Tiro
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![]() Tiro Descripción: Tiro 2026 |



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El uso de armas de fuego tiene el objetivo de controlar la resistencia violenta agravada de una persona, siendo un arma de fuego el último recurso, y debe estar debidamente justificado, ser proporcional al nivel de agresión, y ser regresivo una vez que se haya neutralizado la resistencia violenta. Verdadero. Falso. Recordamos que entendemos como “USO RACIONAL DE LA FUERZA”. a las acciones de las fuerzas de seguridad que implican formas de coacción, tanto materiales como simbólicas, frente a quienes ponen en riesgo su propia vida o la integridad física de otras personas. a las acciones que involucran coacción, material o simbólica, por parte de las fuerzas de seguridad, contra quienes ponen en riesgo su vida, o la integridad física de otras personas. Medidas De Seguridad Y Prevención MEDIDAS CONDUCTUALES: Regla 2. Regla 3. Regla 4. Regla 1. Aparatos de puntería alineados con el blanco. objetivo - mira - foco - blanco. ojo - alza de mira - punto de mira - blanco. Durante el trabajo de polígono, mantengan siempre el arma con el cierre abierto, sin cargador y su cañón apuntando hacia los blancos. Verdadero. Falso. Seguridad en los tiradores Cada vez que se toma el arma para cualquier fin, debe ser apuntada en una dirección segura (en polígonos cerrados hacia la línea de blancos; en lugares abiertos y tierra, hacia el piso a 45°, abrir el mecanismo de acción y efectuar una comprobación triple (mecánica, visual y táctil). Verdadero. Falso. En la línea de tiro, las manos se mantienen tomadas por la espalda hasta tanto se dé una orden para manipular el arma. Usar siempre protector visual y auditivo mientras se realizan ejercicios con fuego real. Para limpieza y desarme también. La munición real sólo se permite en el polígono. No se permite en el aula u otras instalaciones de instrucción. Verdadero. Falso. Transporte: Las acciones deben estar abiertas, a menos que el arma esté en la funda, dedo fuera del arco guardamonte: *Revólver: Sin cartuchos, tambor abierto, empuñando hacia abajo, 45°. *Pistola: Sin cargador, acción abierta, empuñando hacia abajo, 45°. Verdadero. Falso. Entrega y recepción de armas Revólver: Sin cartuchos, tambor abierto dedo entre el mismo y el armazón, boca hacia arriba y se entrega por la empuñadura. Pistola: Sin cargador, acción abierta, boca hacia arriba y se entrega por la empuñadura. Verdadero. Falso. Seguridad en los instructores Voces de mando generales. "EXPLICACIÓN”. "¿ESTÁ LA LÍNEA CARGADA?". "LA LÍNEA ESTÁ CARGADA Y LISTA". Voces de mando en la línea de tiro: "DESENFUNDEN". "CARGUEN". “ARMEN”. "APUNTEN”. Voces de mando en la línea de tiro: “RECARGUEN”. “DESCARGUEN". Un disparo escapado es: Para el culpable. Para la víctima. Para la Unidad. Para la Policia. Para los medios. Para la sociedad. Medidas De Seguridad ANMAC. Durante el traslado. Durante la limpieza. En el polígono. Clasificación y Legislación de las armas de fuego ANMAC. ARMA. Arma de fuego. ¿Cómo se clasifican inicialmente las armas según su portabilidad?. Portátiles y no Portátiles. Cortas y largas. Automáticas y semiautomáticas. Las armas portátiles se dividen en dos grandes grupos: Armas Cortas: Pistolas, Revólveres y Pistolón. Armas Largas: Fusiles, Carabinas y Escopetas. Armas individuales cortas: pistolas y revólveres. Armas individuales largas: fusiles, carabinas y escopetas. Pistola: Arma de puño de uno o dos cañones de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón. La pistola puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática. (Definición Manual Miraf 2011). Arma corta con uno o dos cañones de ánima rayada, con recámara permanentemente alineada al eje del cañón. Revolver: Arma de puño, que posee una serie de recámaras en un cilindro o tambor giratorio montado coaxialmente con el cañón. El revólver puede ser de acción simple o de acción doble. Arma de mano con un sistema de tambor rotativo que contiene varias recámaras alineadas en el eje del cañón. Fusil: Arma larga con cañón rayado de longitud no mayor a 560 mm, tomando como referencia la distancia entre la recámara y la boca. Arma de hombro o larga cuyo cañón estriado supera los 560 mm de longitud medidos desde la recámara hasta la boca del cañón. Clasificación de Armas. Armas Cortas. Armas Largas. Carabina. Arma de hombro de características similares a la del fusil, cuyo cañón sobrepasa los 560 mm de longitud. Arma de hombro de características similares a la del fusil, cuyo cañón no sobrepasa los 560 mm de longitud. Seguridad en los tiradores. Voces de mando generales. ¿ESTÁ LA LÍNEA CARGADA?. Confirmación para el comienzo del ejercicio. Apresto para el comienzo del ejercicio. Se dan las características del ejercicio, tiradores de frente al blanco e instructor de espalda al mismo. Seguridad en los tiradores. Voces de mando generales. LA LÍNEA ESTÁ CARGADA Y LISTA. Confirmación para el comienzo del ejercicio. Apresto para el comienzo del ejercicio. Se dan las características del ejercicio, tiradores de frente al blanco e instructor de espalda al mismo. Escopetas: Es el arma de hombro de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones. Arma de hombro de características similares a la del fusil, cuyo cañón no sobrepasa los 560 mm de longitud. Armas según su sistema de disparo. Tiro a tiro:. Repetición. Armas según su sistema de disparo. Semiautomático. Automático. Armas según su tipo de acción. ARMAS DE SIMPLE ACCIÓN:. ARMA DE SIMPLE Y DOBLE ACCIÓN:. ARMAS DE ACCIÓN DOBLE:. Qué se busca con la práctica de recarga táctica?. Cambiar de arma rápidamente. No quedarse sin munición en medio de una amenaza. Aumentar la fuerza del disparo. Clasificación legal 1- Uso civil: cualquiera de ellos (tiro a tiro, de repetición y semiautomático) hasta el calibre 22 LR–largo o Long rifle incluido. 2- Guerra - uso civil condicional: los de calibre superior al anterior, por ejemplo,7,62 mm, .223Rem. 44 Mag, etc. en tanto y en cuanto no se encuadren en las armas establecidas en el decreto 64/95. Carabinas o fusiles. Escopetas. Clasificación Legal 1- Uso civil: las de carga tiro a tiro que tuvieran un largo de cañón medido de la boca a la recámara inclusive de 600 mm. ó más. 2- Guerra – Uso Civil Condicional: todas las que tuvieren su sistema de disparo semiautomático y las de carga tiro a tiro o repetición con cañones cuyo largo esté comprendido entre los 380 mm. y los 600 mm. 3- Guerra – Uso Prohibido: todas las escopetas cualquiera fuese su sistema de disparo, cuyos cañones sean inferiores a los 380 mm. (A excepción de las comprendidas en el artículo 5to. Inciso 1, apartado “C” del Dto. 395/75.). Carabinas o fusiles. Escopetas. Clasificación legal 1- Uso civil: de repetición o semiautomáticas, hasta el calibre .25 ó 6,35 mm.; Tiro a tiro hasta el calibre .32 ó 8,1mm. Excluidas en todos los casos las Magnum. 2- Guerra – Uso civil condicional: de repetición o semiautomáticas de calibres superiores al .25 o 6,35 mm, por ejemplo: 7,65mm. (.32 Auto), 9mm., 11.25 mm (.45 ACP), etc. Revolver. Pistolas. Pistolones de caza. Clasificación Legal 1- Uso civil: son aquellos tanto de simple como doble acción hasta el calibre .32 Plg., inclusive. Con exclusión de los tipos "Magnum". 2- Guerra – Uso civil condicional: son aquellos de simple o doble acción cuyo calibre es superior al .32 Plg. Por ejemplo: .38Spl, .357 Magnum, .44Plg, .45Plg, Etc. Pistolas. Revolver. Pistolones de caza. Clasificación Legal Son armas de puño, de ánima lisa, de uno o dos cañones, tiro a tiro, que se cargan normalmente con cartuchos conteniendo perdigones. Uso civil: todos los pistolones de caza de uno o dos cañones de carga tiro a tiro, calibres: 28 UAB, 32 UAB, 36 UAB o sus equivalentes. Pistola. Revolver. Pistolones de caza. Armas de uso prohibido - Las escopetas de calibre mayor a 28 UAB, cuya longitud de cañón sea inferior a los 380 mm. - Armas de fuego con silenciadores. - Armas de fuego o de lanzamiento disimuladas (lápices, estilográficas, cigarreras, bastones, etc.) - Munición de proyectil expansivo (con envoltura metálica sin punta y con núcleo de plomo hueco o deformable), de proyectil con cabeza chata, con deformaciones, ranuras o estrías capaces de producir heridas desgarrantes, en toda otra actividad que no sea la caza o el tiro deportivo. - Dispositivos adosados al arma para dirigir el tiro en la oscuridad, tales como miras infrarrojas o análogas. - Proyectiles envenenados. - Agresivos químicos letales. - Armas electrónicas de efectos letales. Verdadero. Falso. ¿Cuáles son los cuatro componentes básicos de un cartucho?. Bala o Punta, Vaina, Carga Impulsora (pólvora), Cápsula Iniciadora (fulminante). Vaina, disparador, cargador y cañón. ¿Qué función cumple el "Fulminante" en el cartucho?. Garantizar que el proyectil gire sobre su eje para mayor precisión. Contener una mezcla química sensible al golpe que inicia la deflagración de la pólvora. Producir la energía necesaria para empujar el proyectil por el cañón. El cartucho de escopeta generalmente está dotado por un conjunto de balas denominadas mostacillas, perdigones, postas o monopostas; estas últimas son las únicas. Estos conjuntos de balas pueden estar compuestas por diferentes tipos de materiales, ya sea plomo, acero, goma, etc. Verdadero. Falso. Se denomina calibre al diámetro del ánima del cañón. Verdadero. Falso. El calibre en Unidades Absolutas (UAB) (Escopetas -pistolones) Es la forma antigua de medición de los calibres, la cual consistía en contar el número de esferas de igual diámetro al interno del cañón de ánima lisa, que se puede hacer con una libra de plomo. Calibre real:. Calibre nominal:. En la República Argentina se aplica específicamente la legislación sobre el uso de armas de fuego “Ley Nacional de Armas y Explosivos". N° 25.429 del año 1973 y su Decreto Reglamentario Nro. 395/75. N° 20.429 del año 1973 y su Decreto Reglamentario Nro. 395/75. N° 22.492 del año 1973 y su Decreto Reglamentario Nro. 395/75. La Ley Nacional N° 27192 del año 2015, crea la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), la cual reemplazará al RE.N.AR. y” tendrá como misión la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos, 20.429. Verdadero. Falso. Clasificación de legítimo usuario. LEGÍTIMO USUARIO INDIVIDUAL:. LEGÍTIMO USUARIO COLECTIVO:. Clasificación de legítimo usuario. LEGÍTIMO USUARIO COMERCIAL:. LEGÍTIMO USUARIO COLECCIONISTA:. LEGÍTIMO USUARIO CINEGÉTICO:. Conceptos de transporte y portación de armas de fuego. Transporte de armas de fuego. Portación de armas de fuego. Credenciales. Credencial de legítimo usuario (USO CIVIL). Credencial de legítimo usuario (USO CIVIL CONDICIONAL). Tarjeta de Registro de Consumo de Munición Por cada calibre sobre el cual se haya solicitado la tenencia de un arma de fuego, deberá solicitarse la “Tarjeta Registro Consumo de Munición” a través del formulario. Ley N° 23.979 tipo 05,. Ley N° 20.979 tipo 02,. Tenencia de Uso Especial de Chaleco Balístico Para estar autorizado a su tenencia es necesario cumplimentar los requisitos de Legítimo Usuario de Armas de Fuego de uso civil condicional, su registro es similar al de cualquier arma. Se solicitará mediante un Formulario Ley Nro. 23.979 tipo 05, agregando un Formulario Ley Nro. 23.979 tipo 04 para el correspondiente dictamen. Verdadero. Falso. Documentación exigible a una persona que transporte un arma de fuego. DNI, CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO, CREDENCIAL DE PORTACIÓN, TENENCIA DEL ARMA, TARJETA DE REGISTRO DE CONSUMO DE MUNICIÓN. DNI, CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO, TENENCIA DEL ARMA, TARJETA DE REGISTRO DE CONSUMO DE MUNICIÓN (si posee munición). Documentación exigible a una persona que porta un arma de fuego legalmente. DNI, CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO, CREDENCIAL DE PORTACIÓN, TENENCIA DEL ARMA, TARJETA DE REGISTRO DE CONSUMO DE MUNICIÓN. DNI, CREDENCIAL DE LEGÍTIMO USUARIO, TENENCIA DEL ARMA, TARJETA DE REGISTRO DE CONSUMO DE MUNICIÓN (si posee munición). Pistola Ametralladora Fmk3. Arma automática para uso bimanual, con o sin apoyo en el cuerpo, con recámara fija y alineada de forma permanente con el cañón. El arma de fuego automática, diseñada para ser empleada con ambas manos apoyada o no en el cuerpo, que posee una recámara alineada permanentemente con el cañón. Arma automática diseñada para ser operada con ambas manos, con o sin apoyo corporal, cuya recámara permanece alineada con el cañón. LA FMK 3 SE PRESENTA EN DOS VERSIONES: Culatín Rígido y Culatín Extensible, posee un cierre no calzado (block abierto), el calibre es 9x19 mm y está inspirada en la V.Z 23, Checoslovaca, Longitud total del arma (culatín extendido) 690 mm, Longitud del cañón 290 mm, Capacidad del cargador 25 y 40 cartuchos. Verdadero. Falso. FMK 3. SEGURO AUTOMÁTICO O DIRECTO. SEGURO INDIRECTO O MANUAL. MANIOBRABILIDAD FMK 3 Todas las operaciones están previstas, para ser realizadas con la mano izquierda Cargar, Armar, Poner Seguro. Verdadero. Falso. F.M.K 4 Externamente es fácilmente reconocida por contar con una culata rígida de resina sintética de color negro. Internamente además se observa que el diente de armar del block está elaborado en una sola pieza a diferencia del que tiene la F.M. K3 que es una pieza independiente sujeta por un perno. Verdadero. Falso. F.M.K 5 Se trata de un modelo similar al F.M. K3, pero puede disparar únicamente en tiro semiautomático. Falso. Verdadero. La Escopeta Hatsan modelo Escort calibre 12/76 o (3pulg.) De origen TURCO es un arma larga o de hombro, de cañón liso, en la que el ciclo de carga y descarga la efectúa el tirador por medio de un mecanismo (chimaza), alimentado por un almacén cargador y su finalidad principal es el disparo de cartuchos con perdigones. Capacidad de tubo almacén 7 cartuchos + 1 recamara. Verdadero. Falso. Fusil Automático Liviano. (FAL) Su historia comenzó en 1946 diseñado por el ingeniero SAIVE. CALIBRE 7.62 X 51 mm, CAPACIDAD DEL CARGADOR 20 CARTUCHOS. Verdadero. Falso. Legítima Defensa ARTÍCULO 34.- No son punibles: 6º. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias. Agresión ilegítima; Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. Ataque ilegítimo; Necesidad del medio utilizado para impedirlo o repelerlo de forma racional; Carencia de provocación suficiente del defensor. Agresión injusta; Empleo racional del medio para neutralizarla; Falta de provocación suficiente del sujeto que se defiende. Si bien existen condiciones taxativas que deben respetarse, no existe una doctrina institucional sobre el uso de la fuerza. El sentido común y el buen criterio nos llevan a derivar de la norma, cuatro elementos necesarios para considerar antes de hacer uso de la fuerza: ● Aptitud (del agresor para matar / lesionar). ● Distancia (suficiente desde donde el agresor mata / lesiona). ● Peligro inminente (creado por el agresor para matar / lesionar). ● Exclusión de otra solución razonable (siendo el uso de fuerza la única y última opción). Verdadero. Falso. Aquí surge la necesidad inderivable de hablar sobre PELIGRO INMINENTE, el que existirá cuando hay tal apariencia de amenaza o lesión inmediata que pone a una persona razonable en actitud de defensa instantánea. Requiere tres elementos de parte del agresor: Oportunidad inmediata: condiciones de lugar, distancia y tiempo que permiten causar muerte o lesiones. Capacidad inmediata: aptitud y medios disponibles para provocar daño. Intención manifiesta: conducta o acción iniciada con finalidad de matar o lesionar. Oportunidad actual/inmediata: lugar, distancia y momento para matar/ lesionar. Capacidad actual/inmediata: aptitud y medios para matar / lesionar. Intención manifiesta: actitud o movimiento iniciado para matar / lesionar. Uso de la fuerza: Modelo 1 “Niveles de Respuesta” Nivel 1 - Presencia (sin consecuencia física). Nivel 2 - Órdenes verbales (sin consecuencia física). Nivel 3 - Control físico sin arma (incapacitación temporaria – lesión leve). Nivel 4 - Uso de arma contundente (incapacitación temporaria – lesión leve). Nivel 5 - Uso de arma química (incapacitación temporaria – lesión leve). Nivel 6 - Uso de arma de fuego (lesión leve - grave - gravísima - muerte). Verdadero. Falso. Uso de la fuerza: Modelo 2 “Respuesta por Control Continuo” Es la fuerza progresiva aplicable al control del sospechoso, entre opciones de respuestas, de acuerdo a la actitud o acción del mismo: ➢ Control Presencial ➢ Control sin arma ➢ Control con Arma Contundente ➢ Control con Arma de Fuego. Verdadero. Falso. Uso de la fuerza: Modelo 3 “Técnicas de Respuesta”. Técnicas de comunicación. Técnicas de control. Técnicas defensivas. - Art. 274: “El funcionario público que, faltando a la obligación de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes, será reprimido con inhabilitación absoluta de seis meses a dos años, a menos que pruebe que su omisión provino de un inconveniente insuperable.”. Verdadero. Falso. La policía para el uso de la fuerza se basa en los siguientes principios: Legitimidad Exigencia Equilibrio Moral. Legalidad Necesidad Proporcionalidad Ética. Los funcionarios que se nieguen a obedecer una orden ilícita de uso de la fuerza o de armas de fuego, no serán objeto de ninguna sanción penal o disciplinaria. Verdadero. Falso. Uso progresivo de la fuerza por la Policía Para aplicar el uso de la fuerza, la policía debe realizar una labor ética y lícita, la misma que está basada en los siguientes principios fundamentales: El respeto y el cumplimiento de la ley El respeto de la dignidad de la persona humana El respeto y la protección de los derechos humanos. La observancia y el acatamiento de la ley La consideración de la dignidad humana La tutela de los derechos humanos. El uso progresivo de la fuerza por parte de la policía, es la selección adecuada de opciones de fuerza en respuesta al nivel de agresividad del sospechoso, en una secuencia lógica y legal de causa y efecto. Consiste en la evaluación de tres situaciones: 1. Sumisión del sospechoso, 2. Percepción del riesgo, 3. Niveles de fuerza. Verdadero. Falso. Recordamos que entendemos como “USO RACIONAL DE LA FUERZA" a: Las intervenciones que implican el uso de coacción, ya sea material o simbólica, por parte de las fuerzas de seguridad frente a personas que ponen en peligro su vida o la integridad física de terceros. Procedimientos que incluyen el ejercicio de coacción, material o simbólica, por parte del personal de seguridad ante situaciones que comprometen la vida o integridad física de las personas. Las acciones que involucran coacción, material o simbólica, por parte de las fuerzas de seguridad, contra quienes ponen en riesgo su vida, o la integridad física de otras personas. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. En el artículo 3. En el artículo 5. En el artículo 8. Protocolo para el uso progresivo de la fuerza. Resoluciones Ministeriales Nro. 2037/2025 y 2171/25. Resoluciones Ministeriales Nro. 2237/2025 y 2871/25. Cuadro de Niveles. Nivel 1: Cooperación activa - Se siguen indicaciones - Presencia, escucha activa, comunicación - Recoger datos Nivel 2: Cooperación Pasiva - Intimidación verbal o física hacia un tercero - Comunicación proactiva - Se mantiene la distancia Nivel 3: Resistencia pasiva - Intimidación verbal o física hacia un agente - Fuerza de traslado Nivel 4: Resistencia Activa - Violación del espacio personal o contacto físico - Fuerza de contención Nivel 5: Ataque al agente o a un tercero - Acometimiento con contacto físico - Fuerza defensiva. Nivel 1: Cooperación activa – Acata indicaciones – Presencia y comunicación – Obtención de información. Nivel 2: Cooperación pasiva – Intimidación hacia terceros – Comunicación activa – Control de distancia. Nivel 3: Resistencia pasiva – Intimidación hacia el agente – Aplicación de técnicas de traslado. Nivel 4: Resistencia activa – Invasión del espacio personal o contacto físico – Técnicas de contención. Nivel 5: Agresión – Ataque al agente o terceros – Contacto físico directo – Uso de fuerza defensiva. ARTÍCULO 15: Uso de cartucho en recámara. Su autorización estará limitada a situaciones excepcionales, en las que se verifiquen de forma concurrente las siguientes condiciones: * Riesgo inminente para la vida o integridad física * Intervenciones en zonas de alta peligrosidad * Custodia de objetivos sensibles o de alto valor * Operativos con información previa de presencia de armas * Cuando el agente esté aislado o sin apoyo inmediato. Verdadero. Falso. Las palabras claves de la aplicación de la ley tienen que ser negociación, mediación, persuasión y resolución de conflictos. Verdadero. Falso. El uso de armas de fuego tiene el objetivo de: Gestionar la resistencia violenta agravada de un individuo, empleando el arma de fuego únicamente como último recurso, debidamente fundamentado, proporcional al grado de agresión y cesando su uso una vez neutralizada la amenaza. Controlar la resistencia violenta agravada de una persona, siendo un arma de fuego el último recurso y debe estar debidamente justificado, ser proporcional al nivel de agresión, y ser regresivo una vez que se haya neutralizado la resistencia violenta. Afrontar la resistencia violenta de alta intensidad, considerando el uso del arma de fuego como última instancia, bajo criterios de legalidad, proporcionalidad y progresividad en su aplicación. ¿Cuál es la secuencia correcta en el uso progresivo de la fuerza?. Control físico, uso de armas de fuego, presencia física. Presencia física, medios no violentos, control físico, armas no letales, armas de fuego. Uso de armas no letales, control físico, presencia física. ARTÍCULO 6°: Asimetría de la fuerza Asimetría física, Asimetría numérica, Asimetría mediata, Asimetría Inicial, Asimetría Sobrevenida. Verdadero. Falso. ARTÍCULO 10: Graduación del uso de la fuerza. El uso de la fuerza se gradúa conforme a los siguientes niveles, que deberán ser aplicados en forma progresiva y proporcional a la situación: a) Presencia disuasiva b) Comunicación verbal c) Control físico moderado d) Uso de armas de menor letalidad e) Uso de armas potencialmente letales. Verdadero. Falso. ARTÍCULO 12: Letalidad en los medios. La letalidad constituye una característica intrínseca de los medios empleados en el uso de la fuerza, y puede clasificarse en tres (3) niveles de letalidad: a) baja, b) media, c) alta. Verdadero. Falso. |




