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Tema 54 y 55. Estatutos y Pres. Entidades Locales

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Título del Test:
Tema 54 y 55. Estatutos y Pres. Entidades Locales

Descripción:
Tema 54 y 55. Estatutos y Pres. Entidades Locales

Fecha de Creación: 2022/11/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

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De acuerdo con los Estatutos del Consorcio, ¿cómo se determina la aportación de la Diputación de Valencia al Presupuesto anual?. a) 50% como máximo. b) 50% más la aportación correspondiente a municipios menores de 20.000 habitantes. c) La diferencia resultante entre el presupuesto de gastos y la suma de las aportaciones de Generalitat Valenciana y ayuntamientos consorciados. d) 5/3 de la cantidad aportada por Generalitat Valenciana.

Según los estatutos del Consorcio, éste podrá prestar servicios a los municipios de menos de 20000 habitantes. a) Los de menos de 20000 no tienen obligación. b) Sí cuando estos no procedan a la prestación, en cuyo caso solo los servicios mínimos exigibles. c) Se está obligado a prestar el servicio en su totalidad y de forma gratuita. d) De estos municipios se hacen cargo las brigadas de bomberos forestales.

El artículo 17.1 de los Estatutos del Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Valencia dispone que el órgano supremo de gobierno del Consorcio es: a) La Asamblea General, compuesta por una persona representante de cada uno de los municipios consorciados designados por el Pleno del mismo, una persona representante de la Generalitat, y el Presidente/a del Consorcio. b) La Junta de Gobierno, compuesta por una persona representante de cada uno de los municipios consorciados designados por el Pleno de éste, una persona representante de la Generalitat, y el Presidente/a del Consorcio. c) La Junta de Municipios, compuesta por una persona representante de cada uno de los municipios consorciados designados por el Pleno y el Presidente/a del Consorcio. d) La Comisión General, compuesta por una persona representante de cada uno de los municipios consorciados designados por el Pleno, una persona representante de la Generalitat, y el Presidente/a del Consorcio.

Señale, a tenor de lo dispuesto en el artículo 20 de los vigentes Estatutos del Consorcio, cuál de los siguientes órganos del Consorcio es competente para aprobar la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de prevención, extinción de incendios, salvamento y otros: a - Comisión de Cuentas. b - Junta de Gobierno. c - Presidente/a. d - Asamblea General.

Para elaborar el presupuesto del Consorcio la Unidad Económica ha tenido que determinar el importe de la aportación de los municipios consorciados. Según los Estatutos (artículo 43): a - Las aportaciones que hayan de efectuar en cada período o anualmente los municipios consorciados serán directamente proporcionales al presupuesto ordinario municipal para operaciones corrientes y a su distancia al parque más cercano por carretera de dominio y uso público. b - Las aportaciones que hayan de efectuar en cada período o anualmente los municipios consorciados serán directamente proporcionales al presupuesto ordinario municipal para operaciones corrientes y de capital y a su distancia al parque más cercano por carretera. c - Las aportaciones que hayan de efectuar anualmente los municipios consorciados serán directamente proporcionales al importe de su presupuesto general con independencia de su distancia a un parque de bomberos. d - Las aportaciones que hayan de efectuar en cada período o anualmente los municipios consorciados serán directamente proporcionales al presupuesto ordinario municipal para operaciones corrientes y de capital y a su distancia al parque más cercano por carretera de dominio y uso público.

El BUP del parque 301 ha realizado el servicio en un municipio de más de 20.000 habitantes. ¿Esta prestación es posible atendidos los Estatutos vigentes del Consorcio?. a - No, el Consorcio solo prestará sus servicios en los territorios de los entes Consorciados. b - Sí, solo en el supuesto de que el municipio esté consorciado. c - No, el Consorcio solo prestará los servicios en los municipios menores de 20.000 habitantes. d - Sí, si el municipio está consorciado y también si aún no perteneciendo lo solicita expresamente mediante la contraprestación que corresponda.

El presupuesto del consorcio inicialmente aprobado y publicado en el BOP de la provincia de Valencia, podrá admitir reclamaciones. a - Durante veinte días a partir del siguiente a la fecha de inserción del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. b - Durante quince días a partir del siguiente a la fecha de inserción del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. c - Durante quince días a partir de la fecha de inserción del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. d - Durante treinta días a partir del siguiente a la fecha de inserción del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Consorcio estará integrado por: a - La Diputación Provincial de Valencia, la Generalitat, y los Municipios de la provincia de Valencia con población inferior a 20.000 habitantes. b - La Diputación Provincial de Valencia, la Generalitat, y los Municipios de la provincia de Valencia, que figuran en el Anexo de los Estatutos, sin que puedan incorporarse otros municipios y entidades locales. c - La Diputación Provincial de Valencia, la Generalitat, y los Municipios de la provincia de Valencia, que figuran en el Anexo de los Estatutos, sin perjuicio de que puedan incorporarse en el futuro otros municipios y entidades locales. d - Las Diputaciones Provinciales de Valencia, Castellón y Alicante, la Generalitat, y los Municipios de la provincia de Valencia, que figuran en el Anexo de los Estatutos.

Según el artículo 4 de los Estatutos del Consorcio provincial de bomberos de la provincia de Valencia, el Consorcio tendrá una duración de: a - 10 años. b - Por tiempo indefinido. c - 25 años. d - 50 años.

El Consorcio para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia, en sus Estatutos, artículo 37, establece que el cargo de titular de la gerencia recaerá en la persona designada por. a - La Comisión de Gobierno del Consorcio. b - La Asamblea General del Consorcio. c - El Presidente o Presidenta del Consorcio. d - El Presidente o Presidenta de la Generalidad.

En el Reglamento Orgánico del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y de Salvamento de la Provincia de Valencia, en el artículo 33 apartado. 3, se indica que “En todo caso, la Asamblea General se reunirá con carácter ordinario, como mínimo...”: a - Una vez cada dos años. b - Dos veces al año. c - Una vez al año. d - Cuatro veces al año.

El Reglamento orgánico del Consorcio establece que: a - El Consorcio estará sujeto al régimen de presupuestario, contabilidad y control de la Administración General del Estado. b - El Consorcio estará sujeto al régimen de presupuestario, contabilidad y control de la Generalitat Valenciana. c - Que el Consorcio debido a sus peculiaridades tiene únicamente dos órganos de gobierno que son la Asamblea General y la Comisión de cuentas. d - El Consorcio estará sujeto al régimen de presupuestario, contabilidad y control de la Diputación Provincial de Valencia a la que está adscrito.

“Las sesiones de los Órganos de Gobierno del Consorcio se celebrarán en...”: a - La sede del Consorcio, o en la sede de cualquier Entidad Consorciada mayor de 20.000 habitantes. b - La sede del Consorcio, o en la sede de la Dirección General de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias. c - La sede del Consorcio, sin perjuicio de que previa resolución del Presidente o la Presidenta se puedan llevar a cabo en cualquiera de las sedes de las Entidades Consorciadas. d - La sede del Consorcio, o en la sede de la Diputación provincial de Valencia.

Relaciona los siguientes parques del CPBV con el tipo de parque: Sagunt. Paterna. Chelva. Burjassot. Gandía. Xàtiva. Requena. Ayora. Vallada.

El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y al mismo habrá de unirse, para su elevación al pleno la siguiente documentación: Memoria suscrita por el presidente, explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el anterior. Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos a seis meses del mismo, suscrito ambos por el interventor. Anexo de la inversiones a realizar en el ejercicio, suscrito por el presidente. Anexo del personal de la entidad local. Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas.

¿Cuales son los órganos de gobierno del CPBV?. Asamblea General. Presidente/a de la dip. Provincial de Valencia, así como del CPBV o el diputado/a en quien delegue. Junta de Gobierno. Vicepresidente/a designado por la Generalitat o director general en materia de prevención. Gerente/a designado por el/la Presidente del consorcio.

Relaciona los siguientes códigos de los parques con su ubicación. 001. 101. 201. 301. 401. 501. 601.

El vicepresidente/a del CPBV será: Designado por la presidencia del CPBV, siendo funcionario/a de carrera con titulación superior o del sector privado con 5 años de experiencia o más y titulación superior. Designado por la Presidencia Diputación Provincial de Valencia o el diputado/a en quien delegue. designado por la Generalitat y/o Dirección General en materia de prevención, extinción de incendios y emergencias de la Generalitat. Pudiendo este, designar a un sustituto al funcionario/a idóneo/a. designado por la Diputación Provincial de Valencia y/o Dirección General en materia de prevención, extinción de incendios y emergencias de la Generalitat. Pudiendo este, designar a un sustituto al funcionario/a idóneo/a.

¿De cuántos parques de bomberos consta el Consorcio?. a - 6 Parques Principales, 12 Auxiliares y 7 de Voluntarios. b - 6 Parques Principales, 10 Auxiliares y 5 de Voluntarios. c - 6 Parques Principales, 11 Auxiliares y 7 de Voluntarios. d - 6 Parques Principales, 11 Auxiliares y 6 de Voluntarios.

¿En cuantas Zonas Operativas está divida la provincia, según el Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia?. 8. 6. 5. 7.

¿Cuál es el código del Parque de Sinarcas?. 604. 205. 605. 603.

Los Estatutos del CPBV indican que los órganos de gobierno del Consorcio son los siguientes: a - La Asamblea General, la Junta de Gobierno, El/La Presidente/a, El/La Vicepresidente/a. b - La Asamblea General, la Junta de Gobierno, El/La Presidente/a, El/La Gerente/a. c - La Asamblea de Gobierno, la Junta General, El/La Presidente/a, El/La Vicepresidente/a. d - La Asamblea de Gobierno, la Junta General, El/La Presidente/a, El/La Gerente/a.

De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del reglamento orgánico de organización del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, el gobierno del mismo estará formado por los siguientes órganos: a - El Pleno, La Junta de Gobierno, el Presidente o la Presidenta, el Vicepresidente o la Vicepresidenta, la Comisión Informativa, la Comisión de Cuentas. b - El Presidente o la Presidenta, La Junta de Gobierno, La Comisión Informativa, la Junta de Portavoces. c - La Asamblea General, La Junta de Gobierno, el Presidente o la Presidenta, el Vicepresidente o la Vicepresidenta, la Comisión Informativa, la Comisión de Cuentas y aquellos otros órganos complementarios que el Consorcio decida establecer y regular de conformidad con lo previsto en la legislación básica estatal y de la Comunidad Autónoma. d - El Pleno, la Comisión de Gobierno, la Junta de Portavoces y aquellos otros órganos complementarios que el Consorcio decida establecer y regular de conformidad con lo previsto en la legislación básica estatal y de la Comunidad Autónoma.

Según el art.2 del reglamento orgánico del CPBV el consorcio se organiza y actúa, de acuerdo con los principios de: Eficacia, jerarquía, descentralización funcional, desconcentración, coordinación y servicio al ciudadano, con pleno sometimiento a la ley y al derecho. Eficacia, jerarquía, descentralización funcional, desconcentración, coordinación y servicio al ciudadano, con pleno sometimiento a la ley. Eficacia, jerarquía, desconcentración, coordinación y servicio al ciudadano, con pleno sometimiento a la ley y al derecho. Eficacia, jerarquía, desconcentración, coordinación y servicio al ciudadano, con pleno sometimiento a la ley.

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