TEMA 9 (1)
|
|
Título del Test:
![]() TEMA 9 (1) Descripción: OPOSICIÓN ADMINISTRATIVO |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Las Administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria emitirán una tarjeta sanitaria individual con soporte informático a las personas residentes en su ámbito territorial: Que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública. Que tengan acreditadas suficientes cotizaciones a la Seguridad Social. Beneficiarios de cualquier seguro de salud. Titulares de la tarjeta sanitaria europea. La primera vez que se solicita la tarjeta sanitaria en Andalucía: Es necesaria la presencia personal en el correspondiente centro de atención primaria. Se puede pedir presencialmente en un centro de atención primaria o por internet. Se puede pedir presencialmente en un centro de atención primaria, a través de ClicSalud+ o a través de la BDU. Se puede pedir presencialmente en un centro de atención primaria, a través de ClicSalud+ o por teléfono en “Salud Responde”. Señala la afirmación incorrecta respecto a la Tarjeta Sanitaria Europea: Se solicita por internet al Instituto Nacional de Seguridad Social. Actualmente tiene una validez de tres años. No es válida si el motivo por el que se desplaza a otro Estado es recibir un tratamiento médico específico. Se remite por correo postal al domicilio del solicitante. Señala la respuesta incorrecta respecto a las instrucciones previas: Cada Comunidad Autónoma regulará el procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, que deberán constar siempre por escrito. Las instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas. El Registro nacional de instrucciones previas se regirá por las normas que reglamentariamente se determinen, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La información comprende como mínimo: La finalidad de cada intervención. La naturaleza de cada intervención. Sus riesgos y consecuencias. Todas son correctas. Indica la opción correcta: La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será limitada, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales y sanitarias, será concisa, se comunicará al paciente de forma comprensible o adecuada a sus necesidades. Ninguna es correcta. A tenor del artículo 8.1 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita, una vez que, recibida la información prevista en el artículo 4 de dicha ley, haya valorado las opciones propias del caso, el consentimiento: Claro y firme del afectado. Expreso y libre del afectado. Voluntario y objetivo del afectado. Libre y voluntario del afectado. La declaración escrita de un médico que dé fe del estado de salud de una persona en un determinado momento se denomina: Expediente del paciente. Situación actual. Certificado médico. Hace constar facultativo. ¿Bajo qué criterio se dejará constancia en la historia clínica de todos aquellos datos que permitan el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud: Estratégico. Político. Médico. Económico. La Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez en: Ucrania. Chipre. Turquía. Serbia. ¿Cómo dispone el artículo 20 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, que serán determinadas las características, requisitos y condiciones de los informes de alta?. Legalmente. Reglamentariamente. Mediante orden interna. Deja a criterio de las Administraciones sanitarias autonómicas el modo de determinarlo. ¿Qué artículo del capítulo VI de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, regula el alta del paciente?. El artículo 20. El artículo 21. El artículo 22. El artículo 23. Al respecto de la parte del Documento de Consentimiento Informado denominado Aceptación, señala la respuesta falsa: Recoge la manifestación de conformidad del usuario de acogerse a la intervención o el procedimiento, debiendo suscribirla inexcusablemente con su firma. Firmarán siempre el facultativo y los testigos o representantes que, en su caso, procedan. En ella el usuario manifiesta que ha sido informado por el facultativo y que ha entendido lo que este le ha dicho. En ella el usuario manifiesta que ha sido informado por el facultativo y que consiente en acogerse a la actuación médica propuesta. La Ley de Autonomía del Paciente reconoce al paciente o usuario: Solo el derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles. Solo a elegir la opción clínica indicada por el facultativo. Tiene derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles una vez que ha recibido la información adecuada, y también el derecho a no elegir ninguna. Todas las respuestas anteriores son incorrectas. ¿Cuál de los siguientes es un principio básico de la Ley 41/2002?. La dignidad de la persona humana, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad orientarán toda la actividad encaminada a obtener, utilizar, archivar, custodiar y transmitir la información y la documentación clínica. El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito. Todas las respuestas anteriores son correctas. ¿Cómo se titula el Capítulo V de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica?. El derecho a la información sanitaria. Derecho a la intimidad. El respeto a la autonomía del paciente. La historia clínica. Según dispone el artículo 14.2 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera que sea el soporte papel, audiovisual, informático o de otro tipo en el que consten, de manera que queden garantizadas: Su integridad, su seguridad y su explotación a efectos sanitarios. Su seguridad, su correcta conservación y la recuperación de la información. Su correcta conservación, su explotación y su difusión. Su anonimato, su integridad y su seguridad. ¿Qué artículo del capítulo VI de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, regula el informe de alta?. El artículo 20. El artículo 21. El artículo 22. El artículo 23. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma: Siempre. Salvando los supuestos exceptuados por la ley. Salvo excepciones establecidas reglamentariamente. Salvo por razones de interés público. Según dispone el artículo 14.2 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera que sea el soporte papel, audiovisual, informático o de otro tipo en el que consten, de manera que queden garantizadas: Su integridad, su seguridad y su explotación a efectos sanitarios. Su seguridad, su correcta conservación y la recuperación de la información. Su correcta conservación, su explotación y su difusión. Su anonimato, su integridad y su seguridad. Los pacientes o usuarios tienen el deber de facilitar los datos sobre su estado físico o sobre su salud de manera leal y verdadera, así como el de colaborar en su obtención: En todo caso. Salvo excepciones establecidas reglamentariamente. Especialmente cuando sean necesarios por razones de interés público o con motivo de la asistencia sanitaria. Salvo disposición legal en contrario. La historia clínica se llevará en cada institución asistencial con criterios de: Seguridad e integridad. Eficacia y eficiencia. Unidad y de integración. Unidad y eficacia. La información clínica será, según indica el artículo 4 de la Ley 41/2002: Breve. Coherente. Adecuada a sus necesidades. Ninguna es correcta. En el informe de alta médica se debe especificar: Los datos del paciente. Un resumen de su historial clínico. El diagnóstico. Todas son correctas. Señala la afirmación falsa respecto a la historia clínica: Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso asistencial de los pacientes. El personal de administración y gestión de los centros sanitarios solo puede acceder a los datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones. El derecho de acceso del paciente a la historia clínica no podrá ejercerse por representación. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación asistencial que generen. ¿Cuándo establece la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, que la renuncia del paciente a recibir información podrá estar limitada?. Por el interés de la salud de terceros y de la colectividad. Por las exigencias terapéuticas del caso. Por el interés de la salud del propio paciente. Todas las respuestas son correctas. Conforme a los criterios de la Ley 41/2002, el reconocimiento legal de que el ciudadano debe recibir información suficiente y adecuada sobre los problemas sanitarios de la comunidad que impliquen un riesgo para su salud es una manifestación de su derecho: A la información sanitaria epidemiológica. A la información sanitaria asistencial. A la intimidad. A la autonomía. En el caso de que el paciente no acepte el alta, la dirección del centro, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme o revoque la decisión, aunque previamente: Comprobará el informe clínico correspondiente. Oirá al paciente. Solicitará un nuevo informe clínico por un segundo médico. Las respuestas a y b son correctas. La unidad asistencial con organización propia, dotada de los recursos técnicos y del personal cualificado para llevar a cabo actividades sanitarias se conoce como: Área sanitaria. Servicio sanitario. Departamento de salud. Servicio integral. ¿Qué ocurre cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carece de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico?. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho, siempre con conocimiento del médico responsable y con el consentimiento del paciente. La información se pondrá en conocimiento del representante legal designado al efecto. La información se pondrá en conocimiento de los profesionales sanitarios únicamente. La propiedad de la historia clínica corresponde: Al médico que realiza la actuación sanitaria. A la Administración sanitaria o entidad titular del centro sanitario, cuando el médico trabaja por cuenta propia. Al médico que realiza la atención sanitaria cuando este trabaja por cuenta ajena y bajo la dependencia de una institución sanitaria. Ninguna respuesta es correcta. ¿A quién corresponde establecer los métodos que posibiliten en todo momento el acceso a la historia clínica de cada paciente por los profesionales que le asisten?. A la Administración sanitaria. Al Ministerio de Sanidad. A las Comunidades Autónomas. A cada centro. ¿A quién corresponde realizar la gestión de la historia clínica en los centros con pacientes hospitalizados, o en los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra modalidad asistencia?. A la dirección médica. A la gerencia. A la unidad de admisión y documentación clínica. A la dirección de gestión. ¿Qué órgano, establece los requisitos y los estándares necesarios sobre los dispositivos que las tarjetas sanitarias deben incorporar para almacenar la información básica, y las aplicaciones que permitan que la lectura y comprobación de los datos sea técnicamente posible en todo el territorio del Estado?. La Comunidad autónoma correspondiente. El Servicio de Salud de cada Comunidad autónoma. El Ministerio de Sanidad. Cada Administración pública competente. Señala la respuesta incorrecta respecto a los derechos de información sanitaria, conforme a lo previsto en la Ley 41/2002: Se reconoce el derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la ley. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la ley. La información, como regla general se proporcionará por escrito, y debe comprender, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. Además del médico también serán responsables de informar al paciente los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto. Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento, que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada, se hará por escrito: En los supuestos previstos en la ley. Salvo excepciones. En todo caso. O de forma verbal. Cuando hablamos de la expresión, “toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización”, según indica la Ley 41/2002, ¿a qué tipo de derecho nos referimos?. Derecho de información. Derecho asistencial. Derecho a la intimidad. Derecho a la formación. Es contenido de la historia clínica: La documentación relativa a la hoja clínico estadística. La autorización de ingreso. Las órdenes médicas. Todas las respuestas anteriores son correctas. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente, encomienda la tarea de establecer los mecanismos que garanticen la autenticidad del contenido de la historia clínica y de los cambios operados en ella, así como la posibilidad de su reproducción futura: A las Administraciones sanitarias. Al Ministerio de Sanidad. A las Comunidades Autónomas. A la Dirección Médica de los propios centros sanitarios. ¿Dónde dispone el artículo 17.1 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que se trasladarán los datos de la historia clínica relacionados con el nacimiento del paciente una vez conocido el fallecimiento del mismo?. A un lugar seguro y acreditado para su destrucción. Se les dará a los familiares que tengan un derecho legítimo en ellos. A los archivos definitivos que para estos casos habrá de crear cada Comunidad Autónoma. A los archivos definitivos de la Administración correspondiente. Los pacientes o usuarios: Tienen el deber de facilitar los datos sobre su estado físico. Tienen el deber de facilitar los datos sobre su salud de maneral leal y verdadera. Tienen el deber de colaborar en la obtención de los datos, especialmente cuando sean necesarios por razones de interés público o con motivo de la asistencia sanitaria. Todas son correctas. El paciente tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en el artículo 18.3 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. ¿Quién regula el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos?. El Ministerio de Sanidad. Las Comunidades Autónomas. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Los centros sanitarios. En relación con el consentimiento informado, señala la opción correcta: Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades en el momento de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. Es la conformidad libre, voluntaria e inconsciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta o no a su salud. Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. Es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades antes de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. ¿A quién le corresponde garantizar el cumplimiento del derecho a la información?. Únicamente el médico responsable. Los familiares. El representante legal. El médico responsable o los profesionales que atienden durante el proceso asistencial o apliquen técnicas o procedimientos concretos. ¿Qué ocurre si un paciente o usuario se niegan a un tratamiento?. Decide, en todo caso, el médico responsable. Deberá constar verbalmente o por escrito. Prevalece el criterio del facultativo. Su negativa constará por escrito. Para que un paciente o usuario otorgue válidamente su consentimiento a un tratamiento, el facultativo le ha de transmitir previamente: Información escrita. Información total y comprensible. Información adecuada, comprensible y razonable. Confianza. La Ley 41/2002 establece la obligación de los profesionales sanitarios de cumplimentar los protocolos, registros, informes estadísticos y demás documentación clínica relacionada con el proceso asistencial en el que intervenga es la expresión de uno de los derechos reconocidos a los ciudadanos respecto del sistema sanitario. Ello es manifestación del: Derecho de intimidad. Derecho de información. Derecho de libertad de elección. Derecho de documentación. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años contados: Desde la fecha del alta del primer proceso asistencial. Desde la fecha de baja de cada proceso asistencial. Desde la fecha de baja del último proceso asistencial. Desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento cuando existe riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias establecidas por la ley. ¿A quién dispone la Ley 41/2002, de 14 de noviembre que habrán de comunicarse las medidas pertinentes adoptadas cuando estas dispongan el internamiento obligatorio de personas?. A la autoridad judicial. Al Ministerio Fiscal. A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. A la Dirección Médica del Centro. Según dispone el artículo 8.2 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, por regla general, el consentimiento informado será: Escrito. Formal. Verbal. Tácito. |




