option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

teoria del p

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
teoria del p

Descripción:
v tetramestre

Fecha de Creación: 2026/06/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 60

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El Código de Procedimientos Civiles contempla horas hábiles entre las cuales válidamente se pueden realizar las actuaciones judiciales, estas comprenden: De las 8:00 a las 20:00 hrs. De las 6:00 a las 18:00 hrs. De las 7:00 a las 19:00 hrs. De las 9:00 a las 17:00 hrs.

Es el derecho subjetivo procesal que se confiere a las personas para promover un proceso ante el órgano jurisdiccional, obtener una sentencia de este, sobre pretensión litigiosa. Jurisdicción. Competencia. Excepción. Acción.

Es el órgano del Estado creado fundamentalmente para la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal, en contra de probables responsables en la comisión de delito. Poder Judicial. Defensoría Pública. Fiscalía General. Suprema Corte de Justicia.

Las facultades y obligaciones del fiscal general de la República están contenidas este artículo de nuestra Constitución Política. Artículo 14. Artículo 16. Artículo 21. 102 apartado A.

Es el conjunto de actos mediante los cuales se constituye, desarrolla y tramita la relación jurídica que se establece entre el juzgador las partes y las demás personas que en ella intervienen. Juicio. Procedimiento. Proceso. Litigio.

Es el ámbito especial dentro del cual el juzgador puede ejercer válidamente su función jurisdiccional, éste recibe varios nombres, Circuito, Distrito Judicial, Partido Judicial. Competencia. Jurisdicción. Territorio. Instancia.

Según el nuevo procedimiento, estas son las etapas en materia civil y familiar. Postulatoria y probatoria. Instrucción y sentencia. Preliminar y de juicio. Demanda y ejecución.

Esta sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de asuntos penales y asuntos civiles, está integrada por cinco ministros. Segunda Sala. Sala Superior. Tribunal Pleno. Primera Sala.

Estas normas determinan las condiciones para la constitución, el desarrollo y la terminación del proceso. Normas sustantivas. Normas adjetivas. Normas procesales en sentido estricto. Normas constitucionales.

Es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro. Procedimiento. Controversia. Litigio. Acción.

Son los sujetos principales de la relación jurídica procesal, son los sujetos procesales cuyos intereses jurídicos se controvierten en el proceso. Terceros interesados. Órganos jurisdiccionales. Auxiliares de la administración de justicia. Partes en el juicio.

Prescribe las condiciones y procedimientos para la creación y aplicación de las leyes, así como la integración y competencia de los órganos del Estado que deben intervenir en tales procedimientos. Derecho sustantivo. Derecho constitucional. Derecho instrumental. Derecho administrativo.

Es el procedimiento contencioso, desde que se inicia en cualquier forma, hasta que queda ejecutada la sentencia definitiva. Litigio. Proceso. Procedimiento. Juicio.

Es una exigencia no solo para la formulación del juicio sobre los hechos, sino para la dirección de todo proceso, es obligación del juzgador observaría. Principio de legalidad. Principio de economía procesal. Principio de imparcialidad. Principio de concentración.

Es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se encarga del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales. Derecho procesal civil. Filosofía del derecho. Derecho instrumental. Teoría general del proceso.

Es la suma de facultades que la ley otorga al juzgado para ejercer su jurisdicción en determinado tipo de litigios o conflictos. Territorio. Acción. Competencia. Capacidad.

Es el medio de defensa del demandado, es el derecho subjetivo procesal que tiene el demandado para contradecir u oponerse a la acción o la pretensión hecha valer por la parte actora. Reconvención. Contestación. Acción. Excepción.

Son los mecanismos que el juzgador emplea para desahogar los medios de prueba, respetando los tiempos. Audiencias. Diligencias. Métodos probatorios. Medios preparatorios.

Este artículo Constitucional contempla los principios generales del proceso, los derechos de toda persona imputada y los derechos de la víctima u ofendido. Artículo 14. Artículo 16. Artículo 20. Artículo 21.

Es la facultad del juzgador para determinar en forma concreta la fuerza probatoria de cada uno de los medios de prueba. Jurisdicción. Competencia. Convicción judicial. Valoración de la prueba.

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, así lo consagra este artículo Constitucional. Art. 14. Art. 18. Art. 20. Art. 16.

A esta clasificación de la acción corresponden las acciones meramente declarativas, acciones constitutivas, acciones de condena, acciones ejecutivas y las acciones cautelares. Por su finalidad. Por su naturaleza jurídica. Por el sujeto que la ejerce. Por el tipo de resolución demandada.

La notificación personal, la notificación por cedula, la notificación por lista, la notificación por correo electrónico, son. Actos procesales. Medios de impugnación. Comunicaciones judiciales. Formas de notificación.

Se integra por los once ministros, aunque basta la presencia de siete de ellos para que sus resoluciones sean validas. Primera Sala. Tribunal Electoral. Consejo de la Judicatura Federal. Pleno de la Suprema Corte.

Está compuesta por once ministros, los cuales sesionan en pleno o en salas y duran en su encargo quince años. Tribunal Electoral. Poder Judicial de la Federación. Consejo de la Judicatura Federal. Suprema Corte.

Los elementos de este son, primero, dos sujetos, uno que pretende y otro que resiste; además, un bien jurídico que puede ser material o inmaterial. Acción. Proceso. Juicio. Litigio.

Es la aptitud para comparecer en juicio y realizar válidamente los actos procesales que corresponde a las partes. Competencia. Legitimación. Personalidad jurídica. Capacidad procesal.

La publicidad, la contradicción, la continuidad, la concentración, la inmediación, la igualdad entre las partes, entre otros, son. Garantías individuales. Reglas de competencia. Actos jurisdiccionales. Principios procesales.

Los actos de petición, los actos de prueba, los actos de alegación, los actos de impugnación, los actos de disposición, son: Recursos procesales. Medios de prueba. Actos de comunicación. Actos procesales.

Tiene a su cargo, entre otras cosas, la asignación y designación de magistrados y jueces de distrito. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tribunal Electoral. Fiscalía General de la República. Consejo de judicatura procesal.

Las resoluciones judiciales, las audiencias, los actos de ejecución, las comunicaciones procesales, los actos de prueba y los actos de cooperación, son. Actos de las partes. Actos de terceros. Medios de defensa. Actos del órgano jurisdiccional.

La confesional, las documentales, tanto públicas como privadas, los dictámenes periciales, los testigos, la inspección judicial, son. Actos procesales. Fuentes del derecho. Excepciones procesales. Medios de prueba.

Las excepciones de incompetencia, las de falta de legitimación (personalidad) y las de litispendencia son: Excepciones sustanciales. Excepciones dilatorias. Medios de impugnación. Excepciones procesales.

Son medios de solución parcial del litigio. Jurisdicción y competencia. Acción y excepción. Prueba y alegatos. Desistimiento, allanamiento, transacción.

Son aquellos acontecimientos de la vida que proyectan sus efectos sobre el proceso, por ejemplo, la muerte de alguna de las partes. Actos jurisdiccionales. Actos de autoridad. Medios de defensa. Hechos procesales.

Está compuesto por una Suprema Corte, un Tribunal Electoral, por Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación y Juzgados de Distrito. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Consejo de la Judicatura Federal. Tribunal Electoral. Poder Judicial de la Federación.

La excepción de pago y la excepción de prescripción, son: Excepciones procesales. Excepciones dilatorias. Medios de impugnación. Excepciones sustanciales.

La etapa de investigación (inicial y complementaria), la etapa intermedia y la etapa de enjuiciamiento o de juicio son. Etapas del proceso civil. Etapas del procedimiento familiar. Etapas del juicio de amparo. Las etapas del proceso penal acusatorio.

La Autotutela, la Autocomposición y la Heterocomposición, son. Principios procesales. Formas de jurisdicción. Actos procesales. Medios de solución del litigio.

Es el acto jurídico emanado de las partes, del órgano jurisdiccional, o aun de terceros, susceptible de crear, modificar o extinguir efectos procesales. Hecho procesal. Medio de prueba. Resolución judicial. Acto procesal.

Este medio de solución parcial del litigio se caracteriza porque en él se puede renunciar a la propia pretensión. Heterocomposición. Autotutela. Mediación. Autocomposición.

Este medio de solución del litigio se caracteriza porque se impone la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Conciliación. Arbitraje. Heterocomposición. Autotutela.

Esta sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de asuntos administrativos y asuntos del trabajo, está integrada por cinco ministros. Primera Sala. Sala Superior. Tribunal Pleno. Segunda Sala.

Son normas que establecen derechos y obligaciones, facultades y deberes para las personas y prevén las sanciones que deben aplicarse a aquellas cuando las incumplan. Derecho adjetivo. Derecho procesal. Derecho instrumental. Derecho sustantivo.

Este derecho está protegido por el segundo párrafo del artículo 17 de nuestra Constitución Política. Derecho de petición. Derecho de audiencia. Derecho de defensa. Derecho de acción.

Es todo conjunto de actos desarrollados por las partes y el propio juzgador con el fin de lograr la certeza sobre los hechos controvertidos. Procedimiento. Alegato. Litigio. Prueba.

Este es un medio de solución imparcial del litigio, en el interviene un tercero ajeno, sin interés propio en el juicio. Autocomposición. Autotutela. Conciliación privada. Heterocomposición.

Es la serie de actuaciones o diligencias sustanciadas o tramitadas, según el orden y la forma prescritos por la ley en cada caso. Proceso. Juicio. Litigio. Procedimiento.

Los oficios, los exhortos, las cartas rogatorias, las notificaciones, los emplazamientos, las citaciones y los requerimientos, son. Actos jurisdiccionales. Medios de prueba. Actos de ejecución. Comunicación procesal.

Las partes podrán conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así como oponerse a las peticiones y alegatos de la otra parte. Principio de publicidad. Principio de inmediación. Principio de concentración. Principio de contradicción.

Cuando cumplimos nuestra mayoría de edad y nos encontramos en pleno ejercicio de nuestros derechos, adquirimos esta capacidad. Capacidad procesal. Capacidad jurídica. Capacidad de goce. Capacidad de ejercicio.

Son todos aquellos que han participado en el juicio pero que no son parte de este, como los testigos y los peritos. Juzgadores. Litigantes. Terceristas. Terceros.

Es la función pública que ejercen órganos del Estado a través del proceso, para conocer de los litigios que las partes plantean y emitir una decisión sobre ellos, así como, en su caso, ordenar la ejecución de tal resolución. Competencia. Acción. Proceso. Jurisdicción.

La obligatoriedad de que existan mecanismos alternativos de solución de controversias la consagra este artículo Constitucional. Artículo 14 Constitucional. Artículo 16 Constitucional. Artículo 20 Constitucional. Artículo 17 Constitucional.

Según el séptimo párrafo del artículo 21 constitucional, esta autoridad tiene facultades para considerar criterios de oportunidad para el ejercicio de la acción penal. Juez de Control. Policía de Investigación. Fiscalía General. Ministerio Público.

Originalmente no eran parte del juicio, pero fueron llamados o acudieron a él para defender sus propios derechos. Testigos. Peritos. Terceros. Terceristas.

Según nuestra legislación civil, esta capacidad la adquirimos desde el momento de la concepción. Capacidad procesal. Capacidad de ejercicio. Personalidad jurídica. Capacidad de goce.

Se divide en actos de las partes, actos del órgano jurisdiccional y actos de terceros. Clasificación de la jurisdicción. Clasificación del procedimiento. Clasificación de la prueba. Clasificación del acto procesal.

La forma, el tiempo y el lugar forman parte de. Requisitos de la demanda. Principios procesales. Medios de comunicación procesal. Condiciones de los actos procesales.

Todas las personas que intervengan en el procedimiento recibirán el mismo trato y tendrán las mismas oportunidades para sostener la acusación o la defensa. Principio de legalidad. Principio de imparcialidad. Principio de publicidad. Principio de igualdad ante la ley.

Denunciar Test