Tema 6. Gestión del conflicto de intereses
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Título del Test:
![]() Tema 6. Gestión del conflicto de intereses Descripción: NIVEL 1 |



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Las entidades aseguradoras que distribuyan IBIPS han de tomar todas las medidas oportunas para detectar posibles conflictos de interés. Verdadero. Falso. Los incentivos son siempre de tipo económico. Verdadero. Falso. El test de idoneidad hay que cumplimentarlo en el momento de la contratación del producto. Verdadero. Falso. Las entidades aseguradoras o los mediadores de seguros sólo pueden abonar o cobrar honorarios o comisiones, o proporcionar o recibir cualquier beneficio no monetario en relación con la distribución de IBIPs, cuando sea posible demostrar que el pago o beneficio: No perjudica el cumplimiento de la obligación del mediador de seguros o de la entidad aseguradora de actuar con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, en el mejor interés de sus clientes. No perjudica la calidad del correspondiente servicio al cliente. En ambos casos. Ninguna de las respuestas es correcta. En la comercialización de los IBIPs, la Ley de Distribución de Seguros, distingue entre tres tipos de ventas: Informada, conducida y en ejecución. Informada, asesorada y ordenada. Ninguna de las anteriores es correcta. Informada, asesorada y en ejecución. Las entidades aseguradoras que distribuyan IBIPS han de tomar todas las medidas oportunas para detectar posibles conflictos de interés: Cuando la prima anual supera los 12.000 €. Siempre. Cuando la provisión matemática acumulada supera los 120.000 €. Cuando la duración del contrato supera los 5 años. El documento, en forma de cuestionario, que evalúa los conocimientos y la experiencia sobre los mercados financieros del inversor es el: Test de aceptación. Test de conveniencia. Test de adecuación. Test de Idoneidad. En el test de adecuación, ¿se preguntará sobre cuáles son los ingresos del cliente y la fuente de los mismos?. Solo cuando el tomador tiene una edad inferior a 30 años. Sí. Solo en el caso de pago en forma de prima única que supere lo 10.000 €. No, lo prohíbe la LOPD (Ley orgánica de protección de datos personales). El conjunto de preguntas que las entidades financieras realizarán a sus clientes para obtener información sobre sus conocimientos y experiencia previos, así como sobre sus objetivos de inversión y su situación financiera es el: Test de aceptación. Test de adecuación. Test de Idoneidad. Test de conveniencia. ¿Son lo mismo el Test de adecuación y el Test de Idoneidad?. No, el test de adecuación no se utiliza en los productos IBIPs, en para cuya comercialización solo se usa el test de idoneidad. No, el test de adecuación es más específico pues determina cuál es el conocimiento y la experiencia en productos del tipo que quiere contratar. No, el test de idoneidad es más específico pues determina cuál es el conocimiento y la experiencia en productos del tipo que quiere contratar. Sí. ¿En que disposición legal se define qué tipo de test se ha de cumplimentar en función del tipo de venta que se vaya a realizar?. La Ley de Supervisión de Seguros. La Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales. La Ley de Mediación de Seguros Privados. La Ley de Distribución de seguros y reaseguros privados. El análisis de idoneidad será necesario: En el caso de venta informada. Siempre que se pretenda comercializar seguros de ahorro. Siempre que se pretenda comercializar productos IBIPs. En caso de venta asesorada. ¿En qué momento debe someterse al cliente al test de idoneidad?. Antes de pasados 30 días de la contratación del seguro IBIPs. Antes de pasados 15 días de la contratación del seguro IBIPs. Al inicio de la relación con el candidato, para poder valorar la adecuación de las ofertas a presentarle. En el momento de la contratación del seguro IBIPs. |




