TEMA 7 adu
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![]() TEMA 7 adu Descripción: tema 7 adu |



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1. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico marítimo en supuestos de cargamentos de contenedores entre el TAU y Groenlandia, Islas Feroe, Islandia o puertos del Mar Báltico, del Mar del Norte, del Mar Negro o del Mediterráneo y todos los puertos de Marruecos, dicho plazo será: a. A más tardar 24 horas antes de la carga de un puerto situado en el TAU. b. A más tardar una hora antes de la carga de un puerto situado en el TAU. c. A más tardar dos horas antes de la partida de un puerto situado en el TAU. d. A más tardar dos horas antes de la carga de un puerto situado en el TAU. 2. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico marítimo en supuestos de cargamentos de contenedores entre los departamentos franceses de ultramar, las Azores, Madeira o las Islas Canarias y un territorio situado fuera del TAU y cuando la duración del viaje sea inferior a 24 horas, dicho plazo será: a. A más tardar dos horas antes de la carga de un puerto situado en el TAU. b. A más tardar dos horas antes de la partida de un puerto situado en el TAU. c. A más tardar una hora antes de la carga de un puerto no situado en el TAU. d. A más tardar una hora antes de la partida de un puerto no situado en el TAU. 3. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso de tráfico marítimo, en supuestos en que se trata de circulación que no implique un cargamento en contenedores: a. A más tardar una hora antes de la partida de un puerto situado en TAU. b. A más tardar dos horas antes de la partida de un puerto situado en TAU. c. A más tardar 24 horas antes de la partida de un puerto situado en TAU. d. A más tardar 24 horas antes de la carga de un puerto situado en TAU. 4. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico marítimo para la circulación de cargamentos de contenedores que no sean aquéllos a los que se refieren las preguntas 1 y 2 anteriores, el plazo será: a. A más tardar 24 horas antes de la carga en un buque que vaya a salir del TAU. b. A más tardar 24 horas antes de la partida en un buque que vaya a salir del TAU. c. A más tardar 2 horas antes de la carga en un buque que vaya a salir del TAU. d. A más tardar 1 hora antes de la partida en un buque que vaya a salir del TAU. 5. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico aéreo: a. a más tardar 30 minutos antes de la partida de un aeropuerto situado en TAU. b. a más tardar una hora antes de la partida de un aeropuerto situado en TAU. c. a más tardar dos horas antes de la partida de un aeropuerto situado en TAU. d. a más tardar 4 horas antes de la salida de cualquier aeropuerto. 6. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico por carretera y vías navegables interiores, el plazo será: a. A más tardar 60 minutos antes de la partida de un aeropuerto situado en TAU. b. A más tardar una hora antes de que vayan a salir del TAU. c. A más tardar dos horas antes de la salida del TAU. d. A más tardar en el momento de la salida del TAU. 7. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente dentro de un plazo. En el caso del tráfico ferroviario, cuando el trayecto en tren desde la última estación de constitución del convoy hasta la aduana de salida dure menos de 2 horas, el plazo será: a. A más tardar un día antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de salida. b. A más tardar media hora antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de salida. c. A más tardar dos horas antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de salida. d. A más tardar una hora antes de la llegada de las mercancías al lugar para el que es competente la aduana de salida. 8. En el resto de los casos que no sean los contemplados en la pregunta 7, el plazo será: a. A más tardar media hora antes de que las mercancías vayan a salir del TAU. b. A más tardar una hora antes de que las mercancías vayan a salir del TAU. c. A más tardar dos horas antes de que las mercancías vayan a salir del TAU. d. A más tardar en el mismo momento en que las mercancías vayan a salir del TAU. 9. El artículo 263 del CAU trata la presentación de la declaración previa a la salida de mercancías. Esta se presentará en la aduana competente entro de un plazo. Cuando se trate de mercancías para las cuales se solicite restitución, dichas mercancías deberán de presentarse en dicha aduana: a. A más tardar en el momento de partida del buque. b. A más tardar antes de dos horas de la carga efectiva. c. A más tardar en el momento de la carga. d. A más tardar en el momento de salida del depósito. 10. En el caso de que estemos ante un transporte multimodal, cuando las mercancías san llegado a la aduana de salida en otro medio de transporte desde el que se transfieren antes de salir del TAU, el plazo de presentación de la declaración previa a la salida, será el aplicable al: a. Medio de transporte utilizado en el tránsito hasta el lugar de salida del TAU. b. Medio de transporte utilizado para llegar al puerto de carga. c. Medio de transporte activo utilizado para salir del TAU. d. Medio de transporte activo que se haya utilizado hasta la salida efectiva r del TAU. 11. En el caso de que estemos ante un transporte combinado, en el que la mercancía haya llegado a la aduana de salida en un medio de transporte que a su vez sea transportado en un medio de transporte activo al salir del TAU, el plazo de presentación de la declaración previa a la salida será: a. Medio de transporte utilizado en el tránsito hasta el lugar de salida del TAU. b. Medio de transporte utilizado para llegar al puerto de carga. c. Medio de transporte activo que se haya utilizado hasta la salida efectiva r del TAU. d. Medio de transporte activo utilizado para salir del TAU. 12. Una vez que las mercancías hayan sido objeto de levante para su salida, la aduana de salida las vigilará hasta que se trasladen fuera del TAU. Cuando la aduana de salida y la de exportación no coincidan, la primera informará a la segunda acerca de la salida de dichas mercancías, a más tardar: a. El segundo día laborable siguiente a aquel en que estas hayan salido del TAU. b. El día natural siguiente a aquel en que estas hayan salido del TAU. c. El día laborable siguiente a aquel en que estas hayan salido del TAU. d. El segundo día natural siguiente a aquel en que estas hayan salido del TAU. 13. Debe de pasar un plazo de días determinados desde el levante de las mercancías en supuestos de exportación, para que cuando la aduana de exportación no haya sido informada de su salida pueda solicitar al declarante que le comunique la fecha y la aduana de salida a partir de la cual las mercancías hayan salido del TAU. Dicho plazo es: a. 45 días desde el levante. b. 90 días desde el levante. c. 150 días desde el levante. d. 180 días desde el levante. 14. Cuando el declarante facilite información a la aduana de exportación en el caso planteado en la pregunta anterior, éste podrá pedir a la aduana de exportación que certifique la salida. A tal fin la aduana de exportación solicitará información sobre la salida de las mercancías a la aduana de salida, que deberá responder en el plazo de: a. 24 horas. b. 5 días. c. 10 días. d. 20 días. 15. En caso de perfeccionamiento pasivo IM/EX (importación previa de productos transformados obtenidos a partir de las mercancías equivalentes al amparo de PP antes de la exportación de las mercancías a las que sustituyan), se especificará en la autorización el plazo en el que las mercancías de la Unión que hayan sido sustituidas por mercancías equivalentes se incluirán en el RPP. Dicho plazo: a. No podrá ser superior a 2 meses prorrogable. b. No podrá ser superior a 3 meses prorrogable hasta 15 meses en total. c. No podrá ser superior a 6 meses improrrogables. d. No podrá ser superior a 6 meses prorrogable no superándose el plazo total el año. 16. Señale el plazo de ultima del régimen de importación temporal de una mercancía que sea utilizada para efectuar ensayos, experimentos o demostraciones que no constituyan una actividad lucrativa a la que se le ha concedido exención total de derechos de importación. a. 3 meses. b. 6 meses. c. 12 meses. d. 24 meses. 17. Señale el plazo de ultima del régimen de importación temporal de una mercancía consistente en un medio de transporte aéreo de uso privado: a. 3 meses. b. 6 meses. c. 12 meses. d. 18 meses. 18. El MRN de una declaración de tránsito o de una operación TIR podrá presentarse a las autoridades aduaneras por varios medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos, entre las que no figura una de las que se exponen a continuación, señale cual: a. Un código de barra. b. Un documento de acompañamiento de transito. c. Una factura en todo caso. d. Un cuaderno TIR en caso de operación TIR. 19. El plazo de validez de una autorización de régimen de perfeccionamiento activo o pasivo, de importación temporal y de destino final, no podrá ser superior a: a. 3 años a partir de la fecha en que surta efecto la autorización. b. 5 años desde su concesión. c. 5 años a partir de la fecha en que surta efecto la autorización. d. No tiene limite. 20. El plazo de validez de una autorización de régimen de perfeccionamiento activo o pasivo, de importación temporal y de destino final, cuando las mercancías sean de las denominadas sensibles y contempladas en el anexo 71-02 del RD, no podrá ser superior a: a. 3 años a partir de la fecha en que surta efecto la autorización. b. 5 años desde su concesión. c. 5 años a partir de la fecha en que surta efecto la autorización. d. No tiene limite. 21. Cuando una solicitud de autorización para régimen de perfeccionamiento activo afecte a un solo estado miembro, deberá tomarse una decisión sobre la misma sin demora en el plazo de: a) 10 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. b) 20 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. c) 30 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. d) 120 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. 22. Si en el caso anterior se deben examinar las condiciones económicas, el plazo anterior se ampliará en un plazo, indique cual, a partir de la fecha en que se haya transmitido el caso a la Comisión: a) 30 días. b) 120 días. c) 1 año. d) 3 años. 23. Cuando una solicitud de autorización para la explotación de almacenamiento para el despacho aduanero de mercancías afecte a un solo estado miembro, deberá tomarse una decisión sobre dicha solicitud sin demora y a más tardar: a) En los 30 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. b) En los 60 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. c) En los 120 días siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. d) En los 6 meses siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. |





