teoría del acto y hecho (repaso)
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Título del Test:![]() teoría del acto y hecho (repaso) Descripción: repaso para primer parcial |




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Es la hipótesis de cuya realización depende el nacimiento del deber estatuido por la norma?. supuesto juridico. hecho juridico. acto jurdico. es la realización de tal hipótesis. acto juridico. hecho juridico. supuesto juridicio. que es un hecho jurídico (definición). Cualquier transformación de un acto. Cualquier transformación de la realidad. norma juridica consta de dos partes: hipotesis y disposicion. hipotesis y condición. hipotesis y disolucion. el Nacimiento, Transmisión, Modificación y Extinción son?. CONSECUENCIAS DE DERECHO. CONSEQUENCIAS DE NORMA. CREACION DE DERECHO. Jamás podrá existir una consecuencia jurídica (nacimiento, transmisión, modificación o extinción) sin un supuesto jurídico (NEXO CAUSAL). QUE LEY DICE ESTO?. LEY DE LA CAUSALIDAD. LEY DE LA CASUALIDAD. LEY DE IMPUESTOS. La relación entre el supuesto jurídico y su realización efectiva, ES?. CONTINGENTE. CONDICIONAL. NECESARIO. El enlace entre la realización del supuesto y la producción de las consecuencias jurídicas. CONTINGENTE. CONDICIONAL. NECESARIO. El vínculo entre las consecuencias de derecho y su realización efectiva. CONTINGENTE. CONDICIONAL. NECESARIO. supuesto juridico se clasifica en: simples y complejos. simples y complicados. faciles y dificiles. Aquellos en relación con los cuales vale la ley de que sólo puede existir como partes de un todo. HECHOS JURÍDICOS DEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS IINDEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS SOBRESALIENTES. Son los que producen por sí mismos consecuencias de derecho, sin necesidad de hallarse unidos a otros. HECHOS JURÍDICOS DEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS IINDEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS SOBRESALIENTES. Se les conoce como títulos jurídicos perfectos. HECHOS JURÍDICOS DEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS INDEPENDIENTES:. Se les conoce como títulos jurídicos imperfectos. HECHOS JURÍDICOS DEPENDIENTES. HECHOS JURÍDICOS INDEPENDIENTES:. cual es la FUSIÓN DE SUPUESTOS JURÍDICOS: unilateral o recíproca. unilateral o retroactivo. individual o reciproco. La consecuencia de uno de los supuestos puede nacer aun cuando el supuesto jurídico fundado no se realice. FUSIÓN UNILATERAL. FUSIÓN RECÍPROCA. FUSIÓN BILATERAL. Ninguno de los supuestos provoca aisladamente, al realizarse, consecuencias de derecho. Los dos supuestos tienen que realizarse para producir efectos jurídicos. FUSIÓN UNILATERAL. FUSIÓN RECÍPROCA. FUSIÓN BILATERAL. EFICACIA DE LOS HECHOS JURÍDICOS. creación, modificación o la extinción. creación, modificación o la transmisión. modificación, extinción o la transmisión. EFICACIA DE CREACIÓN. Eficacia constitutiva. Eficacia modificativa. Eficacia resolutoria. EFICACIA DE MODIFICACIÓN. Eficacia constitutiva. Eficacia modificativa. Eficacia resolutoria. EFICACIA DE EXTINCIÓN. Eficacia constitutiva. Eficacia modificativa. Eficacia resolutoria. Son aquellos hechos en los cuales las consecuencias jurídicas (nacimiento, modificación o extinción de derechos u obligaciones) se producen en el mismo momento. HECHOS JURÍDICOS DE EFICACIA INMEDIATA. HECHOS JURÍDICOS DE EFICACIA DIFERIDA. Aquellos hechos jurídicos que dependen de acontecimientos futuros. Éstos se pueden dividir en ciertos, inciertos e inevitables. HECHOS JURÍDICOS DE EFICACIA INMEDIATA. HECHOS JURÍDICOS DE EFICACIA DIFERIDA. Son aquellos que se encuentran sujetos al advenimiento o a la realización de un suceso cierto, en este caso nos encontramos en presencia de un hecho jurídico sujeto a término. CIERTOS. INCIERTOS. INEVITABLES. Aquellos en los que el acontecimiento venidero es contingente o la fecha de los acontecimientos no se conoce con certeza. En este caso la eficacia del hecho resulta condicional. CIERTOS. INCIERTOS. INEVITABLES. Aquellos que se encuentran sujetos a un acontecimiento futuro e inevitable. Éstos a su vez cuando son de eficacia constitutiva o modificativa constituyen un término suspensivo. Cuando el efecto venidero es la extinción de relaciones jurídicas se conoce como final. CIERTOS. INCIERTOS. INEVITABLES. Dos o más hechos jurídicos son... entre sí cuando al realizarse suman sus consecuencias o producen otras nuevas. COMPATIBLES. INCOMPATIBLES. SUBCOMPATIBLES. Un hecho jurídico es... con otro si, al enlazarse con él, aniquila sus efectos. COMPATIBLES. INCOMPATIBLES. SUBCOMPATIBLES. Su función es destruir la eficacia de otros hechos jurídicos. ABSOLUTAMENTE INCOMPATIBLES. RELATIVAMENTE INCOMPATIBLES. ABSOLUTAMENTE COMPATIBLES. Engendran por sí mismos consecuencias; pero cuando entran en relación con otros de determinada especie, extinguen sus efectos. ABSOLUTAMENTE INCOMPATIBLES. RELATIVAMENTE INCOMPATIBLES. ABSOLUTAMENTE COMPATIBLES. Cuando por un acontecimiento natural o por un hecho del hombre, en el que NO INTERVIENE LA INTENCIÓN de originar consecuencias de derecho, se originan, no obstante, éstas. HECHOS JURÍDICOS. ACTOS JURÍDICOS. SUPUESTO JURIDICO. Aquellos hechos voluntarios ejecutados CON LA INTENCIÓN de realizar consecuencias derecho, y por esto lo define como una manifestación de voluntad que se hace con la intención de originarlas. HECHOS JURÍDICOS. ACTOS JURÍDICOS. SUPUESTO JURIDICO. El..... es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico. acto jurídico. hecho jurídico. supuesto jurídico. Elementos esenciales o de existencia del acto jurídico. - MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD - UN OBJETO FÍSICA Y JURÍDICAMENTE POSIBLE - EL RECONOCIMIENTO QUE HAGA LA NORMA JURÍDICA A LOS EFECTOS DESEADOS POR EL AUTOR DEL ACTO. - EN ALGUNOS CASOS LA SOLEMNIDAD. MANIFESTACIÓN DEL CONSENTIMIENTO - UN OBJETO MORALMENTE Y JURÍDICAMENTE POSIBLE - EL RECONOCIMIENTO QUE HAGA LA NORMA JURÍDICA A LOS EFECTOS DESEADOS POR EL AUTOR DEL ACTO. - LA SOLEMNIDAD. la existencia perfecta del acto, por reunir éste sus elementos esenciales y no tener ningún vicio interno o externo. VALIDEZ. NULIDAD. NOCIÓN JURIDICA. se define como la existencia imperfecta de los actos jurídicos por padecer éstos de algún vicio en su formación. VALIDEZ. NULIDAD. NOCIÓN JURIDICA. ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO. 1. Licitud del acto jurídico 2. Formalidad 3. Capacidad 4. Ausencia de Vicios en la Voluntad. 1. Licitud del hecho jurídico 2. Formalidad 3. Capacidad 4. Ausencia de Vicios en la Voluntad. 1. Licitud de la norma jurídica 2. Formalidad 3. Incapacidad 4. Ausencia de Vicios en la Voluntad. La intención de dañar es la que caracteriza a la ilicitud. HECHO JURÍDICO DOLOSO. HECHO JURÍDICO CULPOSO. HECHO JURÍDICO ILICITO. El proceder con negligencia, descuido falta de previsión o de cuidado es la que le da el carácter ilícito. HECHO JURÍDICO DOLOSO. HECHO JURÍDICO CULPOSO. HECHO JURÍDICO ILICITO. Aptitud para ser titular de derechos o para contraer obligaciones. CAPACIDAD DE GOCE. CAPACIDAD DE EJERCICIO. CAPACIDAD DE DERECHO. Consiste en la aptitud que tiene un sujeto para hacer valer directamente sus derechos, o cumplir sus obligaciones, celebrar actos jurídicos o comparecer en juicio como actor o demandado, por su propio derecho. CAPACIDAD DE GOCE. CAPACIDAD DE EJERCICIO. CAPACIDAD DE DERECHO. Se consideran incapaces: Los menores de edad, las personas en estado de interdicción o embriaguez consuetudinaria o uso contante de drogas enervantes. Los mayores de edad, las personas internadas o que sufran embriaguez consuetudinaria o uso contante de drogas enervantes. Todos las personas que están en la cárcel. Son actos...... aquellos para cuya validez NO se requiere de ninguna formalidad. ACTOS JURÍDICOS CONSENSUALES. ACTOS JURÍDICOS FORMALES. ACTOS JURÍDICOS INFORMALES. Son actos...... en los que es necesario que la voluntad se exprese por escrito para que tengan validez, por lo tanto, sólo se acepta el consentimiento expreso y por escrito. ACTOS JURÍDICOS CONSENSUALES. ACTOS JURÍDICOS FORMALES. ACTOS JURÍDICOS INFORMALES. ACTOS JURÍDICOS FORMALES (de forma escrita). Documento público Documento privado. Documento jurídico Documento privado. Documento jurídico Documento público. Aquél que se otorga ante un funcionario que tiene fe pública. Documento público. Documento privado. Documento jurídico. Aquellos no emitidos por funcionarios que tengan fe pública. Documento público. Documento privado. Documento jurídico. VICIOS DE LA VOLUNTAD. 1. Error 2. Dolo 3. Mala fe 4. Violencia. 1. Error 2. Manifestación de la voluntad 3. Mala fe 4. Violencia. 1. Licitud del acto jurídico 2. Formalidad 3. Capacidad 4. Ausencia de Vicios en la Voluntad. Se entiende por .... cualquiera sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en él a alguno de los contratantes. dolo. mala fe. violencia. Se entiende por..... la disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido. dolo. mala fe. violencia. cuales son los tipos de violencia?. física y moral. sexual y moral. física y sexual. Es prescriptible, Sólo el perjudicado (contratantes) pueden pedir, se puede subsanar y no hay un interés general lesionado. nulidad relativa. nulidad absoluta. nulidad subsanable. Es imprescriptible, cualquier perjudicado la pueden pedir, y se violan intereses generales. nulidad relativa. nulidad absoluta. nulidad subsanable. |