TPO AENA FOAA 2
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Título del Test:![]() TPO AENA FOAA 2 Descripción: Reglamento del aire. Reglas VFR e IFR |




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¿En qué norma española se encuentra contenido el Reglamento del Aire?. En el anexo 2 de la OACI, "Normas y Métodos Recomendados - Reglamento del Aire, adoptado el 15 de abril de 1948. Real Decreto 57/2002, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea y varias normas posteriores que lo modificarían. Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica. ¿A qué aeronaves es de aplicación el Reglamento del Aire?. A cualquier aeronave, extranjera o no, en circulación general que se encuentren en el espacio aéreo o territorio de soberanía española, o en el espacio aéreo asignado al Estado Español. A cualquier aeronave española, cualquiera que sea el espacio aéreo o el territorio en el que se encuentre, siempre que no se oponga a las normas dictadas por el Estado que tenga jurisdicción sobre dicho espacio aéreo. Las otras dos respuestas son correctas. ¿Qué es falso de las "reglas de vuelo"?. Que se dividen en reglas VFR y reglas IFR. Que se refieren a la operación de aeronaves, tanto en vuelo como en el área de movimiento de los aeródromos. Las otras dos opciones son falsas. ¿Qué significa VMC en el contexto aeronáutico?. Verified Meteorological Conditions. Variable Meteorological Conditions. Visual Meteorological Conditions. ¿Qué visibilidad se exige para un vuelo VFR, en espacio aéreo clase B a 2750 metros de altitud y 1900 metros de altura?. 8 kms. 5 kms. Las otras dos respuestas son incorrectas. ¿Qué distancia vertical a las nubes se exige para un vuelo VFR, en espacio aéreo clase G a un nivel FL105?. 1500 m. 300m. Se exigirá en todo caso cielo libre de nubes y con la superficie a la vista. ¿Qué distancia horizontal a las nubes se exigirá para un vuelto VFR, en espacio aéreo de clase C, si la altura es 250 m AGL, y la altitud 910 m AMSL?. 1500 m. 5 kms. 300 m. ¿Qué visibilidad se le exige a un vuelo VFR en espacio aéreo clase C, si el nivel de vuelo es FL 115?. 8 kms. 5 kms. 1500 m. ¿En qué condiciones no es posible un vuelo VFR?. Entre la salida y la puesta del sol. En velocidades subsónicas. En velocidades transónicas. ¿En qué condiciones no es posible un vuelo VFR?. En espacio aéreo de clase A. A velocidades supersónicas. Las otras dos son correctas, porque en ellas no es posible el vuelo VFR. ¿Qué opción es correcta sobre el vuelo VFR?. En las zonas UIR-FIR de Madrid, Barcelona o Canarias, un vuelo VFR puede operar en FL 200. En general, en vuelos VFR no se despegará ni se aterrizará en ningún aeródromo dentro de una CTR ni se entrará en su tránsito de aeródromo o en el circuito de tránsito si el techo de nubes es inferior a 300 metros o la visibilidad en tierra menor a 5 kms. Sobre lugares habitados, un vuelo VFR operará a una altura mínima de 300 m. sobre el obstáculo más alto en un radio de 600 m desde la aeronave. Un vuelo VFR que opera con condiciones atmosféricas inferiores a las descritas en el RCA... Está en todo caso cometiendo una infracción, por lo que le será de aplicación el régimen sancionador previsto en la citada norma. Es posible si se trata de un vuelo VFR especial. Es posible si se trata de un vuelo VFR controlado por ATC. ¿Puede el piloto de un vuelo VFR silenciar la escucha radiofónica?. Sí, si el vuelo no se encuentra en una CTR (clases de espacio aéreo F y G). No. Debe mantenerse siempre a la escucha en la radiofrecuencia apropiada de la dependencia de los servicios de tránsito aéreo que suministre el servicio de información de vuelo, o en la radiofrecuencia apropiada de la estación de radio que suministre comunicaciones a dicha dependencia ATS. Sí. Sólamente estará obligado a mantener la escucha radiofónica en los puntos significativos de la ruta, así como en las zonas de control o de tránsito de aeródromo. Un vuelo IFR es... aquel que se realiza en unas condiciones meteorológicas y de visibilidad llamadas VMC. aquel que se realiza de acuerdo con referencias visuales del terreno sobrevolado con el fin de que el piloto establezca su posición de forma aproximada. aquel que utiliza como tipo fundamental de navegación las señales de radio que emiten las distintas radio ayudas para la navegación y que son convenientemente interpretadas por los equipos de a bordo con el fin de determinar la posición y rumbo de la aeronave. Marca la respuesta incorrecta: Las condiciones meteorológicas para poder realizar un vuelo IFR son más exigentes que las que se requieren para un vuelo VFR. En los vuelos IFR, la altura sobre el obstáculo más alto en un radio de 8 kms, será como mínimo 600 m cuando se sobrevuelen áreas montañosas. En los vuelos IFR, la altura sobre el obstáculo más alto en un radio de 8 kms, será como mínimo 300 m, cuando se trate de terreno distinto al montañoso o elevado. Altura es: Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y el nivel medio del mar (MSL). Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y una referencia especificada. Distancia vertical entre un punto o un nivel en la superficie de la tierra, o unido a ella, y el nivel medio del mar. Capa de transición es: Altitud a la cual, o por debajo de la cual, se controla la posición vertical de una aeronave por referencia a altitudes. Nivel más bajo de vuelo disponible para ser usado por encima de la altitud de transición. Espacio aéreo existente entre la altitud de transición y el nivel de transición. Derrota es: Proyección sobre el terreno o carta del camino seguido por una aeronave. Dirección a la que apunta el eje longitudinal de una aeronave expresada en grados respecto al norte (puede ser norte magnético o geográfico). Trayectoria que une el punto de partida con el de destino. Se puede expresar respecto al norte magnético o al geográfico. Nivel de vuelo es: El lugar geométrico de los puntos que equidistan del nivel medio del mar (MSL) considerado en el ecuador. La superficie de presión atmosférica constante relacionada con determinada referencia de presión. El nivel de vuelo 0 (FL 0) tiene una altura de 29,92 pulgadas. El nivel más bajo de vuelo disponible para ser usado por encima de la altitud de transición. ¿Cuál es la altitud de transición (TA) en los aeropuertos españoles?. 1800 metros, salvo en el aeropuerto de Granada, que es 2100 metros. 2100 metros, salvo en el aeropuerto de Granada, que es de 2400 metros. La altitud correspondiente a FL70. ¿Qué es cierto de la RVSM?. Está operativa únicamente en la región de navegación NAT y en las zonas de transición que la rodean. Es el acrónimo de Reduced Vertical Separation Minimum. Consiste en la reducción de la distancia vertical mínima entre aeronaves desde los 2000 ft a los 1000 ft (300 m) para incrementar la capacidad del espacio aéreo. Está únicamente operativa en la región de navegación NAM. Está operativa en las regiones de navegación NAT, NAM y en las regiones de transición que las rodean. Sobre los niveles en los que se realiza la RVSM, ¿qué es falso?. Qué en la región NAT se aplica entre los niveles FL330 y FL370. Que en el espacio aéreo español se ha establecido una zona de transición respecto a la región NAT en la que se podrá aplicar la RVSM. Que es de aplicación a todo el espacio aéreo español entre los niveles FL290 y FL410, ambos inclusive. ¿Qué definición es incorrecta?. Zona prohibida: espacio aéreo de dimensiones definidas en el que pueden realizarse, en determinados momentos, actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. Zona prohibida: espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un estado, dentro del cual está prohibido el vuelo de cualquier aeronave. Zona restringida: espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un estado, dentro del cual está restringido el vuelo de aeronaves, de acuerdo con determinadas condiciones especificadas, excepto las de estado, cuando así lo exija el cumplimiento de su cometido o por razones de emergencia. |