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TEMARIO ESPECÍFICO - TEST Nº16

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Título del Test:
TEMARIO ESPECÍFICO - TEST Nº16

Descripción:
Acuerdos y Pactos del SESCAM

Fecha de Creación: 2026/03/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Temario:

El Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM es de aplicación directa a los nombramientos de personal estatutario temporal, entre los que no se incluyen: Los de interinidad. Los de carácter eventual. Los de alta dirección. Los de sustitución.

Según el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, el modelo de selección debe garantizar en la actuación de los órganos de selección, la independencia, la discrecionalidad técnica y la: Confidencialidad. Idoneidad. Inamovilidad. Disponibilidad.

Para poder participar en el sistema de selección de personal temporal, se requiere no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas en: Los doce meses anteriores a la convocatoria. Los dos años anteriores a la convocatoria. Los cuatro años anteriores a la convocatoria. Los seis años anteriores a la convocatoria.

Para la participación en la bolsa de trabajo de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario, en el caso de licenciados en medicina y cirugía, es un requisito admisible: Formación mínima de 500 horas teórico-prácticas en medicina de urgencias y emergencias, con al menos el 50% de prácticas presenciales. Experiencia mínima de 18 meses en urgencias hospitalarias y/o transporte asistido. Poseer la especialidad de Cuidados Médico-Quirúrgicos. Ostentar plaza en propiedad en activo o en excedencia en la misma categoría en el Sistema Nacional de Salud.

El llamamiento para cubrir el cupo del 7% de nombramientos temporales se realizará de forma que se garantice que: Al menos, uno de cada 7 nombramientos por gerencia, ámbito de atención especializada o atención primaria, categoría, tipo de lista (larga duración, corta duración o cobertura urgente) y en su caso tiempo parcial, sea desempeñado por un trabajador discapacitado. Al menos, uno de cada 10 nombramientos por gerencia, ámbito de atención especializada o atención primaria, categoría, tipo de lista (larga duración, corta duración o cobertura urgente) y en su caso tiempo parcial, sea desempeñado por un trabajador discapacitado. Al menos, uno de cada 14 nombramientos por gerencia, ámbito de atención especializada o atención primaria, categoría, tipo de lista (larga duración, corta duración o cobertura urgente) y en su caso tiempo parcial, sea desempeñado por un trabajador discapacitado. Al menos, uno de cada 18 nombramientos por gerencia, ámbito de atención especializada o atención primaria, categoría, tipo de lista (larga duración, corta duración o cobertura urgente) y en su caso tiempo parcial, sea desempeñado por un trabajador discapacitado.

Conforme al Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, para las categorías de Facultativos/as Especialistas, Médicos de familia, Pediatras de Atención Primaria, Matronas y Enfermeros/as Especialistas, además de la convocatoria ordinaria, se realizará otra convocatoria independiente, para la presentación de nuevas solicitudes, cuyo plazo se abrirá: Del 1 de enero al 30 de junio de cada año. Del 1 de enero al 31 de enero de cada año. Del 1 al 30 de junio de cada año. Del 1 al 30 de abril de cada año.

Para integrarse en las Bolsas de Trabajo constituidas conforme a lo previsto en el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, cada persona interesada debe presentar una solicitud por cada categoría y/o especialidad solicitada pudiendo inscribirse en: Una única categoría o especialidad. 2 categorías y/o especialidades. 5 categorías y/o especialidades. No hay límite de categorías y/o especialidades para inscribirse.

Dentro de la Bolsa General de personal temporal del SESCAM, existirá una lista de nombramientos eventuales cuya duración inicial sea: Igual o inferior a un año. Igual o superior a un año. Igual o inferior a tres meses. Igual o superior a tres meses.

En caso de empate en la puntuación obtenida en la baremación para las Bolsas de Trabajo constituidas conforme a lo previsto en el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, será criterio preferente para dirimir el orden a seguir: Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional. Mayor edad de los aspirantes. Mayor antigüedad en la primera inscripción de bolsa. Mayor puntuación en el apartado formación.

Según el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, en los nombramientos de corta duración el llamamiento se realizará por comunicación telefónica registrada. Si no puede ser localizado con la primera llamada, se efectuará una segunda, con un intervalo de: Media hora. Una hora. Dos horas. Seis horas.

Según el Pacto sobre Selección del Personal Temporal del SESCAM, los trabajadores podrán solicitar su exclusión temporal de una determinada Bolsa de Trabajo sin que sean penalizados por ello, cuando lo soliciten por escrito con 3 días de antelación a la fecha de efectos de la exclusión, que, en ningún caso, podrá ser inferior a: 15 días. Un mes. Dos meses. Tres meses.

La renuncia a un nombramiento temporal en vigor por causas no justificadas conlleva la penalización de pasar a la situación de no disponible en la bolsa durante: 6 meses. 12 meses. 15 meses. 18 meses.

La Comisión Central de Seguimiento del Pacto de Selección del Personal Temporal del SESCAM se reunirá con carácter ordinario: Una vez al mes. Una vez al trimestre. Dos veces al mes. Cuatro veces al año.

Según el Pacto sobre promoción interna temporal del SESCAM, que promueve nombramientos de cada categoría en cada Centro de Gestión cuya duración sea previsiblemente superior a 6 meses, se proveerán por promoción interna temporal: Uno de cada tres nombramientos. Dos de cada tres nombramientos. La mitad de los nombramientos. Tres de cada cuatro nombramientos.

Según el Pacto sobre promoción interna temporal del SESCAM, los aspirantes dispondrán de un plazo a contar desde el siguiente a su publicación en los tablones de anuncios del correspondiente Centro de Gestión, para la presentación de su solicitud, junto con la documentación justificativa de los méritos, de: 15 días. 20 días naturales. 20 días hábiles. Un mes.

La Comisión de seguimiento del Pacto sobre promoción interna temporal del SESCAM se reunirá: Una vez al mes. Una vez al trimestre. Cada 6 meses. Cuatro veces al año.

Entre las modalidades de movilidad interna incluidas en el Pacto sobre movilidad interna voluntaria en el ámbito de Atención Sanitaria Especializada del SESCAM no figura: Acoplamientos internos. Permutas. Movilidad interna voluntaria mediante convocatoria ordinaria. Traslados internos fuera de convocatoria ordinaria, por motivos organizativos o en ocasión de conflictos entre profesionales.

No podrá participar en los procesos de movilidad interna voluntaria en el ámbito del SESCAM el personal que se encuentre en: Comisión de servicios en la Gerencia convocante. Servicios especiales. Incapacidad temporal. Desempeño de puesto de libre designación.

Según el Pacto sobre promoción interna temporal del SESCAM, se efectuará una convocatoria ordinaria de movilidad interna voluntaria: En el primer trimestre del año. En el segundo trimestre del año. En el tercer trimestre del año. En el último trimestre del año.

El plazo de presentación de solicitudes para la participación en un procedimiento de movilidad interna voluntaria mediante convocatoria ordinaria es de: 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Un mes, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.

Cuando por motivos organizativos en una unidad o servicio se procediera a una reestructuración o amortización de plantilla, y tuviera que desplazarse a algún profesional de esa unidad o servicio, el primer criterio a tener en cuenta en cuanto a la fijación del orden de salida es: Personal reingresado provisional. Personal fijo que desempeñe sus funciones en la Unidad o Servicio como resultado de un traslado provisional. De manera voluntaria entre los trabajadores afectados. Personal interino.

La movilidad interna temporal entre Zonas Básicas de Salud del SESCAM finaliza por la no cobertura de la plaza de origen por este procedimiento o por cualquier otro mecanismo de provisión temporal en un plazo de: 2 meses. 3 meses. 6 meses. Un año.

En la movilidad interna voluntaria temporal de la Unidad Móvil de Emergencias (UME) al Centro Coordinador de Urgencias (CCU) se debe acreditar formación específica en el mismo o una experiencia en el centro de: 3 meses. 6 meses. 9 meses. 12 meses.

Conforme al Pacto sobre movilidad interna voluntaria en el ámbito de la Gerencia de Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario (GUETS) del SESCAM, el personal estatutario fijo que tenga interés en desempeñar sus funciones en unidad distinta de aquella en la que presta servicios deberá inscribirse vía telemática, a través de la página web de la GUETS, dentro del plazo que, con carácter general, se abrirá mediante convocatoria por Resolución de la Dirección Gerencia, en el mes de: Abril de cada año. Junio de cada año. Septiembre de cada año. Noviembre de cada año.

Según el Pacto de la Mesa Sectorial de Instituciones Sanitarias del SESCAM sobre criterios para el cese del personal temporal, cesará en primer lugar el personal perteneciente al siguiente grupo de personas no titulares de la plaza: Personal en promoción interna temporal. Interinos y laborales indefinidos no fijos. Trabajadores con menor edad sin cargas familiares. Personal en comisión de servicios.

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