tema 6-7 Estatuto C.A
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Título del Test:![]() tema 6-7 Estatuto C.A Descripción: grupo C1 |




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Un Estatuto de Autonomía requiere para su aprobación: Mayoría absoluta del Congreso y del Senado. Mayoría simple de las Cortes Generales. Mayoría cualificada del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Mayoría absoluta del Congreso. La Comunidad Autónoma de Extremadura, ostenta en materia de Sanidad e Higiene: Competencias exclusivas. Sólo de ejecución. Sólo de desarrollo normativo.,. Competencias de desarrollo normativo y ejecución. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura el desarrollo legislativo y la ejecución en: Organización de sus instituciones de autogobierno. Ferias Internacionales. Materia de Enseñanza, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. Propiedad Intelectual. La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencia sobre la ordenación de su Hacienda Pública. Por tanto, en esta materia le corresponde a la Comunidad Autónoma: La función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Exclusivamente la potestad reglamentaria organizativa, así como la adopción de planes y programas. Complementar la normativa del Estado, previa autorización de éste, mediante la legislación propia de desarrollo. Exclusivamente la ejecución de la ley de bases establecida por el Estado. Los Organismos Autónomos y las Entidades Públicas empresariales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura se crean: Por Orden del titular de la Consejería a la que se adscriba el Organismo autónomo o la entidad pública. Por ley de la Asamblea de Extremadura. Por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura y previa iniciativa del Consejero correspondiente. Por Decreto del Consejo de Gobierno y previa iniciativa del Consejero correspondiente. Es una causa de cese del Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura la incapacidad física o psíquica total y permanente que lo imposibilite para el ejercicio del cargo, dicha causa de cese debe, entre otros requisitos: Ser apreciada motivadamente por el Consejo de Gobierno, por unanimidad de sus miembros. Ser propuesta a la Asamblea de Extremadura que, en caso de que la estime, debe declararla por mayoría de 1/3 de sus miembros. Ser apreciada motivadamente por el Consejo de Gobierno, por mayoría simple de sus miembros. Ser propuesta a la Asamblea de Extremadura que, en caso de que la estime, debe declararla por mayoría de sus miembros. El artículo 53 del Estatuto de Autonomía establece que, en los términos que establezca la legislación, las entidades locales extremeñas disponen de: Potestad reglamentaria. Prerrogativas de derecho privado. Autonomía para establecer su propia estructura jurídica. Potestad legislativa. El Presidente de Extremadura, según el artículo 24 del Estatuto de Autonomía: Ostenta la más alta representación del Estado en la Comunidad Autónoma. Ejerce la representación ordinaria de la Comunidad Autónoma. Preside la Junta de Extremadura. Preside la Asamblea de Extremadura. La Comunidad Autónoma de Extremadura según su Estatuto de Autonomía, tiene competencias de ejecución en la siguiente materia: Vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. Sanidad alimentaria. Productos farmacéuticos. Régimen minero y energético. Según el artículo 26 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, una de las atribuciones del Presidente como supremo representante de la Comunidad Autónoma es: Ejercer la representación de Extremadura en sus relaciones con las instituciones del Estado, con otras Comunidades Autónomas y con las demás administraciones públicas, y en el ámbito internacional cuando proceda. Firmar los decretos y acuerdos adoptados por la Junta de Extremadura y ordenar su publicación oficial cuando proceda. Ejercer las acciones que correspondan en vía jurisdiccional, dando cuenta a la Junta de Extremadura. Remitir a la Asamblea la información que ésta requiera del Gobierno o Administración regionales. |