Todas las categorías 4-4.16
|
|
Título del Test:
![]() Todas las categorías 4-4.16 Descripción: Todas las categorías 4-4.16 |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
En vehículos de categoría M y N, de más de 6 metros de longitud. ¿Cuántas luces de marcha atrás llevará instaladas?. Una a la derecha. Una o dos luces. Dos luces. ¿En vehículos de categoría M1. ¿A partir de que fecha llevará instalada una tercera luz de freno?. A partir del 01/10/2000. A partir del 01/10/2001. A partir del 01/10/1999. ¿Dónde irán colocada las luces de gálibo en un vehículo?. Delante y detrás en los bordes exteriores. Lo más alto que permita el vehículo. En el lateral del vehículo. ¿Para qué vehículos será obligatorio el uso de la luz de gálibo?. Vehículos con anchura inferior a 1,80 metros. Vehículos con anchura entre 1,80 y 2,10 metros. Vehículos con anchura superior a 2,10 metros. ¿Para qué vehículos será obligatorio el uso de los catadióptricos laterales no triangulares?. Vehículos con una longitud superior a 5 metros. Vehículos con una longitud superior a 6 metros. Vehículos con una longitud superior a 7 metros. ¿Qué vehículos están exentos de equipar luces de posición lateral?. Vehículos de menos de 7 m de longitud. Vehículos de menos de 6 m de longitud y cabinas con bastidor. Vehículos de más de 6 m de longitud. ¿Para qué vehículos será opcional el uso de la tercera luz de freno?. Vehículos N2, N3, M2 y M3. Vehículos N1 completos > 10/07/2011. Vehículos N1 completados > 10/01/2013. ¿Para qué vehículo son obligatorios los catadióptricos delanteros no triangulares?. Vehículos O. Vehículos N2, N3, M2 y M3. A y B son correctas. Para vehículos de categoría O. ¿Cuándo son obligatorias las luces de posición delanteras?. Cuando la anchura es igual o superior a 1.50 m. Cuando la anchura es igual o superior a 1.60 m. Cuando la anchura es igual o superior a 1.80 m. En una inspección de un remolque O3 matriculado el 10/07/2010 se detecta que no lleva instalada la luz de marcha atrás. ¿Qué defecto aplicaríamos?. No hay defecto por no estar obligado a llevarla. Defecto leve por ser opcional. Defecto grave. ¿A partir de que fecha de matriculación será de obligación el marcado de homologación de los dispositivos de alumbrado y señalización?. A partir del 01/05/1999. A partir del 26/07/1999. A partir del 01/05/1989. ¿A partir de que fecha de matriculación será de obligación el color blanco en las luces de cruce y carretera en vehículos M y N?. A partir del 26/7/98. A partir del 26/7/99. A partir del 26/7/89. ¿Qué vehículos pueden montar dos, cuatro o seis luces de cruce. Solo los M3. Ninguno. Solo los N3. En un turismo cuyos proyectores de luz de cruce tienen la parte baja de la superficie iluminante a 80cm de altura, la regulación inicial del regloscopio se realizará a -0.5%. Si el haz de luz de cruce está bajo: Se reajustará el selector del regloscopio a -2,5% si tras el reajuste el haz de luz sigue estando bajo se calificará defecto grave. Si dispone de regulador manual de altura accesible desde el puesto de conductor, se accionará y, si en alguna de las posiciones del regulador, el haz de luz queda a la altura correcta, no se calificará defecto. Se reajustará el selector del regloscopio al -2,5%. Si tras el reajuste el haz de luz sigue estando bajo, se calificará defecto leve 4.1.10. En un turismo cuyos proyectores de luz de cruce tienen la parte baja de la superficie iluminante a 80cm de altura, la regulación inicial del regloscopio se realizará a -0.5%. Si el haz de luz de cruce está alto: Se regulará el selector del regloscopio al 2,5% y si, en esa posición el haz de luz no supera la altura de la línea de referencia, no se considera defecto. Si dispone de regulador manual de altura accesible desde el puesto del conductor, se accionará y, si en alguna de las posiciones del regulador, el haz de luz no supera la altura de la línea de referencia, se calificará defecto leve. Si dispones de regulador manual de altura accesible desde el puesto de conductor, se accionará y, si en alguna de las posiciones del regulador, el haz de luz no supera la altura de la línea de referencia, no se considera defecto. ¿A partir de qué fecha de matriculación los vehículos O2, O3 y O4 estarán obligados a llevar 1 o 2 luces de marcha atrás?. A partir del 26/07/1999. A partir del 10/07/2011. A partir del 10/07/2008. Vehículos matriculados con anterioridad al 26/07/99, ¿qué tipo de color de luces de marcha atrás podían montar?. Todas son correctas. Color amarrillo auto o amarillo selectivo. Color blanco. ¿Qué vehículos M, N y O están exentos de equipar luces indicadoras de dirección?. Aquellos que no las equipaban en su matriculación. Todos los vehículos están obligados a equipar luces indicadoras de dirección. Optativa en remolques de la categoría O1. ¿Qué vehículos de la categoría L están exentos de llevar luces indicadoras de dirección?. Ninguno. Los ciclomotores de dos ruedas. Las motocicletas matriculas antes del 01/11/99 y los ciclomotores de dos ruedas. ¿Qué vehículos de obras y servicios estarán exentos de equipar luces de frenado?. Los que no superen los 40km/h. Los que no superen los 25km/h. Ninguno. En el estado de los dispositivos de las luces de frenos de tipo LED. Se entiende que afectan a su función cuando…. Cuando fallan aproximadamente menos de 2/3 de los diodos de cada óptica. Cuando fallan aproximadamente más de 1/3 de los diodos de cada óptica. Cuando fallan aproximadamente más de 2/3 de los diodos de cada óptica. ¿Qué vehículos de las categorías M, N, y O deberán estar equipados con un mínimo de 2 luces de posición laterales de color amarillo?. Los de más de 6 metros de longitud. Los de más de 10 metros de longitud. Los de más de 2,5 metros de longitud. ¿En qué caso? Los vehículos de la categoría O podrán equipar opcionalmente una luz de posición delantera. Anchura mayor o igual a 1,6 metros. Anchura menor o igual a 1,6 metros. Anchura menor o igual a 1,2 metros. ¿Para qué vehículos de la categoría L será opcional las luces de posición?. Para todos los ciclomotores. Para los ciclomotores matriculados con anterioridad al 26/07/1999. Para los ciclomotores en la parte delantera. ¿Cuándo se exigirán dos luces de posición en ciclomotores y vehículos de 3 ruedas, cuadriciclos y quads?. Cuando la anchura máxima sobrepase los 1,2 metros. Cuando la anchura máxima sobrepase los 1,3 metros. Cuando la anchura máxima sobrepase los 1,6 metros. ¿A partir de qué fecha de matriculación todos los vehículos de la categoría M y N estarán equipados con 1 o 2 luces antiniebla traseras de color rojo?. A partir del 27/07/1999. A partir del 26/07/1999. A partir del 26/06/1999. ¿De qué color serán las luces antiniebla delanteras en vehículos de categoría M y N?. Blanco o amarrillo selectivo. Solo blanco. Depende de la fecha de matriculación. En las categorías de vehículos M, N y O. ¿Cuándo serán opcionales las luces de gálibo?. En vehículos de anchura entre 1,8 y 2,10 metros. En vehículos de anchura de menos de 1,8 metros. En vehículos de anchura de más de 2,10 metros. Para las categorías de vehículos M y N. ¿A que vehículos será obligatorios los catadióptricos laterales no triangulares?. Vehículos de más de 5 m de longitud y en todos los remolques, matriculados a partir del 08/08/98. Vehículos de más de 6 m de longitud y en todos los remolques, matriculados a partir del 08/08/98. Vehículos de más de 6 m de longitud y en todos los remolques, matriculados a partir del 08/08/99. Para los vehículos de la sección II. ¿A que vehículos y fecha será obligatorios los catadióptricos laterales no triangulares?. A ciclomotores matriculados a partir del 01/11/1999. A ciclomotores matriculados a partir del 01/11/1998. A ciclomotores matriculados a partir del 01/07/1999. |





