TEMA 8 PERSONAL ESTATUTARIO D.R. 34
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Título del Test:![]() TEMA 8 PERSONAL ESTATUTARIO D.R. 34 Descripción: PUNTOS 13 Y 14 |




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NO HAY REGISTROS |
ncompatibilidades Artículo 76 ¿Qué régimen general de incompatibilidades se aplica al personal estatutario?. Solo el régimen específico de la Ley de Servicios de Salud. El establecido para los funcionarios públicos. Artículo 76 ¿Qué norma regula la compatibilidad entre funciones sanitarias y docentes?. La Ley de Contrataciones Públicas. La legislación vigente en materia de compatibilidades. Artículo 77 ¿Es compatible la percepción de becas de formación con el trabajo en el servicio de salud?. Sí, si cuentan con propuesta favorable del servicio de salud. No, nunca es compatible. Artículo 77 ¿Puede el personal licenciado sanitario renunciar al complemento específico?. Sí, según los procedimientos establecidos por el servicio de salud. No, es obligatorio mantenerlo. Artículo 77 ¿Qué límite tienen las retribuciones del personal emérito sumadas a su pensión de jubilación?. No deben superar las que percibía antes de jubilarse. No tienen ningún límite. Artículo 77 ¿Puede un jubilado parcial trabajar a tiempo parcial en el servicio de salud?. Sí, la jubilación parcial es compatible con dicha actividad. No, está prohibido combinar ambas situaciones. Artículo 76 ¿Qué principio general debe regir las decisiones sobre incompatibilidades?. La proporcionalidad y el respeto a la legalidad vigente. La flexibilidad según el caso. Artículo 77 ¿Qué debe garantizarse para percibir una beca de formación?. Que las bases de la convocatoria lo permitan. Que el beneficiario tenga un mínimo de antigüedad. Artículo 77 ¿Qué órgano regula los procedimientos de renuncia al complemento específico?. El servicio de salud correspondiente. El Ministerio de Sanidad. Artículo 76 ¿Es compatible recibir ingresos por actividades privadas con el servicio activo en salud?. Sí, sin restricciones. No, salvo autorización expresa. Representación, Participación y Negociación Artículo 78 ¿Quién establece los criterios generales de representación del personal estatutario?. El servicio de salud directamente. La Ley 9/1987 y sus disposiciones. Artículo 79 ¿Dónde se negocian las condiciones laborales del personal estatutario?. En las mesas sectoriales de negociación. Exclusivamente en el Parlamento. Artículo 79 ¿Qué organizaciones pueden estar en una mesa sectorial de negociación?. Solo las que representen a los empleados públicos estatales. Las más representativas a nivel estatal y autonómico. Artículo 80 ¿Qué materias deben ser objeto de negociación en las mesas sectoriales?. Las condiciones de trabajo y la regulación de jornada. Solo las retribuciones básicas. Artículo 79 ¿Qué porcentaje de representación mínima necesitan los sindicatos para estar en una mesa sectorial?. 5%. 10%. Artículo 80 ¿Es obligatorio negociar las decisiones organizativas de la Administración?. Sí, siempre. No, pero se debe consultar a las organizaciones sindicales si afectan las condiciones de trabajo. Artículo 80 ¿Qué principios deben regir la negociación colectiva?. Buena fe y voluntad negociadora. Exclusividad sindical. Artículo 78 ¿Es obligatoria la consulta sindical para modificaciones en derechos de los ciudadanos?. No, salvo si afectan al personal estatutario. Sí, en todos los casos. Artículo 80 ¿Qué sucede si no se alcanza acuerdo en la negociación colectiva?. El Gobierno establece las condiciones laborales. Se prorrogan las condiciones actuales. Artículo 79 ¿Qué garantiza la Ley 11/1985 a las organizaciones sindicales?. Libertad sindical y capacidad representativa. Derecho exclusivo a la negociación. Pactos y Acuerdos Artículo 80 ¿Qué diferencia a un pacto de un acuerdo en la negociación colectiva?. Los pactos son de aplicación directa; los acuerdos requieren aprobación. No tienen diferencias prácticas. Artículo 80 ¿Quién debe aprobar los acuerdos en materia de personal estatutario?. El órgano de gobierno correspondiente. La dirección del servicio de salud. Artículo 80 ¿Qué materias son negociables en las mesas sectoriales?. Retribuciones, jornada laboral y prevención de riesgos. Solo selección de personal. Artículo 80 ¿Se negocian los planes de acción social en las mesas sectoriales?. Sí, es materia obligatoria de negociación. No, corresponden a la dirección. Artículo 80 ¿Qué criterios se aplican si un sindicato no tiene representación mínima?. No participa en la mesa sectorial. Puede participar mediante acuerdo especial. Artículo 78 ¿Quién debe convocar las mesas de negociación sectoriales?. La Administración correspondiente. Los sindicatos más representativos. Artículo 80 ¿Qué materias están excluidas de negociación?. Potestades organizativas de la Administración. Planes de formación. Artículo 80 ¿La jornada laboral debe negociarse obligatoriamente?. Sí, forma parte de las condiciones laborales. No, es potestad exclusiva del Gobierno. Artículo 80 ¿Qué principio rige la eficacia de los pactos y acuerdos?. Buena fe negociadora. Representación exclusiva. Artículo 79 ¿Puede una mesa sectorial aprobar medidas sin acuerdo del Gobierno?. No, los acuerdos requieren aprobación formal. Sí, siempre que exista mayoría sindical. Artículo 76 ¿Puede un jubilado parcial ejercer funciones sanitarias a tiempo completo?. Sí, siempre que la administración lo permita. No, solo puede ser a tiempo parcial. Artículo 77 ¿Quién define los requisitos para renunciar al complemento específico?. Las organizaciones sindicales. El servicio de salud correspondiente. Artículo 78 ¿Qué ley general regula la representación del personal estatutario?. Ley 9/1987, de 12 de junio. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 79 ¿Qué porcentaje de representación sindical se requiere para estar en una mesa sectorial?. Un 10% mínimo en las elecciones de delegados. Un 5% en elecciones sindicales locales. Artículo 79 ¿En qué ámbito se constituyen las mesas sectoriales de negociación?. En cada servicio de salud. A nivel estatal únicamente. Artículo 80 ¿Es obligatorio negociar la prevención de riesgos laborales?. Sí, forma parte de las condiciones laborales. No, es potestad exclusiva de la Administración. Artículo 77 ¿Puede el personal emérito percibir retribuciones más altas que las de su puesto anterior?. Sí, no hay límite. No, deben ser iguales o menores. Artículo 80 ¿Se negocia en las mesas sectoriales la selección de personal?. Sí, es materia de negociación obligatoria. No, corresponde al Gobierno. Artículo 78 ¿Qué peculiaridades rigen la negociación del personal estatutario?. Las establecidas en su normativa específica. Las que decida la representación sindical. Artículo 79 ¿Qué sucede si no se alcanza un acuerdo en la mesa sectorial?. El Gobierno establece las condiciones laborales. Se prorrogan las condiciones actuales. Más sobre Pactos y Acuerdos Artículo 80 ¿Los pactos requieren aprobación formal para ser efectivos?. Sí, por el órgano de gobierno correspondiente. No, son de aplicación directa. Artículo 80 ¿Se pueden pactar planes de acción social en las mesas sectoriales?. Sí, es materia obligatoria de negociación. No, corresponden a decisiones del Gobierno. Artículo 80 ¿La Administración debe negociar el régimen de permisos y licencias?. Sí, forma parte de las condiciones laborales. No, es potestad exclusiva de la Administración. Artículo 79 ¿Pueden las organizaciones sindicales presentar propuestas en la mesa sectorial?. Sí, en el ámbito de las materias negociables. No, solo pueden aprobar propuestas del servicio de salud. Artículo 80 ¿Qué materias no están sujetas a negociación colectiva?. Potestades organizativas de la Administración. Selección de personal. Artículo 80 ¿Qué sucede si un pacto es rechazado por el órgano de gobierno?. No tiene eficacia jurídica. Se renegocia automáticamente. Artículo 80 ¿Se negocia la jornada laboral en las mesas sectoriales?. Sí, es una materia de negociación obligatoria. No, se establece por decreto. Artículo 79 ¿La consulta sindical es obligatoria en todas las decisiones administrativas?. Sí, siempre es obligatoria. No, solo si afectan las condiciones de trabajo. Artículo 80 ¿Los pactos tienen aplicación directa para el personal afectado?. Sí, si versan sobre competencias del órgano que los suscribe. No, siempre requieren aprobación externa. |