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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEText Ref dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

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Título del test:
Text Ref dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Descripción:
Título I y II. Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las AAPP.

Autor:
Anónimo
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Fecha de Creación:
23/05/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 9
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nayala ( hace 5 años )
ayuda mucho a estdiar
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Temario:
Entrada en vigor del EBEP 1/12/15 1/10/15 1/11/15.
Título I: Objeto y ámbito de aplicación Objeto: establecer las bases del régimen estatuario de los funcionarios públicos incluidos en su ámbito de aplicación. Asimismo tiene por objeto determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. establecer las bases del régimen estatuario del personal laboral incluidos en su ámbito de aplicación. Asimismo tiene por objeto determinar las normas aplicables de los funcionarios públicos al servicio de las Administraciones Públicas. establecer las bases retributivas de los funcionarios públicos incluidos en su ámbito de aplicación. Asimismo tiene por objeto determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.
Título I: Objeto y ámbito de aplicación. Ámbito de aplicación: Este Estatuto se aplica al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de las siguientes Administraciones Públicas: a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. c) Las Administraciones de las entidades locales. d) Los organismos públicos vinculadas de cualquiera de las Administraciones Públicas. e) Las Universidades Públicas. a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. c) Las Administraciones provinciales. d) Los organismos públicos vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas. e) Las Universidades Públicas. a) La Administración General del Estado b) Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. c) Las Administraciones de las entidades locales. d) Los organismos públicos vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas. e) Las Universidades Públicas.
Título II Capítulo I Clases de personal - Concepto y clases de empleados públicos Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales. Los empleados públicos se clasifican en: a) Funcionarios de carrera b) Personal Directivo c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual. a) Funcionarios laborales b) Funcionarios interinos c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual. a) Funcionarios de carrera b) Funcionarios interinos c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual.
Relaciona las clases de personal con sus definiciones Son aquellos que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de (_) cuando se den determinadas circustancias. Son aquellos que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal. Son aquellos que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial. Son aquellos que en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatuaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
Los funcionarios interinos podrán desmpeñar funciones propias de funcionarios de carrera cuando se dé alguna de las siguientes circustancias: a) La existencia de b) La sustitución c) La ejecución de d) Por acumulación de tareas.
Funcionarios interinos Su selección respetará los principios de capacidad, mérito, igualdad y publicidad. El cese de los funcionarios interinos se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento. A los funcionarios interinos le será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. Verdadero Falso.
El Personal Eventual El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. La condición de personal eventual podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna. Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna. Al personal eventual no le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna. Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.
Capítulo II : Personal directivo. Personal directivo profesional - Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad, la igualdad y concurrencia. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la eficacia, eficiencia y concurrencia. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la legalidad y concurrencia. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.
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