tema 9
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Título del Test:
![]() tema 9 Descripción: tem 9 parte 1 |



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¿Qué pueden ofertar los centros deportivos municipales?. A) Los centros deportivos municipales podrán ofertar un Programa de Actividades Recreativas y de Ocio, impartido por personal auxiliar no especializado. B) Los centros deportivos municipales podrán ofertar un Programa de Actividades Físico-Deportivas dirigidas, de acuerdo con sus propias características, que será impartido por personal técnico deportivo cualificado. C) Los centros deportivos municipales podrán ofertar un Programa de Actividades de Competición, impartido por personal administrativo de la instalación. Elige la opcion correcta. A) Los centros deportivos municipales deberán ofertar un Programa de Actividades Recreativas y de Ocio, impartido por personal auxiliar no especializado. B) Los centros deportivos municipales podrán ofertar un Programa de Actividades Físico‑Deportivas dirigidas, de acuerdo con sus propias características, que será impartido por personal técnico deportivo cualificado. C) Los centros deportivos municipales no podrán ofertar un Programa de Actividades de Competición, impartido por personal administrativo de la instalación. ¿Qué forma el programa de actividades dirigidas?. El programa de actividades dirigidas lo forman el “Programa General de Clases y Escuelas” y el “Programa de Cursos de Verano”. El programa de actividades dirigidas lo forman el “Programa de Competición Federada” y el “Programa de Actividades Especiales”. El programa de actividades dirigidas lo forman el “Programa Intensivo de Clases” y el “Programa de Actividades de Invierno”. ¿Qué forma el programa de actividades dirigidas según el artículo 42?. El programa de actividades dirigidas lo forman el Programa General de Clases y Talleres y el Programa de Cursos de Verano. El programa de actividades dirigidas lo forman el Programa General de Clases y Escuelas y el Programa de Cursos Estivales. El programa de actividades dirigidas lo forman el Programa General de Clases y Escuelas y el Programa de Cursos de Verano. ¿Quién puede acceder al programa de actividades dirigidas?. A) Podrá acceder cualquier ciudadano que presente su solicitud en los plazos previstos, cumpla los requisitos y aporte la documentación indicada por el centro. B) Podrá acceder cualquier ciudadano que realice su solicitud en la forma y plazos establecidos, cumpla con los requisitos exigidos y presente la documentación que corresponda en cada caso. C) Podrá acceder cualquier ciudadano que tramite su solicitud dentro del plazo, cumpla los requisitos y entregue la documentación establecida para la actividad. ¿Cómo se cubren las vacantes cuando la demanda supera las plazas ofertadas?. A) Se utilizará un sorteo para adjudicar las vacantes cuando la demanda sea superior a las plazas disponibles. B) Se utilizará el sistema de sorteo para cubrir las vacantes siempre que la demanda supere las plazas ofertadas. C) Se utilizará un sorteo para asignar las vacantes cuando la demanda exceda las plazas previstas. ¿Qué puede requerirse para mantener la homogeneidad de los grupos?. Podrá requerirse una entrevista o prueba de nivel previa a la solicitud de inscripción, a los efectos de mantener la homogeneidad en la formación de los grupos. Podrá requerirse una entrevista o prueba de nivel antes de la inscripción para asegurar la homogeneidad en la composición de los grupos. Podrá requerirse una entrevista o prueba de nivel previa a la inscripción para garantizar la homogeneidad en la organización de los grupos. Qué derecho otorga la obtención de plaza?. A) La obtención de plaza da derecho a asistir a la actividad durante una temporada deportiva, salvo actividades con niveles o características especiales, cuya permanencia dependerá de cada actividad. B) La obtención de plaza da derecho a la asistencia a la actividad durante una temporada deportiva, salvo actividades estructuradas en niveles o con características especiales, cuya permanencia se determinará en función de cada modalidad deportiva. C) La obtención de plaza da derecho a participar en la actividad durante una temporada deportiva, salvo actividades con niveles o características especiales, cuya permanencia se fijará según cada disciplina. ¿Qué es la reserva de temporada?. Es la autorización de ocupación y uso de una unidad o espacio deportivo por un período máximo de una temporada deportiva o un curso académico. Es la autorización de ocupación y uso de una unidad deportiva por un período mínimo de dos temporadas deportivas. Es la autorización de ocupación y uso de una unidad deportiva por un período indefinido. ¿Cuál es la finalidad de la reserva de temporada según el artículo 45?. A) La reserva de temporada tiene como finalidad organizar actividades recreativas abiertas al público general y promover eventos de ocio sin carácter deportivo. B) La reserva de temporada tiene como finalidad la promoción de la práctica deportiva organizada del deporte aficionado, facilitar la enseñanza de la educación física a los centros docentes y el desarrollo de programas de deporte adaptado. C) La reserva de temporada tiene como finalidad coordinar actividades deportivas profesionales, apoyar la competición federada y gestionar programas de entrenamiento especializado. ¿Cuál es el objeto de la utilización de unidades deportivas?. Facilitar la utilización de las instalaciones deportivas municipales para la práctica deportiva con fines recreativos y de sana ocupación del tiempo libre. Facilitar el uso de las instalaciones municipales para entrenamientos de competición y actividades deportivas de carácter profesional. Facilitar el uso de las instalaciones municipales para actividades recreativas y culturales que no estén relacionadas con la práctica deportiva. ¿Qué unidades deportivas pueden utilizarse según el artículo 50?. A) Solo podrán utilizarse las unidades deportivas destinadas a actividades dirigidas y programas formativos internos. B) Todas las unidades deportivas municipales serán susceptibles de utilización conforme al Reglamento y al Acuerdo del Pleno de precios públicos. C) Únicamente podrán utilizarse las unidades deportivas reservadas para actividades recreativas y eventos municipales. ¿Dónde puede realizarse la solicitud para utilizar unidades deportivas?. A) La solicitud deberá realizarse exclusivamente de manera presencial en la oficina administrativa del Ayuntamiento. B) La solicitud podrá realizarse en los Centros Deportivos Municipales o por medios telemáticos, por cualquier usuario que cumpla el artículo 5 del Reglamento. C) La solicitud solo podrá realizarse mediante formulario electrónico habilitado para usuarios federados. ¿Qué se requiere para impartir clases o celebrar competiciones en unidades deportivas?. Se necesitará únicamente la aprobación del personal técnico del centro deportivo donde se realice la actividad. Será suficiente con comunicar la actividad al centro deportivo sin necesidad de autorización adicional. Se requerirá informe previo de la Dirección General de Deportes, salvo que se trate de actividades organizadas por el Ayuntamiento de Madrid. ¿Qué puede regularse cuando se celebren partidos federados o eventos de interés público?. A) Podrán regularse únicamente los horarios de acceso del público asistente. B) Podrán regularse las condiciones de uso específicas que se deriven de la utilización de la instalación. C) Podrán regularse exclusivamente los requisitos de inscripción de los participantes. ¿Quién fija los horarios de utilización de las unidades deportivas?. A) Los horarios serán fijados directamente por la Dirección General de Deportes sin intervención de los centros. B) Los horarios serán fijados por la dirección de los Centros Deportivos Municipales, atendiendo a los criterios generales de programación. C) Los horarios serán fijados por el personal técnico responsable de cada unidad deportiva. ¿Qué competiciones se convocan cada temporada deportiva?. Se convocarán los Juegos Deportivos Municipales y Escolares, y los Torneos Municipales. Se convocarán actividades recreativas competitivas y torneos abiertos sin estructura deportiva. Se convocarán campeonatos profesionales y torneos oficiales de carácter federado. ¿Qué competiciones se convocan cada temporada deportiva según el artículo 54?. A) Se convocarán programas competitivos municipales de carácter recreativo, junto con torneos abiertos dirigidos a participantes no federados. B) Se convocarán los Juegos Deportivos Municipales y Escolares, así como los Torneos Municipales correspondientes a cada temporada deportiva. C) Se convocarán competiciones locales de participación libre y torneos organizados por entidades externas sin estructura oficial municipal. ¿Dónde se realizan las inscripciones a las competiciones?. Las inscripciones se realizarán en los propios centros deportivos municipales. Las inscripciones se gestionarán exclusivamente a través de plataformas telemáticas externa. Las inscripciones deberán realizarse en la Dirección General de Deportes mediante cita previa. Qué contienen las normas específicas de cada competición?. Contienen únicamente los criterios administrativos y las condiciones económicas de participación. Contienen solo los requisitos de inscripción y las normas básicas de conducta. Contienen todos los aspectos técnicos y organizativos de las competiciones. |




