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Título 1 del VIII Convenio Colectivo

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Título del Test:
Título 1 del VIII Convenio Colectivo

Descripción:
Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la JCCM

Fecha de Creación: 2021/07/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

Valoración:(1)
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Son partes firmantes del Convenio. la Administración de la JCCM. las siguientes Organizaciones Sindicales: CCOO de CLM, Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de la UGT de CLM, CSIF y Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de CLM. ambas son correctas. ninguna lo es.

El presente convenio colectivo establece y regula las normas por las que se rigen las condiciones de trabajo. del personal laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. del personal laboral de los organismos autónomos dependientes de la JCCM. del personal laboral del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. todas son correctas.

Se entiende por personal laboral. toda trabajadora o todo trabajador que manteniendo relación jurídico-laboral con la Administración de la JCCM, cualquiera que sea su duración, preste sus servicios en el desempeño de las actividades propias de los centros de trabajo dependientes de la misma. todo trabajador que manteniendo relación laboral con la Administración de la JCCM, cualquiera que sea su duración, preste sus servicios en el desempeño de las actividades propias de los centros de trabajo dependientes de la misma. toda trabajadora o todo trabajador que manteniendo relación jurídico-laboral con la Administración de la JCCM, siendo su duración determinada, preste sus servicios en el desempeño de las actividades propias de los centros de trabajo dependientes de la misma. todo trabajador que manteniendo relación laboral con la Administración de la JCCM, cualquiera que sea su duración, preste sus servicios en el desempeño de las actividades propias de los centros de trabajo dependientes de la misma.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal de alta dirección, de acuerdo con el artículo 2.1.a) del Estatuto de los Trabajadores y demás normas legales de aplicación. El personal laboral contratado en el extranjero o que preste sus servicios en el extranjero. El personal becario o de colaboración social y cualquier otro personal sometido a prestación de servicios no estrictamente laboral. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El profesorado de religión dependiente de la Consejería competente en materia educativa. El personal comprendido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El personal laboral que preste sus servicios en instituciones sanitarias dependientes del Servicio de Salud de CLM. No obstante, el presente convenio colectivo sí será de aplicación al personal laboral que, prestando sus servicios en dichas instituciones, y habiendo sido objeto de un proceso de integración desde organismos dependientes de la Administración de la JCCM, no se haya integrado en el régimen jurídico aplicable al personal estatutario de las citadas instituciones sanitarias. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal cuya relación de servicios se derive de un contrato regulado por la normativa de contratación administrativa. El personal comprendido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El personal laboral que preste sus servicios en las entidades del sector público regional no citadas expresamente en el párrafo primero del apartado 1. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal cuya relación de servicios se derive de un contrato regulado por la normativa de contratación administrativa. El personal contratado por la Administración de la JCCM al amparo de convenios suscritos con otras entidades públicas o privadas u organismos internacionales, que se regirá por lo dispuesto en los mismos, o, salvo aquellas partes a las que expresamente se remitan dichos convenios, sin que el tiempo de servicios prestados pueda en ningún caso ser tomado en consideración como mérito para el acceso a la función pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El personal laboral que preste sus servicios en las entidades del sector público regional no citadas expresamente en el párrafo primero del apartado 1. Son todas correctas.

El presente convenio colectivo será de aplicación. en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. en aquel otro territorio en el que deba prestar sus servicios el personal al que le es de aplicación el presente convenio colectivo. ambas son correctas. ninguna es correcta.

El presente convenio colectivo entrará en vigor. el día 10 de octubre de 2017 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. el día 10 de octubre de 2018 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. el día 9 de octubre de 2017 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. el día 9 de octubre de 2018 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

La Administración y cualquiera de las organizaciones sindicales legitimadas para negociar el convenio colectivo podrá denunciar el mismo con una antelación mínima de. 3 meses a la fecha de expiración de su vigencia, y la denuncia deberá efectuarse por comunicación escrita fehaciente a la otra parte. 4 meses a la fecha de expiración de su vigencia, y la denuncia deberá efectuarse por comunicación escrita fehaciente a la otra parte. 2 meses a la fecha de expiración de su vigencia, y la denuncia deberá efectuarse por comunicación escrita fehaciente a la otra parte. 10 días a la fecha de expiración de su vigencia, y la denuncia deberá efectuarse por comunicación escrita fehaciente a la otra parte.

La Administración y cualquiera de las organizaciones sindicales legitimadas para negociar el convenio colectivo podrá denunciar el mismo con una antelación mínima de. 3 meses a la fecha de expiración de su vigencia, constituyéndose en el plazo de un mes a partir de la recepción de la comunicación, la correspondiente Comisión Negociadora. 2 meses a la fecha de expiración de su vigencia, constituyéndose en el plazo de 2 meses a partir de la recepción de la comunicación, la correspondiente Comisión Negociadora. 3 meses a la fecha de expiración de su vigencia, constituyéndose en el plazo de otros 3 meses a partir de la recepción de la comunicación, la correspondiente Comisión Negociadora. 4 meses a la fecha de expiración de su vigencia, constituyéndose en el plazo de un mes a partir de la recepción de la comunicación, la correspondiente Comisión Negociadora.

En relación con la denuncia del Convenio, es correcto. Denunciado, se entenderá prorrogado en todo su contenido hasta la entrada en vigor del que lo sustituya. En defecto de denuncia, quedará prorrogado en todo su contenido por periodos anuales sucesivos. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

Es correcto. El presente convenio colectivo forma un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación, será considerado globalmente. Las condiciones de toda índole pactadas en el presente convenio colectivo compensan y sustituyen a todas las existentes en el VII convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la JCCM, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación, salvo las excepciones que se contemplan en el mismo. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

Es correcto. Si todo el articulado fuese anulado por los Tribunales de Justicia las partes procederán a negociar un nuevo convenio colectivo. Hasta la vigencia del nuevo convenio colectivo se aplicará el anterior. Cuando la anulación fuese parcial se negociará la parte anulada manteniéndose vigente el resto del convenio colectivo. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

Son partes firmantes del Convenio. la Administración de la JCCM y CCOO de Castilla-La Mancha, exclusivamente. la Administración de la JCCM y las siguientes organizaciones sindicales: Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de la UGT de Castilla-La Mancha, CSIF y Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha. ambas son correctas. ninguna lo es.

El presente convenio colectivo establece y regula las normas por las que se rigen las condiciones de trabajo. del personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. del personal de los organismos autónomos dependientes de la JCCM. del personal laboral del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. todas son correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal de alta dirección, de acuerdo con el artículo 2.1.a) del Estatuto de los Trabajadores y demás normas legales de aplicación. El personal laboral contratado en la Unión Europea o que preste sus servicios en cualquiera de sus estados miembros. El personal becario o de colaboración social y cualquier otro personal sometido a prestación de servicios estrictamente laboral. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El profesorado de religión independiente de la Consejería competente en materia educativa. El personal comprendido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El personal laboral que preste sus servicios en instituciones sanitarias independientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal cuya relación de servicios se derive de un contrato regulado por la normativa de patrimonio de las Administraciones Públicas. El personal no comprendido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El personal laboral que preste sus servicios en las entidades del sector público regional no citadas expresamente en el párrafo primero del apartado 1. Son todas correctas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio colectivo. El personal cuya relación de servicios se derive de un contrato regulado por la normativa de contratación administrativa. El personal contratado por la Administración de la JCCM al amparo de convenios suscritos con otras entidades públicas o privadas u organismos internacionales, que se regirá por lo dispuesto en los mismos, salvo aquellas partes a las que expresamente se remitan dichos convenios, siendo el tiempo de servicios prestados tomado en consideración como mérito para el acceso a la función pública de la Administración de la JCCM. El personal que preste sus servicios en las entidades del sector público regional no citadas expresamente en el Convenio. Son todas correctas.

El presente convenio colectivo será de aplicación. en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, exclusivamente. en aquel otro territorio en el que deba prestar sus servicios el personal al que le es de aplicación el presente convenio colectivo. ambas son correctas. ninguna es correcta.

En relación con la denuncia del Convenio, es correcto. Denunciado, se entenderá prorrogado en todo su contenido hasta la entrada en vigor del que lo sustituya. En defecto de denuncia, quedará prorrogado en todo su contenido por periodos trimestrales sucesivos. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

Es correcto. El presente convenio colectivo forma un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación, será considerado unitariamente. Las condiciones de toda índole pactadas en el presente convenio colectivo compensan y sustituyen a todas las existentes en el VII convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cualquiera que sea su naturaleza, origen o denominación, salvo las excepciones que se contemplan en el mismo. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

Es correcto. Si todo el articulado fuese anulado por las partes firmantes las partes procederán a negociar un nuevo convenio colectivo. Hasta la vigencia del nuevo convenio colectivo se aplicará el anterior. Cuando la anulación fuese parcial se negociará la parte anulada manteniéndose vigente el resto del convenio colectivo. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.

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