TM SC XIV
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Título del Test:![]() TM SC XIV Descripción: EBEP y ley 1 de 1986 de Función Publica de CM |




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En base a la ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, la jubilación de los funcionarios de la CM se declarará con carácter forzoso: La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y cinco años de edad, no obstante, se podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo como máximo hasta que se cumplan setenta años de edad. La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y siete años de edad, no pudiendo prolongarse. Cuando el funcionario cumpla la edad establecida en la normativa de desarrollo de la propia Ley de Función Pública de la Comunidad de Madrid. Todas son erróneas. Las vacaciones retribuidas de los funcionarios de la Comunidad de Madrid durante cada año completo de servicio activo serán de: Un mes. 30 días. 22 días hábiles, contando sábados y excluyendo domingo. 22 días hábiles, sin contar sábados y domingos. Los cuerpos y escalas de funcionarios. Se clasifican en puestos de trabajo jerarquizados que determinan las funciones de los miembros que los ocupan. Se clasifican en grupos en función de la titulación requerida para el ingreso en los mismos. Se clasifican en niveles en función de la titulación requerida para el ingreso en los mismos. Se clasifican en subgrupos en función de la experiencia para el ingreso en los mismos. ¿Qué circunstancia es necesaria para el nombramiento de interinos?. Todas son erróneas. Exceso o acumulación de tareas por el plazo máximo de seis meses. Ejecución de programas de carácter temporal. Sustitución permanente de titulares. El personal funcionario, para la realización de funciones de investigación: Deberá obtenerse la compatibilidad, que supedita a las necesidades del servicio. Deberá solicitarse la compatibilidad. No requiere solicitud de compatibilidad en tanto que es un supuesto de los exceptuados. No es necesario autorización de compatibilidad. ¿A qué situación pasaría el funcionario que, prestando sus servicios en ayuntamiento de Madrid, por el procedimiento de libre designación fuera llamado a ocupar una plaza en la CM?. De servicio en otras Adm. Públ. Se servicio especiales. De excedencia voluntaria por incompatibilidad. De servicio activo. Constituye una falta la prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido para sí o para otro. ¿Como se tipifica?. No está tipificado. Muy Grave. Grave. Leve. Las retribuciones complementarias de los funcionarios públicos retribuyen: Tres años continuados de servicio. El grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos. Aportaciones a planes de pensiones. Son discrecionales por la unidad administrativa. Las retribuciones básicas de los funcionarios públicos se integran en: a. Sueldo y productividad. b. Complemento específico, de destino, productividad, gratificaciones e indemnizaciones. c. Sueldo y trienios. La a y la b son ciertas. Las retribuciones salariales de los funcionarios públicos se clasifican en: Pagas extras, sueldo y trienios. Las retribuciones básicas y la productividad. Las retribuciones básicas y las complementarias. Sueldo y complementos específicos. Los funcionarios públicos ¿Cómo se articula su carrera profesional?. La carrera profesional es sólo para personal laboral. El reconocimiento y desarrollo del derecho a la promoción interna. Un conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional. El sistema de niveles del puesto de trabajo. ¿Se reconoce a los funcionarios públicos el derecho de Huelga?. No se reconoce a los funcionarios públicos. Se les reconoce en condiciones excepcionales. Siempre con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. Todas son erróneas. De acuerdo con la titulación exigida para el acceso a la función pública, Los funcionarios se clasifican en los siguientes grupos. Técnica y de Gestión. A1, A2, B, C1 y C2. A, B y C. Cuerpos generales y cuerpos especiales. El personal eventual de las Adm. Pub. Realiza funciones de carácter: Temporal. De asesoramiento especial y confianza. Político. Temporal o permanente. El personal directivo profesional Indique la errónea. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad. Su designación se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia. Estará sujeto al mismo régimen que el personal eventual. Estará este personal sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficiencia y economía. Para obtener la excedencia voluntaria por interés particular un funcionario de carrera, ¿Cuándo podrán?. Nunca. Siempre. Salvo si la ley de la función pública establece otro periodo inferior, si ha prestado servicios efectivos durante un periodo de 5 años inmediatamente anteriores. Todas son erróneas. En base a que principios se llevará a cabo la selección del personal. Igualdad, mérito y capacidad. Necesidades del servicio y dotación presupuestaria. Mérito y antigüedad. Publicidad, mérito y paridad entre hombres y mujeres. Según la Constitución Española, la competencia para dictar legislación en materia funcionarial corresponde: Las Comunidades Autónomas exclusivamente. Al estado la legislación básica sin perjuicio de su desarrollo posterior. Sólo al estado ya que éste tiene competencia exclusiva. Es una competencia compartida entre Estado y Comunidad Autónoma. Clases del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera, personal interino, personal eventual y funcionario laboral. Funcionarios de carrera, interinos, personal eventual y laboral. Funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Funcionarios y personal eventual. En las Administraciones Públicas ¿qué se entiende por personal?. Todas son erróneas. Las personas ligadas a la Administración por una relación de servicios profesionales y remunerada con cargo a los presupuestos de la misma. Las personas que prestan sus servicios a la Administración con independencia de la clase de relación que les una a ella, remunerada o no. Las personas ligadas a ella por una relación de Derecho laboral, distintas de los funcionarios. |