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Título VI Código Penal

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Título del Test:
Título VI Código Penal

Descripción:
Delitos contra la libertad

Fecha de Creación: 2026/04/11

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 23

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Temario:

El particular que encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad, será castigado: Prisión de 5 a 8 años. Prisión de 4 a 6 años. Prisión de 6 a 10 años. Prisión de 2 a 5 años.

En qué artículo se encuentra el particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad: Artículo 163.3. Artículo 164. Artículo 163.1. Artículo 165.

Si el culpable diera libertad al encerrado o detenido dentro de los 3 primeros días: Habiendo logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado. Sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena en su mitad inferior. Habiendo logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena en su mitad superior. Sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado.

En qué artículo viene cuando el culpable da libertad al encerrado o detenido dentro de los tres primeros días de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto: Art. 163.1. Art. 164. Art. 163.2. Art. 163.3.

Cuando el encierro haya durado más de 15 días, se impondrá: Pena de prisión de 5 a 8 años. Pena de prisión de 4 a 6 años. Pena de prisión de 6 a 10 años. Prisión de 2 a 5 años.

En qué artículo viene cuando el encierro dure más de 15 días: Art. 163.2. Art. 163.3. Art. 164. Art. 165.

El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado: Multa de 3 a 9 meses. Multa de 1 a 3 meses. Multa de 3 a 6 meses. Multa de 3 meses a 1 año.

En qué artículo viene el particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad: Art. 163.3. Art. 164. Art. 163.4. Art. 165.

Secuestro de una persona exigiendo alguna condición para ponerla en libertad: Prisión de 4 a 6 años. Prisión de 5 a 8 años. Prisión de 10 a 15 años. Prisión de 6 a 10 años.

Si en el secuestro se hubiera dado la circunstancia del artículo 163.3: Prisión de 10 a 15 años. Mitad superior. Inferior en grado. Superior en grado.

Si en el secuestro se diesen las condiciones del artículo 163.2: Mitad superior. Superior en grado. Inferior en grado. Mitad inferior.

Artículo del Secuestro. 163. 164. 165. 166.

Los agravantes de los artículos 163 y 164 viene en el artículo. 166. 165. 167. 168.

Las penas de los artículos 163 y 164 se impondrán en _________ si se ha ejecutado con simulación de autoridad o función pública, o la víctima fuere menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial protección o funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Superior en grado. Superior en 1 o 2 grados. Mitad superior. Superior en 2 grados.

El reo de detención ilegal que no dé razón del paradero de la persona detenida será castigado: Prisión de 5 a 8 años. Prisión de 10 a 15 años. Prisión de 15 a 20 años. Prisión de 4 a 6 años.

El reo de secuestro que no dé razón del paradero de la persona detenida será castigado: Prisión de 10 a 15 años. Prisión de 2 a 5 años. Prisión de 15 a 20 años. Prisión de 15 a 25 años.

El reo de detención ilegal que no dé razón del paradero de una víctima menor de edad, será castigado: Prisión de 15 a 20 años. Prisión de 20 a 25 años. Prisión de 10 a 15 años. Prisión de 5 a 8 años.

El reo de secuestro que no dé razón del paradero de la víctima y hubiera llevado a cabo el secuestro con la intención de atentar contra la libertad o la indemnidad sexual de la víctima, será castigado: Prisión de 10 a 15 años. Prisión de 15 a 20 años. Prisión de 20 a 25 años. Prisión de 5 a 8 años.

El reo de detención ilegal o secuestro que no dé razón del paradero de la persona detenida se castiga en el artículo: 166.1. 166.2. 167.1. 165.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la ley, y sin mediar causa por delito, cometiere alguno de los hechos descritos en este Capítulo, será castigado: Con las penas respectivamente previstas en éstos, superior en uno o dos grados. Con las penas respectivamente previstas en éstos, inferior en grado. Con las penas respectivamente previstas en éstos, en su mitad superior, pudiendo llegar hasta superior en grado. Con las penas respectivamente previstas en éstos, en su mitad inferior, pudiendo llegar hasta inferior en grado.

En qué artículo se castigan los actos preparatorios previstos en el Capítulo I. 169. 167. 170. 168.

El capítulo I del Título VI trata de: El homicidio y sus formas. Lesiones. Amenazas. Delitos contra la libertad.

El capítulo II del Título VI trata de: Delitos contra la libertad. Las amenazas. Homicidio y sus formas. Lesiones.

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