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TEMA 7

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Título del Test:
TEMA 7

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VAMOS A POR ELLO

Fecha de Creación: 2026/03/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 23

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137.- El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación: a) Condicionada. b) Que requiere de la participación de la persona usuaria. c) Garantizada. d) Estratégica.

138.- Conforme al artículo 23 de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el servicio de ayuda a domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio que podrán ser: a) Servicios relacionados con la atención personal y servicios relacionados con las necesidades domésticas. b) Limpieza, aseo y cuidado del hogar. c) Atenciones personales y familiares. d) Apoyo a la unidad de convivencia.

139.- El Servicio de Ayuda a Domicilio en Andalucía se regula mediante: a) Orden de 21 de marzo de 2011. b) Orden de 15 de noviembre de 2007. c) Orden de 5 de noviembre de 2007. d) Orden de 27 de julio de 2023.

140.- El Servicio de Ayuda a Domicilio se define como: a) Un servicio de apoyo a las unidades de convivencia con dificultades para afrontar las responsabilidades de la vida diaria. b) Una prestación de servicio, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, integradoras, sociales, de apoyo y cuidado a las personas y unidades familiares o de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual. c) Un servicio, que proporciona, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y para permanecer o desenvolverse en su medio habitual. d) Un servicio que mejora de la calidad de vida y la promoción de la autonomía de las personas para facilitarles la permanencia en su medio habitual.

141.- No es un objetivo del Servicio de Ayuda a Domicilio: a) Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. b) Prevenir y evitar el deterioro personal y familiar, así como la institucionalización de las personas, y contribuir a la creación de hábitos que mejoren su calidad de vida. c) Fortalecer el sentimiento de seguridad de las personas usuarias para evitar el desarraigo. d) Promover el internamiento de personas que, con este servicio, no puedan permanecer en su medio habitual.

142.- El servicio de Ayuda a Domicilio tiene las siguientes características: a) Público, Carácter Integral y Continuidad en la Atención, Normalizador, de Proximidad, Integrador, Preventivo, Transitorio, Técnico, coordinación Interadministrativa, Calidad. b) Público, Asistencial, Domiciliario, Global, Integrador, Preventivo, Transitorio, Educativo y Técnico. c) Público, Asistencial, Domiciliario, Global, Integrador, Preventivo, Transitorio, Educativo y Técnico. d) Público, Normalizador, Polivalente, Domiciliario, Global, Integrador, Progresivo, Educativo y Técnico.

143.- La Orden que regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en Andalucía define unidad familiar como: a) Aquella constituida por la persona solicitante y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. b) Aquella constituida por la persona solicitante y familiares de hasta primer grado de consanguinidad o afinidad. c) Aquella constituida por la persona solicitante y otras personas miembros, unidos por vínculos de parentesco por consanguinidad o afinidad, o por adopción, tutela o acogimiento familiar que convivan en el mismo domicilio. d) La persona en situación de dependencia.

144.- El acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio se realizará a través de: a) Servicios Sociales Comunitarios. c) Servicios Sociales Comunitarios y Servicios Sociales Especializados. b) Servicios Sociales Especializados. d) A instancia de la persona usuaria.

145.- Para el acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio, es imprescindible tener reconocida la situación de dependencia, así como haberle sido prescrito el servicio en virtud de los criterios establecidos reglamentariamente: a) No es imprescindible, ya que puede establecerse la prestación del servicio a solicitud de la persona interesada, siempre que se preste mediante copago. b) Sí, es imprescindible tener reconocida la situación de dependencia. c) Sí, y en caso de no tener reconocida la situación de dependencia, haberle sido prescrito el servicio por los Servicios Sociales Comunitarios conforme a los criterios establecidos. d) Sí, pero sólo si tiene reconocido un Grado II o Grado III de dependencia.

146.- Respecto al Servicio de Ayuda a Domicilio, en caso de extrema y urgente necesidad suficientemente justificada, se podrá: a) Iniciar la inmediata prestación del servicio, a propuesta de los Servicios Sociales, sin necesidad de tramitar la solicitud de valoración de dependencia. b) Iniciar la inmediata prestación del servicio, a propuesta de los Servicios Sociales Comunitarios, sin perjuicio de la posterior tramitación del expediente. c) Abrir el expediente y tramitar la solicitud de valoración de dependencia de forma urgente para la prestación del servicio. d) Iniciar la prestación del servicio, una vez estudiada la situación sociofamiliar y económica.

147.- El Servicio de Ayuda a Domicilio es compatible con las siguientes prestaciones: a) Servicio de Teleasistencia y Servicio de Centro de día. b) Prestación económica para cuidados en el entorno familiar. c) Servicio de promoción de la autonomía personal. d) Prestación económica vinculada al servicio.

148.- Para la prescripción del Servicio de Ayuda a Domicilio, se tendrán en cuenta una serie de criterios, señale la respuesta incorrecta: a) Situación de dependencia reconocida por el órgano competente. b) Dificultades personales especiales, previa valoración técnica de la situación biopsicosocial de la persona. c) Capacidad económica de la persona usuaria y de la unidad de convivencia. d) Situación social previa valoración de la red de apoyo de la persona o unidad familiar o de convivencia.

149.- Son derechos de las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio, señale la respuesta correcta: a) Conocer y cumplir las condiciones que exige el servicio. b) Tener asignada una persona profesional de referencia de los Servicios Sociales Comunitarios que garantice el carácter integral y la continuidad de la intervención. c) Firmar el concierto social de ayuda a domicilio. d) Mantener la vivienda en adecuadas condiciones de habitabilidad e higiene.

150.- Son deberes de las personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio, señale la respuesta incorrecta: a) No exigir tareas o actividades no incluidas en el proyecto de intervención social elaborado por los Servicios Sociales Comunitarios. b) Conocer y cumplir las condiciones que exige el servicio. c) Recibir un servicio de calidad. d) Poner en conocimiento del técnico responsable del servicio cualquier anomalía o irregularidad que detecte.

151.- En relación a la gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio, señale la respuesta correcta: a) Titularidad y responsabilidad pública y su organización es competencia de las Corporaciones Locales de Andalucía. b) Titularidad pública o privada y su organización es competencia de los Ayuntamientos. c) Titularidad pública o privada y su organización es competencia de los Ayuntamientos o entidades gestoras. d) Titularidad pública y su organización es competencia de las Corporaciones Locales de Andalucía o entidades gestoras.

152.- En relación a la participación de la persona usuaria en el coste del Servicio de Ayuda a Domicilio, las personas usuarias participarán en el coste del mismo: a) En función de su capacidad económica, que será determinada en atención a su renta y patrimonio. b) Es un servicio bonificado que no requiere participación de la persona usuaria. c) En cualquier caso. d) Siempre que puedan, de forma que será determinada en atención a los ingresos de la unidad familiar.

153.- La revisión de la prestación del servicio podrá realizarse de oficio o a solicitud de la persona interesada, esta revisión podrá dar lugar a: a) Modificación, suspensión y extinción del mismo. b) Aumento o disminución en los módulos horarios. c) Modificación o suspensión del mismo. d) Modificación, cancelación o suspensión del mismo.

154.- La intensidad del Servicio de Ayuda a Domicilio conforme RD 675/2023, de 18 de julio queda establecida para un Grado I en: a) Entre un mínimo de 12 y un máximo de 20 horas de atención. b) De 20 a 37 horas mensuales. c) Un mínimo de 8 horas mensuales de atención. d) Un mínimo de 20 horas mensuales.

155.- La intensidad del Servicio de Ayuda a Domicilio conforme RD 675/2023, de 18 de julio queda establecida para un Grado III en: a) Máximo 90 horas mensuales. d) Entre 70 y 90 horas mensuales. b) Máximo 70 horas mensuales. c) De 65 a y 94 horas mensuales.

156.- En relación a la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, en el Programa Individual de Atención, se deberá diferenciar, dentro de las horas de ayuda a domicilio: a) Las relativas a las necesidades domésticas o del hogar, de las de atención personal para las actividades de la vida diaria. b) Las relativas a las actuaciones de atención personal y las de atención de las necesidades del hogar. c) Las relativas a las necesidades de limpieza del hogar, de las de apoyo personal para las actividades de la vida diaria. d) Las relativas a las necesidades de limpieza, de las de apoyo personal.

157.- el Baremo de acceso al SAD no vinculado a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre valora entre otros los siguientes puntos: a) Ingresos brutos de la persona dependiente. b) Las atenciones personales que requiere la persona dependiente. c) La autonomía personal de la persona que solicita el acceso. d) Situación sociofamiliar. Redes de apoyo.

158.- Una de las características principales del Servicio de Ayuda a Domicilio es: a) Privado y de gestión pública. b) Independiente y transitorio. c) Carácter integral y continuidad en la atención. d) Centrado en la tarea.

159.- El acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio podrá derivarse de las siguientes situaciones: a) Como servicio no vinculado a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre. b) Por prescripción técnica facultativa del servicio de salud. c) A demanda de la persona dependiente y la unidad familiar. d) Para paliar contingencias derivadas de situaciones de emergencia social.

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