Tema 8 Derecho administrativo III
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Título del Test:
![]() Tema 8 Derecho administrativo III Descripción: 2025 UNED preguntas razonadas para estudiar |



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La relación jurídica del funcionario de carrera con la Administración se caracteriza por ser. A) Unilateral en su constitución y estatutaria en su regulación. B) Bilateral en su constitución y estatutaria su regulación. C) Estatutaria en su regulación y temporal en su duración. D) Bilateral en su constitución y permanente en su duración. La relación jurídica entre el funcionario y la Administración tiene como contenido. A) El conjunto de derechos y obligaciones del funcionario, exclusivamente. B) El conjunto de potestades que puede ejercer la Administración sobre el funcionario, exclusivamente. C) El conjunto de derechos, obligaciones, responsabilidades y potestades que vinculan recíprocamente al funcionario y a la Administración. D) El que negocien ambos. La relación jurídica entre la Administración y el funcionario. a. Tiene carácter estatutario, es decir, que es establecido mediante negociación individual entre la Administración y el funcionario. b. Tiene carácter contractual, es decir, que es un régimen específico de los funcionarios establecido mediante leyes y reglamentos. c. Tiene carácter estatutario, es decir, que es un régimen específico de los funcionarios establecido mediante leyes y reglamentos. d. Tiene carácter contractual, es decir, que es establecido mediante negociación individual entre la Administración y el funcionario. Señale la afirmación correcta: a. Todos los funcionarios son seleccionados por oposición. b. Todos los funcionarios son seleccionados por oposición o por concurso-oposición, sin que pueda utilizarse el concurso para ello. c. El concurso es un sistema excepcional de selección, que está siendo utilizado para estabilizar al personal temporal de larga duración. d. El Estatuto Básico del Empleado Público ha creado una nueva clase de empleado público que denomina «directivo público profesional». En el procedimiento de selección para ingresar en la Función Pública. A) La Administración convocante establece los requisitos y méritos y el órgano de selección constata y valora la capacidad y el mérito de los participantes. B) El órgano de selección establece los requisitos y méritos, y la Administración constata y valora la capacidad y el mérito de los participantes. C) La Administración establece los requisitos de participación y el órgano de selección los méritos. D) La Administración establece los méritos que serán valorados por el órgano de selección, mientras que éste establece los requisitos de participación que serán constatados por aquella. La Legislación de Función Pública atribuye discrecionalidad técnica en el procedimiento de selección. A) Tanto a la Administración como al órgano de selección. B) Exclusivamente al órgano de selección, tanto al valorar capacidades y méritos como al interpretar las bases. C) Exclusivamente a la Administración, tanto al valorar capacidades y méritos como al interpretar las bases. D) Exclusivamente al órgano de selección cuando valora la capacidad y el mérito de los participantes. Son formas definitivas de provisión de puestos en la Función Pública. A) El concurso, exclusivamente. B) La libre designación, exclusivamente. C) Tanto el concurso como la libre designación. D) El concurso, la libre designación y la comisión de servicios. El funcionario que ocupa un puesto de libre designación. a. Puede ser cesado libremente por la Administración que lo nombró, sin que deba motivar las razones de tal decisión. b. No puede ser cesado libremente por la autoridad que lo nombró, pues las causas de cese en tales puestos son las que recoge expresamente el Estatuto Básico del Empleado Público. c. Cesa automáticamente al cesar la autoridad que lo nombró. d. Puede ser cesado libremente por la Administración que lo nombró, pero debe motivar las razones de tal cese. El funcionario que se encuentra en servicio activo, prestando sus servicios profesionales en el puesto que le corresponde,. a. No se encuentra en situación administrativa alguna. b. Se encuentra en situación de servicio activo. c. Se encuentra en situación de servicios especiales. d. Se encuentra en situación de servicio en otra Administración Pública. ¿Cuál de las siguientes situaciones administrativas no tiene carácter básico hoy día en la Función Pública española?. A) El servicio activo. B) La excedencia forzosa. C) La excedencia voluntaria por interés particular. D) La excedencia por violencia de género. La naturaleza jurídica de la relación funcionarial es. A) Contractual y privada. B) Estatutaria y pública. C) Contractual y pública. D) Estatuaria y privada. En el concurso-oposición, en cuanto que procedimiento selectivo. a) Sólo se valoran los méritos de los aspirantes, sin establecer orden de prelación entre ellos. b) Sólo se determina la capacidad de los aspirantes, pero estableciendo orden de prelación entre ellos. c) Se valoran los méritos de los aspirantes y se determina su capacidad, estableciendo el orden de prelación entre ellos. d) Se valoran los méritos de los aspirantes y se determina su capacidad, pero sin necesidad de establecer el orden de prelación entre ellos. Para la agilización de los procesos de estabilización de personal temporal en el Ayuntamiento, el Pleno ha decidido atribuir al Concejal de Personal las potestad de selección y nombramiento de todos los procesos selectivos que se convoquen. ¿Considera ajustada a Derecho esta decisión?. A) Sí, siempre y cuando el Concejal de Personal ostente siempre una categoría igual o superior a la de las plazas convocadas, sino que necesariamente debe realizarla un órgano colegiado. B) Sí, siempre y cuando el Concejal de Personal, además de ostentar categoría igual o superior al de las plazas convocadas, tenga los conocimientos especializados correspondientes para valorar los méritos de los candidatos. puede hacer una sola persona. C) No, porque tal atribución no la puede hacer el Pleno, sino que la debe realizar el Alcalde, que es quien ostenta la Jefatura de personal en el Ayuntamiento. D) No, porque la selección del personal que ingresa en la Administración no la puede hacer una sola persona, sino que necesariamente debe realizarla un órgano colegiado. Cuál es el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo en la Función Pública?. A) La libre designación. B) La comisión de servicios. C) La oposición. D) El concurso. Conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre TREBEP, la libre designación: A) consiste en la apreciación reglada por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. B) consiste en la apreciación discrecional por el órgano convocante de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. C) consiste en la apreciación discrecional por órganos colegiados de carácter técnico de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. D) consiste en la apreciación discrecional por órganos unipersonales de carácter técnico de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Las situaciones administrativas establecidas en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. A) No pueden ser reducidas ni ampliadas por la Leyes que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público. B) Pueden ser ampliadas por Reglamentos que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público. C) Pueden ser ampliadas por la Leyes que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público. D) Pueden ser reducidas por la Leyes que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público. ¿En qué situación administrativa queda un funcionario que es designado miembro del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas?. A) Servicio activo. B) Servicios especiales. C) Servicio en otra Administración Pública. D) La condición de miembro del Gobierno de la Nación o de una Comunidad Autónoma es incompatible con la condición de funcionario de la Administración, por lo que el funcionario tiene necesariamente que renunciar a su condición funcionarial sin quiere ser miembro de un Gobierno, estatal o autonómico. En el marco de una amplia redistribución de competencias en su Comunidad Autónoma, numerosas competencias que antes ejercía ésta son atribuidas ahora a los Ayuntamientos. Como consecuencia de esta operación, usted es transferido al municipio en el que reside para trabajar en su Ayuntamiento. Sin embargo, tiene dudas de cuál es su situación respecto a la Comunidad Autónoma: a) Usted será cesado como funcionario autonómico, perdiendo tal condición, al convertirse en funcionario municipal e integrarse en la Función Pública de su municipio. b) El funcionario deberá ser declarado en situación de excedencia en la Comunidad Autónoma, pasando a servicio activo en el Ayuntamiento del pueblo de al lado. c) El funcionario deberá ser declarado en situación de servicios especiales en la Comunidad Autónoma. d) El funcionario deberá ser declarado en situación de servicio en otras Administraciones Públicas en la Comunidad Autónoma, al haber sido transferido al municipio para trabajar a partir de ahora en ese Ayuntamiento. Un funcionario de carrera del servicio administrativo en el que usted trabaja ha solicitado y le ha sido concedida una excedencia para el cuidado de un familiar dependiente durante dos años. Como hay mucho trabajo, el Jefe del servicio estudia las diferentes posibilidades que tiene: a) Se puede nombrar a un funcionario interino para sustituir al funcionario en excedencia hasta que éste vuelva. b) No se puede nombrar a un funcionario interino porque para sustituir a un funcionario de carrera sólo se puede nombrar a otro funcionario de carrera. c) El puesto debe quedar desocupado mientras el funcionario disfruta de su excedencia, por lo que el resto de compañeros del servicio deben asumir más carga de trabajo y, en particular, el Jefe del servicio, por ser él quien ha concedido la excedencia. d) Se puede nombrar un empleado como personal eventual, pues esta figura está prevista para sustituir transitoriamente a los funcionarios de carrera. Un funcionario de carrera, Técnico de Hacienda de la Comunidad en que reside, renunció en 2010 a su condición funcionarial para dirigir una empresa que había heredado de sus padres, dedicada a la exportación de productos derivados del cerdo ibérico. Sin embargo, determinadas decisiones erróneas de inversión y el cierre de algunos mercados con motivo de la guerra de Ucrania, le obligan a cerrar la empresa. Se plantea, entonces, volver a trabajar en la Administración: a) El funcionario podrá solicitar el reingreso en la Administración, que le será concedido por ésta al haber desaparecido la causa por la que dejó el servicio público. b) El funcionario no puede solicitar el reingreso en la Administración, porque la pérdida de la condición funcionarial por renuncia no permite tal vía para volver a trabajar en la Administración, aunque puede presentarse a procedimientos selectivos de ingreso para adquirir nuevamente la condición funcionarial. c) El funcionario no puede solicitar el reingreso ni puede siquiera volver a presentarse a procedimientos selectivos de ingreso, pues la renuncia a la condición funcionarial le inhabilita para reingresar y para ingresar nuevamente. d) El funcionario sólo puede solicitar el reingreso, que le será concedido por la Administración, pues no puede ingresar nuevamente a través de procedimientos selectivos de ingreso. La renuncia del funcionario a su condición funcionarial. a) Sólo puede ser aceptada por la Administración si el funcionario no está sujeto a expediente disciplinario en ese momento o se ha dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de un delito. b) Debe ser siempre aceptada por la Administración, aunque el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario en ese momento o se haya dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de un delito. c) Sólo puede ser aceptada por la Administración si el funcionario no está sujeto a expediente disciplinario en ese momento o se ha dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de un delito y, además, la renuncia no es contraria a las necesidades del servicio. d) Sólo puede ser denegada por la Administración cuando sea contraria a las necesidades del servicio. |





