro de España se han producido entre: Los niveles de servicios disponibles entre las distintas Comunidades Autónomas. Los municipios costeros y los municipios de interior exclusivamente. Los trabajadores del sector primario y los del sector terciario. Las capitales de provincia y los distritos judiciales.

21. ¿Qué autor/autores afirman que el paso hacia el Estado de Bienestar supone asumir un alto grado de responsabilidad en la promoción del bienestar económico, material, físico y psicológico del ciudadano a través de la legislación social?. Moix, Cerdeira y Varque. Casado y Guillén. Doyal y Gough. Rubio Nombela.

22. Según la clasificación de Isabel Cerdeira sobre las secuencias históricas de la protección social en España, la etapa que se inicia tras el Franquismo a partir de la Constitución de 1978 es la etapa de: Servicios Sociales. Beneficencia del Estado. Asistencia social graciable. Seguros sociales socio-educativos.

23. La Carta Social Europea fue firmada en Turín en 1961 y ratificada formalmente por España en el año: 1980. 1978. 1963. 1992.

24. El precepto constitucional del artículo 41 de la CE de 1978 establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de: Desempleo. Jubilación anticipada únicamente. Enfermedad profesional exclusivamente. Accidentes de tráfico.

25. ¿Cuál de los siguientes factores se señala como una de las causas del retraso histórico de España en la configuración de un sistema público de Servicios Sociales en comparación con otros países europeos?. El peso de la Iglesia en la vida social y política, el retraso económico y el escaso desarrollo inicial del movimiento obrero. La inexistencia de texto constitucional en el siglo XIX. El exceso de gasto en infraestructuras sociales durante el siglo XVIII. La prohibición legal de los hospitales de beneficencia.

26. El principio de universalidad en el sistema público de Servicios Sociales implica que: El acceso a las prestaciones y recursos del sistema es un derecho de todos los ciudadanos sin discriminación. Todos los servicios deben ser de pago previo. Los servicios sociales sustituyen íntegramente al sistema sanitario. Solo pueden acceder al sistema las personas que hayan cotizado previamente.

27. La regulación básica que rige los derechos y deberes en la prestación de Servicios Sociales en cada territorio del Estado español está recogida principalmente en: Las Leyes de Servicios Sociales aprobadas por los Parlamentos de las respectivas Comunidades Autónomas. Los Reglamentos del Ministerio de Asuntos Exteriores. Las Ordenanzas de las Cajas de Ahorros. El Fuero del Trabajo.

28. La reestructuración de la gestión de la Seguridad Social llevada a cabo por el Real Decreto 36/1978 tuvo como fin principal: Separar la gestión sanitaria, la de prestaciones económicas y la de servicios sociales para universalizar el acceso a la protección pública. Centralizar la asistencia benéfica en los ayuntamientos. Suprimir la protección a la tercera edad. Otorgar la titularidad del sistema a las mutuas patronales.

29. En el mapa de competencias dibujado por la Constitución de 1978, el principio de descentralización y proximidad de los Servicios Sociales otorga el protagonismo ejecutivo en la atención primaria a: Las Entidades Locales (Municipios). El Gobierno Central. La Unión Europea. Las Mancomunidades eclesiásticas.

30. La promulgación de las Leyes de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas a lo largo de las décadas de 1980 y 1990 permitió en España: La consolidación de un "cuarto pilar" del Estado de Bienestar con red propia de equipamientos y profesionales. La vuelta al modelo de hospicios de beneficencia del siglo XIX. La unificación de los presupuestos estatales en una sola caja centralizada. La desaparición de los servicios de atención primaria municipal.

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