TEMA 5. LPAC ART 112-126
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Título del Test:![]() TEMA 5. LPAC ART 112-126 Descripción: Aux. administrativo OSAKIDETZA |




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Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa: Podrán ser recurridos potestativamente en reposición. No podrán ser recurridos. Podrán ser recurridos potestativamente en alzada. Podrán ser recurridos por los recursos de reposición que se interpongan de forma sucesiva. En los procedimientos administrativos, ponen fin a la vía administrativa: Las resoluciones de los recursos judiciales de reposición. Las resoluciones de los recursos de alzada. El acuerdo del interesado con la administración que tengan interés de resolver el procedimiento. El recurso ordinario de revisión. La interposición del recurso deberá expresar: Firma por medios electrónicos del recurrente. Órgano o tribunal al que se dirige. El acto que se recurre y la razón de su impugnación. La lesión producida a los intereses legítimos. |