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TEMA 7

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Título del Test:
TEMA 7

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Tema 7 Transparencia de inf y buen gobierno

Fecha de Creación: 2026/11/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 115

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Según el artículo 13 de la Ley 19/2013, ¿qué se entiende por los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones?. Publicidad activa. Información pública. Transparencia activa. Información institucional.

Según lo dispuesto en la Ley 19/2013, las solicitudes que se refieran a información de publicación general: Se remitirán al lugar o lugares de dicha publicación. Se inadmitirán a trámite. Se desestimarán. Se archivarán.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 19/2013, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán la siguiente información de relevancia jurídica: Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación. Las cuentas anuales que deban rendirse. Los proyectos de Decreto Ley. Las retribuciones percibidas por todos los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado.

El incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa reguladas en la Ley 19/2013 tendrá la consideración de infracción: Muy leve. Leve. Grave. Muy grave.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes: Que tengan un carácter abusivo justificado con la finalidad de transparencia de esta Ley. Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Cuando el solicitante no motive su solicitud de acceso a la información. Cuando la solicitud no contenga, a efectos de notificaciones, una dirección de contacto electrónica.

Según la Ley 19/2013, cuando una solicitud de acceso a la información pública se refiere a información que no obre en poder del sujeto al que se dirige, este: La inadmitirá a trámite. Suspenderá el plazo para resolver. Dictará una resolución declarando caducado el procedimiento. La remitirá al competente, si lo conociera, e informará de esta circunstancia al solicitante.

Según el artículo 20 de la Ley 19/2013, la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso a la información pública deberá notificarse en el plazo máximo de: Tres meses desde la recepción de la solicitud, sin posibilidad de ampliación. Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, que podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario, previa notificación al solicitante. Un mes desde la recepción de la solicitud, ampliable por un máximo de quince días. Dos meses desde la recepción de la solicitud, sin posibilidad de ampliación.

La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso a la información pública solicitada deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de: Un mes para denegarla y dos para concederla. 15 días para denegarla y un mes para concederla. Dos meses para ambas. Un mes para ambas, sin perjuicio de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita hagan necesaria una ampliación.

¿Cómo se pueden recurrir las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública conforme a la Ley 19/2013?. Mediante recurso de alzada. Mediante recurso potestativo de reposición. Mediante recurso contencioso-administrativo. Mediante reclamación previa preceptiva ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Señale la respuesta INCORRECTA en relación con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Entre sus funciones se encuentra la de evaluar el grado de aplicación de la Ley 19/2013. Con carácter general, los puestos de trabajo del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno serán desempeñados por funcionarios públicos. Actúa con autonomía y plena independencia en el cumplimiento de sus fines y está adscrito al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

En el marco de las infracciones disciplinarias recogidas en la Ley 19/2013, el abuso de autoridad en el ejercicio del cargo es una infracción calificada como: Muy grave. Grave. Leve. Muy leve.

¿Cuál de las siguientes infracciones está tipificada como muy grave conforme a la Ley 19/2013?. La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función. El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo. La intervención en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de abstención legalmente señaladas. No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilice en provecho propio.

Según el artículo 2 de la Ley 19/2013, las disposiciones de este título se aplicarán a: Exclusivamente la Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, excluidas las ciudades de Ceuta y Melilla. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local. Exclusivamente las Administraciones territoriales y los organismos autónomos.

De acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 19/2013, también se aplicará a: Las entidades gestoras de la Seguridad Social, pero no a sus servicios comunes ni a las mutuas colaboradoras. Las mutuas de accidentes de trabajo, exclusivamente cuando no sean colaboradoras de la Seguridad Social. Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social, así como las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras de la Seguridad Social. Únicamente las entidades gestoras de la Seguridad Social y las entidades locales.

Según el artículo 2.1, ¿cuál de las siguientes entidades está incluida en el ámbito subjetivo de aplicación?. Las entidades privadas que tengan reconocida una especial autonomía por sus estatutos. Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que tengan atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter EXTERNO sobre un determinado sector o actividad. Exclusivamente los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales. Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que tengan atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter INTERNO sobre un determinado sector o actividad.

Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluyen: Exclusivamente las entidades públicas empresariales. Las entidades de Derecho Privado vinculadas a las Administraciones Públicas. Las Universidades públicas. Únicamente los organismos autónomos de la Administración General del Estado.

Las corporaciones de Derecho Público estarán incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 19/2013: En lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo. En lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho juridico. En lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho contencioso. En lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho privado.

Según el artículo 2.1, la Casa de Su Majestad el Rey, el Congreso de los Diputados, el Senado y el Tribunal Constitucional estarán incluidos en el ámbito de aplicación: En relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo. En relación con sus actividades sujetas a Derecho Legislativo. En relación con sus actividades sujetas a Derecho Político. En relación con sus actividades sujetas a Derecho Privados.

Las sociedades mercantiles estarán incluidas en el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley 19/2013 cuando la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en el artículo 2 en su capital social sea: Igual o superior al 25 por ciento. Igual o superior al 50 por ciento. Superior al 50 por ciento. Superior al 25 por ciento.

Según el artículo 2.1 de la Ley 19/2013, ¿cuál de las siguientes entidades está incluida en su ámbito de aplicación?. Las fundaciones privadas que no reciban subvenciones públicas. Las asociaciones constituidas exclusivamente por personas físicas. Las sociedades mercantiles cuyo capital sea íntegramente privado. Las fundaciones del sector público previstas en la legislación en materia de fundaciones.

Según el artículo 3 de la Ley 19/2013, las disposiciones del capítulo II del título I serán también aplicables a: Los partidos políticos, las Administraciones públicas y las entidades locales. Las organizaciones sindicales, las entidades gestoras de la Seguridad Social y las organizaciones empresariales. Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales. Los partidos políticos, las sociedades mercantiles públicas y las fundaciones del sector público.

Las entidades privadas estarán sujetas a las disposiciones del capítulo II del título I de la Ley 19/2013 cuando perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía: Superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros. superior a 50.000 euros o cuando al menos el 35 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 3.000 euros. superior a 20.000 euros o cuando al menos el 25 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 3.000 euros. superior a 10.000 euros o cuando al menos el 10 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 2.000 euros.

Las personas físicas y jurídicas distintas de las referidas en los artículos 2 y 3 de la ley, tienen obligación de suministrar información a la Administración, organismo o entidad prevista en el artículo 4 de la Ley 19/2013 se realizará: De oficio y sin necesidad de requerimiento. Previo requerimiento. Mediante autorización judicial. Exclusivamente a solicitud del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 5 de la Ley 19/2013, los sujetos enumerados en el artículo 2.1 como la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local publicarán la información: De forma anual y siempre que sea solicitada por los interesados. De forma permanente, sin necesidad de actualización. De forma periódica y actualizada, cuando su conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. Exclusivamente cuando afecte al funcionamiento.

Según el artículo 5.3 de la Ley 19/2013, cuando la información sujeta a publicidad contuviera datos especialmente protegidos, la publicidad solamente se llevará a cabo previa: Autorización del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comunicación a los interesados. Disociación de los mismos. Publicación parcial de toda la información.

Según el artículo 5.4 de la Ley 19/2013, la información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes: Exclusivamente sedes electrónicas. Exclusivamente páginas web institucionales. Boletines oficiales y tablones de anuncios. Sedes electrónicas o páginas web.

Según el artículo 5.4 de la Ley 19/2013, la información deberá publicarse de una manera: Resumida, técnica y exclusivamente en formato electrónico. Clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Técnica, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos digitales. Simple, clara, técnica, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables.

Según el artículo 5.4, se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar: La publicidad, la obligatoriedad, la transparencia y la conservación de los documentos. La accesibilidad, la transparencia, la seguridad y la protección de datos. La accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada, así como su identificación y localización. La accesibilidad, la confidencialidad, la conservación y la eliminación de la información.

Cuando se trate de entidades sin ánimo de lucro que persigan exclusivamente fines de interés social o cultural, estará sujeto a esta ley, cuando cuyo presupuesto sea inferior a: 50.000 euros y podrá realizarse utilizando los medios electrónicos. 60.000 euros y podrá realizarse utilizando los medios electrónicos. 100.000 euros y podrá realizarse utilizando los medios electrónicos. 80.000 euros y podrá realizarse utilizando los medios electrónicos.

Según el artículo 5.5 de la Ley 19/2013, toda la información será: Comprensible, de acceso fácil y gratuito. Clara, técnica, estructurada, de acceso fácil y gratuito. Pública, gratuita y exclusivamente electrónica. Comprensible, de acceso restringido y adaptada únicamente cuando lo solicite la persona interesada.

Según el artículo 6.2 de la Ley 19/2013, ¿Con qué frecuencia publicarán los planes y programas la Administración, donde fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución?. Planes anuales y plurianuales. Planes cada dos años. Planes anuales y extraordinarios. Planes trimestrales.

En el ámbito de la Administración General del Estado, ¿a quién corresponde la evaluación del cumplimiento de los planes y programas en la ley 19/2013?. Al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. A la Intervención General de la Administración del Estado. A la Agencia Estatal de Administración Tributaria. A las inspecciones generales de servicios.

Según el artículo 7 de la Ley 19/2013, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos: Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órgano. Todas las consultas planteadas por los particulares, con independencia de que tengan efectos jurídicos o supongan una interpretación del Derecho. Las directrices, instrucciones y acuerdos, pero no las circulares ni las respuestas a consultas. Exclusivamente las leyes y los reglamentos que hayan sido aprobados.

Según el artículo 7 de la Ley 19/2013, Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán cuando se soliciten los dictámenes a los órganos consultivos correspondientes: Los Anteproyectos de Ley y los proyectos de Decretos Legislativos. Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas. Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación. La relación de los convenios suscritos.

Según el artículo 7 de la Ley 19/2013 las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán cuya iniciativa les corresponda. Los proyectos de Reglamentos. Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos. Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. La información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento.

Según el artículo 8 de la Ley 19/2013, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a: Todos los actos administrativos dictados por los órganos competentes. Los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria. Los actos de gestión administrativa que tengan exclusivamente repercusión presupuestaria. Todos los actos de gestión administrativa, con independencia de su repercusión económica o presupuestaria.

Según el artículo 8 de la Ley 19/2013, Teniendo en cuenta las competencias legislativas de las Comunidades Autónomas, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública una información económica, presupuestaria y estadística. Cual NO es una de ellas. Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración. Las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos y la relativa a los contratos menores. Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados. Las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos, en particular, la memoria del análisis de impacto normativo.

Según el artículo 8 de la Ley 19/2013, Teniendo en cuenta las competencias legislativas de las Comunidades Autónomas, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública una información económica, presupuestaria y estadística. Cual NO es una de ellas. La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios. Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios. Los Anteproyectos de Ley y los proyectos de Decretos Legislativos cuya iniciativa les corresponda, cuando se soliciten los dictámenes a los órganos consultivos correspondientes.

Según el artículo 8 de la Ley 19/2013, Teniendo en cuenta las competencias legislativas de las Comunidades Autónomas, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública una información económica, presupuestaria y estadística. Cual NO es una de ellas. Los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución y sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas. Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo. Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.

Según el artículo 8 de la Ley 19/2013, Teniendo en cuenta las competencias legislativas de las Comunidades Autónomas, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública una información económica, presupuestaria y estadística. Cual NO es una de ellas. Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. Las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales. La información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia. Los proyectos de Reglamentos cuya iniciativa les corresponda.

Según el artículo 8.3 de la Ley 19/2013, las Administraciones Públicas publicarán la relación de: Los bienes inmuebles de su propiedad exclusivamente. Los bienes inmuebles sobre los que ostenten algún derecho real, exclusivamente. Los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real. Todos los bienes muebles e inmuebles que utilicen para el ejercicio de sus competencias.

El cumplimiento por la Administración General del Estado de las obligaciones contenidas en el capítulo relativo a la publicidad activa será objeto de control por parte de: El Ministerio de la Presidencia. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Las Cortes Generales.

Según el Art 9.¿Qué órgano tiene la competencia para dictar resoluciones que establezcan medidas para el cese del incumplimiento y el inicio de las actuaciones disciplinarias que procedan?. El Consejo de Ministros. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Tribunal Supremo. La Inspección General de Servicios.

Según el artículo 9 de la Ley 19/2013. El incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa reguladas en el capítulo correspondiente tendrá la consideración de: Infracción leve. Infracción muy grave. Infracción grave. Falta administrativa no susceptible de sanción disciplinaria.

Según el artículo 10 de la Ley 19/2013, ¿qué Administración desarrollará un Portal de la Transparencia?. Todas las Administraciones Públicas. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. La Administración General del Estado. Las entidades que integran la Administración Local.

Según el artículo 10 de la Ley 19/2013, El Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado dependerá de: El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Ministerio de Hacienda. El Ministerio de la Presidencia. Las Cortes Generales.

Según el artículo 10 de la Ley 19/2013. El Portal de la Transparencia incluirá, en los términos que se establezcan reglamentariamente: Toda la información solicitada por los ciudadanos, con independencia de su frecuencia. La información de la Administración General del Estado cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia. Únicamente la información que haya sido objeto de reclamación. La información que determine anualmente el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 11 de la Ley 19/2013, el Portal de la Transparencia contendrá información publicada de acuerdo con: Las instrucciones que establezca el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente. Las normas que establezca cada Administración Pública de forma independiente. Las instrucciones aprobadas por el Ministerio de la Presidencia.

¿Cuáles son los principios técnicos que se recogen el artículo 11 sobre El Portal de la Transparencia?. Transparencia, accesibilidad y reutilización. Accesibilidad, calidad e interoperabilidad. Accesibilidad e interoperabilidad. Interoperabilidad, publicidad y transparencia.

El principio de accesibilidad implica que: La información publicada deberá estar disponible exclusivamente en formatos reutilizables. Los documentos deberán estar publicados en todas las lenguas oficiales. Se proporcionará información estructurada sobre los documentos y recursos de información para facilitar la identificación y búsqueda de la información. La información deberá estar disponible únicamente mediante sistemas electrónicos de identificación.

Según el artículo 12 de la Ley 19/2013, ¿quiénes tienen derecho a acceder a la información pública?. Exclusivamente los ciudadanos españoles. Los ciudadanos españoles y los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea. Todas las personas mayores de edad. Todas las personas.

Según el artículo 13 de la Ley 19/2013, se entiende por información pública: Los documentos oficiales elaborados exclusivamente por las Administraciones Públicas. Los contenidos o documentos que hayan sido publicados en el Portal de la Transparencia. Los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Cualquier información que se encuentre en poder de una Administración Pública, con independencia de su origen.

Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La seguridad nacional y publica y la defensa. La digitalización y modernización de los archivos autonómicos. El fomento del comercio exterior y la libre competencia empresarial. La optimización de los costes presupuestarios del sector público.

Según el artículo 14 de la Ley 19/2013, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La protección del medio ambiente. La estabilidad política de las Administraciones Públicas. La protección de la imagen institucional. La eficacia de los servicios públicos.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La unificación de los soportes informáticos de las administraciones públicas. La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva. El incremento de la recaudación tributaria local. La simplificación de los procedimientos administrativos comunes.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control. La implantación generalizada de la administración electrónica. La coordinación de las bases de datos de personal laboral. La interoperabilidad entre los ministerios del Estado.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La coordinación interna de las comunidades autónomas. Las relaciones exteriores. La organización de los festejos locales. El intercambio comercial entre ministerios.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios. Únicamente los ilícitos de carácter civil y mercantil. Exclusivamente los ilícitos penales y tributarios. Solamente las faltas disciplinarias cometidas por el personal laboral de la administración.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: El presupuesto anual de los partidos políticos. Los intereses económicos y comerciales. La retribución fija de los altos cargos públicos. El volumen de ventas de las empresas privadas ajenas a la contratación pública.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La política económica y monetaria. La planificación urbanística de carácter municipal. La estrategia de digitalización de archivos provinciales. La política turística autonómica.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La libre difusión de obras científicas sin ningún tipo de restricción. El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. La titularidad pública de los dominios de internet del Estado. La patente exclusiva de productos extranjeros en territorio nacional.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 19/2013, de Transparencia, señale cuál de las siguientes opciones SÍ constituye un límite expreso al derecho de acceso a la información: La prohibición absoluta de debatir en sesiones públicas en el Consejo de Ministros. La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión. La obligación de destruir los borradores previos a la aprobación de un Real Decreto. El veto temporal a las actas de las mesas de contratación menor.

Las resoluciones sobre la limitación del derecho de acceso a la información que se dicten en aplicación, serán objeto de publicidad: Antes de ser notificadas a los interesados y sin disociar los datos personales. Una vez publicadas en el Portal de la Transparencia, aunque no hayan sido notificadas. Una vez hayan sido notificadas a los interesados, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran. Únicamente cuando sean firmes en vía judicial.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 19/2013. Cuando la información solicitada contenga datos personales que revelen la ideología, afiliación sindical, religión o creencias, el acceso únicamente podrá autorizarse: Cuando exista consentimiento tácito del afectado. Cuando exista consentimiento expreso del afectado, sin necesidad de que sea escrito. Cuando se cuente con el consentimiento expreso y por escrito del afectado. Cuando lo autorice el órgano administrativo que custodie la información.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 19/2013. Si la información incluyese datos personales que hagan referencia al origen racial, a la salud o a la vida sexual, incluyese datos genéticos o biométricos o contuviera datos relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no conllevasen la amonestación pública al infractor, el acceso a esos datos: Solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley. Solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del solicitante o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley. Solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado y del solicitante o si aquel estuviera amparado por una norma con rango Administrativo. Solo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango Administrativo.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 19/2013. Con carácter general, y salvo que en el caso concreto prevalezca la protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente protegidos sobre el interés público en la divulgación, se concederá acceso a: Información que contenga datos meramente identificativos relacionados con la organización, funcionamiento o actividad pública del órgano. Información que contenga datos de carácter personal de los empleados públicos, quedando prohibido su acceso en todo caso y sin admitir ningún tipo de ponderación posterior. Información que contenga datos identificativos, siempre y cuando se cuente con el consentimiento expreso y por escrito de cada uno de los funcionarios o autoridades afectadas. Información que contenga datos personales vinculados exclusivamente a la esfera privada de los altos cargos, excluyendo por completo a los funcionarios de carrera.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 19/2013. Cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente protegidos, el órgano al que se dirija la solicitud: Concederá el acceso previa ponderación suficientemente razonada. Denegará el acceso, salvo que exista consentimiento expreso de los afectados. Concederá el acceso únicamente cuando exista un interés privado superior. Deberá solicitar autorización al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 19/2013. NO es un criterio para la realización del acceso previa ponderación: El menor perjuicio a los afectados derivado del transcurso de los plazos establecidos en la Ley del Patrimonio Histórico Español. La justificación por los solicitantes de su petición en el ejercicio de un derecho o el hecho de que tengan la condición de investigadores y motiven el acceso en fines históricos, científicos o estadísticos. La mayor garantía de los derechos de los afectados en caso de que los datos contenidos en el documento puedan afectar a su intimidad o a su seguridad, o se refieran a menores de edad. El mayor perjuicio de los derechos de los afectados en caso de que los datos contenidos en el documento puedan afectar a su intimidad o a su seguridad, o se refieran a menores de edad..

Según el artículo 16 de la Ley 19/2013, cuando la aplicación de alguno de los límites al derecho de acceso a la información, previstos en la ley, no afecte a la totalidad de la información: Se denegará el acceso a toda la información solicitada. Se concederá el acceso íntegro a la información. Se concederá el acceso parcial previa omisión de la información afectada por el límite. Se solicitará autorización al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 16 de la Ley 19/2013, Cuando se conceda el acceso parcial al documento, deberá indicarse al solicitante: El motivo por el que se ha aplicado el límite, exclusivamente. La identidad del empleado público que ha realizado la omisión. Qué parte de la información ha sido omitida. El número de documentos que han sido excluidos de la solicitud.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso se iniciará con: La resolución de admisión de la solicitud. La presentación de la correspondiente solicitud. La publicación de la información en el Portal de la Transparencia. La autorización del titular del órgano administrativo competente.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, Cuando la información se encuentre en posesión de una entidad, la solicitud de acceso a la información deberá dirigirse: Al titular del Ministerio al que esté adscrita. Al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información. Al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. A la Administración General del Estado en todos los casos.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, Cuando se trate de información en posesión de personas físicas o jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, la solicitud se dirigirá: Directamente a dichas personas físicas o jurídicas. Al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La AGE, La Administraciones de las CCAA y La Administración local. Al órgano administrativo que haya autorizado la prestación del servicio público exclusivamente.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, la solicitud de acceso a la información podrá presentarse: Exclusivamente por medios electrónicos. Únicamente mediante escrito dirigido al órgano competente. Por cualquier medio que permita tener constancia de los datos exigidos legalmente. Exclusivamente a través del Portal de la Transparencia.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, . La solicitud podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de una serie de elementos, cual NO es uno de ellos: La identidad del administrativo del órgano o entidad publica. La información que se solicita. Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones. la modalidad que se prefiera para acceder a la información solicitada.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, el solicitante de información pública: No está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. Está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información y que serán tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. No está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información, pero no podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. Está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información y la negativa del motivo es causa de desestimación.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, La ausencia de motivación de una solicitud de acceso a la información: Será causa de inadmisión. Será causa de denegación del acceso. No será por sí sola causa de rechazo de la solicitud. Obligará al órgano competente a requerir al solicitante para que motive su petición.

Según el artículo 17 de la Ley 19/2013, los solicitantes de información podrán dirigirse a las Administraciones Públicas: Exclusivamente en castellano. En cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea. En cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado en el territorio en el que radique la Administración en cuestión. En cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado, con independencia del territorio en el que radique la Administración.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, se inadmitirán a trámite las solicitudes que incurran en alguna de las causas de inadmisión, mediante: Mediante resolución no motivada. Mediante resolución motivada. Mediante comunicación verbal al solicitante. Mediante resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en todos los casos.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes solicitudes de acceso a la información se inadmitirá a trámite mediante resolución motivada?. Aquella que se refiera a información que esté en curso de elaboración o de publicación general. Aquella cuya información ya haya sido publicada íntegramente en el BOE hace más de cinco años. La solicitada por un ciudadano extranjero que no resida legalmente en territorio español. La referida a documentos estadísticos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes solicitudes de acceso a la información se inadmitirá a trámite mediante resolución motivada?. Las solicitudes referidas a actas firmadas y aprobadas por el Consejo de Ministros. Las referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo (notas, borradores, opiniones). Los informes jurídicos emitidos preceptivamente con carácter previo a la aprobación de un Real Decreto. Las memorias económicas definitivas que acompañan a los expedientes de contratación pública ya adjudicados.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes solicitudes de acceso a la información se inadmitirá a trámite mediante resolución motivada?. Aquella relativa a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Aquella que requiera la simple copia digital y el envío por correo electrónico de documentos ya existentes en formato PDF. La solicitud que suponga un tiempo de búsqueda superior a cinco minutos en los archivos físicos del ministerio. La que obligue a anonimizar datos de carácter personal mediante un tratamiento automatizado estándar.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes solicitudes de acceso a la información se inadmitirá a trámite mediante resolución motivada?. La dirigida a un ministerio que posee la información pero se niega a cederla por motivos de oportunidad política. La dirigida a cualquier órgano de una comunidad autónoma con competencias concurrentes. La dirigida a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente. La presentada ante la Delegación del Gobierno habiendo un Ayuntamiento competente en la materia.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes solicitudes de acceso a la información se inadmitirá a trámite mediante resolución motivada?. Las que sean presentadas por asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en el registro mercantil. Las que sean formuladas por un mismo ciudadano de forma semanal sobre diferentes contratos menores. Las que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de la Ley. Las solicitudes masivas que superen los cien folios de extensión total en un mismo impreso.

Según el artículo 18 de la Ley 19/2013, En el caso de que se inadmita una solicitud por dirigirse a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente, el órgano que acuerde la inadmisión deberá indicar en la resolución: El motivo por el que el solicitante se ha dirigido al órgano incorrecto. El órgano que elaboró originalmente la información. El órgano que, a su juicio, es competente para conocer de la solicitud. El órgano superior jerárquico al que pertenece.

Según el artículo 19.1 de la Ley 19/2013, si la solicitud se refiere a información que no obre en poder del sujeto al que se dirige: Se inadmitirá siempre la solicitud mediante resolución motivada. Este la remitirá al competente, si lo conociera, e informará de esta circunstancia al solicitante. Se requerirá al solicitante para que presente una nueva solicitud ante el órgano competente. Se remitirá directamente al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 19 de la Ley 19/2013, Cuando la solicitud de acceso no identifique de forma suficiente la información, se pedirá al solicitante que la concrete en un plazo de: Cinco días. Diez días. Quince días. Un mes.

Según el artículo 19 de la Ley 19/2013, Cuando la solicitud no identifique de forma suficiente la información, se pedirá al solicitante que la concrete en un plazo de ? días, en caso de no hacerlo, se le tendrá por. Desestimado. Inadmitido. Desistido. Renunciante.

Según el artículo 19 de la Ley 19/2013, Cuando la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de: Quince días para realizar las alegaciones que estimen oportunas. Diez días para realizar las alegaciones que estimen oportunas. Cinco días para realizar las alegaciones que estimen oportunas. Veinte días para realizar las alegaciones que estimen oportunas.

Según el artículo 19 de la Ley 19/2013, Cuando la información objeto de la solicitud, aun obrando en poder del sujeto al que se dirige, haya sido elaborada o generada en su integridad o parte principal por otro, se procederá a: Inadmitir la solicitud mediante resolución motivada. Conceder directamente el acceso a la información. Remitir la solicitud a quien haya elaborado o generado la información para que decida sobre el acceso. Remitir la solicitud al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 20.1 de la Ley 19/2013, la resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse: Únicamente al solicitante en el plazo máximo de dos mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente. Al solicitante y a todos los terceros afectados, aunque no lo hayan solicitado en el plazo máximo de quince días desde la recepción de la solicitud por el órgano competente. Al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado, en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente. Al solicitante y al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en el plazo máximo de diez días desde la recepción de la solicitud por el órgano competente.

Según el artículo 20.1 de la Ley 19/2013, ¿Cuál es el plazo máximo para notificar la resolución que conceda o deniegue el acceso a la información?. máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. máximo de de quince días desde la fecha de presentación de la solicitud por el interesado. Dos meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente. Diez días desde la recepción de la solicitud por el órgano competente.

Según el artículo 20.1 de la Ley 19/2013, La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados en un determinado plazo, dicho plazo puede ampliarse?. No. Si, este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario. Si, Este plazo podrá ampliarse por otros quince días en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario. Este plazo podrá ampliarse por otros diez días en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario.

Según el artículo 20.2 de la Ley 19/2013, ¿Cuál de las siguientes resoluciones exigirá obligatoriamente estar motivada?. Las resoluciones que denieguen el acceso, las que concedan el acceso parcial o a través de una modalidad distinta a la solicitada y las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de un tercero. Aquella que conceda el acceso de forma íntegra y coincidente al 100% con la modalidad solicitada por el ciudadano. Únicamente aquellas resoluciones dictadas por los ministerios del Gobierno central en materia de seguridad nacional. Exclusivamente las resoluciones de inadmisión a trámite basadas en causas de reelaboración o carácter auxiliar.

Según el artículo 20.2 de la Ley 19/2013, Cuando un tercero afectado se haya opuesto a la entrega de la información durante el trámite de audiencia y la Administración decida estimar el acceso, sólo tendrá lugar cuando haya transcurrido. haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de quince días. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de diez días.

Según el artículo 20.3 de la Ley 19/2013. Cuando la mera indicación de la existencia o no de la información supusiera la vulneración de alguno de los límites al acceso: Se concederá el acceso parcial a la información. Se inadmitirá la solicitud mediante resolución motivada. Se indicará esta circunstancia al desestimarse la solicitud. Se remitirá la solicitud al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Según el artículo 20.4 de la Ley 19/2013. ¿Qué sentido tiene el silencio administrativo si transcurre el plazo máximo para resolver y notificar sin que la Administración se haya pronunciado expresamente?. Estimatorio, entendiéndose concedido el acceso a toda la información solicitada. Desestimatorio, entendiéndose denegada la solicitud de acceso a la información. Caducidad automática del procedimiento con archivo de las actuaciones. Suspensión del plazo hasta que el Consejo de Transparencia dicte orden de ejecución.

Según el artículo 20.5 de la Ley 19/2013. Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles directamente ante: El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. La Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Según el artículo 20.6 de la Ley 19/2013. El incumplimiento reiterado de la obligación de resolver en plazo tendrá la consideración de: Infracción leve. Infracción muy grave. Infracción grave. Falta administrativa no susceptible de sanción disciplinaria.

Según el artículo 21.1 de la Ley 19/2013, ¿qué Administraciones deberán establecer sistemas para integrar la gestión de solicitudes de información de los ciudadanos en el funcionamiento de su organización interna?. Exclusivamente la Administración General del Estado. Las Administraciones Públicas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley. Exclusivamente las entidades que integran la Administración Local.

Según el artículo 21.2 de la Ley 19/2013, En el ámbito de la Administración General del Estado, existirán: Comisiones de transparencia. Unidades administrativas generales. Unidades especializadas. Órganos independientes dependientes del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Recabar y difundir la información a la que se refiere el capítulo II del título I de esta Ley. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Recibir y dar tramitación a las solicitudes de acceso a la información. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Realizar los trámites internos necesarios para dar acceso a la información solicitada. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Realizar el seguimiento y control de la correcta tramitación de las solicitudes de acceso a la información. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Asegurar la disponibilidad en la respectiva página web o sede electrónica de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Mantener actualizado un mapa de contenidos en el que queden identificados los distintos tipos de información que obre en poder del órgano. Unidades especializadas de la AGE. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. Ministro de Hacienda.

Según el artículo 22.1 de la Ley 19/2013, el acceso a la información se realizará preferentemente: Por vía presencial. Mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por vía electrónica. Mediante correo postal certificado.

Según el artículo 22.1 de la Ley 19/2013, cuando no pueda darse el acceso a la información en el momento de la notificación de la resolución: Deberá otorgarse en un plazo no superior a diez días. Deberá otorgarse en un plazo no superior a cinco días. Deberá otorgarse en un plazo no superior a quince días. Deberá otorgarse en un plazo no superior a un mes.

Según el artículo 22.2 de la Ley 19/2013, si ha existido oposición de un tercero, el acceso a la información solo tendrá lugar cuando: El tercero haya prestado posteriormente su consentimiento expreso. Haya transcurrido un mes desde la notificación de la resolución. Habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo sin que se haya formalizado, o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno haya autorizado expresamente el acceso.

Según el artículo 22.3 de la Ley 19/2013, Si la información solicitada ya ha sido publicada. Se inadmitirá la solicitud. Se denegará el acceso por encontrarse la información disponible. La resolución podrá limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella. Deberá facilitarse nuevamente toda la documentación por vía electrónica.

Según el artículo 22.4 de la Ley 19/2013, el acceso a la información será: Gratuito únicamente cuando se realice por vía electrónica. Gratuito cuando se trate de información ya publicada. Gratuito. Gratuito exclusivamente para las personas físicas.

Según el artículo 23 de la Ley 19/2013, la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tendrá la consideración de: Complementaria de los recursos administrativos. Sustitutiva del recurso contencioso-administrativo. Sustitutiva de los recursos administrativos. Previa y obligatoria a la interposición de cualquier recurso judicial.

Según el artículo 23 de la Ley 19/2013, la reclamación ante la Casa de su Majestad el Rey, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el CGPJ, el Defensor del Pueblo, entre otros, sólo cabrá : recursos administrativos. recurso contencioso-administrativo. recursos administrativos. Previa y obligatoria a la interposición de cualquier recurso judicial.

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