Títulos valores-Reales-Prescripción
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Título del Test:
![]() Títulos valores-Reales-Prescripción Descripción: Derecho Internacional Privado |



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ARTICULO 2658 CCyC.- Jurisdicción. son competentes para conocer de las controversias que se susciten en materia de títulos valores. Los jueces del Estado donde la obligación debe cumplirse o los del domicilio del demandado, a opción del actor,. Los jueces del domicilio del banco girado o los del domicilio del demandado. En materia de cheques son competentes. Los jueces del Estado donde la obligación debe cumplirse o los del domicilio del demandado, a opción del actor,. Los jueces del domicilio del banco girado o los del domicilio del demandado. ARTICULO 2659.- Forma. La forma del giro, del endoso, de la aceptación, del aval, del protesto y de los actos necesarios para el ejercicio o para la conservación de los derechos sobre títulos valores. se sujetan a la ley del Estado en cuyo territorio se realiza dicho acto. se sujetan a la ley del Estado en donde la obligación debe cumplirse. se sujetan a la ley del domicilio del demandado. ARTICULO 2660.- Derecho aplicable. Las obligaciones resultantes de un título valor. se rigen por la ley del lugar en que fueron contraídas. se rige por la ley del lugar en que la prestación debe ser cumplida. se rige por la ley del lugar de emisión del título. Si una o más obligaciones contraídas en un título valor son nulas según la ley aplicable, dicha nulidad no afecta otras obligaciones válidamente contraídas de acuerdo con la ley del lugar en que han sido suscriptas. Verdadero. Falso. Si no consta en el título valor el lugar donde la obligación cartular fue suscripta, ésta se rige. por la ley del lugar en que la prestación debe ser cumplida; y si éste tampoco consta, por la del lugar de emisión del título. por la ley del lugar en que la prestación debe ser cumplida. ARTICULO 2661 CCyC.- Sustracción, pérdida o destrucción. La ley del Estado donde el pago debe cumplirse determina las medidas que deben adoptarse en caso de hurto, robo, falsedad, extravío, destrucción o inutilización material del documento. Si se trata de títulos valores emitidos en serie, y ofertados públicamente, el portador desposeído debe cumplir con las disposiciones de la ley del domicilio del emisor. Verdadero. Falso. ARTICULO 2662.- Cheque. La ley del domicilio del banco girado determina: a) su naturaleza; b) las modalidades y sus efectos; c) el término de la presentación;. a) las personas contra las cuales pueda ser librado; b) si puede girarse para “abono en cuenta”, cruzado, ser certificado o confirmado, y los efectos de estas operaciones; c) los derechos del tenedor sobre la provisión de fondos y su naturaleza;. a)si el tenedor puede exigir o si está obligado a recibir un pago parcial; b) los derechos del librador para revocar el cheque u oponerse al pago; c) la necesidad del protesto u otro acto equivalente para conservar los derechos contra los endosantes, el librador u otros obligados;. a)las medidas que deben tomarse en caso de robo, hurto, falsedad, extravío, destrucción o inutilización material del documento; y b) en general, todas las situaciones referentes al pago del cheque. Todas son correctas. ARTICULO 2663 CCyC.- Calificación. La calidad de bien inmueble se determina por la ley del lugar de su situación. por la ley del lugar de su situación. por la ley del lugar de la celebración del acto. ARTICULO 2664 CCyC.- Jurisdicción. Acciones reales sobre inmuebles. Los jueces competentes para entender en las acciones reales sobre dichos bienes. Son los jueces del Estado en que están situados los inmuebles. Son los jueces del Estado en que se realiza la acción. ARTICULO 2665 CCyC.- Jurisdicción. Acciones reales sobre bienes registrables. Los jueces del Estado en el que fueron registrados los bienes son competentes. Los jueces del Estado en el que se celebró el acto. ARTICULO 2666. CCyC- Jurisdicción. Acciones reales sobre bienes no registrables. Los jueces del domicilio del demandado o del lugar de situación de los bienes no registrables son competentes para entender en las acciones reales sobre dichos bienes. Los jueces del domicilio del demandado. Los jueces del lugar de situación de los bienes no registrables. ARTICULO 2667 CCyC.- Derecho aplicable. Los derechos reales sobre inmuebles. se rigen por la ley del lugar de su situación. se rigen por la ley del domicilio del demandado. Los contratos hechos en un país extranjero para transferir derechos reales sobre inmuebles situados en la República, tienen la misma fuerza que los hechos en el territorio del Estado, siempre que consten en instrumentos públicos y se presenten legalizados. Verdadero. Falso. ARTICULO 2668 CCyC.- Derecho aplicable sobre bienes registrables. Los derechos reales sobre bienes registrables. se rigen por el derecho del Estado del registro. se rigen por el domicilio del demandado. ARTICULO 2669 CCyC.- Los derechos reales sobre muebles que tienen situación permanente y que se conservan sin intención de transportarlos. se rigen por el derecho del lugar de situación en el momento de los hechos sobre los que se plantea la adquisición, modificación, transformación o extinción de tales derechos. se rigen por el derecho del lugar de celebración donde se plantea la adquisición, modificación, transformación o extinción de tales derechos. ARTICULO 2670. CCyC- . Los derechos reales sobre los muebles que el propietario lleva siempre consigo o los que son de su uso personal, esté o no en su domicilio, como también los que se tienen para ser vendidos o transportados a otro lugar. se rigen por el derecho del domicilio de su dueño. Si se controvierte o desconoce la calidad de dueño, se aplica el derecho del lugar de situación. se rigen por el derecho del domicilio de su dueño. se rigen por el derecho del lugar de situación. La prescripción se rige. por la ley que se aplica al fondo del litigio. por la ley del lugar donde la prestación debe ser cumplida. |




