TEMAS 17 y 18 ESPECÍFICO
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Título del Test:![]() TEMAS 17 y 18 ESPECÍFICO Descripción: PENTESILEA |




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Excepto en los contratos de obras, en los contratos del sector público deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija, y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato: A) Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad. B) Dentro del plazo de treinta días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad. C) Dentro del plazo de los dos meses a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad. D) Dentro del plazo de los quince días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad. ¿Qué trámites deben llevarse a cabo, preceptivamente, en el supuesto de que por la Administración se opte por la resolución del contrato administrativo con motivo de demora en el plazo total por causas imputables al contratista?. A) Requerimiento apud acta de cesación inmediata de la actividad. B) El acuerdo es inmediatamente ejecutivo por lo que no requiere de trámite alguno. C) Deberá dar audiencia al contratista. D) Inicio de procedimiento de apremio sobre las penalidades impuestas. Según la Ley de Contratos del Sector Público, corresponderá la obligación de indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato: A) La responsabilidad subsidiaria recaerá en la Administración. B) La responsabilidad subsidiaria recaerá en la Administración. C) Es obligación del contratista. D) Responden solidariamente el contratista y la Administración. ¿Cuáles son las causas de extinción de los contratos administrativos?. A) Por cumplimiento o por resolución. B) Por causa ilícita y por expiración. C) Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes y deben cumplirse al tenor de los mismos. D) Por cumplimiento, por incumplimiento y por desaparición de la causa que lo originó. Según la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista podrá proceder a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración tal circunstancia: A) El contratista no puede suspender el cumplimiento del contrato, sólo resolverlo. B) Si la demora en el pago fuese superior a seis meses. C) Si la demora en el pago fuese superior a cinco meses. D) Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses. El importe de la penalidad diaria que la Administración puede imponer al contratista cuando, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato: A) En esos casos procede, únicamente, la resolución del contrato. B) Las penalidades diarias serán en proporción de 60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. C) Las penalidades diarias serán en proporción de 6 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. D) Las penalidades diarias serán en proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Si la Administración acordase la suspensión de un contrato administrativo abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos, entre los que no se encuentra: A) Gastos por mantenimiento de la garantía definitiva. B) Gastos salariales de todo el personal. C) Alquileres o costes de mantenimiento de maquinaria. D) Los gastos correspondientes a las pólizas de seguro suscritas por el contratista previstos en el pliego de cláusulas administrativas vinculados al objeto del contrato. En caso de que, el contratista haya incurrido en incumplimiento de los plazos parciales por causas imputables al mismo y la Administración optase por la resolución del contrato, ¿qué consecuencias tiene la formulación de la oposición a dicha resolución por parte del contratista?. A) El incumplimiento de los plazos parciales no conlleva, en ningún momento, la resolución del contrato. B) Será necesario el dictamen de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. C) Será necesario el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva. D) La formulación de la oposición conlleva que el contratista pueda acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. El órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo: A) Del 6 por 100 del precio del contrato, IVA excluido. B) Del 6 por 100 del precio del contrato, IVA incluido. C) Del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido. D) Del 5 por 100 del precio del contrato, IVA incluido. Es requisito imprescindible para los supuestos que podrían justificar una modificación no prevista en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, cuando deviniera necesario añadir obras: A) Que el cambio de contratista no fuera posible por razones de tipo económico o técnico. B) Que el cambio de contratista no fuera posible por razones de tipo económico y técnico. C) Que el cambio de contratista no fuera posible por razones de tipo económico o financiero. D) Que el cambio de contratista no fuera posible por razones de tipo económico y financiero. ¿Es posible que por la Administración se conceda un plazo de prórroga en caso de que el retraso en los plazos parciales del contratista fuese producido por motivos no imputables al mismo, y éste se ofreciera a cumplir sus compromisos?. A) No, puesto que dicho supuesto supone la resolución del contrato. B) Podrá conceder un plazo de prórroga que será, al menos, igual al tiempo perdido. C) Podrá conceder un plazo de prórroga que será, al menos, equivalente a la mitad del tiempo perdido. D) Podrá conceder un plazo de prórroga cuya duración será el que se establezca por el órgano de contratación. Según la Ley de Contratos del Sector Público ¿A quién corresponde la obligación de indemnizar en caso de que se produzcan daños a terceros como consecuencia de los vicios del proyecto elaborado por la Administración en un contrato de obras?. A) A la Administración. B) Al contratista. C) Responderán de los mismos las garantías que se hayan constituido. D) Responderán solidariamente la Administración y el contratista. ¿Qué derechos asisten al contratista, una vez acordada la suspensión de un contrato administrativo por demora en el pago por la Administración?. A) La Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste. B) Tendrá derecho a reconocimiento de la parte efectivamente ejecutada del contrato. C) Tendrá derecho a los intereses que se devenguen por la mora en el pago si la suspensión es superior a cuatro meses. D) Sólo originará derecho al abono de los daños y perjuicios si la suspensión se produce a instancias de la Administración, no así si se produce a instancias del contratista. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos dará lugar a la resolución del contrato administrativo: A) En todo caso. B) Cuando exista el mutuo acuerdo entre la administración y el contratista. C) No es causa de resolución tal supuesto. D) Cuando no sea posible modificar el contrato. Si el contratista incumpliera el plazo para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará: A) Hasta transcurridos veinte días desde la fecha de la correcta presentación de la factura. B) Hasta transcurridos quince días desde la fecha de la correcta presentación de la factura. C) Hasta transcurridos un mes desde la fecha de la correcta presentación de la factura. D) Hasta transcurridos treinta días desde la fecha de la correcta presentación de la factura. ¿Será necesario la intimación previa por parte de la Administración dirigida al contratista en los contratos del sector público, para la constitución en mora del mismo?. A) No. B) Sí, en cualquier caso. C) Será necesario sólo en los casos en que la mora supere el 10% del importe del contrato. D) Será necesario únicamente en los contratos sujetos a regulación armonizada. ¿Cuál será la cuantía máxima de cada una de las penalidades impuestas en los pliegos o documento descriptivo en el ámbito de la contratación administrativa?. A) Su cuantía no podrá ser superior al 5 % del precio del contrato. B) Su cuantía no podrá ser superior al 10 % del precio del contrato. C) Su cuantía no podrá ser superior al 15 % del precio del contrato. D) Su cuantía no podrá ser superior al 20 % del precio del contrato. Es requisito imprescindible para los supuestos que podrían justificar una modificación no prevista en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, cuando deviniera necesario añadir suministros: A) Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento de su precio inicial, IVA excluido. B) Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento de su precio inicial, IVA incluido. C) Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda del 50 por ciento de su precio inicial, IVA excluido. D) Que la modificación del contrato implique una alteración en su cuantía que no exceda del 50 por ciento de su precio inicial, IVA incluido. Es requisito imprescindible para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva frente a la Administración, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público: A) La notificación a la misma únicamente en la primera cesión, no existiendo requisito alguno en caso de segundas o sucesivas cesiones. B) La notificación fehaciente a la misma del acuerdo de cesión. C) No existe requisito alguno para la cesión del derecho de cobro puesto que estamos ante un derecho del contratista. D) Informe previo del órgano de contratación. En caso de penalidades impuestas en los pliegos o el documento descriptivo en el ámbito de la contratación administrativa, ¿cuál/es serán los criterios para la imposición de las mismas?. A) Serán proporcionales al daño causado al servicio público. B) Serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento. C) Serán inversamente proporcionales a la parte de la obra o servicio pendiente de ejecución. D) Serán proporcionales a la cuantía del contrato y al daño causado a la Administración contratante. No es una causa de resolución de un contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 211 de la Ley de Contratos del Sector Público: A) La incapacidad sobrevenida del contratista individual. B) La declaración de concurso. C) El retraso injustificado sobre el plan de trabajos establecido en el pliego o en el contrato, por un plazo superior a un quinto del plazo de duración inicial del contrato. D) El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista. El plazo que tienen los terceros que hayan sufrido los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera un contrato administrativo, para requerir al órgano competente para que se pronuncie sobre a cuál de las partes contratantes corresponde la responsabilidad de los daños es de: A) Dentro de los cuatro años siguientes a la producción del hecho. B) Dentro de los dos años siguientes a la producción del hecho. C) Dentro del año siguiente a la producción del hecho. D) Dentro de plazo de garantía del contrato. ¿Existe alguna limitación a las modificaciones que los órganos de contratación podrán prever en el pliego de cláusulas administrativas particulares?. A) No, puesto que las modificaciones se pueden introducir por razones de interés público. B) No, puesto que las modificaciones se pueden introducir para atender causas imprevistas. C) En ningún caso podrán alterar la naturaleza global del contrato inicial. D) Han de obtener informe previo del Consejo Consultivo. |