Temario general - Test nº6 - Tema 6 (extenso)
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Título del Test:
![]() Temario general - Test nº6 - Tema 6 (extenso) Descripción: Preparación oposiciones Auxiliar Cuidador Xunta de Galicia |



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1. Según su artículo 1.1, el objeto de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, es: a) Actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. b) Hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución y 4 del Estatuto de Autonomía para Galicia, seguir avanzando hacia una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. c) Regular los derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, previendo medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado de la Comunidad Autónoma de Galicia, toda forma de discriminación por razón de sexo. d) Reforzar el compromiso de la Comunidad Autónoma de Galicia con la eliminación de la discriminación de las mujeres y con la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. 2. Según el artículo 1.2.b) de la Ley 7/2023, es objeto en particular de esta ley, integrar la perspectiva de género en el diseño y desarrollo de las políticas públicas de la competencia de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público, de forma: a) Sostenible. b) Transversal. c) Colaborativa. d) Efectiva. 3. Conforme al artículo 1.2 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, esta ley, en particular, tiene como objeto establecer garantías institucionales adicionales para la defensa y promoción de los derechos de igualdad de género, atribuyendo competencias específicas a: a) El Valedor del Pueblo. b) La Comisión Consultiva Autonómica para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Negociación Colectiva. c) El Consejo Gallego de las Mujeres. d) La Comisión Interdepartamental de Igualdad. 4. Según el artículo 2 de la Ley 7/2023, la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres: a) Es un deber de las Administraciones Públicas gallegas. b) Es una fuente formal de Derecho Autonómico. c) Es un principio informador del ordenamiento jurídico autonómico. d) Es un objetivo fundamental del procedimiento administrativo en Galicia. 5. En aplicación del principio de transversalidad de la dimensión de género, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y el sector público autonómico establecen como uno de sus criterios de su actuación y para evitar los efectos negativos sobre los derechos de la mujer, el fomento de la comprensión de la maternidad como: a) Una función social. b) Una solución política. c) Una necesidad existencial. d) Un don divino. 6. Siguiendo el artículo 20 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y el sector público autonómico, en aplicación del principio de transversalidad de la dimensión de género, establecen como uno de sus criterios de actuación el fomento de la igualdad de oportunidades en la política económica, laboral y social, a través de (señala la opción incorrecta): a) La supresión de la brecha salarial y las diferencias retributivas por razón de sexo. b) La eliminación de la segregación horizontal y vertical. c) El fomento del empleo femenino por cuenta propia o ajena. d) El asociacionismo de las mujeres, la dinamización del tejido asociativo y la creación de redes. 7. Según el artículo 22.1 de la Ley 7/2023, los proyectos de ley presentados en el Parlamento de Galicia por la Xunta de Galicia se acompañarán de: a) Un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. b) Una estadística o encuesta que posibilite el conocimiento de las diferencias en los valores, roles, situaciones y condiciones, de mujeres y hombres en el ámbito de acción del proyecto o plan. c) Un informe periódico sobre el conjunto de sus actuaciones en relación con la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres. d) Un informe sobre su impacto de género. 8. Según dispone el artículo 23 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, en la tramitación del proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, ¿qué órgano elaborará un informe que permita conocer la situación diferencial de las mujeres y de los hombres en relación con los distintos ámbitos prioritarios de intervención y el análisis de impacto de género de los diferentes programas de gasto?. a) El órgano encargado de la tramitación del proyecto. b) El órgano competente en materia de planificación presupuestaria, en colaboración con el órgano competente en materia de igualdad. c) El Instituto Gallego de Estadística, en colaboración con el órgano competente en materia de igualdad, y el órgano competente en materia de planificación presupuestaria. d) El órgano competente en materia de igualdad, en colaboración con el órgano competente en materia de planificación presupuestaria y el Instituto Gallego de Estadística. 9. Según dispone el artículo 25 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, si, emitido el informe de impacto de género, durante la tramitación administrativa de un plan especial de relevancia económica, social o cultural, de un reglamento o de un proyecto de ley, surgieran sospechas de un posible impacto de género negativo por la incorporación de nuevas medidas o disposiciones: a) Se podrá solicitar un informe complementario al órgano competente en materia de igualdad. b) Al no ser vinculante, el órgano encargado de la tramitación habrá de dejar constancia de las razones que justifican que el informe no se adopte. c) Se remitirá el texto del reglamento o proyecto a la Xunta de Galicia, para que esta emita su propio informe de impacto de género. d) Se declarará nulo el proyecto o reglamento, para que se redacte otro totalmente nuevo en su lugar. 10. El Consejo de la Xunta de Galicia, a propuesta del órgano competente en materia de igualdad entre mujeres y hombres, aprobará un plan estratégico de igualdad de oportunidades en el que se incluirán medidas necesarias para conseguir el objetivo de la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la erradicación de la violencia de género en la Comunidad Autónoma de Galicia. Según el artículo 26 de la Ley 7/2023, dicho plan se aprobará de forma: a) Anual. b) Bianual. c) Cuatrienal. d) Periódica. 11. El artículo 27 de la Ley 7/2023 establece una serie de actuaciones que deberán llevar a cabo la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades instrumentales que integran el sector público autonómico en la elaboración de sus estudios y estadísticas. ¿Cuál de las siguientes es una de dichas actuaciones?. a) Excluir sistemáticamente la variable de sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que se lleven a cabo. b) Realizar muestras lo suficientemente amplias para evitar que las diversas variables incluidas puedan ser explotadas y analizadas en función de la variable de sexo. c) Explotar los datos de que disponen de modo que se puedan conocer las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de intervención. d) Establecer e incluir en las operaciones estadísticas nuevos indicadores que posibiliten un mejor conocimiento de las similitudes en los valores, roles, situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres. 12. Conforme al artículo 28 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, para elaborar la cuenta satélite de producción doméstica será necesario disponer previamente de: a) Una encuesta de tiempo. b) Un informe de impacto de género. c) La evaluación de cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. d) Los informes complementarios de impacto de género. 13. Según el artículo 31 de la Ley 7/2023, ¿en qué consiste el uso no sexista del lenguaje?. a) En la utilización de ambos géneros de forma arbitraria. b) En la utilización de expresiones lingüísticamente correctas substitutivas de otras que invisibilizan el femenino o que lo sitúan en un plano secundario respecto al masculino. c) En la utilización de los dos géneros de forma conjunta; primero el femenino y después el masculino. d) En la utilización en el lenguaje de expresiones neutras, que no se puedan asociar a ninguno de los géneros. 14. Según el artículo 4.2 de la Ley 7/2023, la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable, se considera: a) Discriminación directa. b) Acoso sexual. c) Discriminación indirecta. d) Violencia de género. 15. En virtud del artículo 4.3 de la Ley 7/2023, la situación en que una disposición, criterio o práctica amparantemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro: a) En cualquier caso constituirá discriminación directa. b) En cualquier caso constituirá discriminación indirecta. c) No se considera discriminación indirecta si dicha disposición, criterio o práctica pueden justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y los medios para alcanzar dicha finalidad son necesarios y adecuados. d) En ningún caso podrá considerarse discriminación. 16. Según el artículo 5.1 de la Ley 7/2023, en el ámbito de acceso al empleo, incluida la formación correspondiente, no constituye discriminación por razón de sexo la diferencia de trato en base a una característica relacionada con el sexo de una persona cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando su objetivo sea legítimo y el requisito sea: a) Proporcionado. b) Inequívico. c) Justo. d) Mesurable. 17. Según el artículo 7 de la Ley 7/2023, todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad constituye: a) Acoso sexual. b) Acoso por razón de sexo. c) Discriminación directa por razón de sexo. d) Discriminación indirecta por razón de sexo. 18. Cómo denomina el artículo 10 de la Ley 7/2023 a la discriminación por razón de sexo que se funda, por parte del sujeto discriminador, en una apreciación incorrecta del embarazo, la maternidad, las obligaciones familiares o el estado civil de la persona víctima: a) Discriminación sexista prejuiciosa. b) Discriminación sexista machista. c) Discriminación sexista por error. d) Discriminación sexista por asociación. 19. Siguiendo el artículo 11 de la Ley 7/2023, ¿cuándo se produce discriminación sexista interseccional?. a) Cuando, junto al sexo, concurren o interactúan otra u otras causas de discriminación, generando de forma específica de discriminación. b) Cuando se sufre por razón de sexo, el embarazo, el parto o la maternidad, de la asunción de obligaciones familiares o del estado civil de otra persona con la que se estuviera relacionado. c) Cuando una persona es discriminada de manera simultánea o consecutiva por razón de sexo y por otra u otras causas de discriminación. d) Cuando la recibe el hombre por razón de su paternidad. 20. En virtud del artículo 12 de la Ley 7/2023, cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, se considerará: a) Discriminación directa. b) Discriminación por razón de sexo. c) Injustificado. d) Acoso sexual. 21. Según establece el artículo 13 de la Ley 7/2023, con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de igualad, los Poderes Públicos de Galicia adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto a los hombres. Tales medidas, que serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser en relación con el objetivo perseguido en cada caso razonable y: a) Justificadas. b) Autorizadas judicialmente. c) Transparentes. d) Proporcionadas. 22. Siguiendo el artículo 16 de la Ley 7/2023, ¿qué palabra falta en la siguiente frase?: "Con arreglo al ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como manifestación del derecho de las mujeres y hombres a la libre configuración de su tiempo, se promoverá la ................... a través del reparto equilibrado entre mujeres y hombres de las obligaciones familiares, las tareas domésticas y el cuidado de personas dependientes mediante la individualización de los derechos y el fomento de su asunción por parte de los hombres y la prohibición de discriminación basada en su libre ejercicio por parte de estos". a) Corresponsabilidad. b) Equiparación. c) Alternancia. d) Cooperación. 23. Según dispone el artículo 17 de la Ley 7/2023, a través de la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, se buscará que la igualdad y la libertad de las personas, con independencia de su sexo y de los estereotipos de género, sean reales y: a) Equiparables. b) Efectivas. c) Frecuentes. d) Permanentes. |





