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TEMA 6 (PE)

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Título del Test:
TEMA 6 (PE)

Descripción:
Ley 17/2015 - Sistema Nacional Protección Civil

Fecha de Creación: 2026/06/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 12

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La declaración de Zona Afectada Gravemente por una emergencia de protección civil prevista en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, se efectuará por: Acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior y, en su caso, de los titulares de los demás ministerios concernidos, e incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada. Los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior y, en su caso, de los titulares de los demás ministerios concernidos, e incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada. Ninguna opción anterior es correcta.

Según la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, la declaración de emergencia de interés nacional corresponderá: Al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas. Al titular de la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa o a instancia del titular del Ministerio del Interior o de los Delegados del Gobierno en la Comunidad Autónoma. A los Delegados del Gobierno en la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa o a instancia de los titulares de las Comunidades Autónomas.

La Ley 17/2015, de 9 de julio, trata: De la Norma Básica de Protección Civil. De la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. Del Sistema Nacional de Protección Civil.

¿Al amparo de qué artículo de la Constitución Española se dicta la Ley que trata del Sistema Nacional de Protección Civil?. Artículo 148.1.22. Artículo 149.1.29. Ninguna opción es correcta.

¿En qué fecha entró en vigor la Ley 17/2015, de 9 de Julio, del Sistema Nacional de Protección Civil?. El 9 de julio de 2015. El 10 de enero de 2016. Al día siguiente de su publicación en el BOE.

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema de Protección Civil, consta de: Siete Capítulos. Seis Títulos. Seis Capítulos.

A efectos de la Ley que regula el denominado Sistema Nacional de Protección Civil, se entiende por amenaza: Potencial de ocasionar daño en determinadas situaciones a colectivos de personas o bienes que deben ser preservados por la protección civil. La característica de una colectividad de personas o bienes que los hacen susceptibles de ser afectados en mayor o menor grado por un peligro en determinadas circunstancias. Situación en la que personas y bienes preservados por la protección civil están expuestos en mayor o menor medida a un peligro inminente o latente.

A efectos de la Ley que regula el denominado Sistema Nacional de Protección Civil, se entiende por emergencia de protección civil: Situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe. Una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o sociedad por ocasionar gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad. Servicios necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones Públicas.

Las actuaciones del Sistema Nacional de Protección Civil se regirán por los principios de: Colaboración, cooperación, coordinación, solidaridad interterritorial y subsidiariedad. Eficiencia, participación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Ambas opciones son correctas.

En la Ley que regula el Sistema Nacional de Protección Civil, se establece que en los casos de emergencia, cualquier persona está obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades competentes en materia de protección civil, pero ¿tendrán derecho a ser indemnizados por ello?. Tienen derecho a ser indemnizados salvo casos excepcionales. No tendrán derecho a ser a ser indemnizados por esta causa. La Ley no regula este supuesto.

Cuando la naturaleza de las emergencias lo haga necesario, las autoridades competentes en materia de protección civil podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así como a la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios y, en su caso, a la suspensión de actividades. Quienes como consecuencia de estas actuaciones sufran perjuicios en sus bienes y servicios: Tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes. No tendrán derecho a ser indemnizados ya que es un deber de los ciudadanos el colaborar con protección civil. Ninguna opción anterior es correcta.

De conformidad con la Ley que regula el Sistema Nacional de Protección Civil, cuando la naturaleza de las emergencias exija la entrada en un domicilio y, en su caso, la evacuación de personas que se encuentren en peligro: Se limitarán a poner el hecho en conocimiento del Juez de Guardia. Se limitarán a poner el hecho en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.

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