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tema 5 t r e b e p

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Título del Test:
tema 5 t r e b e p

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tema estatuto

Fecha de Creación: 2025/12/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 17

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Son empleados públicos. Funcionarios de carrera. Funcionarios interinos. Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. Todas correctas.

Según Ley del Estatuto Básico del Empleado público, aprobado por Real Decreto 5/2015, 30 octubre, se aplica directamente al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral de: Los organismos públicos, agencias, y demás entidades de derecho público sin personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas. Las Universidades Públicas. Las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.

Según artículo 15 del TREBEP, los empleados públicos tienen los siguientes derechos individuales que se ejercen de forma colectiva: libertad sindical; libertad de culto; ejercicio de huelga y reunión en los términos establecidos en el artículo 46 del propio Estatuto. libertad sindical; negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo; y ejercicio de huelga y a la libertad de culto. libertad sindical; negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo; y ejercicio de huelga y libertad de culto. libertad sindical; negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo; ejercicio de huelga ; planteamiento de conflictos colectivos en el trabajo de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso y al de reunión, en los términos establecidos en el artículo 46 del propio Estatuto.

Según el art 15 del TREBEP, los empleados públicos tienen, entre otros, el siguiente derecho individual que se ejercen de forma colectiva. a la libertad de culto. a la formación continua. a la libre asociación profesional. a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

De acuerdo con el texto refundido de la Ley del TREBEP, indique cuál de los siguientes no es un derecho individual de los empleados públicos que se ejerce de manera colectiva: la libre asociación profesional. libertad sindical. el ejercicio de huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. la negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

Según el art 15 del Real Decreto Legislativo 5/2015, 30 oct, TREBEP, entre los derechos individuales de los empleados públicos que se ejercen de forma colectiva, se encuentra: el ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. el ejercicio de la huelga, sin la necesidad del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Según el art 15 de RD 5/2015 de TREBEP, señale cuál no es un derecho individual ejercido colectivamente: la formación continua. la libertad sindical. la negociación colectiva. el ejercicio de huelga.

De acuerdo con el texto refundido de TREBEP , indique cuál no es un derecho individual de los empleados públicos que se ejerce de manera colectiva: la libre asociación profesional. la libertad sindical. el ejercicio de huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. la negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

De acuerdo al art 16, TREBEP, la carrera horizontal para los funcionarios de carrera consiste en : Progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. Ascenso desde una categoría profesional a otra categoría del grupo inmediatamente superior. Acceso a otra categoría profesional del mismo grupo profesional. Movilidad y en el ascenso en la estructura de puestos de tranajo a través de los procediminetos de provisión establecidos.

Según art 16 TREBEP RD 5/2015, 30 octubre, el ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión se corresponde con: la carrera horizontal. la carrera vertical. promoción interna vertical. promoción interna horizontal.

Dentro de las modalidades de carrera profesional de los funcionarios de carrera, recogidas en el art 16 RD 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba TREBEP, no se encuentra la modalidad de: carrera horizontal. promoción interna transversal. carrera vertical. promoción interna vertical.

De acuerdo con RD 5/2015, 30 octubre, por el que se aprueba el texto TREBEP, la cuantía y estructura de las retribuciones complementarias de los funcionarios se establecerán por las correspondientes leyes de cada Administración Pública atendiendo, entre otros, a los siguientes factores: La progresión alcanzada por el funcionario dentro del sistema de carrera administrativa. El grado de interés, iniciativa o esfuerzo con el que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos. Los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo. Todas las anteriores son correctas.

Los empleados públicos tienen derecho a la negociación colectiva para la determinación de sus condiciones de trabajo. A los efectos del RD 5/2015 , de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público ¿Qué se entiende por negociación colectiva?. la facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios a través de los cuales , se instrumente la interlocución entre las Administraciones Públicas y sus empleados. El derecho a participar, a través de las organizaciones sindicales, en los órganos de control y seguimiento de las entidades u organismo que legalmente se determine. El derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública. El derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional.

Señale la correcta en relación a las mesas de negociación: dependiendo de las Mesas Generales de Negociación y sin que sea necesario acuerdo de las mismas podrán constituirse Mesas Sectoriales. Se reconoce la legitimación para negociar de las asociaciones de municipios, no así la de Entidades Locales de ámbito supranacional. La competencia de las Mesas Sectoriales se extenderá a los temas comunes a los funcionarios del sector que no hayan sido objeto de decisión por parte de la Mesa General respectiva. A los efectos de la negociación colectiva de los funcionarios públicos, se constituirá una Mesa General de Negociación sólo en el ámbito de la Administración General del Estado.

Respecto a la reciente incorporación de la prestación del servicio mediante teletrabajo, el TREBEP en su artículo 47 bis establece que: en todo caso, tendrá carácter obligatorio y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados. en todo caso, tendrá carácter voluntario y no reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados. en todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados. ninguna es correcta.

De acuerdo al art 48 del RD 5/2015, 30 octubre, TREBEP, los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos. 2 días a la semana para realización de funcionales sindicales o representación de personal. 20 días por matrimonio. 5 días por asuntos particulares. Un día por traslado de domicilio sin cambio de residencia.

Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la funcionaria o el funcionario tendrá derecho a: reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas percibiendo las retribuciones íntegras. reducir su jornada de trabajo hasta un mínimo de 2 horas con la disminución proporcional de sus retribuciones. ausentarse del trabajo durante un máximo de 2 horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras. ausentarse del trabajo durante un máximo de 2 horas diarias con la disminución proporcional de sus retribuciones.

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