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Tema 5 - Régimen local español.

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Título del Test:
Tema 5 - Régimen local español.

Descripción:
Principios constitucionales y regulación jurídica

Fecha de Creación: 2026/01/30

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

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Temario:

178.- ¿Cuál es la Ley que regula las Haciendas Locales?. a) La Ley Reguladora de las Haciendas Locales 3/2004, de 5 de marzo. b) El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. c) El Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. d) La Ley de Haciendas Locales y Régimen Local 2/2004, de 5 de marzo.

181.- En la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone que las Entidades Locales, en su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponden en todo caso a los municipios, las provincias y las islas, una serie de potestades, regulándose las mismas en el artículo: a) 4. b) 5. c) 6. d) 2.1.

182.- En todos los Ayuntamientos ha de existir el siguiente órgano: a) La Junta de Gobierno. b) Las Juntas Municipales de Distrito. c) La Comisión Especial de Cuentas. d) Los Concejales que ostentes delegaciones.

183.- En relación a los Vicepresidentes de la Diputación, según dispone la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) Son nombrados por el Pleno al comienzo de su mandato. b) Son como mucho dos. c) Son designados libremente por el presidente de entre todos los Diputados. d) Sustituyen al Presidente en caso de enfermedad por el orden de su nombramiento.

184.- ¿En qué norma se recoge la posibilidad de crear agrupaciones de municipios distintos de la provincia?. a) Esa posibilidad es inconstitucional, ya que se prohíbe expresamente en la Constitución Española. b) Se regula únicamente en el Ley 7/1985, de 2 de abril. c) Se reconoce expresamente en la Constitución en el artículo 141. d) Se reconoce esa posibilidad en la Constitución Española en el artículo 142.

187.- El artículo 137 de la Constitución Española reconoce la autonomía para la gestión de sus respectivos intereses: a) A las Comunidades Autónomas que se constituyan. b) A los Municipios, Provincias e Islas. c) A los Municipios, provincias y Comunidades Autónomas que se constituyan. d) A los Municipios, Provincias, Islas y Comunidades Autónomas que se constituyan.

192.- Las Áreas Metropolitanas, según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) Son de preceptiva creación en los términos fijados en la misma. b) Son entidades locales. c) Carecen de la consideración de entidad local. d) Equivalen a las Mancomunidades allí donde no existen.

194.- ¿Qué consideración tiene la Provincia según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local?. a) Una Entidad local básica. b) Una Entidad local territorial. c) El órgano de administración de las Diputaciones. d) Una entidad integrante en la Comunidad Autónoma.

196.- ¿En qué Ley se recoge expresamente la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local?. a) En el artículo 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local. b) En el artículo 137 de la Constitución Española. c) En el artículo 60 del Estatuto de Autonomía de Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007. d) No se recoge expresamente.

199.- Según el artículo 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, las Entidades Locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con: a) Los principios de eficacia, sostenibilidad, descentralización y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. b) Los principios de transparencia, eficacia y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. c) Los principios de eficacia, descentralización y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. d) Los principios de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

200.- ¿Qué son las Áreas Metropolitanas según el artículo 43 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local?. a) Son Entidades Locales creadas por acuerdo del Consejo de Ministros que están integradas por Municipios de grandes aglomeraciones urbanas. b) Son Entidades Locales creadas por las Comunidades Autónomas que están integradas por Municipios de grandes aglomeraciones urbanas. c) Son Entidades Locales creadas por las Diputaciones Provinciales que están integradas por Municipios de grandes aglomeraciones urbanas. d) Son Entidades Locales creadas por las Comunidades autónomas, que están integradas por Ayuntamientos y Corporaciones de grandes aglomeraciones urbanas.

201.- Según el artículo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Administración Local y las demás Administraciones Públicas: a) Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. b) Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, transparencia y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. c) Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, eficacia, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. d) Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de lealtad institucional, información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.

202.- En relación con la creación o supresión de municipios o su alteración, dispone el artículo 13 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que requerirán: a) Informe de la Administración que ejerza la tutela financiera. b) Audiencia de los municipios interesados en todo caso y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma concernida. c) Únicamente audiencia de los municipios interesados. d) Audiencia de los municipios interesados en todo caso y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma concernida, y el Informe de la Administración que ejerza la tutela financiera.

207.- Definición de la Provincia según el artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) Entidad Local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. b) Entidad local territorial. c) Entidad local básica con personalidad jurídica. d) Entidad Local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica plena y propia capacidad para el cumplimiento de sus objetivos.

208.- Según el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Municipio ostenta competencias en materia de: a) Protección de medio ambiente urbano. b) Transporte interurbano de viajeros. c) Ordenación del tráfico en vías interurbanas. d) Protección de carreteras.

209.- ¿Qué regula el artículo 142 de la Constitución Española?. a) Las Haciendas Locales. b) El Municipio. c) La elección de los Alcaldes. d) Las Comunidades Autónomas.

215.- Los Tenientes de Alcalde, según el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) Son nombrados por el Pleno al comienzo de su mandato. b) No pueden exceder, en su número, de tres. c) Han de ser nombrados de entre los miembros de la Junta de gobierno, donde ésta exista. d) Pueden ser cesados por el Pleno.

216.- Entre las competencias de la Junta de Gobierno de un Ayuntamiento atribuidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra: a) Asistencia al alcalde en el ejercicio de sus funciones. b) Estudio de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno. c) Emisión de los informes preceptivos requeridos por otras Administraciones Públicas. d) Resolución, por delegación del Pleno, de los asuntos menores.

218.- Definición de Municipio según el artículo 11 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: a) Entidad local de organización. b) Entidad local básica de la organización territorial del Estado. c) Entidad local básica con personalidad jurídica. d) Entidad local básica de la organización territorial del Estado, con personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

220.- Las Diputaciones Provinciales se mencionan expresamente en la Constitución Española de 1978, en el artículo: a) 137. b) 142.1. c) 141.1. d) 141.2.

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