TEMA 9 DERECHOS DEL PACIENTE D.R. 5
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Título del Test:![]() TEMA 9 DERECHOS DEL PACIENTE D.R. 5 Descripción: 1.5 LA HISTORIA CLÍNICA |




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Definición y Archivo de la Historia Clínica ¿Qué documentos incluye la historia clínica?. Los relativos a los procesos asistenciales del paciente, con identificación de los profesionales intervinientes. Sólo las pruebas diagnósticas realizadas al paciente. ¿Qué garantiza el archivo de las historias clínicas?. Seguridad, conservación y recuperación de la información. Exclusivamente su almacenamiento en soporte informático. ¿Quién establece los mecanismos para garantizar la autenticidad de la historia clínica?. Las Administraciones sanitarias. Los médicos responsables del paciente. ¿Qué deben evitar los centros sanitarios respecto a las historias clínicas?. Su destrucción o pérdida accidental. Su consulta por profesionales sanitarios. Su consulta por profesionales sanitarios. Facilitar la asistencia sanitaria con datos veraces y actualizados. Registrar los costos de los tratamientos realizados. ¿Qué información se incluye en la historia clínica cuando se trata de un nacimiento?. Resultados de pruebas biométricas y médicas necesarias para determinar el vínculo de filiación. Sólo datos relacionados con el parto. ¿Cuál es el contenido mínimo de la historia clínica?. Documentación como anamnesis, exploración física, evolución, órdenes médicas, y el informe clínico de alta, entre otros. Únicamente los diagnósticos realizados durante la hospitalización. ¿Qué documento registra las constantes vitales del paciente?. El gráfico de constantes. El informe de quirófano. ¿Qué información adicional se incluye en casos de violencia contra menores?. La especificación de dicha circunstancia en la historia clínica. Exclusivamente los datos de las exploraciones realizadas. Usos de la Historia Clínica ¿Cuál es el uso principal de la historia clínica?. Garantizar una asistencia adecuada al paciente. Gestionar las estadísticas del centro sanitario. ¿Qué profesionales tienen acceso a la historia clínica?. Los que realizan el diagnóstico o tratamiento del paciente. Todo el personal administrativo del centro. ¿Qué norma regula el acceso a la historia clínica con fines judiciales o de investigación?. La legislación vigente en protección de datos personales. El reglamento interno del centro sanitario. ¿Cómo se garantiza el anonimato en el acceso con fines de investigación?. Separando los datos identificativos de los clínico-asistenciales. Limitando el acceso a los médicos responsables. ¿En qué casos las Administraciones sanitarias pueden acceder a los datos identificativos de los pacientes?. Por razones epidemiológicas o de protección de la salud pública. Para elaborar informes administrativos. Conservación de la Documentación Clínica ¿Cuánto tiempo debe conservarse la historia clínica como mínimo?. Cinco años desde la fecha del alta del proceso asistencial. Diez años desde la primera consulta. ¿Qué sucede con los datos relacionados con el nacimiento tras el fallecimiento del paciente?. Se trasladan a los archivos definitivos de la Administración correspondiente. Se eliminan junto con la historia clínica general. ¿Qué es obligatorio para garantizar la conservación de la documentación clínica?. Condiciones que aseguren su mantenimiento y seguridad. Digitalizar exclusivamente los documentos principales. Derechos de Acceso a la Historia Clínica ¿Qué derecho tiene el paciente sobre su historia clínica?. Acceder a la documentación y obtener copia de los datos. Modificar directamente los registros. ¿Qué limita el acceso del paciente a su historia clínica?. El derecho de terceros a la confidencialidad de los datos. La disponibilidad del médico responsable. ¿Quién puede acceder a la historia clínica de un paciente fallecido?. Personas vinculadas por razones familiares o de hecho, salvo prohibición expresa. Cualquier persona con interés en el caso. ¿Qué datos no se facilitan a terceros sobre pacientes fallecidos?. Los que afecten a la intimidad del fallecido o perjudiquen a terceros. Los relacionados con tratamientos médicos previos. Custodia de la Historia Clínica ¿Qué mecanismo deben establecer los centros sanitarios?. Un sistema de custodia activa y diligente de las historias clínicas. Un archivo exclusivo para pacientes hospitalizados. ¿Qué unidad es responsable de la gestión de las historias clínicas en centros con hospitalización?. La unidad de admisión y documentación clínica. El departamento administrativo del hospital. ¿Qué profesionales deben cooperar en la creación y mantenimiento de la documentación clínica?. Los sanitarios que participan en el proceso asistencial. Sólo el médico responsable del paciente. ¿Qué medidas son aplicables a la documentación clínica?. Las medidas técnicas de seguridad establecidas por la legislación sobre datos personales. Exclusivamente las políticas internas del hospital. Preguntas Variadas ¿Qué debe especificar la historia clínica en casos de violencia contra menores?. La circunstancia de violencia en el contexto del proceso asistencial. Exclusivamente el tratamiento médico realizado. ¿Quién regula el acceso del personal administrativo a la historia clínica?. El centro sanitario según las funciones de cada empleado. Las administraciones autonómicas de salud. ¿Qué criterio se debe seguir en la gestión de la historia clínica?. Unidad e integración en cada institución asistencial. Separar los registros de atención primaria y especializada. ¿Qué deben garantizar las Comunidades Autónomas respecto a la historia clínica?. La protección de las historias clínicas contra pérdida accidental. La eliminación automática de historias tras 10 años. ¿Qué derecho tiene el paciente respecto a la custodia de su historia clínica?. A que los centros sanitarios implementen medidas de custodia activa. A supervisar directamente el archivo de los datos. ¿Qué es la "lex artis"?. Actuar conforme a las buenas prácticas médicas. Un sistema de archivo digital. ¿Qué personal tiene acceso limitado a los datos estrictamente relacionados con sus funciones?. El personal de administración y gestión del centro. Todo el personal sanitario. ¿Qué debe garantizar el acceso a los datos de la historia clínica con fines judiciales o de investigación?. La confidencialidad y el anonimato, salvo consentimiento del paciente. La disponibilidad completa de toda la información. ¿Qué debe contener la documentación de la historia clínica según los criterios de custodia activa?. Integración, recuperación y comunicación de la información bajo confidencialidad. Exclusivamente los datos clínicos relevantes para investigaciones futuras. ¿Quién es responsable de la gestión de la documentación asistencial en actividades individuales?. Los profesionales sanitarios que la generan. Los supervisores del centro sanitario. ¿Qué regulan las Comunidades Autónomas en relación con la historia clínica?. El procedimiento para registrar el acceso y uso de la misma. La disponibilidad pública de los archivos hospitalarios. ¿Cuándo deben ser transferidos los datos relacionados con el nacimiento tras el fallecimiento del paciente?. A los archivos definitivos de la Administración correspondiente. Al departamento de investigación del hospital. ¿Qué criterios de conservación deben cumplirse con las historias clínicas?. Correcto mantenimiento, seguridad y tratamiento que evite la identificación innecesaria. Exclusivamente el almacenamiento en formato digital. ¿Qué ocurre si el acceso a la historia clínica afecta derechos de terceros?. Se limita o condiciona dicho acceso para proteger la confidencialidad de terceros. Se permite el acceso completo al paciente. ¿Cómo se protege la información clínica utilizada con fines epidemiológicos?. Accediendo sólo por profesionales sanitarios sujetos al deber de secreto. Permitiendo el acceso a cualquier entidad administrativa. Derechos de Acceso y Conservación ¿Qué establece el Artículo 18 respecto al acceso del paciente a su historia clínica?. El paciente tiene derecho a acceder y obtener copia de los datos, con ciertas reservas. Sólo puede acceder con autorización judicial previa. ¿Qué documentación no se comunica a terceros sobre pacientes fallecidos?. Las anotaciones subjetivas de los profesionales. Los resultados de pruebas médicas realizadas en vida. ¿Quién debe garantizar la autenticidad del contenido de la historia clínica?. Las Administraciones sanitarias. El personal administrativo del centro. ¿Qué obliga a los profesionales que acceden a la historia clínica en el ejercicio de sus funciones?. El deber de secreto. La elaboración de informes administrativos. ¿Qué finalidad principal tiene la conservación de la documentación clínica?. Garantizar la asistencia adecuada al paciente durante el tiempo necesario. Registrar datos para fines estadísticos. ¿Qué sucede con los datos de filiación materna relacionados con el nacimiento?. No pueden ser destruidos y deben ser preservados bajo medidas de seguridad. Se eliminan tras cinco años de archivados. ¿Cómo deben gestionarse las historias clínicas en centros con gran volumen de pacientes?. A través de una unidad de admisión y documentación clínica. Por cada médico responsable individualmente. ¿Quién regula el acceso a las historias clínicas por parte de personal de inspección?. Cada Comunidad Autónoma en función de sus competencias. Exclusivamente el Ministerio de Sanidad. ¿Qué debe constar en la historia clínica de los pacientes hospitalizados?. Informes quirúrgicos, evoluciones y consentimiento informado, entre otros documentos exigibles. Sólo los diagnósticos finales. ¿Qué establece la Ley sobre el acceso a la historia clínica con fines de docencia?. Debe garantizarse la confidencialidad de los datos personales y asegurar el anonimato. Se permite únicamente con el consentimiento verbal del paciente. |