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TITULO I LEY 5/1983

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Título del Test:
TITULO I LEY 5/1983

Descripción:
preguntas sobre el Presidente de la Generalitat SIN TERMINAR

Fecha de Creación: 2026/08/31

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 11

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Art. 1. El President de la Generalitat: que también lo es del Consell, dirige la acción del Consell, coordina las funciones de éste y ostenta la más alta representación de la Comunitat Valenciana, así como la ordinaria del Estado en ésta. que también lo es de Les Corts, dirige además, la acción del Consell, coordina las funciones de éste y ostenta la más alta representación de la Comunitat Valenciana, así como la ordinaria del Estado en ésta. que también lo es del Consell, dirige la acción de Les Corts, coordina las funciones de estas y ostenta la más alta representación de la Comunitat Valenciana, así como la ordinaria del Estado en ésta. que también lo es del Consell, dirige la acción del Consell, coordina las funciones de éste y ostenta la más alta representación de la Comunitat Valenciana, así como la extraordinaria del Estado en ésta.

En relación con la elección del President de la Generalitat, el art 2 no establece que. El President de la Generalitat será elegido por Les Corts de entre sus miembros y nombrado por el Rey. En todo momento se atenderá para su elección a lo que regula el Estatut d’Autonomia, la presente Ley y el Reglamento de Les Corts. Después de cada renovación de Les Corts, y en los otros casos en los que así proceda, el Presidente de Les Corts, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá un candidato a la presidencia de la Generalitat, dando prioridad a aquel que en las consultas realizadas haya obtenido mayor apoyo por parte de los grupos políticos. El candidato propuesto, conforme a lo previsto en el apartado anterior, expondrá ante Les Corts el programa político de gobierno del Consell que pretende formar y solicitará la confianza de la Cámara. El debate se desarrollará en la forma que determine el Reglamento de Les Corts. Para la elección hace falta la mayoría absoluta de los miembros de derecho de Les Corts en primera votación. Si no se logra esta mayoría, la votación se repetirá setenta y dos horas después y será suficiente la mayoría simple para ser elegido.

En relación con la elección del Presidente de la Generalitat, el art 2 tampoco establece: Si efectuadas las mencionadas votaciones no se otorgara la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores, atendiendo al resto de los candidatos presentados y a los criterios establecidos en el apartado 2 de este artículo. El Presidente de Les Corts podrá, en su caso, retomar la ronda de consultas. Si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato obtuviera la confianza de Les Corts, el President de la Generalitat disolverá la Cámara y convocará nuevas elecciones. Se procederá nuevamente a la elección del President de la Generalitat de acuerdo con el procedimiento establecido por el presente artículo en los casos de renuncia, dimisión, incapacidad, defunción o pérdida de la cuestión de confianza.

Art. 3. Elegido el President de la Generalitat, el Presidente de Les Corts lo comunicará al Rey, a los efectos de su nombramiento. Dicho nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» en el plazo de diez días. Dicho nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» en el plazo de quince días. Dicho nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» en el plazo de veinte días. Dicho nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» en el plazo de treinta días.

¿Cuándo comenzará el President electo a ejercer sus funciones?. A partir del día de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de su nombramiento por el Rey. El mismo día de la elección. A partir del día de la publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» de su nombramiento por el Rey.

Art. 5. El President de la Generalitat deberá prometer o jurar acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana en las primeras Corts a celebrar en Valencia tras su nombramiento por el Rey. En las mismas efectuará una «Proposición» de su programa de gobierno que será objeto de debate. verdadero. falso.

Señala la incorrecta. El cargo de President de la Generalitat es incompatible con el ejercicio de cualquier otra función pública que no derive del ejercicio de su cargo, excepto la de Diputado de Les Corts; también es incompatible con cualquier actividad profesional o mercantil. El President de la Generalitat es responsable políticamente ante Les Corts. Corresponde al President de la Generalitat, en su condición de representante ordinario del Estado en la Comunitat Valenciana, promulgar, en nombre del Rey, las Leyes de la Generalitat y disponer lo necesario para su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana», en el plazo de diez días de su aprobación, y en el «Boletín Oficial del Estado».

Art. 8. El President de la Generalitat cesa por las siguientes causas: señala las incorrectas. Por renovación de Les Corts a consecuencia de unas elecciones autonómicas. En los casos de denegación de una moción de censura. En los casos de aprobación de una cuestión de confianza. Por dimisión o renuncia,. Por pérdida de la condición de Diputado de Les Corts. Por incompatibilidad declarada por Les Corts y no subsanada en el plazo de diez días. Por incapacidad permanente declarada por el Tribunal Superior de Justicia. Por fallecimiento.

Según el art 8 el President de la Generalitat continuará sus funciones hasta que, producida la nueva elección estatutaria del President: se publique su nombramiento por el Rey en el «Boletín Oficial del Estado». el día siguiente a la publicación de su nombramiento por el Rey en el «Boletín Oficial del Estado». se le otorgue la confianza a su programa.

En los supuestos de incapacidad y fallecimiento asumirá las funciones del President de la Generalitat. en cuanto más alto representante de la Comunitat Valenciana y ordinaria del Estado. President del Consell. Si no hubiera Vicepresidentes.

Art. 9. El President de la Generalitat gozará de las siguientes prerrogativas: señala la incorrecta. Tratamiento de honorable. Que le sean rendidos los honores que, en razón a la dignidad de su cargo, le corresponda, con arreglo a lo que establezcan las normas vigentes en la materia. Presidir todos los actos celebrados en el territorio de la Comunitat Valenciana a los que concurra, salvo lo dispuesto en la legislación del Estado. Utilizar la bandera de la Comunitat Valenciana como guión.

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