Temas 6 -7 - 5 - 3 : (El ETTTO. actualizado)
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Título del Test:![]() Temas 6 -7 - 5 - 3 : (El ETTTO. actualizado) Descripción: 7 diciembre 2011- (1ª POSICIÓN) ALEATORIO 3* |




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Presidenta AE-CID x (RD1403 & 2007) Cap.IV, art. 11 ÓG ______________________________________________ Le corresponden las siguientes funciones: Ejercer además la presidencia del .... [.....CONSEJO RECTOR y de la COMISIÓN PERMANENTE,y del CONSEJO ASESOR] Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Agencia. Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de Acción Humanitaria. Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN del Fondo de Promoción para el Desarrollo. Ostentar la representación INSTITUCIONAL Y LEGAL de la Agencia. FIRMA....... >>> Convenios, >>> Memorandos, >>> Comisiones Mixtas, >>> Acuerdos o >>> instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la Agencia. Proponer al Consejo Rector el NOMBRAMIENTO Y CESE DEL DIRECTOR de la Agencia. La PRESIDENCIA de la Agencia la desempeña-----> la titular de la Secretaría de Eº de Coº Inter: Presidenta de LAGEN Española de Coº Internacional para el Desarrollo (AE-CID). La Presidenta fue nombrada por el Consejo de Mº a propuesta del MºASUNEXT. [ x el ART. 9 LEYEAGEN]. Mª Soraya Rodríguez Ramos. El 11 de julio de 2008, es nombrada Secretaria de Estado de CooºInternacional y, por tanto deja de ser Presidenta de la Agencia Española de Cooºn Internacional para el Desarrollo (AE-CID). CONSEJO RECTOR, es el ÓG colegiado de la AE-CID x (RD1403\2007. Cap. IV. Art.12) ___________________________________________________________________________ >>> Es el órgano de gobierno colegiado de la AE-CID. >>> Sus MIEMBROS serán nombrados/cesados por el MºASUNEXT. >>> Sus Rº agotan la VÍA ADMINISTARTIVA. >>> Dispone de uan comisión permanente en su seno. >>> El director es miembro nato del Consejo Rector (art. 10 de LeyAgen). ÓG Le corresponden, entre otras, las siguientes FUNCIONES DE """ ..........APROBAR............ "" PROPUESTAS DE CONTRATO, OBJETIVOS, ANTEPROYECTOS DE PRESUPUESTOS, SUPERVISIÓN... APROBAR la PROPUESTA del CONTRAGES de la Agencia La aprobación de los OBJETIVOS y PLANES DE ACCIÓN anuales y plurianuales La aprobación del ANTEPROYECTO de presupuestos anuales El nombramiento y el cese del DIRECTOR DE AGENCIA, a propuesta del Presidente/a El SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL de la actuación de la Agencia. La aprobación del INFORME GENERAL de actividad. La aprobación de las CUENTAS ANUALES. ..... del personal de la Agencia, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 61 del E-bep. ..... k) La modificación de la adscripción de las unidades de rango inferior al departamento entre las distintas direcciones geográficas y sectoriales y la Secretaría general. l) Designar al Secretario del Consejo Rector. m) Dictar las normas internas de funcionamiento, desarrollo orgánico y de adopción de acuerdos del propio Consejo Rector y de la Agencia en lo no previsto en el presente Estatuto. n) Designar a los miembros de la Comisión Permanente y de la Comisión de Control. ñ) La propuesta al Consejo de Ministros de los contratos cuyo importe requiere la autorización del mismo, de conformidad con el artículo 12.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. o) El nombramiento y el cese del personal directivo de la Agencia a propuesta de su Director. Le corresponden, entre otras, las siguientes FUNCIONES: • Aprobar la propuesta del Contrato de Adhesión de la Agencia • La aprobación de los objetivos y planes de acción anuales y plurianuales • La aprobación del anteproyecto de presupuestos bianuales • El nombramiento y el cese del Presidente/a de la Agencia, a propuesta del Director • El seguimiento, la supervisión y el control de la actuación de la Agencia • La aprobación del informe especial de inactividad • La aprobación de las cuentas bianuales. Art. 13. Comisión Permanente dentro del Consejo Rector. ETTTO. ___________________________________________________________________________ 1. Se crea una Comisión Permanente EN EL SENO del Consejo Rector que resolverá sobre las cuestiones que le atribuya el mismo. 2. La Comisión Permanente ejercerá las funciones que le sean ENCOMENDADAS por el Consejo Rector, a excepción de las previstas en el artículo 12.8 párrafos desde el a hasta el n. El Consejo Rector ratificará los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente en el ejercicio de sus funciones, que serán efectivos y surtirán efectos, pudiendo revocarlos cuando existieran causas extraordinarias que así lo aconsejen. 3. Formarán parte de dicha Comisión el Presidente/a de la Agencia, el Director/a de la Agencia y un 3º integrante designado por el pleno del Consejo Rector entre sus miembros. Actuará como Secretario de dicha Comisión, con voz pero sin voto, el Secretario General de la Agencia. La Comisión Permanente se reunirá al menos con carácter BIMENSUAL. La Comisión Permanente se reunirá al menos con carácter TRIMESTRAL. Art. 11. ETTTO. La PRESIDENCIA de la Agencia la desempeña la TITULAR de la SEºCI [*]. Le corresponden las siguientes funciones: Ejercer la PRESIDENCIA de: -----> CONSEJO RECTOR y de la -----> COMISIÓN PERMANENTE Y DEL -----> CONSEJO ASESOR. ___________________________________________________________________ Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN (estratégica) -----> de la AE-CID. -----> de la Oficina de ACCIÓN HUMANITARIA. -----> de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo. ___________________________________________________________________ Ostentar la REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL Y LEGAL de la Agencia. FIRMAR: -----> Convenios, -----> Memorandos, -----> Comisiones Mixtas, -----> Acuerdos o instrumentos jurídicos ...... [que puedan generar compromisos u obligaciones para la AE-CID] PROPONER al Consejo Rector el NOMBRAMIENTO Y CESE del Director de la AE-CID. ___________________________________________________________________. • Ejercer la VICEpresidencia del Consejo Rector y de la Comisión Permanente. • Ejercer la SUBdirección de la AE-CID. • Ejercer la superior dirección de la Oficina de Acción Humanitaria . • Ostentar la representación institucional y legal de la Agencia. • Firmar Convenios, Memorandos, Comisiones Mixtas, Acuerdos o instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la AE-CID. • Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese del Director de la AE-CID. • Ejercer la PRESIDENCIA del CONSEJO RECTOR y de la COMISIÓN de CONTROL • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la AE-CID. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de ACCIÓN social y de agua • Ostentar la REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL Y ordinaria de la Agencia. • FIRMAR Convenios, Memorandos, Comisiones Mixtas, Acuerdos o instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la AE-CID. • PROPONER al Consejo Rector el NOMBRAMIENTO Y CESE del Director de la Oficina de Acción Humanitaria . El DIRECTOR (ÓE) de la Agencia es el responsable de su >>>>> DIRECCIÓN Y >>>>> GESTIÓN ORDINARIA. ............ Será nombrado y cesado por el Consejo Rector, a Pta. de la Pta. del AE-CID. __________________________________________________________________ ........ Le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: >>>> ELABORAR PROYECTOS PROPUESTA DE (CONTRAGES) Y >>>> ANTEPROYECTOS, >>>> EJECUTAR los acuerdos del CONSEJO-RECTOR. >>>> PLANIFICAR PLANES DE ACCIÓN (ANUALES Y PLURIANUALES), >>>> PRESENTAR INFORME ANUAL AL CONSEJO-RECTOR. ___________________________________________________________________. • Elaborar y proponer al Consejo Rector el PROYECTO O PROPUESTA del CONTRAGES. • Elaborar los objetivos y planes de acción anuales y plurianuales de la Agencia • Elaborar el ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO de la Agencia. • La disposición de GASTOS y ordenación de PAGOS correspondientes • La dirección del PERSONAL y servicios de la Agencia. • La REPRESENTACIÓN LEGAL, cuando corresponda de la Agencia • PRESENTAR al Consejo Rector el INFORME GENERAL de actividades del año anterior y las cuentas anuales, junto con el informe de auditoría de cuentas. • Elaborar y proponer al Consejo Rector el proyecto del Contrato de ADHESION • Elaborar los objetivos y planes de acción anuales y plurianuales de la Agencia • Elaborar el ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO de la Agencia. • La disposición de GASTOS y ordenación de PAGOS correspondientes • La dirección del PERSONAL y servicios de la Agencia. • La representación legal de la Agencia • Presentar al Consejo Rector el INFORME GENERAL de actividades del año anterior y las cuentas anuales, junto con el informe de auditoría de cuentas. LA COMISIÓN DE CONTROL (ÓCONTROL) de la AEC-ID __________________________________________________________________ Miembros: • 1 Presidente: se elegirá un vocal del Consejo Rector que pertenezca al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooº. No lo es el de la Agencia. • 2-4 Vocales: de dos a cuatro personas elegidas entre los miembros del Consejo Rector. No deben tener responsabilidades directas en la gestión de la Agencia. • 1 Secretario. ___________________________________________________________________ ¿Cuáles son las funciones de la COMISIÓN DE CONTROL? >>> "................INFORMAR.....................". INFORMAR al Consejo Rector sobre la ejecución del CONTRAGES y sobre la EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO de la Agencia. Recabar INFORMACIÓN sobre los SISTEMAS DE CONTROL y procedimientos INTERNOS establecidos para asegurar el debido cumplimiento de disposiciones legales. Determinar INFORMACIÓN ECONÓMICO-FINANCERA que ha de remitirse al Consejo Rector. •Informar al Consejo Rector sobre la ejecución del Contrato de Gestión y sobre la ejecución del presupuesto de la Agencia • Recabar información sobre los sistemas de control y procedimientos internos establecidos para asegurar el debido cumplimiento de disposiciones legales •Determinar la información económico-financiera que ha de remitirse al Consejo Rector. ¿Cómo se integra, preside y reune el CONSEJO ASESOR de la AE-CID?. Es un órgano CONSULTIVO. Integrado por 12 personas con experiencia y conocimientos en campos relacionados con la coº internacional y el desarrollo. La presidencia la ostentará el Presidente de la Agencia. Se reunirá con una periodicidad ANUAL. Es un órgano CONSULTIVO. Integrado por 8 personas con experiencia y conocimientos en campos relacionados con la cooperación internacional y el desarrollo. La presidencia la ostentará el Presidente de la Agencia. Es un órgano CONSULTIVO. Integrado por 9 personas con experiencia y conocimientos en campos relacionados con la cooperación internacional y el desarrollo. La presidencia la ostentará el Presidente de la Agencia. EL CONSEJO ASESOR AE-CID ____________________________ Es un órgano CONSULTIVO integrado por 12 personas con experiencia y conocimientos en campos relacionados con la cooº internacional y el desarrollo. La presidencia la ostentará el Presidente de la Agencia. ___________________________________________________________________________. Se reunirá con una periodicidad ANUAL. Se reunirá con una periodicidad SEMESTRAL. Se reunirá con una periodicidad TRIMESTRAL. ¿Qué tipo de ógano es EL CONSEJO ASESOR DE LA AE-CID?. Es un órgano CONSULTIVO. Integrado por 12 personas con experiencia y conocimientos en campos relacionados con la coº internacional y el desarrollo. La presidencia la ostentará el Presidente de la Agencia. Se reunirá con una periodicidad ANUAL. Se reunirá con una periodicidad SEMESTRAL. Se reunirá con una periodicidad TRIMESTRAL. Artículo 25. La (AE-CD). L 23\1998 ___________________________________________________________________________ 1. La (AE-CI), antes era OOAA* adscrito al MºASUNEXT, a través de la SEº para la CCII y para Iberoamérica, y presidido por su titular, ÓRGANO DE GESTIÓN de la política española de coº internacional para el desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos ministeriales. 2. El personal al servicio de la AE-CID estará integrado por funcionarios públicos y personal sometido a derecho laboral. 3. Los funcionarios de las distintas AAPP que pasen a prestar sus servicios en la AE-CID quedarán en la situación administrativa que corresponda de acuerdo con las normas aplicables a su situación de procedencia. El sistema de cobertura de destinos por parte del personal funcionario incluirá medidas que tiendan a favorecer su especialización en tareas de cooperación. 3. En cuanto a su organización, fines, funciones y competencias se estará a lo que disponga su ETTTO, que será aprobado por el Gobierno, conforme a lo previsto en el artículo 62 de la LO/FAGE. * Ahora es un Órgano Pco. Técnico ---> Agencia Estatal. * Ahora no un Órgano Técnico. El DIRECTOR de la Agencia es el responsable de su DIRECCIÓN Y GESTIÓN ORDINARIA. Será NOMBRADO Y CESADO. El Director de la Agencia es el responsable de su DIRECCIÓN Y GESTIÓN ORDINARIA. Será NOMBRADO Y CESADO.... Le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:. El Director de la Agencia es el.... Responsable de. Será NOMBRADO Y CESADO por el Consejo Rector. Le corresponden, entre otras, las siguientes FUNCIONES:. ¿CUÁLES SON LAS COMPETENCAS DEL CONSEJO RECTOR? ÓG ____________________________________________________________________________ Le corresponden, entre otras, las siguientes FUNCIONES DE <<<<<...............APROBAR........................>>>>>> LAS PROPUESTAS DE CONTRAGES, OBJETIVOS, ANTEPROYECTOS DE PRESUPUESTOS, SUPERVISIÓN... • APROBAR... • El nombramiento y el cese del. El SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL. ETTO. DE LA AE-CID CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Naturaleza, objeto y régimen jurídico. ___________________________________________________________________________ 1. De conformidad con la Autorización establecida en la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, la AE-CID se constituye como una ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO de las previstas en el artículo 2 de dicha Ley. 2. Su OBJETO es el: FOMENTO GESTIÓN, EJECUCIÓN [........... de las POPU de coº internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo, 3. La AE-CID adscrita al MºASUNEXT en los términos previstos en el artículo 21 de este Estatuto, se rige por >>> la citada LAGEN. >>> por este ETTTO. >>> supletoriamente, por las normas aplicables a las entidades de Derecho público adscritas a la AGEº. Asimismo se regirá, en cuanto resulte de aplicación, por lo establecido en la >>> Ley 23\1998, de 7 de julio, de Cooº Internacional para el Desarrollo. 4. La Agencia tiene personalidad jurídica ..... PÚBLICA DIFERENCIADA. PATRIMONIO Y TESORERÍA PROPIOS. y AUTONOMÍA Y GESTIÓN FUNCIONAL. [.... dentro de los límites establecidos por la LEYAGEN y por este ETTO.]. ESTATUTO DE LA AE-CID CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Naturaleza, objeto y régimen jurídico. ___________________________________________________________________________. NATURALEZA. 2. Su objeto es el FOMENTO GESTIÓN, EJECUCIÓN .... de las POPU de coº internacional para el desarrollo,. RÉGIMEN JCO. AEC-ID: 3. La AE-CID adscrita al MºASUNEXT en los términos previstos en el artículo 21 de este Estatuto, se rige por... 4. La Agencia tiene personalidad jurídica ..... Artículo 2. Potestades ADMINISTRATIVAS y relaciones con otras Administraciones. ________________________________________________________________________ A la AE-CID le corresponde, dentro de las competencias que tiene atribuidas, el ejercicio de las ....................... precisas para el cumplimiento de sus FINES Y FUNCIONES, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable. potestades ADMINISTRATIVAS. potestades INSTITUCIONALES. Artículo 3. Colaboración con las CCAA y EELL _______________________________________________________________ 1. La Agencia podrá COLABORAR con las CCAA través de ....................................... en el ámbito de sus respectivas competencias. 2. La Agencia podrá igualmente suscribir................... con las condiciones que los mismos especifiquen. 1........... CONVENIOS DE COLABORACIÓN en MATERIAS ESPECÍFICAS............. 2.......... CONVENIOS DE COLABORACIÓN con los ENTES LOCALES y con la FEDERACIÓN ESPAÑOLA de municipios y provincias o con cualquier otra ENTIDAD PÚBLICA de base territorial,. CAPÍTULO II. ETTO. FINES, FUNCIONES E INSTRUMENTOS DE ACTUACIÓN. Artículo 4. Fines. ___________________________________________________________________________ LAGEN, como órgano para el { FOMENTO, GESTIÓN Y EJECUCIÓN }....de las POPU de cooº para el desarrollo está especialmente facultada para perseguir los siguientes fines, sin perjuicio de las competencias y actividades desarrolladas en estás áreas por otros órganos ministeriales y, en su caso, en estrecha coordinación con los mismos: 1. Contribuir a la REDUCCIÓN DE LA POBREZA en los países en desarrollo. 2. Impulsar el DESAROLLO HUMANO SOSTENIBLE en los países en desarrollo, potenciando las propias capacidades de los países socios. 3. Contribuir a la PAZ, LIBERTAD Y SEGURIDAD HUMANA, promoviendo el respeto a los derechos humanos y el desarrollo de los sistemas democráticos. 4. Promover la COHESIÓN SOCIAL a través del fomento y el impulso de las POPU relacionadas con el buen gobierno en los países en desarrollo. 5. Contribuir al logro de los PROPÓSITOS de la Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio aprobados en la Cumbre del Milenio de Naciones Unidas en 2000 y de igual modo, contribuir al logro de objetivos que se acuerden en futuras Cumbres de Desarrollo de Naciones Unidas asumidos por el Gobierno Español. 6. Potenciar la IGUALDAD DE GÉNERO en los países en desarrollo, a través de actuaciones sectoriales y transversales en los programas y proyectos de cooperación y la promoción de políticas de igualdad. 7. Contribuir a la MEJORA DE LA CALIDAD MEDIOAMBIENTAL en los países en desarrollo a través de actuaciones sectoriales y transversales en los programas y proyectos de cooperación y la promoción de políticas medioambientales. 8. Potenciar la ACCIÓN HUMANITARIA abarcando tanto la prevención como la atención en situaciones de emergencia y reconstrucción. 9. SENSIBILIZAR Y EDUCAR EN EL DERARROLLO, tanto en España como en los países socios. 9. Impulsar el papel de la CULTURA y el CONOCIMIENTO EN EL DESARROLLO, prestando especial atención al fomento del respeto a la diversidad cultural. CAPÍTULO II. ETTO. FINES, FUNCIONES E INSTRUMENTOS DE ACTUACIÓN. Artículo 4. Fines. CAPÍTULO II. ETTO. FINES, FUNCIONES E INSTRUMENTOS DE ACTUACIÓN. Artículo 5. Fines. ¿Cuáles son las FUNCIONES del MºASUNEXT? _______________________________________________ Es el órgano de la AGEº que, en cumplimiento de las directrices del Gobierno y para hacer realidad la [........... UNIDAD DE LA ACCIÓN del Estado en el exterior.....] , tiene encomendada la realización de las siguientes FUNCIONES: PLANIFICAR DIRIGIR EJECUTAR EVALUAR [.... la POLÍTICA EXTERIOR del Eº] ___________________________________________________________________ Concertar y potenciar las RELACIONES de España con otros Estados y con las OOII. Fomentar las RELACIONES económicas, culturales y científicas de España. Dirigir la Política de Cooº Internacional para el Desarrollo. Ejercer la protección de los ciudadanos españoles en el exterior y participar en la propuesta y aplicación de la política de extranjería. Para cumplir las anteriores funciones el MºASUNEXT cuenta con el apoyo de.... >>>> 3 Secretarios de Eº y >>>> 1 Subsecretario, _______________________________________________________ ......... Con la dependencia directa de la Titular del Mº de .... >>>> Dirección General de Comunicación Exterior >>>> Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Energéticos. _______________________________________________________ .........Y LA ADSCRIPCIÓN de: >>>> AE-CID y el >>>> Instituto Cervantes ________________________________________________________ ........ Y DEPENDENCIA FUNCIONAL Y ORGÁNICA >>>> Academia de Roma. >>>> 8 Secretarios de Estado y >>>> 5 Subsecretario, además de la >>>> Dirección General de Comunicación Exterior y la >>>> Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AE-CID) y el >>>> Instituto Cervantes. >>> Ministerio El SEº de Asuntos Exteriores e Iberoaméricanos. Asiste al Ministro en la formulación y ejecución de la Política Exterior en sus planteamientos y objetivos globales y en las diversas áreas geográficas. >>>> Asimismo coordina la POLÍTICA EXTERIOR y de >>>> SEGURIDAD COMÚN de la Unión Europea >>>> sistema de NNUU y OOII técnicos >>>> asuntos internacionales de TERRORISMO seguridad y desarme >>>> los DERECHOS HUMANOS y las operaciones de mantenimiento de la PAZ, y las >>>> RELACIONES ECONÓMICAS internacionales y de coº técnica internacional. Asiste a la Ministra de Asuntos Exteriores y de Cooº en la formulación y ejecución de la >>>> POLÍTICA EXTERIOR en sus planteamientos y OBJETIVOS GLOBALES. >>>> SEGURIDAD COMÚN Y DEFENSA de la UE. >>>> Asuntos internacionales de TERRORISMO, SEGURIDAD Y DESARME. >>>> Los DERECHOS HUMANOS y las operaciones de mantenimiento de la PAZ, y las >>>> RELACIONES ECONÓMICAS internacionales y de coº técnica internacional [.... Aérea, Marítima y Terrestre] Asimismo, asiste al Ministro en la formulación y ejecución de la política exterior de España en las áreas geográficas de Europa, Iberoamérica, América del Norte, Mediterráneo, Oriente Próximo y África, Asia y Pacífico. >>> SEº para la UE. Asiste a la Mª de ASUNEXT en la FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN de la política exterior de España en el ámbito de la Unión Europea. Asimismo, coordina todas las actuaciones que, en el marco de sus competencias, realicen las AAPP en la Unión Europea. A tal fin, a través de los cauces normativamente establecidos, mantiene las relaciones necesarias con los órganos y organismos competentes de la AGEº, y con las Administraciones autonómicas y locales. Igualmente, coordina las actuaciones que en el ámbito de la Unión Europea deban realizar, en el ejercicio de sus competencias, los demás órganos superiores y directivos del Mº ASUNEXT. Conforme a lo establecido en el Real Decreto 260/1986, de 17 de enero, por el que se crea la representación permanente de España ante las Comunidades Europeas, el SEº imparte instrucciones al Embajador Representante Permanente de España ante la Unión Europea. Se creó en noviembre de 1988, como órgano ejecutor de la política española de cooperación para el desarrollo. Está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. Es el Organismo técnico responsable del diseño, la ejecución y la gestión de los proyectos y programas de cooperación, ya sea directamente, con sus propios recursos, o bien mediante la colaboración (convenios, acuerdos) con otras entidades nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales. >>> SEº para la Cooº Internacional (SEº CI). Asiste a la Mtª ASUNEXT la ..... >>>>> DIRECCIÓN >>>>> FORMULACIÓN >>>>> EJECUCIÓN [............ de la política de cooº internacional para el desarrollo. A tal efecto, según establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooº internacional para el desarrollo, ejerce las competencias atribuidas al Ministro en la DIRECCIÓN, FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN de la política de cooº para el desarrollo; en su planificación y en su coordinación. Administra los RECURSOS de cooº gestionados por el Mº ASUNETX. Asegura la PARTICIPACIÓN en las OOII de ayuda al desarrollo y define la POSICIÓN de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. EVALÚA la política de cooº para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. ASISTE al Ministro en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooº internacional para el desarrollo. A tal efecto, ejerce su: >>> planificación y coordinación; >>> administra los recursos de coº gestionados por el Ministerio; >>> asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooº para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. >>> SUBSECRETARÍA de Asuntos Exteriores y de Cooº. [>>>>..... ART. 15 LO-FAGE]. Le corresponde, bajo la autoridad de la Ministra, el desempeño de las funciones enumeradas en el ART.15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de LO-FAGE , así como la dirección, impulso y supervisión de los órganos directivos y unidades en que se estructura la Subsecretaría. En particular, corresponde a la Subsecretaría, siempre que no estén atribuidas expresamente a otros órganos superiores o directivos del departamento, las siguientes funciones: El desempeño de la JEFATURA SUPERIOR de todo el personal del MºASUNEXT, y la gestión y administración de los RRHH. El CONTROL Y LA INSPECCIÓN de la actividad del departamento. Las RELACIONES INSTITUCIONALES con los demás departamentos y AAPP. La gestión de los SERVICIOS ADMINISTRATIVOS GENERALES y el despacho de los asuntos no atribuidos a la competencia de otros órganos superiores del ministerio. La elaboración y coordinación de los planes generales del departamento en materia de política presupuestaria. La GESTIÓN, PATRIMONIAL, ECONÓMICA Y FINNACIERA. La elaboración, tramitación y supervisión de los proyectos de disposiciones generales, el asesoramiento jurídico permanente a los responsables de la gestión administrativa, la formulación de propuestas de resolución de recursos administrativos, así como las relaciones con los órganos jurisdiccionales. La elaboración del PLAN INFORMÁTICO del departamento, y la gestión de la infraestructura y de las comunicaciones, así como la supervisión del asesoramiento y asistencia técnica en tecnologías de la información. Las funciones de PROTOCOLO del departamento. La selección y formación de funcionarios de la CARRERA DIPLOMÁTICA. Las atribuidas expresamente por disposiciones de carácter especial. La planificación, propuesta y superior dirección de la POLÍTICA CONSULAR y de la que depende la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares. Asiste al Ministro en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooperación internacional para el desarrollo. A tal efecto, ejerce su planificación y coordinación; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. La SUBSECRETARÍA del Ministerio. [>>>> ........ART. 15 LO-FAGE]. Apoya a la Mtª ASUNEXT y en la gestión: PATRIMONIAL ECONÓMICA FINANCIERA PERSONAL [.... del Departamento, así como en las funciones de....] PROTOCOLO RELACIONES INSTITUCIONALES con los demás Ministerios y las restantes AAPP. Asiste al Ministro en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooº internacional para el desarrollo. A tal efecto, ejerce su planificación y coordinación; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. SUBSECRETARÍA de Asuntos Exteriores y de Cooº. [>>>> ART. 15 LO-FAGE]. Le corresponde, bajo la autoridad de la Ministra, el desempeño de las funciones enumeradas en el artículo 15 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, LO-FAGE así como la DIRECCIÓN, IMPULSO, SUPERVISIÓN, [...... de los ÓRGANOS directivos y unidades en que se estructura la Subsecretaría]. Asiste al Ministro en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooº internacional para el desarrollo. A tal efecto, ejerce su planificación y coordinación; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. La política INFORMATIVA del MºASUNEXT ..... ¿A QUIÉN ESTÁ ENCOMENDADA?. Está encomendada a la Dirección General de COMUNICACIÓN EXTERIOR, portavoz oficial único del Ministerio, que depende directamente del Ministro. Asiste al Ministro en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooº internacional para el desarrollo. A tal efecto, ejerce su planificación y coordinación; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado. La FUNDACIÓN CAROLINA. fue creada por iniciativa del Gobierno Español, a finales del año 2000, encomendando su gestión al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Es una institución para la promoción de las relaciones culturales y la cooperación en el ámbito educativo y científico entre España y el resto del mundo, especialmente los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.La Fundación tiene su sede en BARCELONA. Fue creada por iniciativa del Gobierno Español, a finales del año 2000, encomendando su gestión al Mº ASUNEXT. Es una INSTITUCIÓN para la PROMOCIÓN DE LAS RELACIONES CULTURALES y la cooº en el ámbito EDUCATIVO Y CIENTÍFICO entre España y el resto del mundo, especialmente los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones. La Fundación tiene su SEDE en Madrid. FIIAPP. Fundación creada en 1997, la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y POPU (FIIAPP) es un instrumento de CARÁCTER FUNDACIONAL para la acción exterior en el ámbito de la Cooº para la GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL. Opera al SERVICIO DEL SECTOR PCO. y moviliza en el ámbito internacional el "saber hacer" de los empleados y empleadas públicos y las BUENAS PRÁCTICAS existentes en el conjunto de las AAPP. Se creó en noviembre de 1988, como órgano ejecutor de la política española de cooperación para el desarrollo. Está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. Es el Organismo técnico responsable del diseño, la ejecución y la gestión de los proyectos y programas de cooperación, ya sea directamente, con sus propios recursos, o bien mediante la colaboración (convenios, acuerdos) con otras entidades nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales. Organismos Dependientes MºASUNEXT. ESCUELA DIPLOMÁTICA Adscrito a Mº ASUNEXT, a través de la SUBSECRETARÍA de Asuntos Exteriores del Mº. AE-CID [.... Adscrita al MºASUNEXT a través de la SEºCI] Se creó en noviembre de 1988, ahora actúa como ÓRGANO TÉCNICO EJECUTOR de la política española de cooº para el desarrollo. Está adscrita al Mº ASUNEXT a través de la SEº-CI. Es el Organismo técnico responsable del diseño, la ejecución y la gestión de los proyectos y programas de cooº ya sea directamente, con sus propios recursos, o bien mediante la colaboración (convenios, acuerdos) con otras entidades nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales. Adscrito a Mº ASUNEST, a través de la AE-CID. INSTITUTO CERVANTES [.... Adscrito a la SEºCI] El Instituto Cervantes es la INSTITUCIÓN PÚBLICA creada por España en 1991 para la promoción y la ENSEÑANZA DE LA LENGUA española y para la DIFUSIÓN DE LA CULTURA española e hispanoamericana. Entre sus objetivos y funciones destacan la organización de cursos de lengua española, la organización de los exámenes de los diplomas oficiales de Español como Lengua Extranjera. Adscrito a Mº ASUNEST, a través de la AE-CID. Academia Española en Roma [......Dependiente funcional y orgánicamente de la SEº CI.] La Academia de España en Roma es una INSTITUCIÓN PÚBLICA vinculada desde su origen a la Real Academia de San Fernando de Madrid, y está regida por un Patronato dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooº, a través de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. La PRESIDENCIA de la Agencia la desempeña-----> la titular de la Secr. de Eº de Coº Inter. ____________________________________________________ FUNCIONES • Ejercer la .......PRESIDENCIA-----> DE LOS CONSEJOS [RECTOR/ ASESOR] Y DE LA COMISIÓN PERMANENTE. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN (estratégica) de la Agencia. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de ACCIÓN HUMANITARIA. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de DEL FONDO PARA LA PROMOCIÓN AL DESARROLLO. • Ostentar la representación INSTITUCIONAL Y LEGAL de la Agencia. • FIRMAR ------> Convenios, Memorandos, Comisiones Mixtas, Acuerdos o instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la Agencia • Proponer al Consejo Rector el NOMBRAMIENTO Y CESE DEL DIRECTOR de la Agencia. Mª Soraya Rodríguez Ramos. El 11 de julio de 2008, es nombrada Secretaria de Eº de Coº Internacional y, por tanto, Presidenta de (AE-CID). Mª Soraya Rodríguez Ramos. El 11 de julio de 2008, es nombrada Secretaria de Estado de CooºInternacional y, por tanto deja de ser Presidenta de la Agencia Española de Cooºn Internacional para el Desarrollo (AE-CID). CONSEJO RECTOR (RD1403\2007. Cap. IV. Art.12) Es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo. Sus miembros serán nombrados por el MtºASUNEXT. __________________________________________________________________________ Le corresponden, entre otras, las siguientes FUNCIONES: • ."...........APROBAR......." la PROPUESTA del CONTRAGES de la Agencia. • La aprobación de los OBJETIVOS Y PLANES de acción anuales y plurianuales. • La aprobación del anteproyecto de PRESUPUESTOS ANUALES. • El nombramiento y el cese del DIRECTOR DE LA AGENCIA a propuesta del Presidente/a. • El SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL de la ACTUACIÓN de la Agencia. • La aprobación del INFORME GENERAL de ACTIVIDAD. • La aprobación de las CUENTAS ANUALES. • Aprobar la propuesta del CONTRATO DE GESTIÓN de la Agencia • La aprobación de los OBJETIVOS Y PLANES de acción anuales y plurianuales • La aprobación del anteproyecto de PRESUPUESTOS ANUALES • El nombramiento y el cese del DIRECTOR DE LA AGENCIA a propuesta del Presidente/a • El SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL de la actuación de la Agencia • La aprobación del INFORME SINGULAR de actividad • La aprobación de las CUENTAS SEMESTRALES. La Presidenta (RD1403/2007) Cap.IV, art. 11 La presidencia de la Agencia la desempeña la TITULAR de la SEº de Cooº Internacional. Nombrada y cesada por el Consejo de Mº, a propuesta de Mª Adscripción (art. 9 LEYAGEN). Le corresponden las siguientes FUNCIONES: • Ejercer la presidencia de los Consejos [RECTOR Y/ ASESOR] y de la >>>> Comisión Permanente. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Agencia. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de Acción Humanitaria. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la Oficina de Fondo de Promoción para el Desarrollo. • Ostentar la REPRESENTACIÓN institucional y legal de la Agencia. • FIRMAR Convenios, Memorandos, Comisiones Mixtas, Acuerdos o instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la Agencia. • PROPONER al Consejo Rector el nombramiento y cese del Director de la Agencia. • Ejercer la presidencia del Consejo Rector y de la Comisión Permanente • Ejercer la superior dirección de la Agencia • Ejercer la superior dirección de la Oficina de Acción Humanitaria. • Ostentar la representación institucional y legal de la Agencia • Firmar Convenios, Memorandos, Comisiones Mixtas, Acuerdos o instrumentos jurídicos que puedan generar compromisos u obligaciones para la Agencia • Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese del Director de la Agencia. Estructura orgánica básica de la AECID. Órganos de Gobierno. Órganos Ejecutivos. Otros Órganos complementarios. Estructura Administrativa básica. La PRESIDENCIA de la Agencia la desempeña-----> la titular de la SEºCI _____________________________________________________________ FUNCIONES. • Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN **. • LA 4 PRESIDENCIAS....----->. • Ostentar la representación. • FIRMAR. • PROPONER al Consejo Rector el. ¿Qué FUNCIONES le corresponde al ÓG-Consejo Rector? ______________________________________________________________________ EN GENERAL " ...........APROBAR..............." LA PROPUESTA DE CONTRAGES, OBJETIVOS, ANTEPROYECTOS DE PRESUPUESTOS, SUPERVISIÓN... En detalle... >>>>>" ...........APROBAR..............." : La PROPUESTA del CONTRAGES de la Agencia. La aprobación de los OBJETIVOS y PLANES DE ACCIÓN anuales y plurianuales La aprobación del ANTEPROYECTO de presupuestos anuales La aprobación del INFORME GENERAL de actividad La aprobación de las CUENTAS ANUALES. >>>> El SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL: de la actuación de la Agencia. >>>> NOMBRAMIENTO Y CESE: DIRECTOR DE AGENCIA, a PTA. DEL PTE. ¿Quién ostenta la representación de la agencia?. LEGAL de la agencia. INSTITUCIONAL de la agencia. __________________________ AQUÍ EMPIEZA EL ETTTO. __________________ Artículo único. Creación de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo y aprobación de su ETTTO. ______________________________________________________________________ D A 1ª. Constitución de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo. D A 2ª. Supresión de organismo autónomo AE-CI. D A 3ª. Integración del personal en la Agencia. D A 4ª. Aplicación a los miembros de la Carrera Diplomática de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000 de 19 de mayo. D A 5ª. Procedimientos de coordinación derivados de la adscripción de la AE-CID al MºASUEXT D T 1ª. Garantía de continuidad en la ejecución de la política española de cooperación internacional para el desarrollo. D T 2ª. Contrages. D T 3ª. Régimen presupuestario aplicable durante el ejercicio 2007. DD ÚNICA. Derogación normativa. D F 1ª. Desarrollo normativo y aplicación. D F 2ª. Entrada en vigor. RD 1403\2007, 26 octubre por el que se aprueba el ETTO. RD 1483\2007, 26 octubre por el que se aprueba el ETTO. Estatuto de la AE-CID. MODIFICADO POR Real Decreto 822/2008 de 16 de mayo. BOE 25-06-2008 Real Decreto 941/2010 de 23 de julio. BOE 27-07-2010 Real Decreto 845/2011 de 17 de junio. BOE 25.06.2011. Fecha de Publición en BOE nº 283 de -----> 26.11.2007. Real Decreto 1403&2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el ETTTO. de la A-ECID B.O.E. núm. 283 de 26.11.2007. Fecha de entrada en vigor -----> 27.11.2007. Se aprueba el Real Decreto 1403&2007 que consta de ... ÚNICO ARTÍCULO aprobatorio del ETTTO. de la AEC-ID. 5 DA. 3 DT. 1 DD. 2 DF. Se aprueba el Real Decreto 1403&2007 que consta de..... 5. 3. 1. 2. 1 ÚNICO ART. Real Decreto 1403&2007, disposiciones [5.3.1.2], art. único aprobatorio del ETTO. ____________________________________________________________________________. En el ART. ÚNICO se produce la APROBACIÓN DEL ETTTO., con remisión al texto adjunto y declara su CREACIÓN FORMAL en aplicación de la autorización dada al Gobierno por la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. En el artículo único se produce la aprobación del Estatuto, con remisión al texto adjunto y declara su CREACIÓN INSTITUCIONAL en aplicación de la autorización dada al Gobierno por la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos. En el artículo único se produce la aprobación del Estatuto, con remisión al texto adjunto y declara su CREACIÓN MATERIAL en aplicación de la autorización dada al Gobierno por la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos. En el artículo único.... Se produce la APROBACIÓN del ETTO. con remisión al texto adjunto y. Declara su CREACIÓN FORMAL. ...[en aplicación de la autorización dada al Gobierno por la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. En las DA del ETTTO. LAS 4 PRIMERAS. 5ª. La DT1ª parte de la necesidad de dar una plena continuidad a la política española de cooº para el desarrollo, por lo que es necesario que hasta la constitución efectiva de los nuevos órganos de gobierno y ejecutivos de la AE-CID, sigan en funciones los responsables de la AE-CI. La DT2ª aclara que la actuación de la Agencia se desarrollará en el marco de la MEMORIA hasta que se apruebe el CONTRAGES. La DT3ª prevé que la Agencia mantendrá durante 2007 el régimen presupuestario y de modificaciones de crédito correspondiente al organismo autónomo previo. Las 3 DT.... La DT1ª. La DT2ª. La DT3ª. La DD del ETTTO. DE A-ECID. elimina del ordenamiento las normas organizativas relativas a la AE-CI. elimina del ordenamiento las normas organizativas relativas a la AE-CID. Por su parte, el ETTTO. que por el mismo Real Decreto se aprueba, se estructura en: 9 CAPÍTULOS 1 ANEXO. que recogen de forma ordenada los # aspectos que, de acuerdo con la Ley 28&2006, de 18 de julio, LEYAGEN debe contener el ETTTTO. de una Agencia Estatal. que recogen de forma integreda los distintos aspectos que, de acuerdo con la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, debe contener el Estatuto de una Agencia Estatal. Las 2 DF habilitan a los MºASUNEXT y al MºE&H. >>> para adopción de las MEDIDAS necesarias para la puesta en FUNCIONAMIENTO de la AE-CID. >>> señalan la ENTRADA EN VIGOR del presente Real Decreto. para adopción de las MEDIDAS necesarias para la puesta en ESCENA de la AE-CID y señalan la ENTRDA EN VIGOR del presente Real Decreto. Por su parte, el ETTTO. que por el mismo Real Decreto 1403&2007 se aprueba, se estructura en: 9. 1. Por su parte, el ETTTO. que por el mismo Real Decreto 1403\2007se aprueba, se estructura en: 9 CAPÍTULOS 1 ANEXO. CAPÍTULO 1º. CAPÍTULO 2º. CAPÍTULO 3º. CAPÍTULO 4º. CAPÍTULO 5º. Por su parte, el Estatuto que por el mismo Real Decreto se aprueba, se estructura en: 9 CAPÍTULOS 1 ANEXO. CAPÍTULO 6º. CAPÍTULO 7º. CAPÍTULO 8º. CAPÍTULO 9º. CAPÍTULO 5º. La constitución de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo se producirá con la celebración de la REUNIÓN CONSTITUTIVA DE SU CONSEJO RECTOR, que tendrá lugar dentro del plazo de. 45 días desde el momento de la entrada en VIGOR del RD 1403&2007. 30 días desde el momento de la entrada en vigor de este Real Decreto. DA del ETTTO. DA2ª. DA1ª. DA3ª. DA DEL ETTTO. Disposición Adicional 2ª. Disposición Adicional 1ª. Disposición Adicional 5ª. DA 4ª. Aplicación a los miembros de la CARRERA DIPLOMÁTICA de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de Provisión de Puestos de Trabajo en el Extranjero y Ascensos de los Funcionarios, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo. v. f. 3 DT Y 1 DD. Disposición Transitoria 1ª. Disposición Transitoria 2ª. Disposición Transitoria 3ª. Disposición Derogatoria ÚNICA. 3 DT,1 DD y 2 DF. Disposición Final 2ª. Disposición Final 1ª. Disposición T 3ª. Disposición Derogatoria ÚNICA. ETTTO. DE LA AGENCIA ESP. DE COOº INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO _________________________________________________________________________ CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Naturaleza, objeto y régimen jurídico. V. F. ETTTO DE LA AGENCIA ESP. DE COOº INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO ___________________________________________________________________-___ CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Naturaleza, objeto y régimen jurídico. 1. De conformidad con la autorización establecida en la DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, la A-ECID se constituye como una entidad de DERECHO PUBLICO de las previstas en el artículo 2 de dicha Ley. 2. Su objeto es el {FOMENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN}.... de las POPU de Cooº internacional para el DESARROLLO, dirigidas a la Lucha contra la POBREZA y la consecución de un DESARROLLO HUMANO SOSTENIBLE en los países en desarrollo. 4. La Agencia tiene personalidad jurídica PÚBLICA DIFERENCIADA, patrimonio y tesorería PROPIOS, y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos por la LEYAGEN y por su ETTO. 3. La Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo, adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooº en los términos previstos en el artículo 21 de este Estatuto, se rige por la citada LeyAGEN, x este ETTTO. y, supletoriamente, por las normas aplicables a las entidades de DERECHO PÚBLICO adscritas a la AGEº. Asimismo se regirá, en cuanto resulte de aplicación, por lo establecido en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooº Internacional para el Desarrollo. Artículo 2. Potestades administrativas y relaciones con otras Administraciones. A la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo le corresponde, dentro de las competencias que tiene atribuidas, el ejercicio de las POTESTADES ADMINISTRATIVAS precisas para el cumplimiento de sus fines y funciones, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable. Las RELACIONES DE LA AGENCIA con los órganos de la AGEº y de las restantes AAPP a las que dé lugar el ejercicio de sus funciones y competencias, se mantendrán por....¿....?.... . Todo ello, sin perjuicio de las que, en su caso, puedan corresponder al MTº ASUNEXT, en su calidad de Titular del Departamento de adscripción de la Agencia. ...el PRESIDENTE de la Agencia, en el marco que, a propuesta de éste, el Consejo Rector establezca. El Presidente podrá delegar el ejercicio de dichas relaciones en el Director de la Agencia. ....el DIRECTOR de la Agencia, en el marco que, a propuesta de éste, el Consejo Rector establezca. Artículo 3. Colaboración con las CCAAs y EELL. 1. La Agencia podrá colaborar con las CCAA a través de convenios de colaboración en MATERIAS ESPECÍFICAS en el ámbito de sus respectivas competencias. 2. La Agencia podrá igualmente suscribir convenios de colaboración con los EELL y con la FEDERACIÓN ESPAÑOLA de municipios y provincias o con cualquier otra ENTIDAD PÚBLICA de base territorial, con las condiciones que los mismos especifiquen. CAPÍTULO II. Fines, funciones e instrumentos de actuación Artículo 4. FINES La Agencia, como ORGANISMO PÚBLICO [TÉCNICO] para el ...........¿?................... de las POPU de cooº para el desarrollo está especialmente facultada para perseguir los siguientes fines, sin perjuicio de las competencias y actividades desarrolladas en estas áreas por otros órganos ministeriales y, en su caso, en estrecha coordinación con los mismos >>> contribuye... >>> potencia.... >>> sensibiliza.... >>> impulsa.... FOMENTO. fomento, desarrollo y ejecución. GESTIÓN. EJECUCIÓN. CAPÍTULO II. Fines, funciones e instrumentos de actuación Artículo 4. Fines. ____________________________________________________________________ La Agencia, como órgano técnico para el FOMENTO, GESTIÓN, EJECUCIÓN [.......de las POPU de Cooº para el DESAROLLO]. Está especialmente facultada para perseguir los siguientes fines, sin perjuicio de las competencias y actividades desarrolladas en estas áreas por otros órganos ministeriales y, en su caso, en estrecha coordinación con los mismos: >>> CONTRIBUYE...[reduccIón de la pobreza, a la paz, la libertad y la seguridad humana],[logro de los propósitos de la Declaración del Milenio y los Objetivos], [mejora de la calidad medioambiental] >>> POTENCIA...[ igualdad de género],[acción humanitaria] >>> SENSIBILIZA...[ y educar para el desarrollo] >>> IMPULSA....[desarrollo humano sostenible, políticas públicas, el papel de la cultura y el conocimiento en el desarrollo] >>> PROMUEVE ...[cohesión social ]. EJECUCIÓN. FFOMENTO. GESTIÓN. DESAROLLO. CAPÍTULO II. Fines, funciones e instrumentos de actuación Artículo 4. FINES ____________________________________________________________________ La Agencia, como órgano técnico para el [.... FOMENTO, GESTIÓN, DESARROLLO de las POPU....] de cooº para el desarrollo está especialmente facultada para perseguir los siguientes fines, sin perjuicio de las competencias y actividades desarrolladas en estas áreas por otros órganos ministeriales y, en su caso, en estrecha coordinación con los mismos: >>> PROMUEVE*. >>> IMPULSA**. >>> SENSIBILIZAR***. >>> POTENCIA****. >>> CONTRIBUYE********[3]. ETTTO. ha sido MODIFICADO POR..... Real Decreto 822/2008 de. Real Decreto 941/2010. Real Decreto 845/2011. Según la LO-FAGE, art. 43.1. actualizado por la DF1ª de LAYAGEN...... ¿Cuál es la clasificación la ADMON. INSTITUCIONAL?. OOPP.... Sociedades Mercantiles. Administraciones. Según la LO-FAGE, art. 43.1. actualizado por la DF1ª de LAYAGEN...... ¿Cuál es la clasificación de los....?. OOPP. Para LAS AGEN rige ... General----> Normativa específica Supletoriamente----> lo-fage. General----> lo-fage. Normativa específica----> lo-fage. Artículo 6. Instrumentos. __________________________________________________________________ La Agencia podrá desarrollar las funciones anteriores a través de las modalidades e instrumentos de cooº incluidos en el Plan Director de la Cooº Española en vigor o en la normativa vigente, incluyendo la formulación, ejecución y financiación de PROGRAMAS Y PROYECTOS de cooº, programas de becas y lectorados, ASISTENCIA TÉCNICA a instituciones de los países socios, AYUDA PRESUPUESTARIA y ENFOQUES SECTORIALES, contribuciones a OOII de desarrollo, así como a FONDOS multilaterales y multidonantes y a programas de OOII de desarrollo, la acción humanitaria, subvenciones a Estados, subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo y a otros agentes y entidades promotoras de la cooperación, ejecución y apoyo a las actuaciones relacionadas con la sensibilización social y educación para el desarrollo. Igualmente podrá desarrollar actuaciones de cooº financiera, incluyendo microfinanzas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. (Artículo modificado por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). (Artículo modificado por Real Decreto 288/2008, de 17 de junio). A PARTIR DE AQUI EL ETTTO. ACTUALIZADO Modificado por. Real Decreto 822/2008 de 16 de mayo. BOE 25.06.2008. Real Decreto 845/2011 de 17 de junio. BOE 25.06.2011. Real Decreto 941/2010 de 23 de julio. BOE 27.07.2010. SECCIÓN 4ª. Estructura administrativa AECID Artículo 17. Estructura básica. ETTTO. 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; La Dirección de cooº....[ Sectorial, de Género y ONGD] La Dirección de relaciones culturales y científicas; La Secretaría general. La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; La Dirección de cooº....[ sectorial, geográfica y ONGD] La Dirección de relaciones culturales y científicas; La Secretaría general. >>> Artículo 11. El Presidente ejerce ....de..... ____________________________________________________________ a) la presidencia del Consejo Rector y de la Comisión Permanente. b) Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la : La Agencia c) Ejercer la SUPERIOR DIRECCIÓN de la : Oficina de Acción Humanitaria y de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo es una competencia del Presidente >>>> Art. 16 Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR. Actualizado así, por la modificación por Real Decreto 822/2008, de 16 de mayo, por Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, y por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). modificado por por Real Decreto 899/2011, de 17 de junio). Ejercer la superior dirección de la Agencia. MINISTERIO de Asuntos Exteriores y de Co:º •Ministra de Asuntos Exteriores y de Coº ÓRGANOS DE GOBIERNO DE AE-CID: •Presidenta •Consejo Rector, que se reúne en pleno y en Comisión Permanente. ----> (Artículo 13. En el seno del CR, la Comisión Permanente, se reune bimensualmente) ÓRGANOS EJECUTIVOS DE AE-CID: •Director Otros Órganos COMPLEMENTARIOS: -----> •Comisión de Control que INFORMA (se reúne al menos trimestralmente ) -----> •Consejo Asesor (CONSULTIVO) ( se reune anualmente). V. F. SECCIÓN 3ª. Otros órganos complementarios de AEC-ID Artículo 15. La Comisión de Control. 1. La Comisión de Control, constituida en el seno del Consejo Rector, estará compuesta por los siguientes miembros: a) Presidente: Un vocal del Consejo Rector que se elegirá en su seno, a propuesta de su Presidente, entre los empleados públicos que pertenezcan al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. b) Vocales: 1-2 un mínimo de dos y un máximo de cuatro personas más nombradas por el Consejo Rector entre aquellos de sus miembros que no tengan responsabilidades directas en la gestión de la Agencia y con conocimientos o experiencia en gestión, presupuestación, control interno o control de la actividad económico-financiera del sector público estatal. c) En el caso de que el Consejo Rector decidiera integrar a otras personas no miembros del mismo en la Comisión de Control, participarán con voz pero sin voto. El Interventor delegado en la Agencia, asistirá a las reuniones de la Comisión de Control con voz pero sin voto. d) Secretario: Nombrado entre sus miembros por la propia Comisión. 2. Corresponde a la Comisión de Control:---> """"" INFORMAR AL Consejo Rector""""""" a) INFORMAR al Consejo Rector sobre la ejecución del CONTRAGES b) Informar al Consejo Rector sobre la EJECUCIÓN DEL PTTO. de la Agencia, debiendo, a tal efecto, recibir de la Dirección de la Agencia informes mensuales sobre el estado de ejecución presupuestaria. c) Recabar información sobre los SISTEMAS DE CONTROL INTERNOS establecidos para asegurar el debido cumplimiento de disposiciones legales y demás normas aplicables; conocer de los informes de auditoría de cuentas y adicionales sobre funcionamiento de control interno, así como los de control emitidos por la Intervención Delegada y proponer las estrategias encaminadas a corregir las debilidades puestas de manifiesto en ellos. d) Determinar, a instancia del Consejo Rector y con la periodicidad que éste establezca, la información ECONÓMICO-FINANCIERA que ha de remitirse al mismo, sin perjuicio de aquella otra que deba someterse a su consideración o aprobación de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. e) Conocer la información ECONÓMICO-PRESUPUESTARIA que la Agencia Estatal, por su pertenencia al sector público estatal, debe elaborar y remitir a los órganos competentes para cumplir las obligaciones recogidas en la normativa vigente, velando por el cumplimiento de estas obligaciones. 3. La Comisión de Control se reunirá AL MENOS TRIMESTRALMENTE. REUNIÓNES al menos 1 al trimestre. INFORMAR AL Consejo Rector acerca de : sobre la ejecución del CONTRAGES EJECUCIÓN DEL PTTO. información ECONÓMICO-FINANCIERA // ECONÓMICO-PRESUPUESTARIA SISTEMAS DE CONTROL internos. c) Corresponde a la Dirección de cooº SECTORIAL, de GÉNERO y ONG'D: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR...... _____________________________________________________________. [.... las POPU de cooº internacional para el desarrollo en el ÁMBITO SECTORlAL y asegurar la CONCERTACIÓN de las políticas de desarrollo sectoriales CON OTRAS AGENCIAS de desarrollo, en coordinación estrecha con los órganos competentes del MºASUNEXT, así como representar a la AE-CID en las relaciones que sobre la materia se establezcan con los distintos departamentos ministeriales. [.... las POPU de cooº internacional para el desarrollo en el ÁMBITO TRANSVERSAL y asegurar la CONCERTACIÓN de las políticas de desarrollo sectoriales CON OTRAS AGENCIAS de desarrollo, en coordinación estrecha con los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooº, así como representar a la AE-CID en las relaciones que sobre la materia se establezcan con los distintos departamentos ministeriales. c) Corresponde a la Dirección de cooº SECTORIAL, de GÉNERO y ONG'D: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR [.... las POPU de cooº ] ______________________________________________________________. Y....gestionará, ejecutará y administrará el Fondo de Cooº para AGUA Y SANEAMIENTO creado por la [................DA 61ª de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de PGEº para 2008.............], realizando las funciones establecidas reglamentariamente. Y....gestionará, ejecutará y administrará el Fondo de Cooº para ALIMENTO y Saneamiento creado por la disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, realizando las funciones establecidas reglamentariamente. c) Corresponde a la Dirección de cooº SECTORIAL, de GÉNERO y ONG'D: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR [.... las POPU de cooº ] Y....gestionará, ejecutará y administrará el Fondo de Cooº para AGUA y SANEMIENTO ______________________________________________________________________ En el ejercicio de sus funciones, el Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento actuará en colaboración con la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas para el Desarrollo y con los # departamentos. Fondo de Cooº para AGUA Y SANEAMIENTO creado por la [................DA 61ª de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de PGEº para 2008.............],. Fondo de Cooº para AGUA Y SANEAMIENTO creado por la [................DA 62ª de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de PGEº para 2008.............],. Fondo de Cooº para AGUA Y SANEAMIENTO creado por la [................DA 63ª de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de PGEº para 2008.............],. d) Corresponde a la Dirección de relaciones CULTURALES Y CIENTÍFICAS: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR [.... las POPU de cooº ] La persona titular de esta Dirección dirigirá y coordinará tres departamentos: el de coº y promoción social el de coº universitaria y astrofísica el de coº de relaciones culturales y científicas. el de cooº y promoción cultural, el de coo º universitaria y científica y el de cooº de relaciones culturales y científicas. Artículo 17. Estructura básica AE-CID. _________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de Relaciones Culturales y Científicas; e) La Secretaría General. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR [.... las POPU de cooº de cooperación cultural para el desarrollo] la gestión de los servicios culturales de la AECID. la cooº en el ámbito de la capacitación de CAPITAL HUMANO. la cooº UNIVERSITARIA Y CIENTÍFICA al desarrollo. las relaciones y convenios internacionales en el ámbito CULTURAL Y CIENTÍFICO. y las COMPETENCIAS ATRIBUIDAS AL----> MºASUNEXT para la promoción y el desarrollo de las RELACIONES CULTURALES Y CIENTÍFICAS CON OTROS PAÍSES, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará tres departamentos: >>>> el de cooº y promoción cultural, >>>> el de cooº universitaria y científica y el de >>>> coordinación de Relaciones Culturales y Científicas. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: FOMENTAR GESTIONAR EJECUTAR [.... las POPU de cooº de cooperación cultural para el desarrollo] la gestión de los servicios VECINALES de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital social; la cooperación preuniversitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y deportivo; y las competencias atribuidas al Mºasunext para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ___________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONG'D; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. a) Corresponde a la Dirección de coopº con América Latina y el Caribe fomentar, gestionar y ejecutar las POPU de cooº internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países de América Latina y el Caribe, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. a) Corresponde a la Dirección de cooperación con América Latina y el Caribe fomentar, gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra EL HAMBRE y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países de América Latina y el Caribe, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. Artículo 17. Estructura básica. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. b) Corresponde a la Dirección de cooº con África, Asia y Europa Oriental, fomentar, gestionar y ejecutar las POPU de cooº internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países de África, Asia y Europa Oriental, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ____________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. La persona titular de la Dirección de cooº sectorial, de género y ONG'D dirigirá y coordinará tres departamentos: el de cooº sectorial y de género; el (ONG'D) y el del Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento. La persona titular de la Dirección de cooº sectorial, de género y ONG'D dirigirá y coordinará 3 departamentos: el de cooperación sectorial y de género; el de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ON'GD) y el del Fondo de Cooº para ENEREGÍA AHORRADA. Artículo 17. Estructura básica. _________________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº Sectorial, de Género y ONGD; d) La Dirección de Relaciones Culturales y Científicas; e) La Secretaría General. e) Corresponde a la SECRETARÍA GENERAL el desempeño de las funciones relativas a la gestión y administración de los recursos humanos, incluido la formación de los mismos, la gestión de los medios económico-financieros, informáticos, logísticos y materiales, así como la contratación, organización y producción normativa, asesoramiento, calidad, inspección, archivo y registro, en estrecha coordinación con las unidades competentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con el fin de prestar el apoyo necesario a los órganos y unidades de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones. La persona titular de la Secretaría general dirigirá y coordinará tres departamentos: el de recursos humanos, conciliación y servicios generales; el de gestión económica, financiera y presupuestaria y el de sistemas y tecnologías de la información. Apartado que ha sido así modificado por: >>>> Real Decreto 822/2008, de 16 de mayo, por >>>> Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, y por >>>> Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. __________________________________________________________________--- 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº Sectorial, de Género y ONG'D; d) La Dirección de Relaciones Culturales y Científicas; e) La Secretaría General. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar gestionar y ejecutar las POPU.....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará tres departamentos: el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica y el de coordinación de relaciones culturales y científicas. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar gestionar y ejecutar las POPU.....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de CAPITAL HUMANO; la cooperación UNIVERSITARIA Y CIENTÍFICA al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al MAExC. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará tres departamentos: >>> el de cooperación y promoción cultural, >>> el de cooperación universitaria y científica y >>> el de coordinación de relaciones culturales y científicas. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ETTO. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. 3. Con DEPENDENCA JERÁRQUICA del director Y DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DEL PTE.: >>>>> 3. ...........La Oficina de Acción Humanitaria >>>>> 3 bis........La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio): Con DEPENDENCA JERÁRQUICA del director Y DIRECCIÓN ESTRTÉGICA DEL PTE.: >>>>> 3. Oficina de Acción Humanitaria >>>>> 3 bis. La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio):. d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ETTO. 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. 3. Con DEPENDENCA JERÁRQUICA del director Y DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DEL PTE.: >>>>> 3. Oficina de Acción Humanitaria >>>>> 3 bis. La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio): (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar, gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ETTO. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. 3. Con DEPENDENCA JERÁRQUICA del director Y DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DEL PTE.: >>>>> 3. Oficina de Acción Humanitaria >>>>> 3 bis. La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio): ___________________________________________________________________________ ....3 bis.¡¡¡¡¡¡¡¡ novedad!!!!!! >>>>> La OFICINA DEL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO con rango de Dirección, a la que corresponde la administración del Fondo para la Promoción del Desarrollo en los términos establecidos en la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo y en su normativa de desarrollo, estará bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de la Agencia y bajo la dirección estratégica de la Presidencia. La persona titular de la jefatura de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo coordinará el departamento de cooº multilateral y la unidad de cooº financiera. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas: fomentar gestionar y ejecutar las POPU .....[de cooperación cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará el de cooperación y promoción cultural, el de cooperación universitaria y científica solamente. Artículo 17. Estructura básica. ETTTO. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. 3. Estará también bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia >>>>>> la Oficina de Acción Humanitaria, cuya dirección estratégica depende del Presidente/a del Consejo Rector. El Jefe de la Oficina de Acción Humanitaria estará al frente de este Departamento que coordinará a su vez el departamento de emergencia y postconflicto y una unidad de prevención y evaluación. 3 bis. Estará también bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia ¡¡¡¡¡¡¡ novedad x Real Decreto 845/201!!!!!! >>>>> La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección, a la que corresponde la administración del Fondo para la Promoción del Desarrollo en los términos establecidos en la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo y en su normativa de desarrollo, estará bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de la Agencia y bajo la dirección estratégica de la Presidencia. La persona titular de la jefatura de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo coordinará el departamento de cooperación multilateral y la unidad de cooperación financiera. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). Modificado por Real Decreto 822/2008, de 16 de mayo, por Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, y por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). Artículo 17. Estructura básica. ETTO. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la DEPENDENCIA JERÁRQUICA del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. 3. Con DEPENDENCA JERÁRQUICA del director Y DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DEL PTE.: >>>>> 3. Oficina de Acción Humanitaria >>>>> 3 bis. La Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección. (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio): (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). (Apartado 3 bis introducido por Real Decreto 225/2011, de 17 de junio). d) Corresponde a la Dirección de relaciones culturales y científicas fomentar, gestionar y ejecutar [....... las POPU de cooº cultural para el desarrollo; la gestión de los servicios culturales de la AECID; la cooperación en el ámbito de la capacitación de capital humano; la cooperación universitaria y científica al desarrollo; las relaciones y convenios internacionales en el ámbito cultural y científico; y las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooº para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otros países, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros departamentos ministeriales]. La persona titular de la Dirección dirigirá y coordinará tres departamentos: >>>> el de cooº y promoción cultural,. >>>> coordinación de relaciones culturales y científicas. >>>> el de cooº universitaria y científica y el de. Artículo 17. Estructura básica. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la ESTRUCTURA ADMINISTARTIVA BÁSICA contenida en la presente sección. 2. Bajo la dependencia jerárquica del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooº para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooº para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooº sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. [...... La persona titular de la Secretaría general dirigirá y coordinará tres departamentos]. el de recursos humanos, conciliación y servicios generales;. el de sistemas y tecnologías de la información. el de gestión económica, financiera y presupuestaria y. SECCIÓN 4ª. Estructura administrativa ETTO. ACTUALIZADO Artículo 17. Estructura básica. ___________________________________________________________________ 1. La Agencia contará con la estructura administrativa básica contenida en la presente sección. 2. Bajo la dependencia jerárquica del Director de la Agencia existirán en España: a) La Dirección de cooperación para América Latina y el Caribe; b) La Dirección de cooperación para África, Asia y Europa Oriental; c) La Dirección de cooperación sectorial, de género y ONGD; d) La Dirección de relaciones culturales y científicas; e) La Secretaría general. (Apartado 2. modificado por Real Decreto 822/2008, de 16 de mayo, por Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, y por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). f. La persona titular de la Dirección de la Agencia podrá delegar>>> EN LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES--->La dirección, coordinación e interlocución de la estructura de CENTROS EN EL EXTERIOR. ___________________________________________________________________ LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES de cooº son los directores que asumen la posible delegación que haga el titular de la Dirección de la Agencia geográfica, sectorial, de género y ONG'D, relaciones culturales y científicas, Secretaría general, jefatura de la Oficina de Acción humanitaria y jefatura de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo,. En este caso, por DELEGACIÓN la relación entre la sede central de la AE-CID y las Oficinas Técnicas de Cooº, los Centros de Formación y los Centros Culturales se llevará a cabo por los mencionados directores/as y los jefes de las Oficinas de Acción Humanitaria y del Fondo para la Promoción del Desarrollo, quienes podrán enviar en el ejercicio de sus funciones en sus respectivos ámbitos, en nombre de la Dirección de la Agencia, comunicaciones e instrucciones formales dirigidas a los coordinadores de las OTC y a los directores de centros de formación y culturales. (Apartado 8. modificado por Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, y por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). F. Artículo 14. ETTTO. El Director. (ÓE) ___________________________________________________________________ 1. El Director de la Agencia es el responsable de la DIRECCIÓN Y GESTIÓN ORDINARIA de la Agencia y ejerce las competencias inherentes a dicha dirección, las que se le atribuyen expresamente en la Ley de Agencias Estatales y las establecidas en este Estatuto. Será nombrado y separado por el Consejo Rector a propuesta del Presidente. 2. El Director de la Agencia tendrá la consideración de ALTO CARGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.e) de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la AGEº, con los efectos que se recogen en la misma y aquellos otros que le sean aplicables en relación con dicha consideración. 3. El Director/a de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo deberá reunir los requisitos siguientes: Poseer la nacionalidad española. Estar en posesión de un título superior universitario. 4. Para su nombramiento, se tendrán en cuenta especialmente los siguientes criterios: Conocimientos y experiencia en materia de desarrollo y cooperación. Experiencia internacional, valorándose especialmente la adquirida en países en desarrollo. Capacidad para dirigir equipos humanos, alcanzar consensos y resolver conflictos. V. F. ETTTO. SECCIÓN 2ª. Órganos Ejecutivos Artículo 14. El Director. _________________________________________________________________________ 1. El Director de la Agencia es el responsable de la DIRECCIÓN Y GESTIÓN ORDINARIA de la Agencia y ejerce las competencias inherentes a dicha dirección, las que se le atribuyen expresamente en la Ley de Agencias Estatales y las establecidas en este Estatuto. Será nombrado y separado por el Consejo Rector a propuesta del Presidente. 2. El Director de la Agencia tendrá la consideración de ALTO CARGO, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.e) de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, con los efectos que se recogen en la misma y aquellos otros que le sean aplicables en relación con dicha consideración. 3. El Director/a de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo deberá reunir los requisitos siguientes: Poseer la nacionalidad española. Estar en posesión de un título superior universitario. 4. Para su nombramiento, se tendrán en cuenta especialmente los siguientes criterios: Conocimientos y experiencia en materia de desarrollo y cooperación. Experiencia internacional, valorándose especialmente la adquirida en países en desarrollo. Capacidad para dirigir equipos humanos, alcanzar consensos y resolver conflictos. Algunas de sus FUNCIONES son... Las resoluciones del Director de la Agencia ponen fin a la vía administrativa. Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese del personal directivo. La dirección del PERSONAL Y SERVICIOS de la Agencia. Proponer al Consejo Rector la RPT de la Agencia. Resolver las convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario y la contratación del personal laboral. Artículo 6. Instrumentos. ETTTO __________________________________________________________________ La Agencia podrá desarrollar las funciones anteriores a través de las modalidades e instrumentos de cooperación incluidos en el Plan Director de la Cooº Española en vigor o en la normativa vigente, incluyendo la formulación, ejecución y financiación de programas y proyectos de cooperación, programas de becas y lectorados, asistencia técnica a instituciones de los países socios, ayuda presupuestaria y enfoques sectoriales, contribuciones a organismos internacionales de desarrollo, así como a fondos multilaterales y multidonantes y a programas de organismos internacionales de desarrollo, la acción humanitaria, subvenciones a Estados, subvenciones a Ong'd de desarrollo y a otros agentes y entidades promotoras de la cooº ejecución y apoyo a las actuaciones relacionadas con la sensibilización social y educación para el desarrollo. Igualmente podrá desarrollar actuaciones de cooperación financiera, incluyendo microfinanzas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. (Artículo modificado por Real Decreto 845/2011, de 17 de junio). f. ETTTO. CAPÍTULO III. Principios de actuación de la agencia Artículo 7. Principios básicos de actuación administrativa. ______________________________________________________________________ >>>>> La Agencia respetará en su actuación los PRINCIPIOS DE INTERÉS GENERAL, objetividad eficacia, economía y servicio al ciudadano .... y ESPECÍFICAMENTE los siguientes: a) Principio de TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN entendidos respectivamente como la rendición de cuentas a la ciudadanía y como el compromiso de consulta y participación de los interesados en la realización de sus trabajos. b) Principio de AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD, entendidos respectivamente como la capacidad de la Agencia de gestionar con autonomía, en los términos previstos en el presente Estatuto, los medios puestos a su disposición para alcanzar los objetivos comprometidos, asumiendo las consecuencias de los resultados alcanzados. c) Principio de OOº INTER-ADMINISTRATIVA y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL entendidos respectivamente como la disposición activa a colaborar con otros Departamentos y Organismos de la Administración del Estado y con otras Administraciones Públicas e Instituciones. d) Principio de CALIDAD Y MEJORA CONTÍNUA entendido como el compromiso sistemático con la autoevaluación y la utilización de modelos de excelencia que permitan establecer áreas de mejora y prestar sus servicios de forma innovadora. e) Principio de ÉTICA PROFESIONAL y RESPONSABILIDAD PCA., entendido como el compromiso del personal de la Agencia y especialmente de su personal directivo de observar en su actuación los valores contenidos en el código de ética profesional del personal de la Agencia, cuando sea aprobado, y en los de la normativa aplicable a los Empleados públicos de la Administración General del Estado, en particular los artículos 52 a 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. V. F. ETTTO. CAPÍTULO III. Principios de actuación de la agencia Artículo 7. Principios básicos de actuación administrativa. _______________________________________________________________________ >>>>> La Agencia respetará en su actuación los PRINCIPIOS DE INTERÉS GENERAL: objetividad eficacia, economía y servicio al ciudadano .... y ESPECÍFICAMENTE los siguientes: a) Principio de TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN. b) Principio de AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD. c) Principio de OOº INTER-ADMINISTRATIVA y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL. d) Principio de CALIDAD Y MEJORA CONTÍNUA. e) Principio de ÉTICA PROFESIONAL y RESPONSABILIDAD PCA. a) Principio de TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD. b) Principio de AUTONOMÍA Y EFICACIA c) Principio de OOº INTER-ADMINISTRATIVA y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL. d) Principio de CALIDAD Y MEJORA EFECTIVA e) Principio de ÉTICA PROFESIONAL y RESPONSABILIDAD PCA. ETTTO. CAPÍTULO III. Principios de actuación de la agencia Artículo 7. Principios básicos de actuación administrativa. ___________________________________________________________________ La Agencia respetará en su actuación los principios .... principios de interés general. específicamente los siguientes:. Artículo 8. ETTTO. Principios de las Declaraciones de Roma y de París. ___________________________________________________________________ La Agencia en su actuación dirigida a los países en desarrollo incluirá gradualmente los principios que emanan ..... de la Declaración de Roma,. y la Declaración de París,. Funciones del Director . ÓE. ETTTO de la AE-CID ___________________________________________________________________. Responsable. Nombrado y cesado por. Elaborar y proponer al consejo rector. Elaborar. Disposición del. Dirección del. Representación. Susple a la Pta. en caso. presentar al Consejo Rector. sus Rº. Funciones del DIRECTOR .............[ ÓE. ART. 14 del ETTTO. de la AE-CID] ___________________________________________________________________. Responsable. Nombrado y cesado por. Elaborar y proponer al consejo rector. Elaborar. Disposición del. Dirección del. Representación. Susple a la Pta. en caso. presentar al Consejo Rector. sus Rº. Funciones del DIRECTOR .............[ ÓE. ART. 14 del ETTTO. de la AE-CID]. Responsable. Nombrado y cesado por. Elaborar y proponer [.....al Consejo Rector. Elaborar. Disposición del. Dirección del. Representación. Susple a la Pta. en caso. presentar al Consejo Rector. sus Rº. ¿Qué comisiones al menos se constituyen en el seno del Consejo Rector, según cap. 4º de la Organización del ETTO.?. La Comisión Permanente, art. 13, cuyos acuerdos lso ratifica el Consejo Rector, La Comisión de CONTROL, que informa al Consejo Rector acerca de la ejecución del Contrages, del Ppto, y de los Sistemas de Control y Procedimientos Internos. Determinar la información ecnómico-financiera que ha de remitirse al Consejo Rector. Sólo una La Comisión Permanente. Sólo una La Comisión de Control. ¿Qué comisiones al menos se constituyen en el seno del Consejo Rector, según cap. 4º de la Organización del ETTO.?. La Comisión Permanente,. La Comisión de Control, que informa al Consejo Rector acerca de la ejecución del.... ¿Quiénes integran la Comisión Permanente del Consejo Rector, qué hace, cúando se reúne?. Director de la Agencia. Pte. de la Agencia. 3º integrante designado por el pleno del Consejo Rector, entre sus miembros. Resuleve las cuestiones que le atribuya el Consejo Rector, que sean delegables. Se reune al menos con carácter BIMENSUAL, dos veces al mes. ¿Qué hace la Comisión Permanente del Consejo Rector y cuándo se reúne?. responsable de la dirección de la agencia. responsable de dsiposión del gasto. responsable de dirección de personal. Es la responsable de resolver las cuestiones que le atribuya el Consejo Rector (sólo las delegables). se reune al menos con carácter BIMENSUAL, dos veces al mes. dirección y gestión [...ordinaria]. Acerca del Consejo Rector. El Pleno del Consejo Rector celebra sesiones con una periodicidad al menos BIMESTRAL. El Pleno del Consejo Rector celebra sesiones con una periodicidad al menos MESUAL. El Pleno del Consejo Rector celebra sesiones con una periodicidad al menos TRIMESTRAL. Acerca del Consejo Rector. Sus miembros son nombrados y cesados por el Mº ASUNExt. y Cooº I. Sus miembros son nombrados y cesados por el Presidente de la Agencia. Acerca del Consejo Rector. El Pleno del Consejo Rector celebra sesiones con una periodicidad al menos BIMESTRAL. El Pleno del Consejo Rector celebra sesiones con una periodicidad al menos MESUAL. Tienen derecho a indemnizaciones por gastos de viajes, estancias y traslados, que les corresponda por RD 462/2002, sobre indemnizaciones por razón de servicio. Tienen derecho a indemnizaciones por gastos de viajes, estancias y traslados, que les corresponda por RD 482/2002, sobre indemnizaciones por razón de servicio. Tienen derecho a indemnizaciones por gastos de viajes, estancias y traslados, que les corresponda por RD 472/2002, sobre indemnizaciones por razón de servicio. ¿Cómo se llama el ÓRGANO CONSULTIVO que se reune anualmente y que se compone de 12 personas con EXPERIENCIA Y CONOCIMIENTOS en Cooº I?. Comisión permenete. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. ¿Cómo se llama el órgano complementario de control, que se reune al menos trimestralmente y que "...........INFORMA al Consejo Rector............." sobre? La ejecución del CONTRAGES. La ejecución del PRESUPUESTO. de la Agencia. Los sistemas de CONTROL Y PROCEDIEMIENTOS INTERNOS. Comisión permenete. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. ¿Cómo se llama el órgano ejecutivo responsable de la dirección y gestión ...... ordinaria de la Agencia? Que principalmente ELABORA: el Proyecto de CONTRAGES y los Objetivos Planes Anteproyectos de Ppto,. Director. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. ¿Cómo se llama el órgano responsable de la DIRECCIÓN SUPERIOR de la Agencia?. Director. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. Presidente. ¿Quién ELABORA y propone al Consejo Rector el Proyecto de CONTRAGES.?. Director. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. ¿Quién tiene la función de APROBAR ?. PROPUESTA del CONTRAGES. OBJETIVOS. PLANES DE ACCIÓN. RPT, en el marco del CONTRAGES. Informe General de Actividad. Anteproyectos de Pptos. anuales. ¿Quién ELABORA?. el Proyecto de CONTRAGES y los Objetivos Planes acción anual/plurianuales Anteproyectos de Ppto. ¿Quién ELABORA? el Proyecto de CONTRAGES y los Objetivos Planes de acción (Anuales y Plurianuales) Anteproyectos de Ppto,. Director. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. ¿Quién presenta al Consejo Rector el INFORME GENERAL DE ACTIVIDAD?. El Pte. El Director. La Comsión Permanente. La Comsión de presentación. La Comsión de representación. ¿Quién ejerce el .... ? SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN Y EL CONTROL [...... de la actuación de la AEC-id]. el Pte. Consejo Asesor. Consejo Rector, ÓG COLEGIADO, cuyos miembros los nombra el Mº ASUNEXt. Consejo de Control. Comisión de Control. ¿Quién controla y exige responsabilidades al Director de la AEC-id?. el Pte. Consejo Asesor. Consejo Rector, ÓG COLEGIADO, cuyos miembros los nombra el Mº As-EXt. Consejo de Control. Comisión de Control. Artículo 21. Adscripción. ETTTO. ________________________________________________________________________ 1. La Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo está adscrita al MºASUNEXTa través de la SEºCI. 2. Corresponde al Mº de adscripción ...... De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de L-OFAGE, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del CONTRAGES. DIRECCION ESTRATÉGICA EVALUACIÓN Y CONTROL [.... de resultados y de la actividad de la Agencia. la dirección superior, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia. la dirección ejecutiva, supervisión y control de resultados y de la actividad de la Agencia. Artículo 20. ETTTO. Funciones, dependencia funcional y orgánica y relaciones con las Embajadas de los Centros Culturales y de los Centros de Formación. 1. Los CTROS. CULTURALES son unidades adscritas orgánicamente a las embajadas que, bajo la dirección de su jefe de misión y dependencia funcional de la AgAEC-ID aseguran >>>>>> la coordinación con las Oficinas Técnicas de Cooº y >>>>>> la ejecución de los recursos de la cooº en su ámbito de actuación. Asimismo, colaboran con los programas y proyectos impulsados por las demás Administraciones Públicas. 2. Los CTROS. DE FORMACIÓN son unidades adscritas orgánicamente a las embajadas que, bajo la dirección de su jefe de misión y dependencia funcional de la AEC-ID aseguran la preparación, coordinación y realización de ACTIVIDADES de cooº en el ámbito específico de la FORMACIÓN. Estarán en estrecha coordinación con las >>>>> Oficinas Técnicas de Coº y >>>>> los Centros culturales. Asimismo, colaboran con los programas y proyectos impulsados por las demás AAPP. 3. El Jefe de Misión ejerce la superior dirección de las actividades de los centros culturales y centros de formación en el país en que estén acreditados. V. F. ¿Quién tiene la función de ?. CONTROLAR y EXIGIR RESPONSABILIDAD AL DIRECTOR. APROBAR OBJETIVOS Y APROBAR PLANES DE ACCIÓN. Ó CONSULTIVO, de REUNIÓN ANUAL. Representar legal e Institucionalmente a la Agencia. SEGUIMIENTO, SUPERVISIÓN, Y CONTROL [...de la actuación de La Agencia]. APROBAR Anteproyectos de Pptos. anuales. Representar legalmente a la Agencia, cuando corresponda. INFORMAR AL CONSEJO RECTOR. OFICINA DE ACCIÓN HUMANITARIA Está bajo la dependencia jerárquica del ------> Director de la Agencia. Su dirección estratégica depende--------------> del Presidente/a del Consejo Rector. _____________________________________________________________________ FUNCIONES: •Gestión y ejecución de la acción humanitaria oficial conforme al Plan Director •Coordinación de las capacidades de la Administración del Estado con las de las administraciones autonómicas y locales. ¿Cuáles son los Departamentos que Integran esta Oficina?. •Emergencia y posconflicto •Prevención y evaluación. •Prevención y evaluación. •Emergencia y posconflicto. OFICINA DE ACCIÓN HUMANITARIA Está bajo la dependencia jerárquica del ------> Director de la Agencia. Su dirección estratégica depende--------------> del Presidente/a del Consejo Rector. ¿Está dentro de la estructura administrativa de la AE-CID?. Funciones:. ¿Cuáles son los Departamentos que Integran esta Oficicna?. OFICINA DE ACCIÓN HUMANITARIA. ¿Está dentro de la estructura administrativa de la AE-CID?. Funciones:. ¿Cuáles son los Departamentos que Integran esta Oficicna?. Está bajo la dependencia jerárquica. Su dirección estratégica depende. ¿Cuáles son las Funciones de la Oficina del Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento? _______________________________________________________________________ •Administrar el Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento. •Seleccionar las propuestas de proyectos a financiar con los recursos Fondo. •Controlar la ejecución y sostenibilidad de los proyectos financiados. ¿Qué Departamentos la integran?. •Departamento del Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento. •Departamento del Fondo de Cooº para Agua Y LA ENERGÍA. ¿Qué funciones tiene la Oficina del Fondo de Cooº para Agua y Saneamiento?. • ADMINISTRAR EL FONDO de Cooº para Agua y Saneamiento. • Seleccionar las propuestas de proyectos a financiar con los RECURSOS FONDO. • CONTROLAR la EJECUCIÓN Y SOSTENIBILIDAD de los PROYECTOS financiados. •Gastar el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento. •Seleccionar las propuestas de proyectos a financiar con los recursos Fondo. •Controlar la ejecución y sostenibilidad de los proyectos acabados. Artículo único. Creación de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo y aprobación de su ETTTO. X RD 1403&2007, de 26 de octubre _____________________________________________________________. DA1ª. Constitución de la Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo. DA2ª. Supresión de organismo autónomo AE-CI. DA3ª. Integración del personal en la Agencia. DA4ª. Aplicación a los miembros de la Carrera Diplomática de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000 de 19 de mayo. DA5ª. Procedimientos de coordinación derivados de la adscripción de la AE-CID al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooº. DT1ª. Garantía de continuidad en la ejecución de la política española de cooº internacional para el desarrollo. DT2ª. Contrages. DT3ª. Régimen presupuestario aplicable durante el ejercicio 2007. DD ÚNICA. Derogación normativa. DF1ª. Desarrollo normativo y aplicación. DF2ª. Entrada en vigor. ¿Dónde se regula la autorización legal para la creaación de las Agencias Esatales?. DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. DA3ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. DA5ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. DA4ª de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de LASAGEN. ¿Cómo se llama el órgano ejecutivo responsable de la DIRECCIÓN GESTIÓN ...... ordinaria de la Agencia?. Director. Consejo Asesor. Pleno del Consejo Rector. Comité de Control. Comisión de Control. Artículo 21. Adscripción. ETTTO. ________________________________________________________________________ 1. La Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo está adscrita al MºASUNEXTa través de la SEºCI. 2. Corresponde al Mº de adscripción ...... De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de L-OFAGE, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del CONTRAGES. DIRECCION ESTRATÉGICA EVALUACIÓN Y EL CONTROL......[ de resultados.... y de la actividad de la Agencia]....... la dirección superior, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia. la dirección ejecutiva, supervisión y control de resultados y de la actividad de la Agencia. Artículo 21. Adscripción. ETTTO. ________________________________________________________________________ 1. La Agencia Española de Cooº Internacional para el Desarrollo está adscrita al MºASUNEXTa través de la SEºCI. 2. Corresponde al Mº de adscripción ...... De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de L-OFAGE, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del CONTRAGES. DIRECCIÓN ESTRATÉGICA EVALUACIÓN Y CONTROL [.... de resultados y de la actividad de la Agencia. la dirección superior, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia. la dirección ejecutiva, supervisión y control de resultados y de la actividad de la Agencia. |