Tema 7. LOPD. Parte 2
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Título del Test:
![]() Tema 7. LOPD. Parte 2 Descripción: OPO GOB CAN |



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Se considera excluido de su ámbito de aplicación el tratamiento por una persona física de imágenes que: Solamente capten el interior de su propio domicilio. Solamente capten el interior de su propio negocio o establecimiento. A y b son correctas. Ninguna es correcta. El tratamiento de datos personales que tenga por objeto evitar el envío de comunicaciones comerciales a quienes hubiesen manifestado su negativa u oposición a recibirlas: Será lícito. Será constitutivo de ilícito penal. Será constitutivo de ilícito administrativo. Será irregular. Las entidades responsables de los sistemas de exclusión publicitaria comunicarán a la autoridad de control competente: Su creación. Su carácter general o sectorial. El modo en que los afectados pueden incorporarse a los mismos y, en su caso, hacer valer sus preferencias. Todas son correctas. Cuando un afectado manifieste a un responsable su deseo de que sus datos no sean tratados para la remisión de comunicaciones comerciales, este: Deberá incluirle en uno de los sistemas de exclusión publicitaria existentes, no pudiendo remitirse a la información publicada por la autoridad de control competente. Deberá informarle de los sistemas de exclusión publicitaria existentes, no pudiendo remitirse a la información publicada por la autoridad de control competente. Deberá informarle de los sistemas de exclusión publicitaria existentes, pudiendo remitirse a la información publicada por la autoridad de control competente. Deberá incluirle en uno de los sistemas de exclusión publicitaria existentes, pudiendo remitirse a la información publicada por la autoridad de control competente. Quienes pretendan realizar comunicaciones de mercadotecnia directa, deberán: Previamente consultar los sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, excluyendo del tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. Previamente consultar los sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, incluyendo en el tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. Consultar los sistemas de exclusión publicitaria que hayan afectado a su actuación en el plazo de un mes, excluyendo del tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. Consultar los sistemas de exclusión publicitaria que hayan afectado a su actuación en el plazo de un mes, incluyendo en el tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo. Los tratamientos de datos personales necesarios para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas: Serán lícitos. Están prohibidos. Son irregulares. Ninguna es correcta. Los tratamientos de datos personales necesarios para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas se regirán por lo dispuesto en: El Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Esta ley orgánica. La Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Todas son correctas. El tratamiento de datos personales llevado a cabo por los organismos que tengan atribuidas las competencias relacionadas con el ejercicio de la función estadística pública se someterá a lo dispuesto en: Su legislación específica. El reglamento (UE) 2016/679. La presente ley orgánica. Todas son correctas. La comunicación de los datos a los órganos competentes en materia estadística solo se entenderá amparada en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 en los casos en que la estadística para la que se requiera la información: Venga exigida por una norma de Derecho Internacional o se encuentre incluida en los instrumentos de programación estadística legalmente previstos. Venga exigida por una norma de Derecho Internacional o se encuentre incluida en los instrumentos de programación estadística reglamentariamente previstos. Venga exigida por una norma de Derecho de la Unión Europea o se encuentre incluida en los instrumentos de programación estadística reglamentariamente previstos. Venga exigida por una norma de Derecho de la Unión Europea o se encuentre incluida en los instrumentos de programación estadística legalmente previstos. Los organismos competentes para el ejercicio de la función estadística pública podrán denegar las solicitudes de ejercicio por los afectados de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 cuando los datos se encuentren amparados por las garantías del secreto estadístico previstas en: La legislación estatal. La legislación autonómica. La legislación estatal o autonómica. La legislación estatal, autonómica o local. A los efectos del artículo 86 del Reglamento (UE) 2016/679, el tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas, incluido el mantenimiento de registros relacionados con las mismas, exigirá que los responsables de dichos tratamientos sean los órganos competentes (señala la incorrecta): Para el inicio del procedimiento sancionador. Para la instrucción del procedimiento sancionador. Para la declaración de las infracciones. Para la imposición de las sanciones. El tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas, incluido el mantenimiento de registros relacionados con las mismas, exigirá que el tratamiento: Se limite a los datos estrictamente necesarios para la finalidad perseguida por aquel. Se extienda a todos los datos relativos al presunto infractor. Se extienda a todos los datos relativos a las personas afectadas. Ninguna es correcta. Cuando no se cumpla alguna de las condiciones previstas en el apartado 1 del artículo 27, los tratamientos de datos referidos a infracciones y sanciones administrativas: Habrán de contar con el consentimiento del interesado. Habrán de estar autorizados por una norma con rango de ley. Será necesario que se cumplan las dos condiciones anteriores. Bastará con que se cumpla una de las dos condiciones anteriores. Los responsables y encargados determinarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar a fin de garantizar y acreditar que el tratamiento es conforme con (señala la incorrecta): El citado reglamento. La presente ley orgánica. Las normas de desarrollo de la presente ley orgánica. La legislación local. Para la adopción de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar los responsables y encargados del tratamiento tendrán en cuenta, en particular, los mayores riesgos que podrían producirse cuando (señala la incorrecta): El tratamiento pudiera generar situaciones de discriminación. El tratamiento pudiese privar a los afectados de sus derechos y libertades. El tratamiento implicase una evaluación de aspectos personales de los afectados con el fin de crear o utilizar perfiles personales de los mismos. Se produzca un tratamiento que implique a un pequeño grupo de afectados. Para la adopción de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar los responsables y encargados del tratamiento tendrán en cuenta, en particular, los mayores riesgos que podrían producirse cuando se lleve a cabo el tratamiento de datos de grupos de afectados en situación de especial vulnerabilidad y, en particular, de: Menores de edad y personas con discapacidad. Mujeres y personas de edad avanzada. Extranjeros y personas sin hogar. Enfermos mentales y personas en riesgo de pobreza. La determinación de las responsabilidades a las que se refiere el artículo 26.1 del Reglamento (UE) 2016/679 se realizará atendiendo a: Las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento. Las actividades que desarrolle cualquiera de los corresponsables del tratamiento. Las actividades que pudiera desarrollar cada uno de los corresponsables del tratamiento. Ninguna es correcta. En los supuestos en que el Reglamento (UE) 2016/679 sea aplicable a un responsable o encargado del tratamiento no establecido en la Unión Europea en virtud de lo dispuesto en su artículo 3.2 y el tratamiento se refiera a afectados que se hallen en España la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos podrán imponer: Únicamente al responsable o encargado del tratamiento, las medidas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679. Al representante, y subsidiariamente al responsable o encargado del tratamiento, las medidas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679. Al representante, solidariamente con el responsable o encargado del tratamiento, las medidas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679. Al responsable o encargado del tratamiento, y subsidiariamente al representante, las medidas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679. En caso de exigencia de responsabilidad en los términos previstos en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2016/679, responderán solidariamente de los daños y perjuicios causados: Los responsables y encargados. Los encargados y representantes. Los responsables y representantes. Los responsables, encargados y representantes. Deberán mantener el registro de actividades de tratamiento al que se refiere el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679, salvo que sea de aplicación la excepción prevista en su apartado 5: Los encargados del tratamiento o, en su caso, sus representantes. Los responsables del tratamiento o, en su caso, sus representantes. Los responsables y encargados del tratamiento o, en su caso, sus representantes. Ninguna es correcta. Respecto al registro de las actividades de tratamiento cuando el responsable o el encargado del tratamiento hubieran designado un delegado de protección de datos deberán comunicarle: Cualquier adición en el contenido del registro. Cualquier modificación en el contenido del registro. Cualquier exclusión en el contenido del registro. Todas son correctas. El responsable del tratamiento estará obligado a bloquear los datos cuando proceda a: Designar un delegado de protección de datos. Determinar las medidas técnicas y organizativas apropiadas que se deben aplicar a fin de garantizar y acreditar que el tratamiento es conforme a la ley. Su rectificación o supresión. Dictar acuerdo de inicio de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. El bloqueo de los datos consiste en: La identificación y reserva de los mismos, adoptando medidas técnicas y organizativas, para impedir su tratamiento, incluyendo su visualización, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y solo por el plazo de prescripción de las mismas. La identificación y reserva de los mismos, adoptando medidas técnicas y organizativas, para impedir su tratamiento, incluyendo su visualización, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y más allá del plazo de prescripción de las mismas. La destrucción de los mismos, adoptando medidas técnicas y organizativas, para impedir su tratamiento, salvo su visualización, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y más allá del plazo de prescripción de las mismas. La destrucción de los mismos, adoptando medidas técnicas y organizativas, para impedir su tratamiento, salvo su visualización, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y solo por el plazo de prescripción de las mismas. El bloqueo de los datos consiste en impedir su tratamiento excepto para la puesta a disposición de los datos a: Los jueces y tribunales. El ministerio fiscal. Las administraciones públicas competentes. Todas son correctas. Transcurrido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento de los datos que hayan sido bloqueados: Deberá procederse a desbloquear los datos. Deberá procederse a la destrucción de los datos. Deberá procederse a remitir los datos a la autoridad competente. Ninguna es correcta. Cuando la configuración del sistema de información no permita el bloqueo o se requiera una adaptación que implique un esfuerzo desproporcionado, se procederá a un copiado seguro de la información de modo que conste evidencia digital, o de otra naturaleza, que permita acreditar: La autenticidad de la información. La fecha del bloqueo. La no manipulación de los datos durante el bloqueo. Todas son correctas. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, podrán fijar excepciones a la obligación de bloqueo, en los supuestos en que (señala la incorrecta): Atendida la naturaleza de los datos, su mera conservación, incluso bloqueados pudiera generar un riesgo elevado para los derechos de los afectados. Atendido el hecho de que se refieran a un número particularmente elevado de afectados, su mera conservación, incluso bloqueados pudiera generar un riesgo elevado para los derechos de los afectados. La conservación de los datos bloqueados pudiera implicar un coste desproporcionado para el responsable del tratamiento. La conservación de los datos bloqueados pudiera implicar un coste desproporcionado para los afectados. Siempre que se cumpla lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, en la presente ley orgánica y en sus normas de desarrollo el acceso por parte de un encargado de tratamiento a los datos personales que resulten necesarios para la prestación de un servicio al responsable: Se considerará comunicación de datos. No se considerará comunicación de datos. No se considerará comunicación de datos salvo que el delegado de protección de datos incurriera en dolo o negligencia grave en su ejercicio. No se considerará comunicación de datos salvo que las autoridades autonómicas de protección de datos mantengan otro criterio. Quien en su propio nombre y sin que conste que actúa por cuenta de otro, establezca relaciones con los afectados aun cuando exista un contrato o acto jurídico con el contenido fijado en el artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679, tendrá la consideración de: Responsable del tratamiento. Encargado. Afectado. Ninguna es correcta. El responsable del tratamiento determinará si, cuando finalice la prestación de los servicios del encargado, los datos personales deben ser (señala la incorrecta): Destruidos. Devueltos al responsable. Entregados a un nuevo encargado. Custodiados por el último encargado. Quien figurando como encargado utilizase los datos para sus propias finalidades: Tendrá la consideración de responsable del tratamiento. En ningún caso podrá considerarse responsable del tratamiento. Se considerará responsable del tratamiento cuando los datos estén relacionados con temas de salud. Se considerará responsable del tratamiento cuando se trate de datos relativos a la seguridad y confidencialidad del afectado. No procederá la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso, cuando finalice la prestación de los servicios del encargado: Deberán ser devueltos al responsable, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista. Deberán ser conservados por el encargado, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista. Deberán ser conservados por el encargado o devueltos al responsable, que garantizarán su conservación mientras tal obligación persista. Ninguna es correcta. Señala la respuesta correcta: El encargado del tratamiento podrá conservar, debidamente bloqueados, los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el afectado. El afectado podrá conservar, debidamente bloqueados, los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el encargado del tratamiento. El encargado del tratamiento podrá conservar, debidamente bloqueados, los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el responsable del tratamiento. El responsable del tratamiento podrá conservar, debidamente bloqueados, los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el encargado del tratamiento. En el ámbito del sector público podrán atribuirse las competencias propias de un encargado del tratamiento a: Un determinado órgano de la Administración General del Estado. La Administración de las comunidades autónomas. Las Entidades que integran la Administración Local. Todas son correctas. Los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un delegado de protección de datos en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades (señala la incorrecta): Los colegios profesionales y sus consejos generales. Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas en cualquiera de los niveles establecidos en la legislación reguladora del derecho a la educación, así como las universidades públicas y privadas. Las entidades que exploten redes y presten servicios de comunicaciones electrónicas conforme a lo dispuesto en su legislación específica, cuando traten habitual y sistemáticamente datos personales a gran escala. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información cuando elaboren a pequeña escala perfiles de los usuarios del servicio. Los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un delegado de protección de datos en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades (señala la incorrecta): Las entidades incluidas en el artículo 1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. Los establecimientos financieros de crédito. Las entidades aseguradoras, excepto las reaseguradoras. Las empresas de servicios de inversión, reguladas por la legislación del Mercado de Valores. Los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un delegado de protección de datos en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades (señala la incorrecta): Los distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y los distribuidores y comercializadores de gas natural. Las entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito o de los ficheros comunes para la gestión y prevención del fraude. Las entidades que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial. Los centros sanitarios legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, incluyendo los profesionales de la salud que, aun estando legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, ejerzan su actividad a título individual. Los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un delegado de protección de datos en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades: Las entidades que tengan como uno de sus objetos la emisión de informes comerciales que puedan referirse a personas jurídicas. Los operadores que desarrollen la actividad de juego a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, conforme a la normativa de regulación del juego. Las empresas de seguridad pública. Las federaciones deportivas cuando traten datos de mayores de edad. Los responsables y encargados del tratamiento comunicarán a la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, a las autoridades autonómicas de protección de datos, las designaciones, nombramientos y ceses de los delegados de protección de datos: En el plazo de 5 días en los supuestos en que se encuentren obligadas a su designación. En el plazo de 10 días en los supuestos en que se encuentren obligadas a su designación. En el plazo de 5 días tanto en los supuestos en que se encuentren obligadas a su designación como en el caso en que sea voluntaria. En el plazo de 10 días tanto en los supuestos en que se encuentren obligadas a su designación como en el caso en que sea voluntaria. Mantendrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, una lista actualizada de delegados de protección de datos que será accesible por medios electrónicos: Únicamente la Agencia Española de Protección de Datos. Únicamente las autoridades autonómicas de protección de datos. La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos. Las autoridades autonómicas de protección de datos y las autoridades locales de protección de datos. En el cumplimiento de las obligaciones referidas a la designación de un delegado de protección de datos, los responsables y encargados del tratamiento podrán establecer la dedicación completa o a tiempo parcial del delegado, entre otros criterios, en función de: El volumen de los tratamientos. La categoría especial de los datos tratados. Los riesgos para los derechos o libertades de los interesados. Todas son correctas. Actuará como interlocutor del responsable o encargado del tratamiento ante la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos: El delegado de protección de datos. El representante del afectado. La autoridad de control española o autonómica. La unión de afectados por el tratamiento. El delegado de protección de datos (señala la incorrecta): Podrá inspeccionar los procedimientos relacionados con el objeto de la presente ley orgánica. Podrá emitir recomendaciones en el ámbito de sus competencias. En el ejercicio de sus funciones el delegado de protección de datos tendrá acceso a los datos personales y procesos de tratamiento. No podrá ser removido ni sancionado por el responsable o el encargado por desempeñar sus funciones en ningún caso. Cuando el delegado de protección de datos aprecie la existencia de una vulneración relevante en materia de protección de datos lo documentará y lo comunicará inmediatamente: A los órganos de administración y dirección del responsable del tratamiento. A los órganos de administración y dirección del encargado del tratamiento. A los órganos de administración y dirección del responsable o el encargado del tratamiento. Ninguna es correcta. Cuando el responsable o el encargado del tratamiento hubieran designado un delegado de protección de datos el afectado podrá: Con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante el delegado de protección de datos dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos de la entidad contra la que se reclame. Con carácter posterior a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante la Agencia Española de Protección de Datos dirigirse al delegado de protección de datos de la entidad contra la que se reclame. Con carácter previo a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante la Agencia Española de Protección de Datos dirigirse al delegado de protección de datos de la entidad contra la que se reclame. Con carácter posterior a la presentación de una reclamación contra aquéllos ante el delegado de protección de datos dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos de la entidad contra la que se reclame. Cuando el afectado se dirija previamente al delegado de protección de datos en caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos, este último comunicará al afectado la decisión que se hubiera adoptado en el plazo máximo de: 1 mes a contar desde la recepción de la reclamación. 2 meses a contar desde la recepción de la reclamación. 3 meses a contar desde la recepción de la reclamación. 4 meses a contar desde la recepción de la reclamación. Cuando el afectado presente una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante las autoridades autonómicas de protección de datos, aquellas podrán remitir la reclamación al delegado de protección de datos a fin de que este responda en el plazo de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. Los códigos de conducta regulados por la sección 5.ª del Capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679: Serán vinculantes para los responsables o encargados del tratamiento a los que les sea aplicable dicho reglamento. Serán vinculantes para todo los responsables o encargados del tratamiento. Serán vinculantes para quienes se adhieran a los mismos. Ninguna es correcta. Los códigos de conducta podrán promoverse por (señala la incorrecta): Cualquier asociación u organismo. Empresas o grupos de empresas. Los responsables o encargados a los que se refiere el artículo 77.1 de esta ley orgánica. Organismos o entidades que asuman las funciones de supervisión y resolución extrajudicial de conflictos a los que se refiere el artículo 41 del reglamento (ue) 2016/679. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 37 de esta ley orgánica, los responsables o encargados del tratamiento que se adhieran al código de conducta se obligan a someter al organismo o entidad de supervisión las reclamaciones que les fueran formuladas por los afectados en relación con los tratamientos de datos: Incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que procede atender a lo solicitado en la reclamación. Incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que no procede atender a lo solicitado en la reclamación. No incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que procede atender a lo solicitado en la reclamación. No incluidos en su ámbito de aplicación en caso de considerar que no procede atender a lo solicitado en la reclamación. |





