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tema 9 DIPr

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Título del Test:
tema 9 DIPr

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tema 9 DIPr

Fecha de Creación: 2026/03/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Un tribunal español, ante un litigio sobre la capacidad de una persona extranjera, aplica directamente el derecho español pese a que la norma de conflicto remite a la ley nacional del sujeto y ninguna de las partes ha probado su contenido, ¿cuál es la valoración más correcta de esta actuación?. Es incorrecta porque la norma de conflicto es imperativa. Es correcta porque el juez puede aplicar el derecho más accesible. Es correcta si ninguna de las partes se opone. Es incorrecta solo si el derecho extranjero cambia el resultado.

Una norma de conflicto establece como puntos de conexión, en orden sucesivo, la nacionalidad común y la residencia habitual común, existiendo en el caso concreto ambas pero siendo la residencia más vinculada a la realidad, ¿qué criterio debe aplicarse?. La residencia habitual por mayor proximidad. Ambos criterios conjuntamente. El que el juez considere más adecuado. La nacionalidad por ser el primer punto en cascada.

Un juez determina correctamente que debe aplicarse derecho extranjero, pero decide completarlo con normas españolas porque considera que aquel es incompleto, ¿cómo debe calificarse esta actuación?. Correcta por integración normativa. Incorrecta solo si hay contradicción. Incorrecta por no aplicar íntegramente el derecho extranjero. Correcta si mejora el resultado.

El paso de la nacionalidad a la residencia habitual como punto de conexión en muchas normas responde principalmente a: Reducir la aplicación del derecho extranjero. Adaptar la solución a la realidad del caso. Aumentar la rigidez del sistema. Simplificar la labor judicial.

Una norma permite considerar válido un acto si cumple cualquiera de varias leyes posibles (por ejemplo, lugar de celebración o ley personal), ¿qué finalidad tiene esta técnica?. Favorecer la validez del acto. Limitar el derecho extranjero. Aumentar la intervención judicial. Reducir la complejidad.

En un proceso internacional, las partes no prueban el derecho extranjero y el juez decide investigar su contenido mediante informes jurídicos, ¿cómo debe valorarse esta actuación?. Incorrecta porque el juez no puede actuar de oficio. Obligatoria en todo caso. Irrelevante para la decisión. Posible para garantizar la correcta aplicación del sistema.

Una norma de conflicto utiliza el criterio de "vínculos más estrechos", obligando al juez a elegir entre varios ordenamientos con conexiones relevantes, ¿qué consecuencia principal tiene esto?. Mayor discrecionalidad judicial. Mayor automatismo. Mayor seguridad jurídica. Eliminación del derecho extranjero.

En un mismo supuesto internacional se aplican leyes distintas a la capacidad, la forma y los efectos del acto, ¿cómo se denomina esta técnica?. Reenvío. Orden público. Norma de extensión. Fragmentación normativa.

Una norma de conflicto diseñada para proteger a una de las partes (por ejemplo, el acreedor) implica que deja de ser plenamente: Imperativa. Bilateral. Neutral. Indirecta.

En la práctica judicial española, la tendencia a aplicar la lex fori incluso cuando la norma remite a derecho extranjero se califica como: Aplicación correcta del sistema. Ejemplo de reenvío. Manifestación de neutralidad. Desviación práctica del DIPr.

Un juez español aplica la norma de conflicto y llega a la conclusión de que debe aplicarse derecho extranjero, pero decide no hacerlo porque considera que el derecho español ofrece una solución más justa, ¿cómo debe calificarse esta actuación?. Incorrecta por vulnerar la imperatividad de la norma de conflicto. Correcta por razones de equidad. Correcta si el resultado es más favorable. Incorrecta solo si hay oposición de las partes.

Una norma de conflicto utiliza como único punto de conexión la nacionalidad en un supuesto con múltiples vínculos con otro Estado, ¿qué consecuencia principal se deriva de esta configuración normativa?. Mayor flexibilidad. Mayor discrecionalidad judicial. Mayor adaptación al caso concreto. Mayor seguridad jurídica.

Si una norma permite validar un acto conforme a cualquiera de varias leyes posibles y todas ellas conducen a resultados distintos, ¿qué criterio debe seguir el juez?. Aplicar la ley más estricta. Aplicar la ley nacional. Aplicar la ley que valide el acto. Aplicar la primera enunciada.

En un proceso internacional, las partes no prueban el derecho extranjero y el juez tampoco realiza actuaciones para conocerlo, aplicando directamente el derecho español, ¿qué problema plantea esta situación?. Ninguno. Solo afecta al procedimiento. Supone reenvío. Puede vulnerar el carácter imperativo del DIPr.

Una norma utiliza el criterio de "vínculos más estrechos" y el juez debe elegir entre varios ordenamientos con conexiones relevantes, ¿qué característica del sistema se intensifica en este caso?. Automatismo. Seguridad jurídica. Rigidez normativa. Discrecionalidad judicial.

En un supuesto internacional se aplican leyes distintas para la capacidad, la forma y los efectos de un mismo acto jurídico, ¿cómo se califica esta técnica?. Fragmentación normativa. Reenvío. Norma de extensión. Orden público.

Una norma de conflicto diseñada para proteger a una de las partes rompe con la idea clásica de que estas normas son: Imperativas. Bilaterales. Indirectas. Neutrales.

Si el juez aplica sistemáticamente la ley española pese a que la norma de conflicto remite a una ley extranjera, ¿qué fenómeno se produce?. Reenvío. Cuestión preliminar. Aplicación correcta. Desviación práctica del sistema.

Una norma que exige la concurrencia simultánea de varios puntos de conexión para aplicar una ley es una norma: Alternativa. En cascada. Acumulativa. Jerarquizada.

El uso de la residencia habitual como punto de conexión frente a la nacionalidad responde principalmente a la necesidad de: Reducir la aplicación del derecho extranjero. Aumentar la conexión real con la situación. Simplificar el sistema. Evitar conflictos de leyes.

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