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Tema 6 específico

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Título del Test:
Tema 6 específico

Descripción:
art. 54-69

Fecha de Creación: 2026/04/06

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 19

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DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), ¿QUÉ SE ENTIENDE POR ORDEN SUPERIOR?. La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la iniciación del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo superior del competente para la instrucción del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo superior jerárquico del competente para la resolución del procedimiento. La emitida por un órgano administrativo colegiado del competente para la iniciación del procedimiento.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL ACUERDO DE INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE OFICIO, PUEDE SER COMO CONSECUENCIA DE LA PETICIÓN RAZONADA DE OTROS ÓRGANOS. ¿ES VINCULANTE TAL PETICIÓN?. Si, salvo determinadas excepciones. No, en todo caso. No, la petición no vincula al órgano competente, si bien deberá comunicar al órgano que la hubiera formulado los motivos por los que, en su caso, no procede la iniciación. No cuando el competente para la iniciación sea diferente del instructor.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 62 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LOS PROCEDIMIENTOS SE PUEDEN INICIAR DE OFICIO POR DENUNCIA ¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS DEBERÁ EXPRESAR LA DENUNCIA?. La identidad de la persona o personas que las presentan. El relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. Si los hechos pudieran constituir una infracción administrativa, en cuyo caso, recogerán la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables. Todos los anteriores son elementos que deben expresarse.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), ¿CÓMO SE INICIARÁN LOS PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA?. De oficio por acuerdo del órgano competente, exclusivamente por propia iniciativa. De oficio, por acuerdo del órgano competente y establecerán la debida separación entre la fase instructora y la sancionadora, que se encomendará a órganos distintos. De oficio o a solicitud de parte interesada. De oficio por acuerdo del órgano competente, exclusivamente por denuncia.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), SI LA SOLICITUD FORMULADA POR UN CIUDADANO NO REÚNE LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR EL ARTÍCULO 66 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP) Y, EN SU CASO, EL ARTÍCULO 67 U OTROS EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN ESPECÍFICA, ¿CÓMO DEBE PROCEDER LA ADMINISTRACIÓN?. Se le tiene desistido de su petición. Caduca el procedimiento. No cabe subsanar la falta. Debe requerir al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), ¿CÓMO DEBE PROCEDER LA ADMINISTRACIÓN ANTE UN SUJETO QUE ESTÁ OBLIGADO A LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE UNA SOLICITUD, SI LO HICIERA PRESENCIALMENTE?. Deberá levantarse acta sucinta, que se incorporará al procedimiento. Se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud la inicial. Las respuestas b) y c) son correctas.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 39/2015, ¿ES POSIBLE AMPLIAR EN CINCO DÍAS EL PLAZO DE SUBSANACIÓN DE UNA SOLICITUD CORRESPONDIENTE A UN PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA?. No, en ningún caso. Si, pero solo cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales. No, pues la ampliación no puede ser superior a tres días. Si, en cualquier caso.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), SE ENTIENDE POR INICIO DEL PROCEDIMIENTO POR PETICIÓN RAZONADA DE OTROS ÓRGANOS. La propuesta de iniciación del procedimiento formulada por un órgano administrativo con competencia para iniciar el procedimiento y que ha tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento. La propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que no tiene competencia para iniciar el mismo y que ha tenido conocimiento de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento, bien ocasionalmente o bien por tener atribuidas funciones de inspección, averiguación o investigación. En los procedimientos de naturaleza sancionadora, las peticiones deberán especificar únicamente, la persona o personas presuntamente responsables; las conductas o hechos que pudieran constituir infracción administrativa y su tipificación. En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, la petición deberá especificar únicamente la lesión producida en una persona o grupo de personas.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA EL ACUERDO DE INICIACIÓN DEBERÁ CONTENER ÚNICAMENTE: Identificación de la persona o personas presuntamente responsables y los hechos que motivan la incoación del procedimiento. Identificación de la persona o personas presuntamente responsables y el órgano competente para la resolución del procedimiento. Identificación de la persona o personas presuntamente responsables, incluido el denunciante. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NATURALEZA SANCIONADORA, CUANDO EN EL MOMENTO DE DICTAR EL ACUERDO DE INICIACIÓN NO EXISTAN ELEMENTOS SUFICIENTES PARA LA CALIFICACIÓN INICIAL DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA INCOACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: La citada calificación podrá realizarse en una fase posterior, siempre que no haya prescrito. El acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada. La citada calificación podrá realizarse en una fase posterior mediante la elaboración de un Pliego de cargos, que deberá ser notificado a los interesados. El acuerdo de iniciación del procedimiento se notificará a los particulares, concediéndoles un plazo de diez días para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), EL ÓRGANO COMPETENTE PODRÁ RECABAR DEL SOLICITANTE LA MODIFICACIÓN O MEJORA VOLUNTARIAS DE LOS TÉRMINOS DE LA SOLICITUD: En todo procedimiento cualquiera que sea su forma de iniciación. Únicamente en los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados. Únicamente en los procedimientos iniciados de oficio. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 39/2015 (LPACAP), LAS DECLARACIONES RESPONSABLES Y LAS COMUNICACIONES PERMITIRÁN: El reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su concesión. En ningún caso la comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad. La comunicación podrá presentarse dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad cuando la legislación correspondiente lo prevea expresamente. Podrá ser exigible bien una declaración responsable, bien una comunicación para iniciar una misma actividad.

Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con el principio de: (Señale el enunciado FALSO): Proporcionalidad. Efectividad. Menor onerosidad. Mayor eficacia.

Según la ley de Procedimiento Administrativo Común, aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración Pública competente sus datos identificativos o cualquier otro dato relevante para el inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho se define como: Declaración Responsable. Notificación. Denuncia. Comunicación.

El inicio del procedimiento a solicitud del interesado deberá contener en todo caso en la solicitud que se formule: (señale el enunciado FALSO): Nombre y apellidos del interesado y de la persona que lo representa. Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud. Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

Según la ley de Procedimiento administrativo común se podrán establecer medidas provisionales (Señale el enunciado FALSO): Iniciado el procedimiento, por el órgano administrativo competente para resolver, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, si existiesen elementos de juicio suficientes. Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, por el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados. Iniciado el procedimiento, por el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, en los casos de urgencia inaplazable. Las medidas provisionales podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción.

LA LPAC, RESPECTO A LA REGULACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE Y LAS COMUNICACIONES, ESTABLECE: El reconocimiento a la persona interesada del inicio de la actividad solicitada, desde el día en que se dicte la resolución que pone fin al procedimiento administrativo. En todo caso, la posibilidad de presentar las comunicaciones dentro de un plazo posterior al inicio de la actividad. La habilitación legal para la exigencia acumulativa de ambas en supuesto de inicio de una misma actividad. Ninguna de las anteriores es correcta.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con su artículo 66, cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso: Preferente por los interesados. Discrecional por los interesados. Voluntario por los interesados. Obligatorio por los interesados.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con su artículo 55, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas: (señale el enunciado FALSO). Con anterioridad al inicio del procedimiento con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto. En los procedimientos de naturaleza sancionadora las actuaciones previas se orientarán a determinar con la menor precisión posible, los hechos susceptibles de motivar la incoación. Las actuaciones previas serán realizadas por los órganos que tengan atribuidas funciones de investigación, averiguación e inspección en la materia. Con anterioridad al inicio del procedimiento con el fin de conocer la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.

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