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TEMA 8 Libro TEST_1

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Título del Test:
TEMA 8 Libro TEST_1

Descripción:
Repasar el temario del tema ocho

Fecha de Creación: 2025/10/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 19

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Temario:

¿Cuál es uno de los objetivos principales de la Ley del Principado de Asturias sobre igualdad?. Regular las relaciones laborales en el sector privado. Establecer medidas para garantizar la igualdad de derechos, trato y oportunidades entre mujeres y hombres. Promover el desarrollo económico de la región. Fomentar el turismo en Asturias.

¿A quiénes se aplican las obligaciones y derechos establecidos en esta Ley?. Solo a los ciudadanos españoles residentes en Asturias. A toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en el territorio del Principado de Asturias. Únicamente a las entidades públicas asturianas. Solo a las mujeres residentes en Asturias.

¿Dónde se definen los conceptos de igualdad de trato, discriminación directa e indirecta, acoso sexual y por razón de sexo, acciones positivas y presencia equilibrada?. En el Código Penal. En la Constitución Española. En el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. En la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

¿Qué implica el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres?. Un trato idéntico en todas las situaciones. Dar prioridad a las mujeres en el acceso al empleo. La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo. Ignorar las diferencias biológicas entre hombres y mujeres.

¿Cómo se integra la igualdad de trato y oportunidades en el ordenamiento jurídico?. Como un principio informador que se observa en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. Como una recomendación, no como una obligación. Solo en las leyes laborales. Solo en las leyes penales.

¿En qué ámbitos se garantiza el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres?. Solo en el acceso al empleo público. En el acceso al empleo, la formación profesional, la promoción profesional y las condiciones de trabajo. Únicamente en el ámbito educativo. Solo en el acceso a la vivienda.

¿Cuándo una diferencia de trato basada en el sexo no constituye discriminación en el acceso al empleo?. Nunca. Cuando la diferencia de trato sea favorable a las mujeres. Cuando la característica relacionada con el sexo constituya un requisito profesional esencial y determinante. Cuando la diferencia de trato se justifique por motivos económicos.

¿Qué se considera discriminación directa por razón de sexo?. Una disposición aparentemente neutra que perjudica a un sexo. Un trato menos favorable a una persona en atención a su sexo en situación comparable. La contratación prioritaria de hombres en ciertos sectores. La promoción de la salud de las mujeres.

¿Qué se considera discriminación indirecta por razón de sexo?. Un trato desfavorable a las mujeres embarazadas. La prohibición de contratar a mujeres en ciertos trabajos. El acoso sexual. Una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros que ponen a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.

¿Qué se considera acoso sexual?. Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona. Cualquier comportamiento que incomode a una persona. La crítica a la forma de vestir de una persona. El coqueteo consentido entre compañeros de trabajo.

¿Qué se considera acoso por razón de sexo?. Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad. La defensa de los derechos de las mujeres. Un trato menos favorable a una persona en atención a su sexo en situación comparable. La crítica a los roles de género tradicionales.

¿Cómo se consideran el acoso sexual y el acoso por razón de sexo?. Como delitos menores. Como actos de discriminación. Como simples faltas de respeto. Como formas de expresión de la libertad individual.

¿Qué constituye discriminación directa por razón de sexo?. La defensa de los derechos de los trabajadores. Todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad. Cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja. La crítica a los roles de género tradicionales.

¿Qué se considera discriminación por razón de sexo?. La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. La promoción de la igualdad salarial. La crítica a los roles de género tradicionales. Cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación de una queja o denuncia por discriminación.

¿Qué consecuencias jurídicas tienen las conductas discriminatorias?. Ninguna, si se realizan sin mala intención. Solo dan lugar a una advertencia. Solo dan lugar a sanciones económicas leves. Se consideran nulas y sin efecto, y dan lugar a responsabilidad a través de reparaciones o indemnizaciones.

¿Qué son las acciones positivas?. Medidas para discriminar positivamente a las mujeres. Medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Medidas para eliminar cualquier tipo de diferencia entre hombres y mujeres. Medidas para fomentar la competencia entre hombres y mujeres.

¿Quién puede recabar de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres?. Solo las mujeres. Solo las organizaciones feministas. Solo los sindicatos. Cualquier persona.

¿Quién está legitimado en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo?. Cualquier persona que conozca el caso. Los sindicatos. La persona acosada. Las organizaciones feministas.

En procedimientos donde las alegaciones se basen en actuaciones discriminatorias, ¿a quién corresponde probar la ausencia de discriminación?. A la parte actora. A la persona demandada. Al juez. A ambas partes por igual.

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