Tema 8 Escala Básica Policía Nacional
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Título del Test:![]() Tema 8 Escala Básica Policía Nacional Descripción: La Dirección General de la Policía |




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La Policía Nacional es: Un instituto armado de naturaleza civil. Un instituto civil de naturaleza armada. Un instituto jerarquizado de naturaleza armada. Indica la ley donde aparecen las funciones atribuidas por el ordenamiento jurídico a la Policía Nacional: Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La atribución, ordenación y desempeño de funciones y responsabilidades de la PN se basan en: Principio de coordinación. Principio de coercitividad. Principio de jerarquía. ¿Qué rango tiene el Director General de la Policía?. Director General. Subsecretario. Secretario General Técnico. ¿Quién coordina a nivel Nacional la operación Minerva´18 en los puestos fronterizos marítimos de Algeciras, Tarifa y Ceuta como refuerzo de la fase de retorno de la operación Paso del Estrecho (OPE)?. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras a través de la Unidad Central de Fronteras. La División de Cooperación Internacional a través de la oficina Sirene. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras a través de la Unidad Nacional de Inmigración y Fronteras. ¿Qué unidad asume las funciones relacionadas con la realización de inspecciones oculares técnico policiales, reseña fotográfica, tecnología de la imagen, y la elaboración de los informes periciales, de interés policial y judicial relacionados con las materias de su competencia?. La Comisaría General de Policía Científica a través de la Unidad Central de Criminalística. La Comisaría General de Policía Científica a través de la Unidad Central de Investigación Científica y Técnica. La Comisaría General de Policía Científica a través de la Unidad Central de Coordinación Operativa. ¿Qué faltas cometidas por el CNP prescriben a los 3 años?. Muy graves. Graves. Leves. ¿Cuándo comienza a contar el plazo de preinscripción de faltas del CNP?. Desde que la falta se hubiera cometido salvo que esta derive de hechos que hayan sido objeto de condena por delito doloso que comenzará a contar desde la fecha de la firmeza de la sentencia condenatoria. Desde el día siguiente a aquel en el que adquieran firmeza. Desde el momento de incoacción del procedimiento sancionador por parte de la competencia sancionadora. El procedimiento disciplinario se inicará siempre: De oficio. Por acuerdo del órgano competente y el responsable. De oficio con la autorización del responsable. La responsabilidad disciplinaria no se extingue: Por la concesión de inhabilitación. Por la prescripción de la falta. Por la prescripción de la sanción. Las sanciones leves prescribirán: Tres años. Dos años. Al mes. Indica cuál es la ley del Régimen Disciplinario de los miembros del CNP: Ley orgánica 4/2010 de 20 mayo. Ley orgánica 9/2015 de 28 julio. Orden INT/28/2013 de 18 enero. ¿A quién se aplica la Ley orgánica del Régimen Disciplinario del CNP?. Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentren en las situaciones de servicio activo y de segunda actividad ocupando destino. Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentren en las situaciones de servicio activo y de segunda actividad sin ocupar destino. Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentren en situación distinta de las anteriores. Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La insubordinación individual o colectiva, respecto a las Autoridades o mandos de que dependan, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La publicación o la utilización indebida de secretos oficiales, declarados así con arreglo a la legislación específica en la materia, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La negativa injustificada a someterse a reconocimiento médico, prueba de alcoholemia o de detección de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, legítimamente ordenadas, a fin de constatar la capacidad psicofísica para prestar servicio, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. No prestar servicio, alegando supuesta enfermedad, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones o cuando cause descrédito notorio a la Institución Policial, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. Dar lugar al extravío, pérdida o sustracción por negligencia inexcusable de los distintivos de identificación o del arma reglamentaria, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. Asistir de uniforme a cualquier manifestación o reunión pública, salvo que se trate de actos de servicio, o actos oficiales en los que la asistencia de uniforme esté indicada o haya sido autorizada, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. El retraso o la negligencia en el cumplimiento de las funciones y órdenes recibidas, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. Dar lugar al extravío, pérdida o sustracción por simple negligencia, de los distintivos de identificación, del arma reglamentaria u otros medios o recursos destinados a la función policial, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La incorrección con los ciudadanos, o con otros miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, siempre que no merezcan una calificación más grave, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. La inasistencia al servicio que no constituya falta de mayor gravedad y el incumplimiento de la jornada de trabajo, así como las faltas repetidas de puntualidad, en los 30 días precedentes, se considera una falta: Muy grave. Grave. Leve. ¿Qué sanción puede imponerse a los miembros del CNP por falta grave?. Separación del servicio. Suspensión de funciones desde cinco días a tres meses. Suspensión de funciones por menos de tres años. ¿Qué sanción puede imponerse a los miembros del CNP por falta muy grave?. Separación del servicio. Suspensión de funciones desde cinco días a tres meses. Suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de nueve años. ¿Qué sanción puede imponerse a los miembros del CNP por falta muy grave?. El apercibimiento. Suspensión de funciones desde cinco días a tres meses. Suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años. ¿Qué sanción puede imponerse a los miembros del CNP por falta leve?. El apercibimiento. Suspensión de funciones desde cinco días a tres meses. Suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años. La participación de un policía es una falta: Muy grave. Grave. No es una falta, es un derecho constitucional. ¿A qué órgano está escrita la Oficina Nacional de Deportes?. A la Secretaría General de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana. A la Secretaría General del Gabinete Técnico. A la Secretaría General de la Subdirección General de Logística. Las funciones de investigación y persecución de las actividades delictivas que impliquen la uilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones TIC y el ciberdelito de ámbito nacional y transnacional, las realiza: UIT. UDEF. UDEV. En la Policía Nacional, en el ámbito de mantenimiento del orden y seguridad ciudadana, dentro de la recepción, tratamiento y análisis de la información, podemos afirmar que diseña los planes estratégicos y operativos de carácter corporativo: El Área de Seguimiento y Coordinación (SEYCO). El Área de Planificación y Prospectiva. El Área de Publicaciones. No depende del DAO: El Gabinete Técnico. Comisaría General de Extranjería y Fronteras. UAI. La Brigada Central de Escoltas está encuadrada en: Unidad Central de Protección. Jefatura de Unidades especiales. Unidad Central de Seguridad Privada. A la Policía Nacional le asignan la protección integral de un “jefe de estado extranjero”. ¿A quién le encomendaría realizar dicha labor?: Brigada Central de Escoltas. Brigada Central de Protecciones Especiales. UPR. La Unidad del CNP, encargada de la protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, se incardina: En la Unidad Central de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV), de la Comisaría General de la Policía Judicial. En la Unidad Central de Participación Ciudadana, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana. En la Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer (UFAM), de la Comisaría General de la Policía Judicial. Los Servicios de expedición de pasaportes en el CNP, están encomendados: A la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. A la División de Documentación, dependiente de la Subdirección General de Logística e Innovación. A la Comisaría General de Información. 39. Asiste a los órganos de dirección en sus funciones de coordinación y supervisión, aportando el conocimiento necesesario para la toma de decisiones: Unidad de Planificación Estratégica y Coordinación (UPEC). Jefatura Central de Operaciones. Brigada Operativa de Apoyo. |