TFASAS AJAGSSURSEVILLA 73605
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1.- Según lo establecido en el Art.149 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía: El personal funcionario de carrera podrá obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores, y habrá de permanecer en la misma durante un periodo mínimo de dos años. El personal funcionario de carrera podrá obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones públicas durante un periodo mínimo de dos años inmediatamente anteriores, y habrá de permanecer en la misma durante un periodo mínimo de un año. El personal funcionario de carrera podrá obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores, y habrá de permanecer en la misma durante un periodo mínimo de un año. Todas son incorrectas. 2.- Decreto 154/2017, de 3 de octubre, por el que se regula el permiso del personal funcionario para atender el cuidado de hijos e hijas con cáncer u otra enfermedad, tiene por objeto regular el permiso para atender el cuidado de: Hijos e hijas y personas sujetas a tutela ordinaria que sean menores de edad, que padezcan cáncer u otra enfermedad grave. Menores sujetos a guarda con fines de adopción o acogimiento, que padezcan cáncer u otra enfermedad grave. Mayores de edad que convivan con las personas progenitoras o tutoras, que padezcan cáncer u otra enfermedad grave. Todas son correctas. 3.- Según lo establecido en el Decreto 154/2017, de 3 de octubre, por el que se regula el permiso del personal funcionario para atender el cuidado de hijos e hijas con cáncer u otra enfermedad grave ¿Cuál es la duración inicial de concesión del permiso?: Hasta un mes. Hasta dos meses. Hasta tres meses. Hasta seis meses. 4.- Según lo previsto en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud, un/a Enfermero/a con nombramiento en un centro declarado de difícil cobertura ¿puede prolongar voluntariamente su permanencia en el servicio activo, una vez alcanzada la edad de jubilación forzosa?: Hasta los 67 años. Hasta los 70 años, siempre que reúna la capacidad funcional necesaria. Solamente en el caso de las Enfermeras Especialistas. No, en ningún caso. 5.- Según lo previsto en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud, un/a Médico/a de Admisión y Documentación Clínica ¿puede prolongar voluntariamente su permanencia en el servicio activo, una vez alcanzada la edad de jubilación forzosa?: Hasta los 67 años. Hasta los 70 años, siempre que reúna la capacidad funcional necesaria. Solamente en el caso de ocupar un puesto de difícil cobertura. No, en ningún caso. 6.- ¿Cuál es el plazo de prescripción de las faltas disciplinarias establecidas en el Convenio Colectivo de aplicación a la Empresa Pública del Alto Guadalquivir?: Faltas leves: 10 días. Faltas graves: 20 días. Faltas muy graves: 60 días. Faltas leves: 20 días. Faltas graves: 30 días. Faltas muy graves: 60 días. Faltas leves: 20 días. Faltas graves: 30 días. Faltas muy graves: 60 días. Faltas leves: 30 días. Faltas graves: 60 días. Faltas muy graves: 90 días. 7.- Según lo dispuesto en los artículos 114 y 103 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, el plazo para interponer demanda de impugnación de sanción disciplinaria es: De dos meses. De un mes. De 30 días hábiles. De 20 días hábiles. 8.- De acuerdo con lo establecido en el art. 29 del Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad del 6 de junio de 2017, sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud a un/a candidato/a de bolsa temporal con nombramiento de larga duración le será ofertado un nuevo nombramiento de la misma categoría/especialidad de larga duración cuando: El/la aspirante lleve cuatro años en el momento de solicitar esta situación y haberlos desempeñado de forma ininterrumpida en el mismo centro y con el mismo nombramiento o con nombramientos consecutivos, sin interrupción entre uno y otro. El/la aspirante lleve cuatro años en el momento de solicitar esta situación y haberlos desempeñado de forma ininterrumpida en distinto centro y con el mismo nombramiento o con nombramientos consecutivos, con o sin interrupción entre uno y otro. El/la aspirante lleve cuatro años en el momento de solicitar esta situación y haberlos desempeñado de forma ininterrumpida en distinto centro y con el mismo nombramiento o con nombramientos consecutivos, sin interrupción entre uno y otro. El/la aspirante lleve cuatro años en el momento de solicitar esta situación y haberlos desempeñado de forma ininterrumpida en el mismo centro y con el mismo nombramiento o con nombramientos consecutivos, con o sin interrupción entre uno y otro. 9.- Cuando se produzca la extinción de la relación laboral de un/a profesional del SAS durante la situación de incapacidad temporal: El nombramiento se prolongará hasta la finalización de la baja médica, con abono de las retribuciones correspondientes por parte del Servicio Andaluz de Salud. El nombramiento finalizará en la fecha prevista y el profesional dejará de percibir retribuciones. El profesional deberá solicitar personalmente al INSS el pago directo de la incapacidad temporal. El centro responsable del profesional solicitará al INSS el pago directo de la incapacidad temporal. 10.- ¿Cómo se garantiza el cumplimiento del descanso mínimo semanal previsto en la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en la Directiva 203/88/CE a un facultativo del hospital que ha realizado una jornada complementaria de 24 horas en sábado?: Si descansa de manera ininterrumpida de 36 horas continuadas en el periodo de los 7 días posteriores a la realización de la jornada complementaria. Si descansa en el periodo de 14 días subsiguientes a la realización de la jornada complementaria dos módulos de 36 horas. Si descansa en el periodo de 14 días subsiguientes a la realización de la jornada complementaria 72 horas ininterrumpidas. Todas las anteriores son correctas. 11.- Un/a Celador/a de la unidad de hospitalización de salud mental del centro, en una maniobra de sujeción de un paciente ingresado es agredido por éste y sufre la rotura de sus gafas graduadas ¿Qué debe hacer para conseguir una compensación económica por el gasto de unas gafas nuevas?: Interponer una denuncia contra el paciente. Interponer una reclamación al Servicio Andaluz de Salud solicitando el abono. Interponer una reclamación a la compañía aseguradora del seguro de responsabilidad civil y patrimonial del Servicio Andaluz de Salud para estos supuestos, solicitando el abono. Comunicar la agresión a su cargo intermedio y a la Unidad de prevención de riesgos laborales del centro mediante un formulario cumplimentado y firmado de comunicación de agresión, tal y como establece el Plan de Prevención y Atención de Agresiones para los profesionales del SSPA. 12.- El Ayuntamiento de Dos Hermanas pretende ceder el uso de un bien inmueble de su titularidad, para su uso como centro de Atención Primaria del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla. La competencia para la suscripción de este convenio es: De la Subdirección de Tesorería (Dirección General de Gestión Económica y Servicios). De la Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla. De la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud. De la Dirección General de Gestión Económica y Servicios. |




