Todas las categorías 2.9-3.1
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Título del Test:
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¿A partir de qué año de matriculación los retrovisores deben pertenecer a tipos homologados?. A partir del 01/10/90. A partir del 01/10/91. A partir del 01/10/99. ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio en la categoría M1 el retrovisor interior y el del lado del conductor?. A partir del 1/10/90 hasta 25/01/2010. A partir del 01/10/90 hasta 1/10/2008. A partir del 14/04/77 hasta 1/10/90. ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio en las categorías M2 y M3 el retrovisor del lado del conductor y del lado del pasajero?. A partir del 01/10/90 hasta 1/10/2008. A partir del 14/04/77 hasta 1/04/90. A partir del 14/04/77. ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio en la categoría N1 el retrovisor del lado del conductor y del lado del pasajero?. A partir del 01/10/90 hasta 26/01/2010. A partir del 14/04/77 hasta 01/10/90. A partir del 14/04/77. ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio en la categoría N2 ≤ 7.5 toneladas, el retrovisor de clase II (lado conductor y lado pasajero), el de clase IV y V (lado pasajero)?. Desde 01/10/90 hasta 01/01/2000. A partir del 01/01/2000. Desde 01/10/90 hasta 26/07/2008. En la categoría N2 ≤ 7.5 toneladas. ¿Qué retrovisores y de que clase son obligatorios desde el 01/10/90 hasta 01/01/2000?. Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II) y lado pasajero (Clase IV). Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II) y lado pasajero (Clase IV y V). Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II). En la categoría N2 > 7,5 toneladas y N3. ¿Qué retrovisores y de que clase son obligatorios desde el 14/04/77 hasta 01/10/90?. Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II) y lado pasajero (Clase IV). Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II) y lado pasajero (Clase IV y V). Lado conductor y lado pasajero obligatorios (Clase II). En la categoría N2 > 7,5 toneladas y N3 ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio el retrovisor de clase II (lado conductor y lado pasajero) el de clase IV y V (lado pasajero)?. Desde 01/10/90 hasta 26/07/2008. Desde 01/01/2000 hasta 27/07/2008. Desde 01/09/90 hasta 01/01/2000. En la categoría N2 > 7,5 toneladas y N3 ¿A partir de qué año de matriculación es obligatorio el retrovisor de clase II (lado conductor y lado pasajero), el de clase IV (lado conductor y pasajero), el de clase V (lado pasajero) y de clase VI?. Desde 26/07/2008. Desde 27/07/2008. Desde 27/06/2008. Si un vehículo se presenta a inspección con un retrovisor con deterioro en su superficie que dificulten la retrovisión. ¿Qué defecto se aplicaría?. Defecto leve si es opcional. Defecto grave aunque sea opcional. No se considera defecto si es opcional. ¿Cuántos retrovisores y de que tipo estará obligado a montar un ciclomotor L1 matriculado después del 17/06/2003?. Uno de clase I (interior) y dos de clase L (izquierda y derecha). Dos de clase L (izquierdo y derecho). Uno de clase L (izquierdo). ¿A partir de que fecha de matriculación los vehículos agrícolas deberán instalar retrovisores homologados?. A partir del 10/08/88. A partir del 01/05/89. A partir del 01/09/90. ¿Qué retrovisores estará obligado a llevar una maquinaria agrícola automotriz?. Uno de clase I (interior) y uno de clase II (lado izquierdo). Uno de clase II (lado izquierdo). Uno de clase II (lado izquierdo y derecho). ¿Qué significa una señal V-4?. Vehículo lento. Vehículo largo. Limitación de velocidad. ¿Qué significa una señal V-5?. Limitación de velocidad. Vehículo lento. Vehículo largo. ¿Qué significa una señal V-6?. Vehículo largo. Vehículo especial. Vehículo lento. Los vehículos de las categorías L7e-B1 y L7e-B2. ¿Qué placa indicativa deberán llevar?. Placa de velocidad máxima del vehículo. Placa de vehículo especial. Placa de vehículo lento. En los vehículos agrícolas que carezcan de señalización de frenado, en los remolques y en los motocultores. ¿Cuál será el límite de velocidad?. 25 km/h. 30 km/h. 40 km/h. Para turismos y sus derivados de la sección I. ¿Desde que fecha beben estar homologados los vidrios de seguridad?. A partir del 1 de abril de 1982. A partir del 1 de abril de 1983. A partir del 1 de enero de 1982. Para el resto de categorías de la sección I (excepto turismos y sus derivados). ¿Desde que fecha beben estar homologados los vidrios de seguridad?. A partir del 1 de abril de 1982. A partir del 1 de abril de 1983. A partir del 1 de enero de 1982. Para las categorías de vehículos de la sección II con carrocería. ¿Desde que fecha de matriculación deberán estar homologados los vidrios de seguridad?. A partir de 17/05/2005. A partir de 17/05/2004. A partir de 17/06/2004. ¿Qué categoría de vehículos de la sección II deberán llevar parabrisas?. Categorías L5e-B, L6e-B, L7e-C. Categorías L5e-B, L6e-C, L7e-B. Categorías L5e-B, L6e-B, L7e-B. Si un vehículo agrícola presenta en la inspección fisuras, impactos o deterioros en el campo de visión mínimo del conductor. ¿Qué defecto se considera?. No es defecto por ser opcional. Defecto leve. Defecto grave. Si un vehículo de obras y servicios presenta en la inspección el vidrio de seguridad inexistente o roto. ¿Qué defecto se considera?. No es defecto por ser opcional. Defecto grave. Defecto leve. Hasta cuantos milímetros deberán estar operativos los dispositivos de aviso de puertas abiertas en puertas de servicio y de socorro en las categorías M2 y M3?. Hasta 25mm antes del cierre completo de las mismas. Hasta 30mm antes del cierre completo de las mismas. Hasta 40mm antes del cierre completo de las mismas. Completa la frase. En las categorías M2 y M3, Las puertas de servicio deben poder ser…. Cerradas desde el interior y desde el exterior del vehículo cuando esté parado. Abiertas desde el interior y desde el exterior del vehículo cuando esté parado. Abiertas desde el interior y desde el exterior del vehículo cuando esté en marcha. Que defecto se considera en las categorías M2 y M3 la inexistencia o defectos en los dispositivos de aviso de funcionamiento de las puertas. Defecto grave. Defecto leve siempre que las puertas funcionen con normalidad. Defecto leve. ¿Una silla de ruedas se considera una plaza de asiento?. Si. No. Depende del tipo de anclaje que monte. En las categorías M1 y N1. ¿Qué defecto se considera si el vehículo se presenta a inspección con menos asientos del que consta en la tarjeta itv?. Defecto grave por no llevar montado el número de asientos que corresponden. Ningún defecto, pero se comprobará que cuenta con todos los anclajes correspondientes. Defecto leve si cuenta con todos los anclajes correspondientes. En la categoría M1 ¿A partir de que fecha de matriculación deberán disponer de reposacabezas en los asientos orientados hacia adelante?. A partir del 01/10/99 en asientos delanteros exteriores. A partir del 01/10/99 en asientos delanteros y traseros exteriores. A partir del 01/07/99 en asientos delanteros exteriores. En la categoría M1 autoescuela ¿A partir de que fecha de matriculación deberán disponer de reposacabezas en los asientos orientados hacia adelante?. Todas las fechas en los asientos delanteros exteriores. A partir del 01/10/99 en asientos delanteros y traseros exteriores. Todas las fechas. Mínimo 4 (2 en asientos delanteros exteriores y 2 en los traseros). En la categoría M2 ≤ 3500kg ¿A partir de que fecha deberán disponer de reposacabezas en los asientos orientados hacia adelante?. A partir del 20/10/2007 en asientos delanteros exteriores. A partir del 20/10/2007 en asientos delanteros y traseros exteriores. A partir del 20/07/2007 en asientos delanteros exteriores. En la categoría N1 ¿A partir de que fecha deberán disponer de reposacabezas en los asientos orientados hacia adelante?. A partir del 20/10/2007 en asientos delanteros y traseros exteriores. A partir del 20/10/2007 en asientos delanteros exteriores. A partir del 20/07/2007 en asientos delanteros exteriores. En la categoría de vehículos de la sección II con carrocería. ¿A partir de que fecha las categorías L2e, L5e, L6e y L7e, todos sus asientos estarán provistos de respaldo?. A partir del 01/01/2015. A partir del 20/10/2009. A partir del 01/01/2017. ¿Qué defecto se considera en las categorías M y N los asientos que no permiten el acceso a las plazas posteriores?. Defecto leve si alguno de los asientos delanteros es abatible. No hay defecto si alguno de los asientos delanteros es abatible. Defecto grave. Un turismo M1 matriculado el 01/04/2004. ¿Qué retrovisores estará obligado a equipar?. Uno de lado conductor y uno de lado pasajero de clase III. De clase III de lado condutor y lado pasajero y uno de clase I. Uno de lado conductor clase III y uno de clase I. Un vehículo de categoría N3 matriculado el 01/04/1989. ¿Qué retrovisores estará obligado a equipar?. De clase II del lado del conductor y del lado del pasajero. De clase III del lado del conductor y del lado del pasajero. De clase II del lado del conductor y del lado del pasajero y uno de clase IV. Un vehículo de categoría N2 de menos de 7,5t matriculado el 01/04/2004. ¿Qué retrovisores estará obligado a equipar?. De clase II, lado conductor y lado pasajero y del lado pasajero clase IV y clase V. De clase II, lado conductor y lado pasajero y del lado pasajero clase V. De clase II, lado conductor y lado pasajero y del lado pasajero clase IV. |





